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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEAPRTAMENTO DE HACIENDA, INNOVACIÓN Y FUNCIÓN PÚBLICA

Núm. 554428
Resolución del consejero de Hacienda, Innovación y Función Pública por la cual se modifica la Resolución del consejero de Hacienda y Función Pública que aprueba la lista definitiva de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de estabilización por el sistema excepcional de concurso de méritos para el ingreso como personal laboral fijo del subgrupo C2 derivada de la oferta de empleo pública extraordinaria del Ayuntamiento de Inca (oficial 2ª de la sección de servicios y espacios públicos) con de asignación de puestos de trabajo por turno de acceso para su contratación como personal laboral fijo

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Texto

Se publica la resolución del consejero<A[consejero|conseller]> ejecutivo de Hacienda y Función Pública dictada por delegación del Consejo Ejecutivo, según el Acuerdo de 28 de septiembre de 2022, BOIB nº. 128, de 1 de octubre de 2022, de conformidad con lo que dispone el artículo 45.1 b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

“Hechos

1. En fecha 30 de diciembre de 2024 el Tribunal calificador, aprobó la lista definitiva de puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes, con aplicación de los criterios de desempate y la resolución de las alegaciones formuladas a la lista provisional de puntuaciones, así como el listado de puestos de trabajo correspondientes a las plazas convocadas, dando un plazo de siete días hábiles para comunicar la orden de preferencia de los puestos de trabajo ofrecidos.

2. De conformidad con el punto 8.8 de las bases específicas de la convocatoria, una vez asignados los puestos de trabajo ofrecidos, por Acuerdo de fecha 24 de marzo de 2025 el tribunal elevó al consejero ejecutivo de Hacienda y Función pública la propuesta de la persona aspirante que superaba el proceso selectivo convocado. 

3. Mediante Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de fecha 8 de abril de 2025 (BOIB nº. 45, de 12 de abril de 2025), transcurrida 3 meses desde que se notificó la publicación de la Resolución en el Ayuntamiento de Inca, sin que este haya dictado la resolución para la contratación como personal laboral fijo); en fecha 17 de julio (R.G.E. 60546/2025), el señor Gabriel Miquel Picó Bonafé, con opción a la adjudicación como personal laboral fijo en la categoría/especialidad oficial 2ª de la sección de servicios y espacios públicos del Ayuntamiento de Inca, presentó renuncia a su participación en la convocatoria correspondiente, motivo por el cual el Tribunal calificador propone la adjudicación a la siguiente persona por orden de prelación de la lista definitiva de puntuaciones de méritos del proceso, el señor Sebastián Esteva Figuerola.

4. Fecha 11 de julio de 2025 (RGE 59145/2025) el señor Sebastián Esteva Figuerola presentó renuncia a su participación en la convocatoria correspondiente, motivo por el cual el Tribunal calificador propone la adjudicación a la siguiente persona por orden de prelación de la lista definitiva de puntuaciones de méritos del proceso, el señor Antonio Pujadas Núñez

5. De conformidad con la base 8.8 de la convocatoria, con la finalidad de asegurar que se cubran las plazas convocadas, cuando haya renuncias de aspirantes seleccionados antes del nombramiento o la toma de posesión, el tribunal tiene que elevar al órgano convocante una relación complementaria de los aspirantes que estén situados a continuación de las personas propuestas, por orden de puntuación, para un posible ingreso como personal laboral fijo en sustitución de las que renuncien.

6. En fecha 1 de agosto de 2025 el Tribunal Calificador competente del procedimiento selectivo ha acordado elevar al consejero de Hacienda, Innovación y Función Pública el Acuerdo por el cual se modifica la propuesta de las personas aspirantes por orden de prelación que ha superado el proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso excepcional para el ingreso como personal laboral fijo del subgrupo C2, derivado de la oferta de empleo pública extraordinaria del Ayuntamiento de Inca, con la asignación de oficio del puesto de trabajo, por turno de acceso para su contratación como personal laboral fijo. 

Fundamentos de derecho 

1. El artículo 91.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local 

 

2. El artículo 68 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares. 

3. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

4. La Ley 20/2021 de 28 de diciembre de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. 

5. La Ley 4/2022, de 28 de junio de consejos Insulares.

6. El artículo 4 del Decreto ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público de las Islas Baleares. 

7. La Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de fecha 30 de noviembre de 2022 (BOIB nº. 158, de 6 de diciembre de 2022), modificada por Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de fecha 24 de enero de 2023 y de fecha 8 de febrero de 2023 (BOIB nº. 13, de 28 de enero de 2023 y BOIB nº. 19, de fecha 11 de febrero de 2023), para Resolución de la consejera ejecutiva de Hacienda y Función Pública de fecha 29 de agosto de 2023 (BOIB nº. 121, de 31 de agosto de 2023), para Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de fecha 27 de septiembre de 2024 (BOIB nº. 130, de 3 de octubre de 2024), y para Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de fecha 7 de noviembre de 2024 (BOIB nº. 147, de 9 de noviembre de 2024), se aprobó la convocatoria del proceso selectivo para el sistema excepcional de concurso de méritos para el ingreso como como personal laboral fijo.

Por todo eso, dicto la siguiente

Resolución

1. ACEPTAR la renuncia presentada por el señor Gabriel Miguel Picó Bonafé

2. ACEPTAR la renuncia presentada por el señor Sebastián Esteva Figuerola

3. APROBAR la modificación de la lista definitiva rectificada de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso excepcional para el ingreso como personal laboral fijo en la categoría/especialidad oficial 2ª de la sección de servicios y espacios públicos del Ayuntamiento de Inca de acuerdo con lo que se indica en el Anexo 1, con indicación de la asignación del lugar de trabajo. 

De conformidad con el artículo 52.3 de la Ley 3/2007, en concordancia con el artículo 61.8 del TREBEP, esta convocatoria contiene, como máximo, tantas personas aprobadas como el número de plazas convocadas.

4. INFORMAR a los ayuntamientos que la adjudicación y adscripción definitiva de los puestos de trabajo a las personas aspirantes queda condicionada a la acreditación de estar en posesión de todos los requisitos específicos para la adscripción al puesto de trabajo, que habrá de ser requerida, si procede, por cada ayuntamiento.

5. ORDENAR la publicación de esta Resolución y su Anexo en el tablón de edictos, a la Sede electrónica del Consejo Insular de Mallorca, y en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra este acto, que no pone fin a la vía administrativa, podéis interponer el recurso de alzada en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de recibir esta notificación. El recurso se puede interponer formalmente ante este Consejo Ejecutivo o ante la Comisión de Gobierno del Consell Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.

Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.

Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no habéis recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de seis meses, contadores a partir del día siguiente de la desestimación presunta.

No obstante el anterior, podéis interponer, si procede, cualquier otro recurso que consideráis oportuno.

 

​​​​​​​Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Palma, a fecha de la firma electrónica (4 de agosto de 2025) 

El consejero ejecutivo de Hacienda, Innovación y Función Pública  Rafael Ángel Bosch Sans  (por delegación del Consejo Ejecutivo. Acuerdo de 28 de septiembre de 2022, ​​​​​​​BOIB nº. 128, de 1 de octubre de 2022)

 

ANEXO 1 MODIFICACIÓN DE PERSONAS ASPIRANTES QUE HAN SUPERADO EL PROCESO SELECTIVO DE ESTABILIZACIÓN POR<A[PARA|POR]> EL SISTEMA DE CONCURSO EXCEPCIONAL PARA EL INGRESO COMO PERSONAL LABORAL FIJO DEL SUBGRUPO C2, DERIVADA DE LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICA EXTRAORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO DE INCA (OFICIAL 2ª DE LA SECCIÓN DE SERVICIOS Y ESPACIOS PÚBLICOS) Y DE ASIGNACIÓN DE PUESTOS<A[LUGARES|SITIOS]> DE TRABAJO POR TURNO DE ACCESO PARA SU CONTRATACIÓN COMO PERSONAL LABORAL FIJO

1. Turno libre ordinario concurso laboral

1.5 Subgrupo C2

Ayuntamiento de Inca (ELC0C2/229)

Apellidos y nombre

Nombre puesto de trabajo

Grupo

Forma de provisión

Carácter de adscripción

Pujadas Núñez, Antonio

Oficial 2ª de la sección de servicios y espacios públicos

C2

Concurso

1

CARÁCTER DE ADSCRIPCIÓN

1. Adscripción del puesto de trabajo con carácter definitivo.

2. Adscripción del puesto de trabajo con carácter provisional hasta la acreditación del nivel de conocimiento de la lengua catalana exigido para el acceso de la categoría/especialidad, dentro del plazo máximo establecido a la disposición adicional decimotercera del Decreto ley 6/2022, de 13 de junio con la redacción modificada por la disposición final primera del Decreto ley 5/2025 de 16 de mayo y la base específica 5.2 del Anexo II de la convocatoria.”

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (4 de agosto de 2025) 

El consejero<A[consejero|conseller]> ejecutivo de Hacienda, Innovación y Función Pública Rafael Ángel Bosch Sans