Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
PLENO, COMISIÓN DE GOBIERNO, CONSEJO EJECUTIVO Y PRESIDENCIA
Núm. 99328
Resolución núm. 2725, del 9 de febrero de 2026, del Consejero Ejecutivo de Turismo por la cual se aprueban la convocatoria, las bases y los temarios de las pruebas para la habilitación como guía oficial de turismo de las Illes Balears, en el ámbito territorial de la isla de Mallorca
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En fecha 9 de febrero de 2026 el consejero ejecutivo del Departamento de Turismo del Consejo Insular de Mallorca dictó la Resolución número 2725/2025, que a tenor literal dice:
El Decreto 20/2015, de 17 de abril, dictado en desarrollo de la Ley 8/2012 de turismo de las Illes Balears en su capítulo X establece una nueva regulación de la profesión de guía de turistas y visitantes a Balears, más moderna y de acuerdo con las necesidades actuales del mercado e introduce, entre otras cosas, nuevas vías para la habilitación de guías de manera directa y mediante la superación de pruebas.
El Decreto 20/2015, en el artículo 137 apartado, 4 establece la posibilidad de obtener la habilitación a quien, en los términos y condiciones fijados en el apartado 2, supere unas pruebas que han de fijar las administraciones turísticas competentes, en este caso, el Consell Insular de Mallorca. La convocatoria de estas pruebas, las bases y el temario son el objeto de este decreto.
El artículo 137, apartado 4, establece que el Consell tiene que fijar pruebas relativas a los bloques de patrimonio natural y cultural, de conocimiento de inglés y una segunda lengua extranjera y de las lenguas cooficiales de la comunidad. Asimismo, establece la posibilidad de eximir de la necesidad de realizar una o diversas de las diferentes pruebas cuando la persona aspirante cumpla con unas condiciones o demuestre capacitación suficiente en una o diversas de las diferentes partes de las pruebas.
El artículo 138 establece que las administraciones competentes en ordenación turística de cada isla han de convocar las pruebas.
Habida cuenta de lo acordado mediante el Decreto 50/2021 de 13 de diciembre, de traspaso al Consejo Insular de Mallorca de las funciones y los servicios inherentes a las competencias propias de este Consejo Insular que actualmente ejerce la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en materia de ordenación turística.
En virtud de lo anterior,
DISPONGO
PRIMER. Aprobar la convocatoria de las pruebas para la habilitación como guía oficial de turismo de las Illes Balears, en el ámbito territorial de la isla de Mallorca, y las bases de la convocatoria con el temario que han de regular el procedimiento de las citadas pruebas.
SEGUNDO. Publicar esta Resolución junto con las bases en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
BASES QUE RIGEN LA CONVOCATORIA DE LAS PRUEBAS PARA LA HABILITACIÓN COMO GUÍA OFICIAL DE TURISMO DE LAS ILLES BALEARS, EN EL ÁMBITO TERRITORIAL DE LA ISLA DE MALLORCA, CON INDICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO Y DE LA DOCUMENTACIÓN NECESARIOS PARA PODER PARTICIPAR
1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El objeto es convocar a las personas interesadas en la realización de las pruebas para la obtención, en el ámbito territorial de la isla de Mallorca, de la habilitación de guía turístico de las Illes Balears.
2. CONDICIONES Y REQUISITOS QUE TIENEN QUE CUMPLIR LOS/LAS ASPIRANTES
Las personas interesadas en ejercer la actividad de guía turístico/a en las Islas Baleares tienen que cumplir los requisitos generales exigidos en el art. 137.2 del Decreto 20/2015, de 17 de abril, de principios generales y directrices de coordinación en materia turística; de regulación de órganos asesores, de coordinación y de cooperación del Gobierno de las Illes Balears, y de regulación y clasificación de las empresas y de los establecimientos turísticos, dictado en desarrollo de la Ley 8/2012, de 19 de julio, de Turismo de las Illes Balears, para obtener la habilitación correspondiente después de la superación de las pruebas que se regulan en estas bases.
Los requisitos que tienen que cumplir las persones aspirantes para acreditarse como guía turístico/a, con carácter general, son:
a) Tener la nacionalidad española o la de alguno de los estados miembros de la UniónEuropea o signatario del Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo, o bien seriudadano/a extranjero/a con residencia en España, con el derecho reconocidopara ejercer una actividad remunerada por cuenta propia o de otro, de conformidadcon la normativa vigente.
b) Ser mayor de edad.
c) Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos: ciclo formativo de gradosuperior de formación profesional, diplomado o licenciado universitario, grado omáster universitario o cualquier otro equivalente u homologado.
De acuerdo con las directrices de la UE de reconocimiento de calificaciones, seaceptarán los títulos de países de la UE, junto a una traducción jurada en la cual demanifieste la titulación requerida o se acredite una titulación de nivel 5 o superiorcorrespondiente al European Qualification Framework (EQF).
En el caso de las personas aspirantes que se presenten por la vía de cualificaciónprofesional de guía de turistas y visitantes: estar en posesión de un certificado de profesionalidad o de una acreditación de competencias profesionales obtenidamediante la evaluación y acreditación de las competencias adquiridas por medio dela experiencia laboral o de vías no formales de formación, todo esto, en los términoscontenidos en la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las calificaciones y de laformación profesional, y en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio.
d) Acreditar el conocimiento del inglés y de al menos otra lengua extranjera, deacuerdo con lo establecido en la presente convocatoria.
e) Acreditar el conocimiento de los idiomas castellano y catalán, de acuerdo con loestablecido en la presente convocatoria.
f) Acreditar el conocimiento del patrimonio natural y cultural de las Illes Baleares, deacuerdo con lo establecido en la presente convocatoria.
Las personas que cumplan los requisitos a, b y c pueden presentarse a las pruebas que permiten demostrar su capacitación en los requisitos d, e y f.
3. BLOQUES TEMÁTICOS
Las pruebas de habilitación de guía constan de los siguientes bloques temáticos:
- Bloque 1. Patrimonio natural y cultural de las Islas Baleares
- Bloque 2. Inglés
- Bloque 3. Segunda lengua extranjera
- Bloque 4. Lengua castellana
- Bloque 5. Lengua catalana
El temario de las pruebas del Bloque 1 – Patrimonio natural y cultural de las Illes Balears- figura en la parte final de estas bases.
4. PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES
Las personas interesadas que quieran participar en las pruebas y que cumplan las condiciones que se establecen en el artículo 137.2 del Decreto 20/2015, tendrán que formular su solicitud ante el Consell Insular de Mallorca por registro general, mediante instancia genérica acompañada de la solicitud correspondiente, utilizando el modelo específico de solicitud que se puede encontrar como Anexo I a estas bases o en la página web del Departamento de Turismo https://www.conselldemallorca.es/es/turisme, de conformidad con lo previsto en el artículo 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
En caso de que haya dudas derivadas de la calidad de la copia de los documentos aportados por el interesado, el Consell de Mallorca podrá requerir que se exhiba el documento o la información original.
Las solicitudes tendrán que acompañarse de la documentación que se señala a continuación:
a) Copia del DNI (en caso que el registro sea presencial)
b) Título académico de técnico de grado superior de Formación Profesional, título universitario correspondiendo a un grado, licenciatura o diplomatura o, si procede, documento acreditativo de haber abonado los derechos para la obtención del título (1 de ellos). En el caso de títulos emitidos fuera de España, tiene que presentarse la homologación que sea procedente, de acuerdo con la normativa vigente.
c) Si la persona aspirante se presenta con título de cualificación profesional: certificado de profesionalidad o de una acreditación de competencias profesionales obtenida mediante la evaluación y acreditación de las competencias adquiridas por medio de la experiencia laboral o de vías no formales de formación en los términos contenidos en la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las calificaciones y de la formación profesional, y en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio.
d) Resguardo acreditativo de haber efectuado el pago de los derechos de examen.
En caso de solicitar la exención de alguno de los bloques temáticos de los cuales constan las pruebas, la persona aspirante tendrá que señalarlo en la solicitud y presentar la documentación que acredita sus conocimientos en el bloque o los bloques temáticos para los cuales solicita exención, en los términos que establece el artículo 137 del Decreto 20/2015 y la base octava de esta convocatoria.
5. TASA PARA ACCEDER A LAS PRUEBAS
De acuerdo con la resolución del Consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 12 de septiembre de 2025, la tasa para acceder a las pruebas será de 53,90 €. El pago de la tasa se realizará a través del trámite al que conduce el siguiente enlace:
https://taxes.conselldemallorca.net/Tasas/Turismo.aspxhttps://taxes.conselldemallorca.net/Tasas/Turismo.aspx
6. NOTIFICACIONES A LAS PERSONAS INTERESADAS
La información relativa al proceso de admisión y evaluación se publicará en el tablón de anuncios del Consell Insular de Mallorca. El resto de comunicaciones relativas al desarrollo de las pruebas las realizará directamente el Centro de Educación Superior Felipe Moreno-Nebrija, que se encargará de llevarlas a cabo.
7. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y ADMISIÓN A LAS PRUEBAS
Las solicitudes se pueden presentar en el plazo de 15 días naturales contados a partir del día siguiente de haberse publicado la convocatoria en el BOIB, si el último día de presentación cae en sábado o festivo, se prorrogará hasta el siguiente día hábil. Si en alguna de las solicitudes hubiera algún defecto subsanable, se comunicará a la persona interesada en los términos que prevé el art. 68 de la Ley 39/2015, LPACAP, a fin de que lo pueda subsanar en un plazo de diez días hábiles.
Expirado el plazo de presentación de solicitudes y subsanación de errores y una vez revisadas, se harán públicas las listas de admitidos y excluidos en el tablón de anuncios del Consell Insular de Mallorca (https://cim.secimallorca.net/tablondeanuncios/default.aspx), con indicación individualizada de las causas de exclusión de las personas interesadas que no hayan sido admitidas. En las listas tendrán que constar, si procede, especificación de los bloques de los cuales han sido eximidos.
Con la publicación de las listas provisionales, se acordará la apertura de un plazo de diez días hábiles para presentar reclamaciones.
Una vez resuelto todo el proceso de admisión, se publicará la lista definitiva de admitidos en el tablón de anuncios del Consell Insular de Mallorca, con indicación de la fecha, lugar y hora fijados para la realización de la primera prueba, correspondiente al Bloque 1. Patrimonio natural y cultural de las Illes Balears”, mientras que el Centro de Educación Superior Felipe Moreno-Nebrija facilitará a las personas aspirantes la información relativa al resto de pruebas.
8. CONVALIDACIÓN DE CONOCIMIENTOS
Con carácter general, las personas que soliciten la exención de alguno o algunos de los bloques temáticos de los cuales conste la prueba, tendrán que demostrar el nivel de conocimientos exigidos en estas materias en base a lo que establece el artículo 137 del Decreto 20/2015.
Además, en virtud del apartado 4 del art. 137 del Decreto 20/2015, se establece que serán eximidas de realizar las pruebas las personas candidatas que acrediten su competencia presentando certificados acreditativos de haber superado cursos impartidos por centros oficiales con ciertas características o una duración mínima:
- Para el bloque temático 1, de conocimientos de recursos patrimoniales y naturalesde las Illes Balears: Cursos impartidos por centros oficiales con una duración mínima de 62 horas, sobre recursos patrimoniales y naturales de las Islas Baleares yque sean reconocidos por el Consejo Insular de Mallorca.
- Para los bloques temáticos 2 y 3, de inglés y otras lenguas extranjeras:
Se considera capacitación suficiente la relativa a los idiomas que hayan formadoparte del programa para la obtención de los títulos o certificados de profesionalidado la acreditación de competencias indicados en el art. 137 punto 3 del Decreto20/2015.
Del mismo modo, la acreditación de haber superado cursos de 130 horas lectivas o 7 créditos ECTS para cada idioma, siempre que no formen parte de un curso oformación de nivel inferior al que establecen las bases, es decir, B2 del marco europeo de referencia.
Se establece que se entiende acreditado por la persona aspirante el dominio delidioma del país que haya expedido el título académico que se presente con lasolicitud.
En otro caso se tiene que acreditar estar en posesión de títulos o certificados oficialescorrespondientes a un nivel mínimo B2, de conformidad con el Marco europeocomún de referencia para las lenguas.
-Para los bloques temáticos 4 y 5, de castellano y catalán:
Estar en posesión de títulos oficiales de enseñanza secundaria o postsecundaria,incluidos los títulos universitarios, obtenidos en el Estado español respecto delcastellano, y, respecto del catalán, siempre que se aporte un certificado expedido por el centro educativo que refleje que se ha impartido en esta lengua al menos el50 % de las asignaturas o que ha sido la lengua vehicular del centro.
Estar en posesión de títulos o certificados oficiales que acrediten los conocimientosde los idiomas mencionados en un nivel igual o superior al nivel B2, de conformidadcon el Marco europeo común de referencia para las lenguas.
Se establece que se entiende acreditado por la persona aspirando el dominio del idioma del país que haya expedido el título académico que se presente con lasolicitud.
9. ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO DE LAS PRUEBAS
Las pruebas de habilitación como guía turístico se llevarán a cabo en las instalaciones del CENTRO DE EDUCACIÓN SUPERIOR FELIPE MORENO-NEBRIJA, en su sede de Palma, situada en la calle Sol número 3, CP 07001. El inicio de las pruebas, con la realización de la primera prueba, correspondiente al “Bloque 1. Patrimonio natural y cultural de las Islas Baleares”, está previsto para el día 30 de mayo de 2026 a las 09:00 horas. El Centro de Educación Superior Felipe Moreno-Nebrija facilitará a las personas aspirantes la información relativa al resto de pruebas.
La persona aspirante seleccionará en su solicitud de participación en las pruebas el idioma en el cual quiere realizarlas, castellano o catalán. La redacción de los enunciados, así como las instrucciones, criterios o cualquier otra documentación de examen que se entregue a las personas aspirantes estarán en el idioma que hayan elegido en su solicitud.
Las personas aspirantes tendrán que ir identificadas durante todo el proceso con DNI, pasaporte o documento equivalente.
Los conocimientos necesarios para la habilitación como guía turístico se hallan divididos en los bloques temáticos señalados en la base tercera anterior y para su acreditación se realizarán un total de 6 pruebas, sin perjuicio de las excepciones señaladas, en las cuales las personas aspirantes acrediten sus competencias de alguna de las maneras previstas en la base octava.
Todos los bloques tienen que ser superados por las personas aspirantes para obtener la calificación global de apto. En caso de no superarse alguno de los bloques, la calificación global será de no apto.
La comisión evaluadora publicará los resultados de las pruebas por bloques y la calificación final y estos se colgarán en el tablón de anuncios del Consell Insular de Mallorca. En el plazo de tres días hábiles desde la exposición de la lista, las persones participantes podrán solicitar, de la manera que se indicará, la revisión de sus pruebas a la comisión evaluadora, que convocará la revisión de los exámenes y resolverá las posibles reclamaciones, el resultado de las cuales se publicará en el tablón de anuncios del Consell Insular de Mallorca.
- Estructura de las pruebas de habilitación:
Prueba 1. Conocimiento del patrimonio cultural y natural de las Illes Balears
- Examen tipo test (100 preguntas: 50 patrimonio cultural + 50 patrimonio natural).
- Duración: 100 minutos.
Se calificará de 0 a 100 puntos. Todas las preguntas tienen el mismo valor, 1 punto. Para superar la prueba, se tendrán que responder correctamente, al menos, 60 preguntas. Las respuestas incorrectas penalizarán, por valor de 0,25 puntos cada respuesta incorrecta. Las respuestas en blanco no penalizarán.
Como ya se ha indicado, el temario objeto de esta prueba figura en la parte final de estas bases.
Prueba 2. Prueba consistente en una exposición oral de 15 minutos de un tema extraído al azar de una lista de conocimientos específicos de la Comunidad de las Illes Balears. Se valorarán las habilidades comunicativas, la ordenación de las ideas expuestas, los conceptos utilizados y el nivel de conocimientos sobre: el temario del bloque 1,la organización y conducción de grupos, la planificación de itinerarios y rutas guiadas, la atención al cliente, la calidad y la gestión de incidencias, así como de la gestión de situaciones de emergencia.
Se establece como valor mínimo para aprobar, la obtención de 5 puntos sobre 10. El listado de los temas para esta prueba se puede encontrar también a la parte final de estas bases.
Prueba 3. Conocimiento de lengua castellana
- Nivel mínimo exigido: B2.
- Comprende prueba escrita y oral.
Prueba 4. Conocimiento de lengua catalana
- Nivel mínimo exigido: B2.
- Comprende prueba escrita y oral.
Prueba 5. Conocimiento de lengua inglesa
- Nivel mínimo exigido: B2.
- Comprende prueba escrita y oral.
Prueba 6. Conocimiento de una segunda lengua extranjera (alemán, francés, italiano o portugués)
- Nivel mínimo exigido: B2.
- Comprende prueba escrita y oral.
Se establece como valor mínimo para aprobar la obtención de 5 puntos sobre 10 de cada parte. Para superar la prueba es necesario superar las dos partes, oral y escrita. En cualquiera de estas dos partes, oral o escrita, puede haber un examen de comprensión oral de un archivo de audio o vídeo, así como de comprensión lectora. La nota será la media de las notas de ambas partes.
La parte escrita de las pruebas relativas al conocimiento de lenguas consiste en un examen tipo test que evaluará la comprensión lectora a partir de un texto relacionado con la actividad turística y otra parte de redacción breve para evaluar la expresión escrita.
La parte oral consiste en la exposición de un tema relacionado con la profesión de guía turístico, seguido de una conversación relacionada con el tema. La duración de la prueba es aproximadamente de 15 minutos.
Los criterios de evaluación se basarán en la adecuación, coherencia, comprensión y corrección que exige el nivel B2 de cada lengua.
10. LA COMISIÓN EVALUADORA
La Comisión Evaluadora estará formada por un mínimo de cuatro miembros, de los cuales al menos uno será personal del Consell Insular de Mallorca. Estará formada por presidente/a, secretario/aria y vocales. Para cada uno de los diferentes bloques a evaluar, pueden incorporarse a la comisión evaluadores con competencia demostrable en el tema.
También podrá formar parte de la Comisión algún guía turístico con experiencia docente o en procesos de estas características como miembro vocal o asesor.
En todo caso, se procurará la colaboración el Colegio Oficial de Guías Turísticos de las Illes Balears.
La evaluación de los bloques de idiomas los efectuará profesorado del Centro de Educación Superior Felipe Moreno-Nebrija, o personas de reconocida solvencia para cada uno de los idiomas en que se desarrollen los exámenes.
La Comisión Evaluadora tiene competencia para plantear y desarrollar cada una de las pruebas, de acuerdo con lo que disponen estas bases.
La Comisión Evaluadora velará por el correcto desarrollo de las pruebas y la evaluación del proceso y extenderá un acta final con la calificación de cada uno de los bloques y la calificación final de la prueba, que será de apto o no apto.
En caso de reclamaciones, la Comisión Evaluadora fijará la revisión de las pruebas objeto de reclamación y las resolverá, según lo establecido en la base novena.
Acabado el proceso, la Comisión Evaluadora tendrá que redactar las listas definitivas de personas candidatas declaradas aptas y no aptas proponiendo al Departamento de Turismo del Consell Insular de Mallorca la habilitación como guías turísticos de las personas declaradas aptas.
11. RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA
El Consejero Ejecutivo de Turismo, a la vista de la propuesta de la Comisión Evaluadora, dictará la correspondiente resolución de habilitación de las persones aspirantes que hayan superado las pruebas, que será publicada en el Boletín Oficial de las Islas Baleares e inscrita en el Registro de empresas, actividades y establecimientos turísticos.
Asimismo, se procederá de oficio a la expedición del carnet de Guía de Turismo de las Islas Baleares, de acuerdo con lo previsto en el artículo 142 del Decreto 20/2015. La recogida del carnet será a cargo de las personas aspirantes.
12. RECLAMACIONES Y RECURSOS
Contra las calificaciones de las diferentes pruebas se podrá formular petición de revisión ante el tribunal evaluador, en el plazo de tres días, que será resuelta por éste y publicada en el tablón de anuncios del Consell Insular de Mallorca.
Contra la resolución del Consejero Ejecutivo, la persona interesada podrá interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente al de su publicación.
TEMARIO DE LAS PRUEBAS PARA LA HABILITACIÓN COMO GUÍA OFICIAL DE TURISMO DE LAS ILLES BALEARS, EN EL ÁMBITO TERRITORIAL DE L'ILLA DE MALLORCA
BLOQUE 1. PATRIMONIO CULTURAL Y NATURAL DE LAS ISLAS BALEARES
Conocimiento de los principales recursos culturales y naturales de Baleares, con especial atención a los recursos de Mallorca.
A) Interpretación de los espacios naturales y otros bienes de interés natural dentro del ámbito de actuación turístico.
1. Historia geológica de las Islas Baleares: la formación de las Islas
a. Formación de los materiales geológicos: rocas, fósiles, ...
b. Influencia de la geología en el paisaje, la flora y la fauna
c. Las playas: geología y posidonia
d. Lugares de interés geológico
2. El clima
a. Características del clima mediterráneo
b. Influencias del clima mediterráneo sobre la flora y el paisaje
3. La flora y el paisaje
a. Principales comunidades y especies vegetales de las Islas
4. La fauna
a. La fauna de las Islas Baleares en conjunto. Los endemismos
b. Los pájaros
c. Los anfibios, reptiles y mamíferos
5. Los recursos naturales
a. El agua: la problemática de los acuíferos
b. La energía
c. El uso del territorio: agricultura y paisaje, urbanismo...
6. Los espacios naturales protegidos
Tipos de espacios naturales protegidos:
- Ámbito local y autonómico: ANEIs, reservas marinas, parques naturales, …
- Ámbito estatal: Parque Nacional de Cabrera, zona protegida de pesca Canal de Menorca, ...
- Ámbito europeo: Xarxa Natura 2000
- Normativas que afecten la conducción de grupos en espacios protegidos
7. Pautas de comportamiento para proteger el patrimonio natural
B) Interpretación del patrimonio y bienes de interés cultural dentro del ámbito de actuación turístico.
1. Visión panorámica de la historia de Mallorca y Baleares: de la colonización humana hasta el tiempo presente
a. La prehistoria y protohistoria
b. La edad antigua: de la Mallorca romana a la antigüedad tardía
c. La época medieval: la Mallorca islámica, conquista cristiana y época bajomedieval
d. Los siglos XVI i XVII
e. El siglo XVIII
f. Las etapas de la época contemporánea hasta el presente
2. Personajes relevantes de nuestra historia y cultura
3. Arte y monumentos
a. La prehistoria
b. Yacimientos romanos y medievales
c. El patrimonio religioso
d. El urbanismo y la arquitectura civil, militar e industrial
e. El legado del siglo XVIII
f. Arquitectura rural
g. Los museos
4. Cultura Popular
a. Mitos y leyendas
b. Gastronomía
c. Las fiestas
d. Otros elementos de la cultura popular
TEMAS PARA A LA PRUEBA 2. EXPOSICIÓN ORAL PRÁCTICA
1. Visita guiada a la Catedral de Mallorca (La Seu): historia, arquitectura y simbolismo.
2. Ruta guiada por el casco histórico de Palma: evolución urbana y principales hitos monumentales.
3. Excursión al Castillo de Bellver: función defensiva y uso turístico.
4. Excursión a la Sierra de Tramuntana, Patrimonio Mundial de la UNESCO.
5. Visita cultural a Valldemossa: historia, personajes ilustres y atractivo turístico.
6. Ruta guiada por Sóller y el valle de los cítricos.
7. Excursión al Monasterio de Lluc como centro espiritual y cultural.
8. Visita guiada a las Cuevas del Drach y su importancia turística.
9. Itinerario histórico por Alcudia, su recinto amurallado y yacimiento arqueológico de Pollentia.
10. Mercados tradicionales y fiestas populares en Mallorca.
11. Fundació Pilar i Joan Miró: 30 años de Miró en la isla.
12. Es Trenc y Cabrera: paisajes protegidos y turismo sostenible en el sur de Mallorca.
13. Visita guiada a Artà, cuevas y Santuario de San Salvador.
14. La gastronomía tradicional de Mallorca como a recurso turístico: productos locales, platos emblemáticos y su integración en las rutas guiadas.
15. El enoturismo en Mallorca: bodegas, tradición vitivinícola y las denominaciones de origen DO Binissalem y DO Pla i Llevant.
En contra de la presente Resolución se puede interponer indistintamente:
Contra este acuerdo – que no agota la vía administrativa – puede interponerse recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Dicho recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la correspondiente resolución, cuando hayan transcurrido tres meses desde su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo podrá interponer recurso contencioso administrativo ante la Sección Contencioso Administrativa del Tribunal de Instancia de Palma.
(Firmado electrónicamente: 10 de febrero de 2026)
El jefe del servicio jurídico administrativo de la Dirección Insular de Turismo para la Oferta y la Calidad Guillem Balaguer Mayol