Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA E INNOVACIÓN
Núm. 555766
Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 4 de agosto de 2025 por la que se modifica el anexo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2024-2026, aprobado mediante un acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de abril de 2024
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Hechos
1. Mediante un acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de abril (BOIB núm. 52, de 20 de abril), se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2024-2026.
2. El Servicio de Ocupación de las Illes Balears (Consejería de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social) ha instado la modificación del mencionado anexo del Plan Estratégico de Subvenciones, concretamente dentro del punto 2 («Formación») del objetivo II («Ocupación estable y de calidad») en el sentido de modificar la línea II.2.5 dado que los grados (y los módulos profesionales y FEMPOs, partes integrales de los grados) han dejado de formar parte de la categoría de «especialidades formativas», se hace necesario modificar la descripción de la línea en cuestión para dar cabida a todas las convocatorias inicialmente previstas. Asimismo, se aprovecha la modificación para hacer una corrección de una errata detectada en la codificación del fondo de financiación, y suprimir en el epígrafe relativo a la convocatoria la referencia al año 2025, dado que también se quiere convocar en el año 2026.
3. El apartado tercero del mencionado acuerdo del Consejo de Gobierno establece que las eventuales modificaciones del anexo del Plan Estratégico de Subvenciones se delegan en la persona titular de la consejería competente en materia de hacienda, de acuerdo con el artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Corresponde, por lo tanto, al consejero de Economía, Hacienda e Innovación modificar el anexo del Plan Estratégico de Subvenciones.
4. De acuerdo con el apartado 9 de la Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 27 de julio de 2023 de delegación de competencias y de delegación de firma en determinados órganos de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación, otras consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de la Agencia Tributaria de las Illes Balears y del Servicio de Salud de las Illes Balears, y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación, se delega en la secretaria general de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación la firma de las resoluciones de modificación del anexo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Fundamentos de derecho
1. Los artículos 25 y 31 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
2. El Decret 10/2025, de 14 de juliol, de la presidenta de les Illes Balears, pel qual s'estableixen les competències i l'estructura orgànica bàsica de les conselleries de l'Administració de la Comunitat Autònoma de les Illes Balears.
3. El Decreto 9/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears, en el que se nombra al señor Antoni Costa Costa consejero de Economía, Hacienda e Innovación.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Modificar el anexo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2024-2026, aprobado por un acuerdo del Consejo de Gobierno el 19 de abril de 2024, en el sentido de modificar la línea II.2.5, que pasa a tener el siguiente contenido:
II.2.5Entidad: Servicio de Empleo de las Illes Balears
Fuente de financiación: capítulo 4 Ff111 i FF021
Descripción: becas de asistencia y ayudas para personas trabajadoras desempleadas que sean alumnas de especialidades formativas, de grados B, de módulos profesionales o FEMPOs de formación profesional, financiados por el Servicio de Empleo de las Illes Balears para el periodo 2025-2029, y alumnos de grados B y C de formación profesional impartidos por centros propios educativos para los cursos 2024-2025 y 2025-2026
Finalidades y efectos: incentivar la participación de las personas desempleadas en las acciones formativas financiadas por el Servicio de Empleo de las Islas Baleares y promover el retorno a la formación de jóvenes desempleados de entre 16 y 29 años; aumentar la probabilidad de finalizar con éxito la formación para las personas desempleadas mayores de 30 años y las víctimas de violencia machista, y conceder ayudas en concepto de transporte, manutención, alojamiento y conciliación
Convocatoria: anual
Coste: 5.000.000 €
Indicadores: número de participantes
Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado
2. Disponer que esta Resolución produzca efectos desde la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (4 de agosto de 2025)
La secretaria general Catalina Mir Ferrer Por delegación de firma del consejero de Economía,Hacienda e Innovación (BOIB n.º 106, de 29/07/2023)