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BUTLLETÍ OFICIAL DE LES ILLES BALEARS

Secció IV. Procediments judicials

JUTJATS DE PALMA DE MALLORCA

JUTJAT DE LO SOCIAL NÚM. 3 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 6558
Execució de títols judicials 52/2019

  • Contingut, oficial i autèntic, de la disposició: Document pdf  Versió PDF

Text

D/Dª PAULA MATEO ERROZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 003 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000052 /2019 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D/Dª EDUARDO ALFREDO ARCENTALES NORIEGA contra SAPORI DI COSENZA SL, se ha dictado la siguiente resolución:

PARTE DISPOSITIVA

DISPONGO:

Se declara extinguida la relación laboral que unía a D. Eduardo Alfredo Arcentales Noriega con la empresa Sapori di Cosenza S.L. a fecha de la presente resolución, condenando a ésta a que abone a aquél las cantidades siguientes:

INDEMNIZACIÓN: 3168´83 euros

SALARIOS DE TRAMITACIÓN: 1906´92 euros

RETRIBUCIONES ADEUDADAS POR LA EMPRESA Y OBJETO DE CONDENA: 7300,78 euros.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción cometida en la resolución a juicio del recurrente, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la Cuenta de Consignaciones de este JDO. DE LO SOCIAL N. 3 abierta en la entidad SANTANDER. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, el "código 30 Social- Reposición". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.

LA MAGISTRADA-JUEZ      LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a SAPORI DI COSENZA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de la Illes Balears.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a veintisiete de junio de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA