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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA

Núm. 199562
Acuerdo del Pleno de día 26 de febrero de 2026 por el que se modifican los artículos 14 y 23 del Pacto de funcionarios del Ayuntamiento de San José

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Expediente: 13960/2025

El Pleno municipal, en sesión de 26 de febrero de 2026, ha adoptado el siguiente ACUERDO:

PRIMERO. Modificar el artículo 14 del Pacto de funcionarios del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia, que quedará redactado en el sentido siguiente:

Artículo 14: Asistencias a juicios y otros organismos oficiales

1. La asistencia preceptiva a los requerimientos de los órganos judiciales, independientemente del orden jurisdiccional a los cuales pertenezcan, de personal funcionario de este Ayuntamiento, como consecuencia de su relación de servicio, tendrá el carácter de tiempo efectivo trabajado y se deberá facilitar su comparecencia, la cual se justificará con la citación o requerimiento oficial y la fecha de finalización sellada en las oficinas administrativas del Juzgado o Tribunal.

2. La asistencia de personal funcionario de este Ayuntamiento a órganos judiciales fuera de la jornada laboral se considerará como jornada extraordinaria. La compensación de la cual se podrá percibir en tiempo o retribución económica, de acuerdo con lo que establece el artículo 23 del pacto de funcionarios, a elección del funcionario o funcionaria afectados.

3. La compensación por asistencia a los juzgados se hará de acuerdo con lo siguiente:

  • Si la citación es para asistir fuera de la jornada de trabajo: se compensará con una jornada extraordinaria, además del tiempo in itinere (+1 hora), en tiempo o abono económico.
  • Si la citación es para asistir durante un permiso, licencia y/o vacaciones: se compensará igual que el supuesto anterior, además del retorno de un día libre, más el tiempo in itinere (+1 hora), en tiempo o abono económico.
  • Si la citación se realiza posteriormente a un turno nocturno, podrá finalizar el trabajo saliendo 9 horas antes de la hora del juicio, o percibir el abono de una jornada a razón de horas extras nocturnas o nocturnas y festivas, según el caso, más el tiempo in itinere (+1 hora), en tiempo o abono económico.

Se entenderá horario nocturno aquel en que se trabajen al menos 3 horas de la jornada diaria habitual en horas nocturnas (de 22:00 a 06:00h horas).

Se entenderá como jornada nocturna y festiva el servicio de noche de los días festivos y/o inhábiles para la administración del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia (esto último es, las noches de los viernes, sábados y domingos).

Tendrán la consideración de asistencia de los puntos 1 y 2:

Las asistencias por videoconferencia en el lugar que se establezca en la citación judicial, así como las asistencias para realizar cualquier tipo de diligencia improrrogable en cualquier cuerpo de Policía o Administraciones para actuaciones relacionadas con el servicio o por cualquier otro asunto inexcusable que se relacione.

SEGUNDO. Modificar el artículo 23 del Pacto de funcionarios del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia, que quedará redactado en el sentido siguiente:

Artículo 23: Horas extras

Las horas extras realizadas fuera de la jornada efectiva de trabajo, se pagarán a partir del cálculo que se obtenga de la siguiente fórmula y siguiendo la siguiente distribución de grupos:

Valor de la hora extraordinaria = Salario bruto anual / Número horas anuales * 45 %

 

Para el cálculo del salario bruto anual se tomará como referencia para cada uno de los grupos de clasificación el salario de los siguientes puestos de trabajo:

1. Subgrupo A1: Retribuciones del puesto de trabajo: Técnico/a superior de medio ambiente

2. Subgrupo A2:

1. Escala Administración Especial/Subescala técnica: Retribuciones del puesto de trabajo: Técnico/a economista

2. Escala Administración Especial/Subescala de Servicios especiales: Retribuciones del puesto de trabajo: Subinspector de la policía local

3. Subgrupo C1

1. Escala Administración General o Escala Administración Especial/Subescala técnica: Retribuciones del puesto de trabajo: Administrativo/iva de gestión

2. Escala Administración Especial/Subescala de Servicios especiales: Retribuciones del puesto de trabajo: Oficial de policía local y agente de policía local, según corresponda

4. Subgrupo C2: Retribuciones del puesto de trabajo: Auxiliar de gestión administrativa

5. Agrupaciones profesionales (AP): Retribuciones del puesto de trabajo: Celador/a obras, medio ambiente y playas

Estas cantidades tendrán un incremento del 15% cuando se trate de horas realizadas en horario nocturno o festivo (de 23:00 horas a 7:00 horas o se trate de horas realizadas por el personal saliente de turno nocturno).

Cuando concurran las dos circunstancias será de un 35% más.

Las horas extraordinarias realizadas en sábado se equipararán a las realizadas en día festivo a efectos retributivos.

TERCERO. Publicar las modificaciones aprobadas en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia.

CUARTO. Esta modificación entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

QUINTO. Notificar el presente acuerdo a la Mesa General de Negociación.

 

(Firmado electrónicamente: 7 de marzo de 2026

El alcalde Vicente Roig Tur)