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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA

EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS ALCÚDIA SA

Núm. 269025
Bases que tienen que regir la convocatoria por la cobertura de dos plazas de oficial 1ª electricista como personal laboral fijo de la Empresa Municipal de Servicios de Alcúdia s.a.u. (EMSA) mediante el sistema de concurso-oposición

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Texto

Mediante acuerdo del Consejo de Administración aprobado en sesión ordinaria de fecha 17 de octubre de 2024 se han aprobado las bases reguladoras que tienen que regir la convocatoria para la cobertura de dos plazas de personal laboral fijo de Oficial 1ª de electricista mediante sistema de consurso-oposición.

BASES QUE TIENEN QUE REGIR LA CONVOCATORIA POR LA COBERTURA DE DOS PLAZAS DE OFICIAL 1ª ELECTRICISTA COMO PERSONAL LABORAL FIJO DE LA EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS DE ALCÚDIA S.A.U. (EMSA) MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN

PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

El objeto de la presente convocatoria es la cobertura de dos plazas de Oficial 1ª electricista como personal laboral fijo de EMSA mediante el sistema concurso-oposición incluida dentro de la oferta de ocupación pública del año 2023.

Características del puesto de trabajo:

Área

Técnica

Servicios

Mantenimiento general

Naturaleza

Laboral

Nombramiento

Personal laboral fijo

Grupo

D

Categoría

4

Nivel catalán

B1

Circunstancia que lo justifica

Plaza vacante y con financiación adecuada incluida dentro de la oferta pública de ocupación 2023 (BOIB   n.º 176 de 30 de diciembre de 2023)

Número de plazas

2

Su dedicación, jornadas de trabajo y retribuciones serán de jornada completa de trabajo del personal laboral de esta empresa.

Los aspirantes que superen el proceso selectivo y que, por lo tanto, sean contratados como personal laboral fijo de Oficial 1ª electricista de EMSA desarrollarán las funciones propias del puesto de trabajo de Oficial 1ª electricista de EMSA en el Área Técnica de EMSA.

Funciones:

1. Revisar y/o analizar las órdenes de trabajo diario para una buena organización y priorización de tareas.

2. Revisar, instalar y/o reparar convertidores de frecuencia, aparatos y los equipos informáticos, electrónicos o eléctricos de baja tensión que lo necesiten, para garantizar un buen funcionamiento.

3. Revisar y/o realizar el mantenimiento de todo tipo de equipos e instalaciones eléctricas para verificar su buen funcionamiento en las instalaciones de EMSA que se le asignen.

4. Revisar y/o comprobar las posibles averías o desperfectos en las instalaciones eléctricas, para repararlas y garantizar el buen funcionamiento.

5. Rellenar los comunicados diarios de trabajo para dejar constancia y registro de la tarea efectuada.

6. Solicitar las peticiones de recambios y material al almacén o proveedores para disponer de stock y poder llevar a cabo las reparaciones correspondientes.

7. Almacenar de manera digital la información técnica de las instalaciones eléctricas para que posteriormente se pueda consultar.

8. Realizar funciones de apoyo a las diferentes brigadas según las necesidades de la empresa, en caso de que sea necesario.

9. Cualquier otra función atribuible a su lugar de trabajo y perfil profesional.

SEGUNDA. CONDICIONES DE LAS PERSONAS ASPIRANTES

Para tomar parte en estas pruebas selectivas, las personas aspirantes tendrán que reunir, en la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española o alguna otra de las que permiten el acceso a la ocupación pública según el artículo 57 del Texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015.

b) Haber cumplido los dieciséis años y no haber llegado a la edad de jubilación forzosa, ambas referidas al día en que finalice el plazo de presentación de instancias.

c) Estar en posesión del graduado escolar, graduado en ESO o equivalente o de formación profesional básica. En el caso de titulaciones expedidas en el extranjero, se tiene que aportar la correspondiente documentación que acredite la homologación oficial.

d) Experiencia de dos años realizando funciones de oficial 1ª o 2ª electricista. La acreditación se tendrá que hacer mediante informe de la vida laboral y certificado de funciones debidamente firmado y sellado u otro documento acreditativo de haber realizado dichas funciones, o contrato de trabajo con la categoría de Oficial 1ª o 2ª electricista.

e) No sufrir dolencia o defecto físico o psíquico que impida el desarrollo de las correspondientes funciones. Es decir, tener las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el ejercicio de las funciones de Oficial 1ª electricista.

f) No haber sido separado/da mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni estar en inhabilitación absoluta o especial para ocupaciones o cargos públicos por resolución judicial para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que ejercían en el caso del personal laboral, del cual haya sido separado/da o inhabilitado/da. En el caso de ser nacional de otro estado, no tiene que estar inhabilitado/da o en situación equivalente, ni tiene que haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida en su estado, en los mismos términos, acceder a la ocupación pública.

g) No estar sometido/a a causa de incapacidad o incompatibilidad de las contenidas en la legislación local.

h) Haber obtenido el certificado de nivel B1 acreditativo del conocimiento de la lengua catalana de la Dirección General de Política Lingüística de la Escuela Balear de Administración Pública u otro organismo reconocido a tal efecto en la legislación vigente. En caso de que no se pueda acreditar, se tendrá que realizar una prueba de conocimientos de lengua catalana correspondiente al nivel B1, prevista en la fase de oposición.

y) Carné de conducir B.

j) Previamente a la contratación como personal fijo, o como personal laboral temporal por aquellos aspirantes que estén dentro del bolsín, la persona interesada habrá de presentar la documentación acreditativa de los apartados c), d), h) y y) y hacer constar la manifestación de cumplir los requisitos señalados en los apartados e), f) y g).

TERCERA. PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS

Las instancias para participar en las pruebas selectivas se tendrán que presentar, según el modelo oficial que consta como Anexo Y a las presentas bases, en el Registro de EMSA o en cualquier de las formas previstas al arte. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. En el caso de presentar la instancia mediante la sede electrónica, en el campo RESUMEN tendrá que posar el asunto "Cobertura como personal laboral fijo de Oficial 1ª electricista de EMSA".

En el caso de no presentar la instancia al Registro de EMSA ni en la Sede electrónica, la persona interesada tendrá que comunicarlo a EMSA antes de la finalización del plazo de la presentación de las instancias mediante el envío de un correo electrónico a la dirección emsa@alcudia.net, posando al asunto "Cobertura como personal laboral fijo de Oficial 1ª electricista de EMSA" y adjuntando el justificante de la presentación de la instancia dentro de plazo.

El modelo de instancia que consta como Anexo E incluye una declaración jurada de reunir todas y cada una de las condiciones exigidas a la base segunda. También incluye una hoja de autobaremación de méritos donde los aspirantes tienen que alegar de qué méritos disponen de acuerdo con lo dispuesto en el apartado de FASE DE CONCURSO. Este autobaremo tiene igualmente la consideración de declaración jurada. La acreditación de los méritos manifestados en el autobaremo se tendrá que presentar una vez aprobada la fase de oposición; NO se tiene que aportar ninguna documentación de acreditación de méritos con la solicitud de participación. En ningún caso se tendrán en cuenta los méritos obtenidos con posterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias para participar en el proceso selectivo.

El tribunal calificador o los órganos competentes de EMSA podrán requerir en cualquier momento del proceso a las personas aspirantes para que acrediten la veracidad de aquello declarado o de la documentación aportada.

El plazo de presentación de instancias será de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOIB. Los sucesivos anuncios se tienen que publicar únicamente en la página web de EMSA.

La convocatoria se anunciará en los lugares habituales y en la página web de EMSA.

Con la formalización y presentación de la solicitud, el aspirante da su consentimiento al tratamiento de los datos de carácter personal que son necesarios para tomar parte en la convocatoria y para el resto de la tramitación del proceso selectivo, de acuerdo con la normativa vigente.

Las personas aspirantes quedarán vinculadas a los datos que se hagan constar en su solicitud. El domicilio y el teléfono que figuren se considerarán válidos a efectos de notificaciones, y será responsabilidad exclusiva de las personas candidatas tanto los errores descriptivos como la no comunicación durante el proceso de selección de cualquier cambio en los datos de la solicitud.

CUARTA. ADMISIÓN DE ASPIRANTES

Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Presidenta dictará resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, que se hará pública a la página web de EMSA; se concederá un plazo de manantial (3) días hábiles porque las personas interesadas presenten las alegaciones que consideren oportunas, y serán enmendados los errores. Los/las solicitantes que dentro del plazo señalado no enmienden los defectos justificando su derecho a ser admitidos/as, serán definitivamente excluidos/as del proceso selectivo.

A los efectos de esta convocatoria se entienden como causas de exclusión no enmendables imputables al aspirante:

- Presentar la solicitud fuera de plazo.

- No cumplir cualquier requisito de participación el último día del plazo de presentación de solicitudes.

- Cualquier otra que resulte de la normativa aplicable o de lo que prevén estas bases.

En todo caso, con el fin de evitar errores y, si se producen, posibilitar la enmienda dentro del plazo y en la forma oportuna, las personas interesadas tendrán que comprobar no solo que no figuran en la relación de personas excluidas, sino que, además, constan en la de personas admitidas.

Estas reclamaciones, si las hubiera, serán aceptadas o rechazadas en la resolución de la Presidenta, por la cual será aprobada la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que se hará pública del mismo modo que la relación anterior.

En caso de no producir reclamaciones a la lista provisional, se entenderá esta elevada a definitiva, sin necesidad de nuevo acuerdo y publicación.

Los errores de hecho podrán enmendarse en cualquier momento, de oficio o a petición de la persona interesada.

Elevada a definitiva la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, la Presidenta determinará la fecha del inicio del primer ejercicio, así como el lugar y la hora de su celebración. Las personas aspirantes se tendrán que presentar el día señalado y con el DNI.

Esta lista, junto con la fecha de inicio del ejercicio, se publicará en la página web de EMSA.

El hecho de constar en la lista de personas admitidas no implica el reconocimiento de que las personas interesadas cumplen los requisitos para participar en esta convocatoria.

Las personas que superen el proceso selectivo tendrán que presentar la documentación acreditativa de los requisitos generales que se indica en la base segunda de esta convocatoria antes de su nombramiento, junto con los méritos que hayan sido valorados en la fase de concurso.

QUINTA. TRIBUNAL CALIFICADOR

El tribunal calificador se constituirá por 3 integrantes: un presidente, un secretario con voz y voto y 1 vocal, con sus correspondientes suplentes. No obstante, y dependiendo del número de solicitudes, se podrá ampliar el número de miembros hasta un máximo de 5.

El tribunal calificador queda autorizado para resolver todas las dudas que puedan surgir y adoptar los acuerdos precisos para el buen funcionamiento de la convocatoria en todo lo que no se haya previsto en las presentes bases.

El tribunal no podrá constituir ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes.

Los miembros del tribunal tendrán que abstenerse de formar parte y de intervenir cuando concurran las circunstancias establecidas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de régimen jurídico del sector público, y tendrán que notificarlo a la autoridad competente.

El Comité de Empresa de EMSA podrá designar un representante sindical para velar por el buen desarrollo del procedimiento selectivo.

 

SEXTA. ORDEN DE ACTUACIÓN DE LAS PERSONAS ASPIRANTES

En el supuesto de que se tengan que organizar turnos para llevar a cabo los ejercicios, el orden de actuación de las personas aspirantes será determinado mediante sorteo público y se comunicará mediante publicación a la web de EMSA.

SÉPTIMA. FASE DE OPOSICIÓN. (60 puntos).

Este procedimiento selectivo constará de tres ejercicios que se especifican a continuación.

Las personas aspirantes serán convocadas en llamamiento único, mediante la publicación de los anuncios de celebración del ejercicio en la página web de EMSA. Serán excluidas del proceso selectivo las que no comparezcan.

Entre el final de un ejercicio y el comienzo del otro tendrán que transcurrir, al menos, 72 horas, y no podrá exceder de tres meses. Sin embargo, el Tribunal podrá acordar la ampliación de este plazo por causa justificada.

Primer ejercicio. Prueba de catalán. (ELIMINATORIA)

Esta prueba consistirá en la realización de un ejercicio de conocimientos de lengua catalana correspondiente al nivel B1, el cual se calificará como apto o no apto, y será eliminatoria. Esta prueba se llevará a cabo por parte del Servicio de Normalización Lingüística del Ayuntamiento de Alcúdia.

Una vez concluida la prueba de catalán, el Tribunal calificador hará público el resultado de esta en el tablón de anuncios electrónico, otorgando a los interesados un plazo de tres días hábiles para que puedan formular alegaciones o reclamaciones o solicitar revisión de los exámenes realizados. El tribunal calificador, una vez examinadas las alegaciones, las resolverá y hará público el resultado al tablón de anuncios electrónico. En el mismo acto, el Tribunal anunciará la fecha, hora y lugar en que se constituirá al objeto de realizar el ejercicio de la fase de oposición.

Estarán exentos de realizar esta prueba las personas aspirantes que acrediten estar en posesión del certificado de conocimientos de lengua catalana correspondiente al nivel exigido o uno superior, mediante la aportación de un certificado expedido por un organismo reconocido a tal efecto en la legislación vigente.

Se reconocerán los certificados que se presenten, incluidos en la Orden del Consejero de Educación, Cultura y Universidades, de 21 de febrero de 2013, y según el régimen temporal y de equivalencias que se establece. Los certificados se tendrán que presentar mediante copia auténtica.

Segundo ejercicio. Cuestionario tipo texto. (20 puntos). NO ELIMINATORIO.

De carácter obligatorio y NO eliminatorio.

Consistirá en responder por escrito un cuestionario tipo maceta de 20 preguntas más 5 preguntas de reserva, con tres respuestas alternativas, de las cuales solo una es correcta, referidas al temario que figura como Anexo III. Las personas aspirantes marcarán las respuestas en las correspondientes hojas de examen.

En caso de que el tribunal acuerde la anulación de alguna o algunas de las preguntas, por haber detectado de oficio algún error manifiesto durante la realización del ejercicio o porque este se detecta como consecuencia de las alegaciones que posteriormente se presenten, se tendrán en consideración las preguntas de reserva. Estas se escogerán según la orden de prelación en que se encuentren en el propio ejercicio.

Si el tribunal acuerda anular más preguntas que el número de preguntas de reserva, el valor de cada pregunta se ajustará para que la puntuación máxima sea de 20 puntos.

El tiempo para desarrollar este ejercicio será de 40 minutos.

Tal como se establece en el Reglamento para el uso de la lengua catalana del Ayuntamiento de Alcúdia (BOIB n.º 113, de 20 de septiembre de 2001), los aspirantes tendrán que realizar en lengua catalana como mínimo uno de los ejercicios de las pruebas de acceso. Así, el ejercicio tipo maceta se realizará en lengua catalana.

Tercer ejercicio. Prueba práctica. (40 puntos). (ELIMINATORIA)

De carácter obligatorio y eliminatorio.

 

Se realizará una prueba práctica, relacionada con el puesto de trabajo, que evaluará la capacidad de los aspirantes para el correcto desempeño de las tareas propias del puesto de trabajo y versará sobre el conocimiento aplicado del contenido de la prueba teórica y/o montaje/desmontaje y/o reparación de equipos electrónicos o de alguna de sus partes.

La prueba se basará en la resolución de uno o varios ejercicios prácticos, en los cuales las personas aspirantes tendrán que demostrar los conocimientos mecánicos, tanto en la habilidad y uso de herramientas propias del puesto de trabajo como el conocimiento de equipos mecánicos.

Previo a la realización del examen, se habrá fijado la puntuación y distribución de los puntos de la prueba práctica.

La duración máxima de la prueba práctica no podrá superar los 180 minutos.

OCTAVA. CALIFICACIÓN DEL EJERCICIO

La calificación del ejercicio se hará garantizando el anonimato.

- Segundo ejercicio. Cuestionario tipo texto. 20 puntos

De carácter obligatorio y NO ELIMINATORIO.

Este ejercicio obligatorio y NO ELIMINATORIO será calificado hasta un máximo de 20 puntos, y serán eliminados los opositores que no logren un mínimo de 10 puntos.

El criterio de corrección será el siguiente: cada pregunta respondida correctamente se valorará con 1 punto; las preguntas no resueltas, tanto si figuran las tres opciones en blanco como si figuran con más de una respuesta, no se valorarán. Las preguntas con respuesta errónea se penalizarán con un tercio del valor asignado a la respuesta correcta (0,33 puntos).

Si el tribunal acuerda anular más preguntas que el número de preguntas de reserva, el valor de cada pregunta se ajustará para que la puntuación máxima sea de 20 puntos.

El resultado se expresará en dos decimales, aplicando las técnicas normales del redondeo.

Tercer ejercicio. Prueba práctica. (40 puntos). ELIMINATORIO

De carácter obligatorio y eliminatorio cada una de ellas.

Este ejercicio se calificará de 0 a 40 puntos, y serán eliminadas las personas opositoras que no logren un mínimo de 40 puntos.

El número de puntos que podrán ser otorgados por cada miembro del tribunal en este ejercicio será de 0 a 40 puntos.

NOVENA. PUBLICACIÓN DE LAS CALIFICACIONES

Concluido el ejercicio, el tribunal hará pública en la página web de EMSA la relación de aspirantes que hayan superado el mínimo establecido, con indicación de la calificación obtenida.

Todas las personas opositoras dispondrán de un plazo de tres (3) días hábiles, desde la publicación de las calificaciones del ejercicio, para efectuar las reclamaciones oportunas o solicitar la revisión de su examen ante el tribunal.

La calificación definitiva de la fase de oposición será la calificación obtenida en los ejercicios segundo y tercero.

El listado de las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición junto con la calificación definitiva que haya obtenido cada una se expondrá en la página web de EMSA.

Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a esta publicación, las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición tienen que acreditar documentalmente, según el modelo Anejo II de estas bases, los méritos que se hayan alegado en el autobaremo de méritos para ser valorados en la fase de concurso.

DÉCIMA. FASE DE CONCURSO Y MÉRITOS A VALORAR (40 PUNTOS).

La fase de concurso constituye como máximo un 40% de la puntuación máxima alcanzable del proceso selectivo.

 

​​​​​​​Los méritos se tienen que acreditar y valorar siempre con referencia a la fecha de acabado del plazo de presentación de solicitudes para participar en este proceso selectivo.

Los méritos a valorar por el tribunal son los siguientes:

A. Experiencia profesional y antigüedad reconocida. Este apartado se valorará con un máximo de 20 puntos.

En este apartado se otorgará una puntuación global máxima de 20 puntos:

- Servicios prestados a la Administración pública, sus organismos autónomos o empresas del sector público como personal funcionario o laboral en la categoría de Oficial 1ª electricista (o en la categoría y funciones equivalentes en la plaza y categoría objeto de convocatoria) se valorará con 0,50 puntos por mes completo trabajado a jornada completa.

- Servicios prestados a la Administración pública, sus organismos autónomos o empresas del sector público como personal funcionario o laboral en la categoría de Oficial 2ª electricista (o en la categoría y funciones equivalentes en la plaza y categoría objeto de convocatoria) se valorará con 0,35 puntos por mes completo trabajado a jornada completa.

- Servicios prestados en el sector privado, con contrato de trabajo o certificado de empresa en la categoría Oficial 1ª electricista y funciones equivalentes en la plaza y categoría objeto de la convocatoria, se valorará con 0,35 puntos por mes completo de trabajo.

- Servicios prestados en el sector privado, con contrato de trabajo o certificado de empresa en la categoría Oficial 2ª electricista y funciones equivalentes en la plaza y categoría objeto de la convocatoria, se valorará con 0,25 puntos por mes completo de trabajo.

Las fracciones inferiores en el mes completo trabajado a jornada completa se valorarán proporcionalmente.

Solo se contará la experiencia profesional y la antigüedad reconocida en este apartado a partir de los dos años que se determinan como requisito en la BASE SEGUNDA, apartado d) de las presentes Bases.

En el caso de que se hayan prestado servicios por cuenta propia, los días de alta de actividad se entenderán como una jornada completa.

B. Titulaciones académicas, conocimiento de la lengua catalana, formación y perfeccionamiento. Este apartado se valorará con un máximo de 20 puntos.

B1. Cursos de formación y perfeccionamiento, jornadas o seminarios directamente relacionados con el lugar de Oficial 1ª electricista de EMSA hasta un máximo de 10 puntos.

Los créditos de aprovechamiento suponen los de asistencia, es decir, que no son acumulables la asistencia y el aprovechamiento.

Estos méritos se acreditarán documentalmente presentando al Registro General de EMSA copia del título de asistencia o certificado expedido por el centro o institución que haya organizado el curso, jornada o seminario, con indicación de su duración y de las materias tratadas. Solo se valorarán aquellos cursos, jornadas o seminarios que estén relacionados directamente con la plaza objeto de la convocatoria.

No se valorarán en este apartado los certificados que no indiquen las horas de duración o los créditos de la acción formativa, los que correspondan a una carrera universitaria, los de doctorado, la superación de asignaturas de un estudio académico, ni los derivados de procesos selectivos.

La valoración de los cursos se realizará de la siguiente manera:

1. Cuando los certificados de los cursos acrediten asistencia, se valorarán a razón de 0,10 puntos por cada 10 horas o 0,25 puntos por crédito ECTS.

2. Cuando los certificados de los cursos acrediten aprovechamiento, se valorarán a razón de 0,20 puntos por cada 10 horas o 0,50 puntos por crédito ECTS.

3. Los cursos impartidos se valorarán con 0,30 puntos por cada 10 horas o 0,75 puntos por crédito ECTS.

Si no se indica el tipo de crédito, se entenderá que son créditos de la anterior ordenación universitaria (CFC o LRU) y, por lo tanto, se valorarán a razón de 10 horas por crédito.

Cuando haya discrepancia entre las horas y los créditos en los certificados de una acción formativa, prevalecerán las horas.

La fracción se valorará proporcionalmente.

B.2. Estar en posesión de una titulación académica superior a la exigida: hasta un máximo de 8 puntos.

- Por un título de Bachiller: 4 puntos.

- Por un título de formación de grado mediano en instalaciones eléctricas o relacionado con los trabajos a desarrollar: 5 puntos.

- Por un título de formación de grado superior en instalaciones eléctricas o relacionado con los trabajos a desarrollar: 6 puntos

- Titulación universitaria relacionada con los trabajos a desarrollar: 8 puntos

No se tienen que valorar como mérito los estudios que son un requisito previo y necesario para cursar los estudios que se valoran. A tal efecto, se considerará como requisito previo y necesario la titulación conducente a otra titulación o que quede absorbida por otra titulación valorada como mérito.

B.3. Conocimientos orales y escritos de la lengua catalana: hasta un máximo de 2 puntos.

Solo se valorarán las certificaciones expedidas por el Gobierno de las Islas Baleares o título, diploma o certificado equivalente según la Orden del consejero de Educación, Cultura y Universidades, de 21 de febrero de 2013 (BOIB n.º 34, de 12 de marzo de 2013).

Nivel B2: 1 punto

Nivel C1: 1,50 puntos

Nivel C2: 1,7 puntos

Nivel LA: 0,3 puntos

En el supuesto de que el aspirante acredite estar en posesión de más de un certificado, solo se otorgará la puntuación que acredite mayores conocimientos, excepción hecha del LA, que se sumará a la puntuación del certificado que acredite mayores conocimientos.

Acreditación

En cuanto a la valoración de los méritos anteriores, estos se acreditarán documentalmente mediante fotocopia del correspondiente título expedido por el centro o institución oficialmente reconocida que haya organizado el curso, con indicación de su duración y las materias tratadas.

Un mismo mérito solo se podrá valorar en aquel apartado en que obtenga mayor puntuación.

La valoración como mérito de un título implicará que no se pueden valorar los de nivel inferior necesarios para obtenerlo.

El tribunal podrá pedir a las personas interesadas las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que estime oportuna, con la única finalidad de comprobar la verdad de los méritos aportados.

UNDÉCIMA. CALIFICACIÓN DE LA FASE DE CONCURSO

La calificación definitiva de la fase de concurso será la suma aritmética de las puntuaciones otorgadas por los méritos alegados por las personas aspirantes, y se expondrá en la página web de EMSA.

Las personas aspirantes dispondrán de tres (3) días hábiles para poder presentar alegaciones a esta calificación. En el caso de no haber, se entenderá definitiva.

DÉCIMOSEGUNDA. CALIFICACIÓN FINAL DEL CONCURSO OPOSICIÓN.

La calificación final del concurso oposición será la suma aritmética de la calificación definitiva de la fase de oposición y de la calificación definitiva del concurso, y se expondrá en la página web de EMSA.

DECIMOTERCERA. ELABORACIÓN DEL BOLSÍN.

Finalizada la selección, el tribunal calificador elaborará las relaciones de aspirantes que pasarán a formar parte del bolsín de personal laboral de Oficial 1ª electricista de EMSA.

La relación de aprobados y la orden de prelación se harán públicos en la página web de EMSA. La orden de prelación se determinará por la puntuación obtenida en la calificación final, que se ordenará de mayor a menor.

En caso de que se produzca empate en la puntuación de los integrantes del bolsín, se tiene que resolver teniendo en cuenta, sucesivamente, los siguientes criterios:

1. Mayor puntuación obtenida en el caso práctico de la fase de oposición.

2. Mayor puntuación obtenida en el apartado de la fase de oposición del cuestionario tipo texto.

3. Mayor puntuación obtenida en la fase de concurso por la experiencia profesional.

4. Si continuara el empate una vez aplicado los criterios anteriores, este se resolverá por sorteo.

Cuando se produzca una situación de las contempladas en el TE que motive la contratación de personal laboral temporal, se comunicará a la persona que corresponda del bolsín pertinente según la orden de prelación en que figure en el propio bolsín, el lugar y el plazo en que se tiene que incorporar. Esta comunicación se realizará mediante correo electrónico o gritada telefónica, de acuerdo con aquellos datos que haya comunicado a su instancia el aspirante. Si la persona no manifiesta su conformidad con la cobertura de la plaza ofrecida en el plazo de uno (1) día hábil a contar desde la comunicación de la oferta, así como su disposición a incorporar en el plazo que se le indique, se entenderá que renuncia. Si transcurridas veinticuatro (24) horas desde el primer intento de comunicación este resulta infructuoso, se comunicará a la siguiente persona, aspirando según la orden de prelación, sin que esto implique ni la exclusión ni la pérdida del lugar dentro de este orden.

Las personas que renuncien de manera exprés o tácita pasarán al último lugar en la orden de prelación del bolsín, con excepción de que aleguen dentro del plazo de dos (2) días hábiles, a contar desde la comunicación de la oferta, la concurrencia de alguna de las circunstancias siguientes, la cual tendrán que justificar documentalmente dentro de los tres (3) días naturales siguientes:

- Estar en periodo de embarazo, maternidad o paternidad, de adopción o acogida permanente o preadoptivo, incluido el periodo en qué sea procedente la concesión de excedencia para la cura de hijos e hijas.

- Estar prestando servicios como personal laboral dentro de EMSA o a cualquier otra administración pública, organismo autónomo o empresa municipal.

- Estar prestando servicios por cuenta ajena o propia en una empresa privada, o estar dado/a de alta como autónomo/a en la Seguridad Social.

- Encontrar en situación de incapacidad temporal.

- Causas de fuerza mayor, debidamente justificadas y apreciadas por el tribunal o por los servicios jurídicos de EMSA.

Es decir, las personas aspirantes que acrediten y justifiquen documentalmente estos supuestos de excepcionalidad quedarán en la situación de no disponibles en el mismo lugar que ocupan dentro de la orden de prelación. En caso de no justificarlo dentro de los 3 días naturales, pasarán a ocupar el último lugar en la orden de prelación. Estos aspirantes estarán obligados a comunicar y a justificar la finalización de estas situaciones en el plazo de manantial (10) días hábiles desde que se produzca.

Si la persona aspirante a la cual se ofrece cubrir una vacante renuncia de manera tácita o expresa, o no se incorpora en el plazo que le haya indicado EMSA, se comunicará la oferta a la siguiente persona aspirante según el orden de prelación fijado.

La persona integrante del bolsín, previamente a ser contratada, tendrá que justificar documentalmente los requisitos señalados en la base segunda y tendrá que presentar los documentos originales que acrediten los méritos que haya presentado y se hayan valorado, para realizar su comprobación y compulsa.

Aquella persona que aspire a estar ocupando una plaza de Oficial 1.ª Electricista de EMSA procedente de este bolsín y presente renuncia al dicho lugar de trabajo, será excluida del bolsín con excepción de casos de fuerza mayor debidamente justificados y apreciados por el tribunal o por los servicios jurídicos de EMSA.

Aquella persona aspirante que, ocupando una plaza de Oficial 1ª electricista de EMSA procedente de este bolsín, cese en su puesto de trabajo, pasará a incorporarse nuevamente en el bolsín en el lugar que le corresponda según la puntuación obtenida en el momento en que se formó el bolsín, siempre que en aquellos momentos el citado bolsín esté vigente.

Cuando se incorpore un titular de una plaza de Oficial 1.ª Electricista de EMSA, si no existe jefa u otra plaza vacante, se seguirán las siguientes normas de preferencia:

- En primer lugar, cesará uno de los temporales que hayan sido contratados en el marco de esta convocatoria, y entre ellos a quien corresponda según la orden de prelación establecida en estas bases. Así se actuará sucesivamente si se producen nuevas incorporaciones de titulares.

- Una vez que hayan cesado todos los laborales temporales de la presente convocatoria como consecuencia de la incorporación de titulares, tendrán que cesar los procedentes de la convocatoria inmediatamente anterior, y así sucesivamente, siguiendo los correspondientes órdenes de prelación establecidos en las bases respectivas.

Este bolsín permanecerá vigente hasta la creación de un nuevo bolsín de Oficial 1ª electricista de EMSA.

Este bolsín será preferente al bolsín anterior, de forma que el bolsín que se forme a raíz de esta convocatoria tendrá la consideración de bolsa activa y únicamente podrán ser gritadas por una oferta las personas en situación de disponible de esta bolsa. Una vez agotada esta, si fuera necesario, se podrá reactivar la bolsa anterior mientras se tramita un proceso selectivo para la creación de un nuevo bolsín.

En todo aquello no dispuesto anteriormente será de aplicación la normativa de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

 

​​​​​​​DECIMOCUARTA. INCIDENCIAS

El tribunal resta facultad para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la oposición en todo aquello no previsto en estas bases.

DÉCIMOQUINTA. PLAZO DE IMPUGNACIÓN.

Queda establecido un plazo de impugnación de las presentes bases de un mes a contar desde la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

DÉCIMOSEXTA. PROTECCIÓN DE DATOS

En virtud de la normativa vigente en materia de protección de datos, informamos que los datos recabados durante este proceso de selección serán empleados exclusivamente para gestionar este sobre la base de legitimación del consentimiento. En ningún caso se comunicarán datos a terceros, a excepción de su nombre y apellido en el caso de ser seleccionado, en aplicación de la ley de transparencia y en garantía de los principios de concurrencia competitiva en la administración pública. Sus datos serán conservados hasta que el tratamiento sea legítimo por la finalidad por la cual fueron recogidos y según la normativa de archivos aplicable a la responsable.

En cualquier caso, podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación y de portabilidad de los datos mediante un escrito dirigido a calle de los Sumideros, 2 de Alcúdia (07400).

 

(Firmado electrónicamente: 8 de abril de 2026

La presidenta del Consejo de Administración Laura Serra Martín)

 

ANEXO I MODELO DE INSTANCIA

Sr./Sra. ........................................................................................................................................................................, mayor de dieciséis años,

con DNI número ....................................... y domicilio a efectos de notificaciones y comunicaciones a ..........................................................

.....................................................................................................................................................................,

teléfono.........................................................................................................................................................,

EXPONGO:

I. Que he tenido conocimiento de la convocatoria publicada por la Empresa Municipal de Servicios de Alcúdia (EMSA S.A.U.) por la cobertura como personal laboral fijo de dos plazas de Oficial 1ª electricista de EMSA intermediando concurso-oposición.

II. Que estoy en posesión de todas y cada una de las condiciones exigidas por las bases de selección.

III. Que somos responsable de la veracidad de los documentos y la información que presente en este proceso selectivo.

IV. Acreditación de los conocimientos de Catalán requeridos:

(  ) Que estoy en posesión del título de Catalán B1 exigido a la convocatoria.

(  ) Solicito la realización de la prueba de Catalán a fin de acreditar el nivel exigido a la convocatoria.

DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA:

I. Fotocopia del DNI, pasaporte o equivalente.

II. Título de Graduado Escolar, ESO o equivalente.

III. Acreditación 2 años de experiencia realizando funciones de Oficial Electricista o equivalente.

IV. Certificado de Catalán B1 (si fue el caso).

Por todo aquello expuesto,

SOLICITO:

Ser admitido/a en el correspondiente proceso selectivo.

Alcúdia, a…………de………………………de 20……

 

(Firma de la persona interesada)

 

 

 

 

AUTOBAREMACIÓN DE MÉRITOS

EXPERIENCIA PROFESIONAL

 

 

MÁXIMO 20 PUNTOS

Administración pública como de Oficial 1ª electricista (nombre de administración)

Tiempo trabajado(a/m/d)

Jornada

Puntuación (0,50/mes)

Servicios prestados al sector privado como Oficial 1ª electricista (nombre empresa)

 

 

Puntuación (0,35/mes)

Administración pública como de Oficial 2ª electricista (nombre de administración)

 

 

Puntuación (0,35/mes)

Servicios prestados al sector privado como Oficial 2ª electricista (nombre empresa)

 

 

Puntuación (0,25/mes)

TOTAL:

xxx  puntos

 

FORMACIÓN

 

MÁXIMO 20 PUNTOS

Cursos de formación y perfeccionamiento con asistencia (título del curso)

Horas o créditos

Puntuación

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Cursos de formación y perfeccionamiento con aprovechamiento (título del curso)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Cursos de formación y perfeccionamiento impartidos

(título del curso)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

TOTAL

....puntos

Titulación académica superior a la exigida

 

Puntuación

 

 

 

 

TOTAL

...puntos

Conocimientos de catalán (indique nivel superior)

 

Puntuación

 

 

 

 

 

 

TOTAL:

 

Alcúdia, a…………de………………………de 20……

 

Firma

 

 

SRA. PRESIDENTA DE LA EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS DE ALCÚDIA

 

ANEXO II MODELO DE INSTANCIA (presentación de méritos)

Sr./Sra. ........................................................................................................................................................................, mayor de dieciséis años,

con DNI número ....................................... y domicilio a efectos de notificaciones y comunicaciones a ..........................................................

.....................................................................................................................................................................,

teléfono.........................................................................................................................................................,

Que habiendo superado la fase de oposición del proceso selectivo por la cobertura de dos plaza fijo de Oficial 1ª electricista, adjunto los documentos acreditativos de los méritos alegados en la hoja de autobaremo para su valoración en la fase de concurso.

Que somos responsable de la veracidad de los documentos y la información que presente en este proceso selectivo.

Por todo aquello expuesto,

SOLICITO:

Se valoren los méritos aportados y alegatos en la hoja de autobaremo en la fase de concurso que acredito junto con esta instancia.

Alcúdia, a…………de………………………de 20……

 

 

(Firma de la persona interesada)

 

 

 

SRA. PRESIDENTA DE LA EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS DE ALCÚDIA

 

ANEXO III TEMARIO

1. Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (R.E.B.T): Estructura y contenido. Manejo del reglamento y su interpretación

2. Documentación y puesta en servicio de las instalaciones. Verificaciones e inspecciones.

3. Mantenimiento. ITC-BT-04/05.

4. Instalaciones de alumbrado exterior. ITC-BT-09.

5. Redes de distribución de energía eléctrica. Acometidas. Instalaciones de enlace. Cajas generales de protección. Líneas generales de Alimentación. Derivaciones individuales. ITC-BT-11/12/13/14/15.

6. Instalaciones de conexión a tierra. ITC-BT-18.

7. Instalaciones interiores o receptoras. Prescripciones generales. Sistemas de instalación. Tubos y canales protectores ITC-BT-19/20/21.

8. Instalaciones interiores o receptoras. Protección contra sobreintensidades. Protección contra sobretensiones. Protección contra los contactos directos e indirectos ITC-BT-22/23/24.

9. Instalaciones en locales de Pública Concurrencia. Instalaciones con fines especiales como infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos. ITC-BT28/52.RRHH y Personal

10. Instalaciones con fines especiales. Instalaciones provisionales y temporales de obras. Ferias y estands. ITC-BT-33/34.

11. Cálculos en las instalaciones eléctricas de baja tensión: Previsión de potencias, sección e conductores, procedimientos normalizados de cálculo de las instalaciones de Baja Tensión.

12. Código Técnico de la Edificación (CTE): Documento básico HE. Ahorro de energía. Eficiencia energética de las instalaciones de iluminación. Contribución fotovoltaica mínima de energía eléctrica.

13. Representación gráfica de las instalaciones eléctricas. Simbología normalizada. Planes y esquemas eléctricos normalizados. Topología. Interpretación de esquemas eléctricos.

14. Cableado de telecomunicaciones: elementos del sistema de cableado, características y tipos de cable, certificación, terminación e infraestructuras.

15. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales: Ámbito de aplicación. Derechos y obligaciones. Medidas básicas de prevención de riesgos laborales a adoptar en los trabajos de instalaciones eléctricas de baja tensión. Equipos de protección individual en trabajos eléctricos de baja tensión.