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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

PATRONATO ESCUELA DE TURISMO

Núm. 640166
Convocatoria de acceso a la carrera profesional horizontal del personal de la Escuela Universitaria de Turismo del Consell Insular d’Eivissa

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Texto

 En fecha 10 de septiembre de 2025, el Presidente del Patronato para la Gestión y Funcionamiento de la Escuela Universitaria de Turismo del Consell Insular d'Eivissa dictó el Decreto de Presidencia núm. 43/2025, mediante el cual dispuso lo siguiente:

«PRIMERO.- APROBAR la convocatoria de acceso a la carrera profesional horizontal del personal de Escuela Universitaria de Turismo del Consell Insular d'Eivissa.

SEGUNDO.- APROBAR las bases de la convocatoria de acceso a la carrera profesional horizontal del personal de Escuela Universitaria de Turismo del Consell Insular d'Eivissa, que constan en el expediente con CSV 15706073440060064722 (versión en catalán) y 15706072376704761336 (versión en castellano).

TERCERO.- APROBAR el gasto máximo por un importe de 108.878,50.- € de las partidas 3241 13104 (82.440,00.- €) y 3241 16000 (26.438,50.- €), con cargo a la retención de crédito núm. 2/2025000000070 del presupuesto corriente del Patronato para la Gestión y Funcionamiento de la Escuela Universitaria de Turismo del Consell Insular d'Eivissa.

CUARTO.- PUBLICAR las bases de la convocatoria de acceso a la carrera profesional horizontal del personal de la Escuela Universitaria de Turismo del Consell Insular d'Eivissa en el Boletín Oficial de les Illes Balears (BOIB)».

 

Ibiza, 10 de septiembre de 2025

El secretario del Patronato para la Gestión y Funcionamiento de la  Escuela Universitaria de Turismo del Consell Insular d'Eivissa Pedro Bueno Flores

 

CONVOCATORIA DE ACCESO A LA CARRERA PROFESSIONAL HORIZONTAL DEL PERSONAL DE LA ESCUELA UNIVERSITARIA DE TURISMO DEL CONSELL INSULAR D'EIVISSA

Introducción

En sesión de fecha 18 de noviembre de 2024 la Junta Superior del Patronato para la Gestión y el Funcionamiento de la Escuela de Turismo del Consell Insular de Eivissa acordó implementar el modelo de carrera profesional horizontal del personal de la Escuela Universitaria de Turismo del Consell Insular de Eivissa, la publicación del cual se llevó a cabo en el BOIB n.º 112, de 23 de agosto de 2025.

Primero. Objeto

El objeto de este acuerdo es abrir al personal al servicio de la Escuela Universitaria de Turismo del Consell Insular de Eivissa el procedimiento de acceso para las nuevas incorporaciones a la carrera profesional horizontal, estableciendo los requisitos y los trámites correspondientes para la presentación, la cuantificación y la valoración correspondiente.

Segundo. Ámbito de aplicación

Personal a quien es aplicable la carrera profesional

Las empleadas y los empleados públicos la Escuela Universitaria de Turismo del Consell Insular de Eivissa que tienen derecho a la carrera profesional horizontal son:

a) Personal laboral fijo, propio de la Escuela Universitaria de Turismo del Consell Insular de Eivissa.

b) Personal temporal que haya logrado un nivel dentro del Escuela Universitaria de Turismo del Consell Insular de Ibiza.

Personal a quien no es aplicable la carrera profesional

a) Personal eventual.

b) Altos cargos que no tengan la consideración de empleados públicos de la Escuela Universitaria de Turismo del Consell Insular de Ibiza.

Tercero. Requisitos de las empleadas y los empleados públicos

a) Nuevas incorporaciones

La primera adquisición de nivel, en el momento inicial de aplicación de la carrera profesional, será de una sola vez, teniendo en cuenta los años de servicios prestados y las horas de formación determinadas para lograr el nivel. En esta primera instancia se tendrán en cuenta todas las horas realizadas durante la vida laboral del empleado en la administración pública. A los únicos efectos de lograr el nivel inicial, todo el tiempo trabajado en la administración se computará aplicando el artículo 10 de este acuerdo.

Las nuevas incorporaciones están dirigidas a las empleadas y a los empleados públicos, que durante el año 2025 cumplan los criterios para acceder a la carrera profesional horizontal. Para acceder a la carrera profesional tendrán que acreditar el cumplimiento de los requisitos siguientes:

1) El periodo mínimo de servicios prestados en la administración para acceder a cada nivel es el siguiente:

- Nivel I: 5 años.

- Nivel II: 5 años desde el acceso al nivel I (10 años de servicio).

- Nivel III: 5 años desde el acceso al nivel II (15 años de servicio).

- Nivel IV: 5 años desde el acceso al nivel III (más de 20 años de servicio).

2) Formación:

Las horas de formación serán las previstas en el artículo 7 del Texto de la carrera profesional horizontal del personal de la Escuela Universitaria de Turismo del Consell Insular de Eivissa, concretamente:

Nivel

Grupo A1

Grupo A2

Grupo B

Grupo C1

Grupo C2

Agrupaciones profesionales

Nivel I

35

30

25

20

15

10

Nivel II

70

60

50

40

30

20

Nivel III

105

90

75

60

45

30

Nivel IV

140

120

100

80

60

40

La formación presentada fuera de plazo no se puede valorar para adquirir el nivel correspondiente.

Toda la formación presentada tiene que estar directamente relacionada con el lugar que ocupa el empleado/a público/a en cada momento.

La comisión de evaluación dispondrá de un plazo máximo de cinco meses para valorar la documentación y definir el nivel logrado para cada empleado/a público/a, con carácter ordinario.

Un vez valorada la documentación, se publicará en el tablón de anuncios de la Escuela Universitaria de Turismo del Consell Insular de Eivissa, en la página web de la Escuela Universitaria de Turismo del Consell Insular de Eivissa y en la Sede electrónica del Consell Insular de Eivissa, un listado de los empleados/as públicos/as valorados/as, en el cual tiene que figurar el número de documento nacional de identidad, la categoría profesional y el nivel reconocido.

En el plazo máximo de 10 días desde el siguiente al de la publicación del listado mencionado, los/las empleados/as que no estén conformes, podrán presentar reclamaciones. Una vez examinadas estas, se publicará la lista definitiva y las resolverá el órgano competente. Contra esta resolución se podrá interponer un recurso de acuerdo con la normativa aplicable.

b) Efectos económicos

La fecha a tener en cuenta a efectos económicos por las nuevas incorporaciones, será la del mes siguiente del cumplimiento de los respectivos requisitos, cuando estos se hayan producido con posterioridad al 1 de enero de 2025.

Cuarto. Formación

En esta primera instancia se tendrán en cuenta todas las horas de formación realizadas durante la vida laboral del/de la empleado/a en la administración pública.

Esta formación, que en todo caso será voluntaria, puede ser del plan de formación del Consell Insular de Eivissa o cualquier otra formación impartida por el Instituto Nacional de Administración Pública (INAP), por la Escuela Balear de Administración Pública (EBAP), por la Federación de Entidades Locales de las Islas Baleares (FELIB), por las universidades, por los colegios profesionales, por la Administración del Estado, autonómica o local, y otros cursos convalidados por la EBAP o por cualquier organismo dependiente de una administración pública.

Quinto. Solicitudes

El plazo para presentar la solicitud y la documentación acreditativa para las nuevas incorporaciones a la carrera profesional será de 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

La formación se acreditará mediante la aportación de un certificado de asistencia o de aprovechamiento.

El tiempo de servicios prestados se tiene que acreditar mediante la presentación de un certificado de servicios prestados. Los empleados y las empleadas de la Escuela Universitaria de Turismo del Consell Insular de Eivissa pueden pedir que se incorpore de oficio al expediente el certificado de servicios prestados.

La solicitud se tiene que presentar mediante registro de entrada en el Consell Insular de Ibiza, mediante registro electrónico en la Sede electrónica del Consell Insular de Eivissa o mediante registro de entrada en la Escuela Universitaria de Turismo del Consell Insular de Eivissa.

El personal que provenga de otra administración pública con la carrera profesional ya reconocida tiene que presentar la solicitud en la presente convocatoria como nueva incorporación, y se encuadrará según los criterios del acuerdo de carrera profesional del personal de la Escuela Universitaria de Turismo del Consell Insular de Ibiza y con los efectos económicos a la fecha de ingreso en la Escuela Universitaria de Turismo del Consell Insular de Eivissa.

Sexto. Evaluación de las solicitudes

La comisión de valoración de la carrera profesional es la encargada de evaluar las solicitudes aportadas por las empleadas y los empleados públicos para comprobar si se cumplen los requisitos de acceso a la carrera. La comisión de valoración actuará de acuerdo con lo previsto en el artículo 11 del Texto de la carrera profesional horizontal del personal de la Escuela Universitaria de Turismo del Consell Insular de Eivissa.

Séptimo. Resolución de las solicitudes

Una vez valorada la documentación, se publicará el resultado en el Tablón de Anuncios de la Escuela Universitaria de Turismo del Consell Insular de Eivissa, en la página web de la Escuela Universitaria de Turismo del Consell Insular de Eivissa y en la Sede Electrónica del Consell Insular de Eivissa una lista de las empleadas y los empleados valorados.

En el plazo máximo de diez días desde el día siguiente al de la publicación de la lista, los empleados y las empleadas que no estén conformes, podrán presentar reclamaciones. Una vez que se hayan examinado, se publicará la lista definitiva y el órgano competente resolverá. Contra esta resolución se podrán interponer los recursos administrativos que correspondan, de conformidad con aquello establecido en la normativa de aplicación.

Las posibilidades presupuestarias del Patronato para la Gestión y el Funcionamiento de la Escuela Universitaria del Consell Insular de Eivissa marcarán el desarrollo de la aplicación de los resultados de la convocatoria una vez valorado el coste total que supone, así como las disposiciones que pueda suponer la aprobación de la Ley general de Presupuestos para el año 2026.

Octavo. Aprobación de la convocatoria

Esta convocatoria se aprueba por Decreto del Presidente del Patronato para la Gestión y el Funcionamiento de la Escuela Universitaria de Turismo del Consell Insular de Eivissa, y se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, aprobación, que agota la vía administrativa y contra la que se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Presidente del Patronato para la Gestión y el Funcionamiento de la Escuela Universitaria de Turismo del Consell Insular de Eivissa, en el plazo de un mes, desde el día siguiente a su publicación, o se podrá impugnar directamente ante la orden jurisdiccional contencioso–administrativo, todo de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.