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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE MANACOR

Núm. 157805
Adecuación retributiva de diversos puestos de trabajo del Ayuntamiento de Manacor (exp. 1284/2026)

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Texto

El Ayuntamiento en Pleno, en la sesión celebrada el 9 de febrero de 2026, adoptó, a reserva de los términos definitivos que resulten de la aprobación del acta correspondiente, el siguiente acuerdo:

«Hechos y fundamentos de Derecho

1. En fecha 10 de julio de 2022, el Ayuntamiento de Manacor resultó condenado mediante la Sentencia 517/2022 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 2 de Palma, a la redacción y aprobación de una Relación de Puestos de trabajo.

Concretamente la sentencia expone que el Catálogo de personal de que dispone el Ayuntamiento, no puede asimilar-se en una Relación de Puestos de trabajo, dado que no da cumplimiento a los requisitos que por este último tipo de instrumento establecen los artículos 74 del TREBEP junto con el artículo 90.2 de la LRBRL.

2. A los efectos de avanzar hacia una solución integral para todo el Ayuntamiento y resolver así la falta de un instrumento de planificación de personal que dé cumplimiento a los requisitos exigidos para los relaciones de puestos de trabajo, el Ayuntamiento de Manacor ha procedido a la elaboración, negociación y aprobación de unos factores integrales de valoración, ponderación y descripción de los lugares de trabajos, tomando como Guía, el manual de valoración de los puestos de trabajo publicada por el Ministerio de Trabajo y Economía Social aprobada de conformidad a la Orden PCM/1047/2022, de 1 de noviembre.

3. Como consecuencia de la elaboración del manual de la Relación de Puestos de trabajo, este Ayuntamiento de Manacor ha iniciado los trabajos para la implantación de la nueva RLT.

4. Propuesta de la delegada de Recursos Humanos, de fecha 04 de febrero de 2026, de aprobación de los fichas descriptivas de los puestos de trabajo afectados, así como de la valoración y adecuación retributiva de los mismos.

5. Certificado de acuerdo de la MGNC celebrada en sesión extraordinaria n.º 2026/3, de 05 de febrero de 2026, en la cual se acuerda la aprobación de las fichas descriptivas de los puestos de trabajo afectados con una serie de modificaciones por error material, así como de la valoración y adecuación retributiva de estos puestos, en los mismos términos que la propuesta de la delegada de Recursos Humanos de 04 de febrero de 2026.

6. Informe jurídico de la TAG de Recursos Humanos y del secretario general, de fecha 06 de febrero de 2026.

7. Propuesta-certificado de existencia de crédito de la TAG de Recursos Humanos y del Interventor, de fecha 06 de febrero de 2026.

Vista la propuesta de resolución PR/2026/831 de 6 de febrero de 2026 fiscalizada favorablemente con fecha 6 de febrero de 2026.

RESOLUCIÓN

El Pleno, por trece votos a favor (MÉS-Esquerra, Grupo Municipal Socialista y AIPC/SYS), ningún voto en contra (Partido Popular y VOX) y ocho abstenciones, acuerda:

1. Aprobar las fichas descriptivas de los puestos de trabajo, las fichas de valoración de los puestos de trabajo y las adecuaciones retributivas anexas a esta propuesta (se pueden consultar en el Portal de Transparencia de la sede electrónica del Ayuntamiento de Manacor: https://manacor.eadministracio.cat/transparency/ 1. Institucional/1.7 Personal/1.7.1 RPT).

2. Incorporar los documentos antes mencionados a la Relación de Puestos de trabajo del Ayuntamiento de Manacor.

3. Ordenar al Departamento de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Manacor que haga efectivos los cambios sobre los retribuciones del personal afectado con efectos des del momento de la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

4. Publicar el acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y remitir copia del mismo a la Administración General del Estado y de la CA a los efectos oportunos.»

Contra la presente resolución/acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con los artículos 112 y 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podéis interponer un recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido (salvo que se trate de un acto dictado por delegación en este caso corresponderá la resolución al órgano delegando), en el plazo de un mes, contador des del día siguiente al de la recepción de esta notificación/publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015.

También podéis interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma en el plazo de dos meses contadores des del día siguiente a la notificación /publicación de acuerdo con los artículos 8.1, 25, 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Si optáis para interponer el recurso de reposición potestativo, no podréis interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel no sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.

Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, la cual se producirá si transcurre un mes sin que se haya dictado y notificado una resolución expresa sobre el recurso presentado, podéis interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma en el plazo de seis meses contadores des del día siguiente a la desestimación presunta.

Todo esto sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que estime procedente.

 

Manacor, 26 de febrero de 2026

La delegada de Recursos Humanos Antònia Llodrà Brunet