Requisitos de las entidades formadoras en materia de protección contra incendios


Los requisitos que deben cumplir las entidades formadoras en materia de protección contra incendios son los indicados en la guía técnica daplicació del Real decreto 513/2017, de 22 de mayo, por el cual se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios (RIPCI)

En el Anexo C de la guía, aparecen los requisitos de los centros, con respecto a formadores, espacios formativos y medios.

Por otro lado, los conocimientos mínimos que hay que impartir a los profesionales son los recogidos al Anexo IV del mencionado RD 513/2017.

La información sobre tramitación de la solicitud y el modelo a aportar se encuentran en:
https://www.caib.es/sites/tramitacioudit/es/entitats_formadores/