Torna

Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TRABAJO, FUNCIÓN PÚBLICA Y DIÁLOGO SOCIAL

Núm. 871023
Resolución de la consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social por la que se aprueba el instrumento de planificación extraordinario 2025-2027 para la reducción de la temporalidad del empleo público por debajo del ocho por ciento

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El artículo 20.Dos.4 de la de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, establece una tasa de reposición adicional y extraordinaria para cumplir con el objetivo previsto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas para la reducción de la temporalidad en el empleo público, con el fin de conseguir que la temporalidad en el empleo público no supere el ocho por ciento de las plazas de naturaleza estructural en cada uno de sus ámbitos. 

La Ley 6/2025, de 23 de julio, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2025, en su artículo 18.1 prevé que las plazas que debe incluir la oferta de empleo público se fijarán de conformidad con la delimitación que, con carácter básico, realice el Estado para el año 2025, mediante la norma legal correspondiente y en el marco de los presupuestos generales del Estado para el año 2025, o, en su defecto, con la que resulta de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, y de acuerdo también con el Estatuto Básico del Empleado Público. 

Esta habilitación deriva del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que en su componente 11, relativo a la modernización de las administraciones públicas, prevé la reducción de la temporalidad en el empleo público y se presenta como una oportunidad para conseguir el objetivo de la reducción de la temporalidad mientras se mantenga la limitación derivada de la tasa de reposición. 

No obstante, la normativa condiciona esta posibilidad a disponer de un instrumento de planificación plurianual, una herramienta de planificación que se integrará en un instrumento general de planificación de los recursos humanos de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears: el Plan Estratégico de Recursos Humanos 2026-2027. 

Este Plan Estratégico evaluará y planificará, tras las consiguientes tareas de diagnóstico y análisis, las necesidades de personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, con el objetivo de conseguir, tanto cuantitativa como cualitativamente, los recursos óptimos para la prestación de los servicios que tiene encomendados y que permita anticipar la previsión de incorporación de personal que se recogerá en las ofertas de empleo público, analizando las causas, oportunidades y políticas públicas en las que será necesaria una mayor intensidad de incorporaciones en futuros ejercicios. 

Por todo ello, se prevé como una de las medidas del instrumento de planificación incorporar a la oferta de empleo público de los ejercicios 2025 y 2026 una tasa adicional que, en el marco de la normativa básica estatal, incluya otras plazas además de las derivadas de la aplicación de la tasa ordinaria de reposición de efectivos, plazas que, por no cumplir los requisitos de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, no fueron computadas en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 23 de mayo de 2022 por el que se aprobó la oferta de empleo público de estabilización correspondiente al personal funcionario y personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en el ámbito de los servicios generales y que ahora se pueden ofrecer y ser cubiertas de manera definitiva a través de procedimientos ordinarios de selección. 

De conformidad con el Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, corresponde a la Dirección General de Función Pública de la Consejería de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social la planificación, dirección, coordinación y ejecución de la política general de personal; la ordenación y gestión del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, excepto el personal docente y el personal estatutario al servicio de la sanidad pública autonómica; la coordinación de la política de recursos humanos del sector público instrumental y de su personal; la dirección y supervisión de las nóminas correspondientes al personal de los entes integrantes del sector público instrumental autonómico y, en general, la tutela de estos entes respecto de la legislación aplicable en materia de personal; la gestión, impulso y coordinación de las políticas y los planes de igualdad entre las mujeres y los hombres empleados públicos de los servicios generales de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y del sector público instrumental autonómico; la formación del personal de las administraciones públicas de las Illes Balears; la inspección de calidad, organización y servicios; el Registro general de personal, y la prevención de riesgos laborales del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. 

En consecuencia, en virtud de las competencias atribuidas en materia de función pública por el Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, y por el artículo 6.e) de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dicto la siguiente 

Resolución

1. Aprobar el instrumento de planificación extraordinario 2025-2027 para la reducción de la temporalidad del empleo público por debajo del ocho por ciento, que se adjunta como anexo 1 de esta resolución.  

2. Aprobar las plazas de la tasa de reposición y de la tasa específica del artículo 20.Dos.4 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 que deben incluirse en la oferta de empleo público ordinario del año 2025 y la previsión de la oferta de empleo público del año 2026, que se adjuntan como anexo 2 de esta resolución.  

3. Dar publicidad a este instrumento de planificación a través de la página web de la Consejería de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social y publicarlo en el Boletín Oficial de las Illes Balears

 

(Firmado electrónicamente: 20 de noviembre de 2025)

La consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social   Catalina Teresa Cabrer González 

Documentos adjuntos