INSTALACIONES FRIGORIFICAS
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NOVEDAD: El día 15 de septiembre de 2026 se pone en marcha un nuevo procedimiento: INSTALACIONES FRIGORÍFICAS con CÓDIGO 202. Con este procedimiento se registrarán las instalaciones frigoríficas de nueva construcción, así como las ampliaciones y las modificaciones de importancia de las instalaciones existentes a fin de proceder a su puesta en servicio, aprobado por el Real Decreto 552/2019, de 27 de septiembre, por el cual se aprueba el Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias. Esto significa que, se juntan en un único procedimiento las instalaciones que hasta ahora se tramitaban con los trámites 025 y 101. Hasta la fecha de puesta en marcha del nuevo procedimiento 202, las solicitudes se tienen que continuar presentando a través de los procedimientos actuales con código 025 y 101, que dejarán de funcionar el mismo día 15 de septiembre. Más información: enlace a la noticia
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El Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado por el RD 138/2011 regula la puesta en servicio de este tipo de instalaciones. Se ha creado un nuevo procedimiento de tramitación inmediata con código 025 para las nuevas instalaciones y se mantiene el trámite no inmediato TNI-101 para las modificaciones.
Instalaciones nuevas
La inscripción de instalaciones nuevas se tramita mediante el procedimiento 025 de la Udit.
Para consultar a la guía de tramitación y descargar los documentos, acceda a la ficha del trámite 025.
Modificación de instalaciones
La modificación o ampliación de una instalación existente se tramita mediante el procedimiento TNI-101. Se trata de un trámite de resolución no inmediata.
Para consultar a la guía de tramitación y descargar los documentos, acceda a la ficha del trámite TNI-101.
Baja de instalaciones
Para dar de baja una instalación frigorífica, se tiene que seguir el procedimiento indicado en el artículo 25 del Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas.