Secció III. Altres disposicions i actes administratius
CONSELL DE GOVERN
Núm. 713786
Correcció d’errates de l’Acord del Consell de Govern de 28 de novembre de 2022 pel qual s’atén el requeriment formulat per la delegada del Govern a les Illes Balears, en què es sol·licita l’anul·lació de l’apartat 5.2.10 del Pla de Gestió Natura 2000 Illa de l’Aire, aprovat pel Decret 17/2022, de 23 de maig
En el Butlletí Oficial de las Illes Balears núm. 155, de 29 de novembre de 2022, s'ha detectat una errata a la versió castellana de l'edicte 10323. L'errata consisteix en l'enviament erroni de la versió lingüística castellana.
Efectivament, l'edicte correcte que s'havia de publicar era referit al Pla de Gestió Natura 2000 Illa de l'Aire, això no obstant, tant en el sumari com en el text es va publicar erròniament el referit al Pla de Gestió Natura 2000 Illots del Llevant d'Eivissa.
Per això, d'acord amb els articles 19.2 y 19.4 del Decret 68/2012, de 27 de juliol, pel qual es regula el Butlletí Oficial de les Illes Balears, dict la següent:
RESOLUCIÓ
Rectificar l'errata advertida en la publicació en el Butlletí Oficial de les Illes Balears de la versió castellana de l'edicte 10323 de 2022, en el sentit expresat en la motivació d'aquesta resolució. Atesa la naturalesa de l'error, la rectificació es fa tornant a publicar íntegrament la versió castellana.
Palma, 30 de novembre de 2022
El secretari general Benito Prósper Gutiérrez
«Acuerdo del Consejo de Gobierno de 28 de noviembre de 2022 por el que se atiende el requerimiento formulado por la Delegada del Gobierno en Illes Balears, en el que se solicita la anulación del apartado 5.2.10 del Plan de Gestión Natura 2000 Illa de l'Aire, aprobado por el Decreto 17/2022, de 23 de mayo
La Sra. Ana María Calvo Sastre, Delegada del Gobierno en Illes Balears, en fecha 25 de julio de 2022, ha formulado requerimiento a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en el que se solicita la anulación del apartado 5.2.10 del Plan de Gestión Natura 2000 Illa de l'Aire, aprobado por el Decreto 17/2022, de 23 de mayo, por vulnerar la orden de distribución de competencias, invocando, la cláusula de prevalencia del derecho estatal del art. 149.3 CE.
El Servicio de Planificación en el Medio Natural de la Dirección General de Espacios Naturales y Biodiversidad, mediante informe de la Jefa del Servicio, de fecha 9 de agosto de 2022, en relación al requerimiento formulado, concluye que no se ve inconveniente en dejar sin efecto el segundo párrafo del apartado 5.2.10 del Decreto 17/2022.
El Servicio Jurídico de la Consejería de Medio Ambiente y Territorio, mediante informe de fecha 7 de octubre de 2022, relativo al requerimiento de la Sra. Ana María Calvo Sastre, delegada del Gobierno en las Illes Balears, para la anulación del apartado 5.2.10 del Plan de Gestión Natura 2000 Illa de l'Aire, aprobado por el Decreto 17/2022, de 23 de mayo, así como mediante informe complementario, de fecha 8 de noviembre de 2022, después de señalar los antecedentes del caso y hacer unas consideraciones jurídicas de carácter formal y material, concluyó que, desde el punto de vista jurídico, procede atender el requerimiento de la Delegada del Gobierno y anular y dejar sin efecto el apartado 5.2.10 del Plan de Gestión Natura 2000 Illa de l'Aire, en aplicación de la cláusula de prevalencia de las competencias estatales (art. 149.3 CE). El informe complementario señala que el Acuerdo del Consejo de Gobierno se ha de publicar en el Butlletí Oficial de les Illes Balears y en el Boletín Oficial del Estado, para su general conocimiento.
Por todo esto, y de conformidad con los informes jurídicos, de fecha 7 de octubre y 8 de noviembre de 2022, que se adjuntan como anexos, el Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero de Medio Ambiente y Territorio, en la sesión del día 28 de noviembre de 2022, adoptó, entre otros, el Acuerdo siguiente:
Primero Atender el requerimiento formulado, por la Sra. Ana María Calvo Sastre, Delegada del Gobierno en Illes Balears, en el que se solicita la anulación del apartado 5.2.10 del Decreto 17/2022, de 23 de mayo, por el que se aprueba el Plan de Gestión Natura 2000 Illa de l'Aire, anulando y dejando sin efecto dicho apartado, en aplicación de la cláusula de prevalencia de las competencias estatales (art. 149.3 CE).
Segundo. Notificar el acuerdo a la Delegación del Gobierno en Illes Balears y comunicarle que contra este, que agota la vía administrativa, puede interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con los artículos 10.1.a y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Tercero. Publicar el acuerdo en el Butlletí Oficial de les Illes Balears y en el Boletín Oficial del Estado, para su general conocimiento.
Palma, 28 de noviembre de 2022
La secretaria del Consejo de Gobierno Mercedes Garrido Rodríguez”