Muerte del cónyuge, pareja de hecho o familiar:

«Cuando se trate de defunción del cónyuge, pareja de hecho o familiar dentro del primer grado de consanguinidad o afinidad:

-Tres días hábiles cuando el suceso se produzca en la misma localidad.

-Cinco días hábiles, cuando sea en diferente localidad.

En caso de defunción de familiar dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad:

-Dos días hábiles cuando se produzca en la misma localidad

-Cuatro días hábiles cuando sea en diferente localidad.»

 

Normativa

Estatal
- Art. 48.a de el Real decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en la redacción dada por el Real decreto ley 5/2023, de 28 de junio (BOE núm. 154, de 29 de junio de 2023).

Autonómica
- Art. 45.1.a de el V Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Administración de la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares.
- Art. 3 del Decreto 7/2020, de 31 de enero, por el cual se regulan los permisos, las licencias, las vacaciones y otras medidas de conciliación de la vida personal, familiar y laboral del personal funcionario al servicio de la Administración de la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares (Artículo afectado por la nueva redacción del Real Decreto Legislativo 5/2015)

Duración

Misma localidad:
- 3 días hábiles, familiar de 1r grado
- 2 días hábiles, familiar hasta el 2n grado

Distinta localidad:
- 5 días hábiles, familiar de 1er grado
- 4 días hábiles, familiar hasta el 2o grado

Plazo máximo para resolver
1 día
Efectos del silencio
Estimatorio
Observaciones

Respecto a los familiares de primer grado, tres días hábiles cuando el hecho causante se produzca en la misma localidad, y cinco días hábiles cuando sea en una localidad diferente. En cuanto a los familiares de segundo grado, dos días hábiles cuando el hecho causante se produzca en la misma localidad , y cuatro días hábiles cuando sea en una localidad diferente.

De acuerdo con el criterio interpretativo de la Secretaria de Estado de Función Pública, el término "diferente localidad" a efectos de este permiso, se determina que este se refiere indistintamente a la localidad de destino y a la de residencia, procediendo únicamente a la ampliación del permiso de tres días a cinco días hábiles cuando el suceso se producza en una tercera localidad, diferente a la de residencia o lugar de trabajo habitual del funcionario.

PDFCriterio Interpretativo de la Secretaria de Estado de Función Pública

Cómputo
Los días tienen que ser hábiles, de acuerdo con la corrección de errores del Real decreto ley 5/2023, de 28 de junio (BOE núm. 156, de 1 de julio de 2023). Hay que recordar que los sábados son días inhábiles de acuerdo con el artículo 30.2 de la Ley 39/2015.

Inicio

El disfrute a causa de muerte se inicia el mismo día o el día hábil siguiente de producirse.

Definiciones:

- "Residencia de destino": localidad donde el funcionario o funcionaria tiene su destino.

- "Domicilio habitual": es la localidad donde el personal tiene fijado el domicilio y en que reside la mayor parte del año.

- "Familiar": persona que mantiene respecto del sujeto de referencia un grado de parentesco de los previstos en los puntos siguientes.

-"Familiar de primer grado en linea directa, por consanguinidad o afinidad": madre, padre, hijos, padres políticos. Se entienden incluidos los hijos políticos.

Se entiende asimilado al hijo o a la hija el menor o la menor en régimen de guarda con finalidades de adopción o acogida de duración igual o superior a un año.

Así mismo, se entiende asimilado al familiar de primer grado el cónyuge o la pareja estable, y los hijos e hijas, madre o padre del cónyuge o de la pareja estable.

-"Familiar de segundo grado en linea directa o colateral, por consanguinidad": hermanos, hermanas, padrinos, madrinas, nietos y nietas del cónyuge o de la pareja estable.

-"Pareja estable": persona que, respecto de la persona de referencia, mantiene una relación que se tiene que acreditar mediante la inscripción en un registro de uniones de hecho o documento público de formalización de pareja de hecho.

Solicitud

- A través del Portal de Servicios al Personal
- PERMISOS Y VACACIONES AUTOEMPLENABLE 2019.pdf MODELO

Justificación

1. El permiso por defunción, accidente grave, enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica de un familiar se acredita mediante un documento justificativo de la defunción, o un certificado del médico general o especialista del centro sanitario donde se produjo la hospitalización o intervención quirúrgica.

2. Certificado de matrimonio o libro de familia/certificación un registro de uniones de hecho o documento público de formalización de pareja de hecho.