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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES

Núm. 554321
Resolución de la Presidencia del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales por la que se aprueban la convocatoria, las bases específicas y el temario que han de regir el proceso selectivo, mediante el sistema de concurso oposición, para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la escala de Administración especial, subescala técnica, clase técnico-a medio, especialidad Desarrollo Informática, del grupo B, de la Oferta de Empleo Público correspondiente al ejercicio 2023 del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales.

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Texto

Antecedentes 

1. En fecha 20 de diciembre de 2023, mediante Resolución de la Presidencia del IMAS, se aprobó la Oferta de Empleo Público de personal funcionario para el año 2023, derivada de la tasa de reposición de efectivos ordinaria y de la tasa específica del artículo 20 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 (BOIB núm. 173, de 23 de diciembre de 2023, y corrección de errores BOIB núm. 104, de 8 de agosto de 2024). 

2. En fecha 15 de julio de 2024, la Presidencia del IMAS aprobó las Bases generales que han de regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración especial de la Oferta de Empleo Público correspondiente al ejercicio 2024 del Consell de Mallorca, así como las ofertas de empleo público correspondientes a los ejercicios 2021 y 2023 del IMAS, y las ofertas de empleo público derivadas del Plan estratégico para la reducción de la temporalidad del IMAS, aprobado por el Consejo Rector el 15 de diciembre de 2023 (BOIB núm. 94, de 18 de julio de 2024). 

3. Mediante Acuerdo del Consell de Mallorca, de dia 30 de octubre de 2024, de aprobación del expediente administrativo número 1/2024 de modificación de la Relación de Puestos de Trabajo del IMAS (BOIB núm. 144, de 2 de noviembre de 2024), se aprobó la modificación de dicha relación de puestos de trabajo del IMAS, con efectos jurídicos y económicos a partir del 1 de enero de 2025, relativa, entre otros, a la modificación de la especialidad de informática (grupo B) por la especialidad desarrollo informática que afecta al puesto F00890008 (con dos expansiones), y a la modificación de la especialidad informática (grupo B) por la especialidad sistemas informáticos que afecta al puesto F00430019 (con una expansión). Estas plazas, derivadas de la tasa específica, se distribuyeron — por Acuerdo de la Mesa Sectorial de Negociación del IMAS de 20 de febrero de 2024 — en dos plazas por turno libre y una por turno de promoción interna.

4. En fecha 20 de junio de 2025, la Presidencia del IMAS resolvió la modificación de la Oferta de Empleo Público de personal funcionario del IMAS del año 2023, derivada de la tasa de reposición de efectivos ordinaria y de la tasa específica del artículo 20 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 (BOIB núm. 82, de 26 de junio de 2025).

5. En fecha 3 de julio de 2025, el Director Gerente del IMAS emitió informe justificativo para iniciar el expediente para aprobar la convocatoria, las bases específicas y el temario del proceso selectivo, mediante el sistema de concurso oposición, para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración especial, especialidad Desarrollo Informática, del grupo B, de la Oferta de Empleo Público  correspondiente al ejercicio 2023 del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales.

6. En fecha 7 de julio de 2025, la Presidencia del IMAS resolvió iniciar el expediente para aprobar la convocatoria, las bases específicas y el temario del proceso selectivo, mediante el sistema de concurso-oposición  para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración especial, especialidad Desarrollo Informática, del grupo B, de la Oferta de Empleo Público correspondiente al ejercicio 2023 del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales.

7. En fecha 15 de julio de 2025, la jefa del Servicio de Gestión Económica del IMAS, emitió informe económico correspondiente al expediente para aprobar la convocatoria, las bases específicas y el temario del proceso selectivo, mediante el sistema de concurso oposición para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración especial, especialidad Desarrollo Informática, del grupo B, de la Oferta de Empleo Público correspondiente al ejercicio 2023 del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales.

8. En fecha 16 de julio de 2025, la Coordinación de los servicios de Selección i Provisión del IMAS emitió informe jurídico favorable, dado que se ha seguido el procedimiento legalmente establecido y la propuesta de resolución es acorde a la normativa vigente.

9. En fecha 22 de julio de 2025, la Intervención general del Consell de Mallorca emitió informe de fiscalización previa con resultado favorable.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP), establece que, en todo caso, la ejecución de la oferta pública de empleo deberá desarrollarse dentro del plazo improrrogable de tres años. 

El Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS) aprobó la Oferta de Empleo Público de personal funcionario para el año 2023, derivada de la tasa de reposición de efectivos ordinaria y de la tasa específica del artículo 20 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 (BOIB núm. 173, de 23 de diciembre de 2023, y posterior corrección de errores BOIB núm. 104, de 8 de agosto de 2024). 

Se aprobaron, entre otras, tres plazas de la escala de Administración especial, subescala técnica, clase técnico/a medio, grupo B, especialidad Informática, correspondientes a los puestos de trabajo F00890008 y F00430019. Estas plazas, derivadas de la tasa específica, se distribuyeron —por Acuerdo de la Mesa Sectorial de Negociación del IMAS de 20 de febrero de 2024— en dos plazas para el turno libre y una para el turno de promoción interna. 

Posteriormente, mediante Acuerdo del Consell de Mallorca, de fecha 30 de octubre de 2024, se aprobó el expediente administrativo número 1/2024 de modificación de la Relación de Puestos de Trabajo del IMAS (BOIB núm. 144, de 2 de noviembre de 2024), mediante el cual se procedió a la modificación de dicha Relación, con efectos jurídicos y económicos a partir del 1 de enero de 2025, relativa, entre otras, a la modificación de la especialidad de informática (grupo B) por la especialidad Desarrollo Informática (grupo B), que afecta al puesto de trabajo F00890008 (con dos expansiones), y a la modificación de la especialidad de informática (grupo B) por la especialidad Sistemas Informáticos (grupo B), que afecta al puesto de trabajo F00430019 (con una expansión). 

Esta modificación de la Relación de Puestos de Trabajo del IMAS supone modificar la Oferta de Empleo Público de personal funcionario del IMAS, pera ajustar las 3 plazas de la especialidad informática (grup B) con las actuales especialidades de desarrollo informática y sistemas informáticos que corresponden a los puestos de trabajo F00890008 y F00430019 que se aprobaron en la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo del IMAS, expediente administrativo 1/2024.

Este cambio fue informado a la Mesa Sectorial de Negociación del IMAS con fecha 18 de junio de 2025. Ese mismo día, la coordinadora de los servicios de Selección y Provisión emitió informe técnico y jurídico favorable en relación con la modificación de la Oferta de Empleo Público de personal funcionario del IMAS del año 2023.

En fecha 20 de junio de 2025, la Presidencia del IMAS resolvió la modificación en relación con las especialidades de desarrollo informática y sistemas informáticos de la Oferta de Empleo Público de personal funcionario del IMAS del año 2023 (BOIB núm. 82, de 26 de junio de 2025).

Por tanto, en total hay 2 plazas de la escala Administración especial, subescala técnica, clase técnico-a medio, especialidad Desarrollo Informática, del grupo B, que es procedente convocar, una plaza para el turno libre y una plaza para el turno de promoción interna.

2. Conforme al artículo 55 del TREBEP, todos los ciudadanos tienen derecho al acceso al empleo público de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, y conforme a lo previsto en este Estatuto y en el resto del ordenamiento jurídico.

El artículo 100 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, dispone que corresponde a la Administración General del Estado establecer reglamentariamente las reglas básicas y los programas mínimos a los que debe ajustarse el procedimiento de selección del personal funcionario. En virtud de esta atribución, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a los que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local, lo establece con carácter básico, de acuerdo con el artículo 149.1.18 de la Constitución Española.

Según lo dispuesto en el artículo 3 del citado Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el cual se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a los que se debe ajustar el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local, de carácter básico según su Disposición final, los procedimientos de selección se regirán por las bases de la convocatoria que apruebe el órgano correspondiente de la Corporación para cada una de las escalas, subescalas y clases de funcionarios. 

El artículo 44 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears establece los principios informadores del acceso a la función pública, y el artículo 49 de dicha norma establece el contenido mínimo que deben contener las convocatorias de selección, así como que deben publicarse en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB), y que las bases vinculan a la Administración, a los órganos de selección y a las personas que participen. 

 

Por Resolución de la Presidencia del IMAS, de fecha 15 de julio de 2024, se aprobaron las Bases generales que han de regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración especial de la Oferta de Empleo Público correspondiente al ejercicio 2024 del Consell de Mallorca, y de las ofertas correspondientes a los ejercicios 2021 y 2023 del IMAS, así como las ofertas derivadas del Plan Estratégico para la reducción de la temporalidad del IMAS aprobado por el Consejo Rector el día 15 de diciembre de 2023 (BOIB núm. 94, de 18 de julio de 2024).

Estas Bases generales constituyen el régimen jurídico que debe regir de manera uniforme el desarrollo de los procesos selectivos de personal funcionario para el turno libre, para el turno de reserva para personas con discapacidad y para el turno de promoción interna. Todo ello, sin perjuicio de las especificidades derivadas de las características de las distintas escalas, subescalas, clases y categorías o especialidades, que deberán recogerse en las bases específicas de cada convocatoria.

3. La Disposición adicional primera de la Ordenanza reguladora de la Administración electrónica del Consell de Mallorca y de los organismos que de el dependen-, modificada por Acuerdo del Pleno del Consell de Mallorca de día 10 de abril de 2025 (BOIB núm. 76, de 17 de junio de 2025), regula la obligatoriedad de usar medios electrónicos en los procesos selectivos para acceder al empleo público en el ámbito de la Administración Insular de la siguiente forma:

"1. Las personas que participen en los procesos selectivos y en los procedimientos de provisión y ocupación de puestos de trabajo convocados por las entidades incluidas en el ámbito de aplicación de esta Ordenanza deberán presentar las solicitudes y la documentación y, en su caso, la subsanación y los procedimientos de impugnación de las actuaciones de dichos procesos selectivos, por medios electrónicos. En el supuesto de personal temporal, esta obligación será exigible tanto cuando la selección se efectúe a través de convocatorias específicas como cuando se realice mediante la constitución y gestión de listas de espera, bolsas de trabajo o cualquier otro procedimiento previsto en la normativa vigente.

2. El deber de relacionarse con la Administración insular por medios telemáticos comprenderá la obligación de recibir notificaciones electrónicas en caso de actos o incidencias que requieran una comunicación personal.

3. En cada una de las convocatorias de procesos selectivos y procedimientos de provisión y ocupación de puestos de trabajo, se indicarán los medios telemáticos para la presentación y tramitación de las solicitudes, identificación y firma admitidos. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante. Asimismo, en las convocatorias mencionadas se hará referencia expresa a la posibilidad de ampliación de plazos no vencidos debido a incidencias técnicas que hayan imposibilitado el funcionamiento ordinario del sistema o aplicación correspondiente, según lo dispuesto en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

4. Por causas excepcionales debidamente motivadas, las convocatorias podrán habilitar, en relación con el respectivo proceso selectivo, el uso de medios no electrónicos para todos o parte de los trámites y actuaciones.”

La presentación de solicitudes, escritos y documentos, así como las comunicaciones por medios telemáticos supone una mayor agilidad en la tramitación de los procedimientos y facilita la accesibilidad de los ciudadanos, que pueden realizar las gestiones necesarias desde cualquier lugar y hora, dentro de los plazos previstos en la convocatoria. 

Por otra parte, la referida ordenanza por la que se regula la administración electrónica del Consell de Mallorca y los organismos que de el dependen prevé que, por causas excepcionales debidamente motivadas, las convocatorias podrán habilitar, en relación con el respectivo proceso selectivo, la utilización de medios no electrónicos para todos o para parte de los trámites y actuaciones. De igual modo, el órgano convocante, cuando se presenten circunstancias sobrevenidas de carácter técnico o de cualquier otra naturaleza, podrá autorizar motivadamente el uso de medios no electrónicos para la relación de las personas aspirantes con la Administración, en aquellos trámites en los que pueda resultar necesario, debiendo incluirse una referencia a esta posibilidad en las convocatorias correspondientes. 

4. De acuerdo con el artículo 7.2.13 de los Estatutos del IMAS, aprobados por el Pleno del Consell de Mallorca el día 11 de abril de 2019 (BOIB núm. 67, de 18 de mayo de 2019), corresponde a la Presidencia convocar y resolver los procedimientos de selección, establecer las bases, los programas y el contenido de las pruebas y nombrar a los miembros de los órganos de selección.

Por todo ello, dicto la siguiente 

Resolución

1. Aprobar las bases específicas y el temario del turno libre y del turno de promoción interna, que han de regir el proceso selectivo  para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración especial, subescala técnica, clase técnico-a medio, especialidad Desarrollo Informática, del grupo B, de la Oferta de Empleo Público del IMAS correspondiente al ejercicio 2023, que se adjuntan como Anexo I i Anexo II.

2. Convocar el proceso selectivo para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración especial de la Oferta de Empleo Público del IMAS correspondiente al ejercicio 2023, por el sistema de concurso oposición, de la siguiente especialidad:

- Clasificación: Escala Administración especial, subescala técnica, clase técnico-a medio, especialidad desarrollo Informática, del grupo B.

- Número de plazas: 2 plazas, distribuidas de la forma siguiente:

- Para el turno libre: 1 plaza

- Para promoción interna: 1 plaza

3. Publicar las bases específicas, el temario y la convocatoria del proceso selectivo en el tablón de anuncios electrónico del IMAS y en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB), y el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

4. Establecer que esta convocatoria se rige por las bases generales que han de regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la administración especial de la Oferta de Empleo Público correspondiente al ejercicio 2024 del Consell de Mallorca y de las ofertas de empleo público correspondientes a los ejercicios 2021 y 2023 del IMAS, así como de las ofertas derivadas del Plan Estratégico para la Reducción de la Temporalidad del IMAS, aprobado por el Consell Rector el 15 de diciembre de 2023 (BOIB núm. 94, de 18 de julio de 2024).

5. Establecer que el plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria correspondiente en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

6. Establecer, a los efectos del artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que la solicitud de participación y la hoja de autobaremación de méritos deberán cumplimentarse mediante la aplicación telemática del IMAS, con las especificaciones de la base 6 del Anexo I de las bases generales.

A estos efectos, debe accederse al Portal de Selección (https://www.imasmallorca.net/rh/).

7. Establecer que el Tribunal calificador del proceso selectivo objeto de la convocatoria estará constituido por un mínimo de tres miembros titulares, con el mismo número de suplentes, y que su nombramiento se publicará en el BOIB, en el tablón de anuncios electrónico del IMAS y en el Portal de Selección del IMAS, una vez finalizado el período de presentación de solicitudes.

8. Establecer que, junto con la Resolución de la Presidencia del IMAS que apruebe la relación definitiva de personas admitidas y excluidas de las pruebas selectivas, se especificarán el lugar, la fecha y la hora de realización del primer ejercicio de la convocatoria, así como el orden de actuación de las personas aspirantes, si procede. Esta resolución deberá publicarse en el BOIB, en el tablón de anuncios electrónico del IMAS y en el Portal de Selección del IMAS. 

Interposición de recursos

Esta resolución no pone fin a la vía administrativa y contra ella se puede interponer, de acuerdo con el artículo 28 de los Estatutos del IMAS aprobados por el Pleno del Consell de Mallorca, de día 11 de abril de 2019 (BOIB núm. 67, de 18 de mayo de 2019), recurso de alzada dentro del Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Mallorca, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB). 

Contra la desestimación expresa del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente al de la notificación de la desestimación de dicho recurso. 

Contra la desestimación por silencio del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, en cualquier momento a partir del día siguiente a la desestimación presunta (tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución). 

No obstante lo anterior, podrá ejercitarse, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica de esta Resolución (29 de julio de 2025

El consejero ejecutivo de Bienestar Social y presidente del IMAS Guillermo Sánchez Cifre)

 

 

ANEXO I Bases específicas que han de regir el proceso selectivo para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la escala Administración especial, subescala técnica, clase técnico-a medio, especialidad Desarrollo Informática, del grupo B, de la Oferta de Empleo Público del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, correspondiente al ejercicio 2023  

1. Normas generales

1.1. Objeto de la convocatoria y características de las plazas 

1.1.1. El objeto de la convocatoria es la provisión de 2 plazas de la especialidad Desarrollo Informática, del grupo B, de la Oferta de Empleo Público del IMAS, correspondiente al ejercicio 2023, distribuidas de la siguiente forma:

- Para el turno libre: 1 plaza

- Para promoción interna: 1 plaza

1.1.2. Las características de las plazas convocadas son las siguientes:

Grupo: B

Escala: Administración especial 

Subescala: Técnica

Clase: Técnico-a medio

Especialidad: Desarrollo Informática

Sistema de selección: Concurso oposición

Vinculación: Funcionario-funcionaria

1.2. Procedimiento selectivo

Se establece como procedimiento selectivo el de concurso oposición para el turno libre y para el turno de promoción interna.

Para el turno libre, la fase de concurso representará un 30 % y la fase de oposición un 70 % del resultado global del proceso selectivo.

Para el turno de promoción interna, la fase de concurso representará un 40% y la fase de oposición un 60% del resultado global del proceso selectivo.

La fase de oposición consiste en la realización de los ejercicios que se determinan en el apartado de la letra c.1) para el turno libre y c.2) para el turno de promoción interna del grupo B, de la base 10.2.2. del Anexo I de las Bases generales que deben regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración especial previstas en las ofertas de ocupación pública correspondientes al ejercicio de 2024 del Consell de Mallorca y de las ofertas de ocupación pública correspondientes a los ejercicios de 2021 y 2023 del IMAS y de las ofertas de ocupación pública derivadas del Plan estratégico para la reducción de la temporalidad del IMAS, aprobado por el Consejo Rector día 15 de diciembre de 2023 (BOIB núm. 94, de 18 de julio de 2024, posteriormente rectificada BOIB núm. 99, de 27 julio 2024 y BOIB núm. 105, de 10 agosto 2024) y en estas bases específicas para determinar la capacidad y la aptitud de las personas aspirantes.

La fase de oposición tiene carácter eliminatorio y es necesario superarla para poder pasar a la fase de concurso. 

La fase de concurso consiste en la valoración de los méritos que aleguen y acrediten las personas aspirantes, según los baremos de méritos para el turno libre y para el turno de promoción interna, Anexos A y B de las Bases generales. Esta fase no tiene carácter eliminatorio.

2. Requisitos de las personas aspirantes

 2.1. Además de los que se prevén en las bases generales:

- Estar en posesión del título de Técnico/a superior en Desarrollo de Aplicaciones Multiforma o Técnico/a superior en Desarrollo de Aplicaciones Web.

- Estar en posesión del título de conocimiento de la lengua catalana de nivel B2.

3. Derechos de examen

La cuantía de la tasa del derecho de examen es de 13,77 euros, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4 de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por el servicio de selección de personal en el ámbito del Consell de Mallorca y de sus organismos autónomos (BOIB núm. 35, de 20 de marzo de 2018, modificado por el BOIB núm. 107, de 13 de agosto de 2022), que se tendrá que abonar dentro del plazo de presentación de instancias, sin que se pueda abonar en ningún otro momento y sin perjuicio de las exenciones previstas en el artículo 5 de la Ordenanza mencionada.

En ningún caso, el pago de la tasa eximirá del trámite de registro electrónico de la solicitud. 

La falta del abono de los derechos de examen dentro del plazo de presentación de solicitudes implica la exclusión de la persona aspirante del procedimiento de selección.

4. Calendario de las pruebas

La Presidencia del IMAS debe aprobar la resolución en que se especifiquen la fecha, la hora y el lugar de realización del primer ejercicio de esta convocatoria. Esta resolución se tiene que publicar en el BOIB y en el tablón de anuncios electrónico del IMAS y en el Portal de Selección del IMAS, junto con la relación definitiva de personas admitidas y excluidas de las pruebas selectivas. 

Con la publicación de la lista definitiva de puntuaciones de cada ejercicio, se tiene que hacer público el anuncio de la realización de los ejercicios siguientes en el tablón de anuncios electrónico del IMAS y en el Portal de Selección del IMAS al menos tres días hábiles antes de la fecha señalada para la realización de cada uno de los ejercicios y, como máximo, dos meses antes de la fecha de los ejercicios. Sin embargo, la Presidencia del IMAS podrá, mediante resolución, ampliar el plazo mencionado, a propuesta del tribunal, de forma motivada. 

5. Tribunal calificador

El Tribunal calificador de cada proceso selectivo es el órgano de selección encargado de llevar a cabo el procedimiento selectivo y depende de la Presidencia del IMAS.

El Tribunal calificador debe respetar lo establecido en los capítulos V y VI del Reglamento de ingreso del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, aprobado por Decreto 27/1994, de 11 de marzo, por el cual se aprueba el reglamento de ingreso del personal al servicio de la CAIB, y las reglas que se establecen en las bases generales.

El Tribunal calificador del proceso selectivo objeto de esta convocatoria tiene que estar constituido por un mínimo de tres miembros titulares, con el mismo número de suplentes, y el nombramiento se tiene que publicar en el tablón de anuncios electrónico del IMAS, en el Portal de Selección del IMAS y en el BOIB una vez finalizado el periodo de presentación de instancias.

6. Ejercicios y calificaciones del turno libre

6.1. Primer ejercicio

Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en responder un cuestionario de 80 preguntas de tipo test con cuatro respuestas alternativas de las cuales solo una será la correcta. Las 70 primeras serán ordinarias y evaluables, y las 10 últimas serán de reserva. Todas las preguntas corresponderán al contenido del temario de la parte general y estarán distribuidas de manera equilibrada entre los diferentes temas. 

El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos. Cada pregunta respondida correctamente se valorará con 0,143 puntos; las preguntas no resueltas, tanto si figuran todas las opciones en blanco como si figuran con más de una respuesta o si se ha señalado una respuesta sin apartado equivalente en las alternativas previstas en el ejercicio, no se valorarán. Las respuestas erróneas se penalizarán con un cuarto del valor asignado a la respuesta correcta. El test que tendrán que responder los aspirantes se elegirá por sorteo público que se llevará a cabo ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, entre un mínimo de tres alternativas diferentes. 

El tiempo para desarrollar este ejercicio será de 90 minutos y para superarlo será necesario obtener una puntuación mínima de 5 puntos. 

La calificación del ejercicio se hará de manera mecanizada y garantizando el anonimato. 

En el supuesto de que se acuerde anular alguna pregunta porque el planteamiento es incorrecto, porque todas las respuestas planteadas son incorrectas o porque hay más de una de correcta, y también porque no hay coincidencia sustancial entre la formulación de las preguntas en las dos versiones ofrecidas en las lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma, el Tribunal establecerá en el mismo acuerdo, la sustitución, a efectos de cálculo de la calificación resultante, de las anuladas por otras tantas de reserva, y así sucesivamente, de acuerdo con la orden en que figuran en el cuestionario. 

El Tribunal podrá acordar la anulación de alguna o algunas de las preguntas durante la realización del ejercicio o bien como resultado de las alegaciones presentadas a la lista provisional de aprobados. También puede anular preguntas si se detecta de oficio un error material, aritmético en cualquier momento anterior a la publicación de la lista definitiva de aprobados del ejercicio.

 

​​​​​​​6.2. Segundo ejercicio

Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en responder durante un tiempo máximo de 90 minutos, tres cuestiones de tipo teórico a desarrollar de un modelo elegido por sorteo público, llevado a cabo ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, de entre dos modelos de cinco cuestiones correspondientes a la especialidad de que se trate. 

Estas cuestiones corresponderán a temas diferentes del temario específico y no tienen que ser obligatoriamente una transcripción literal del enunciado o de parte del enunciado de un tema y pueden interrelacionar diferentes epígrafes del temario. 

Se valorarán los conocimientos expuestos sobre las cuestiones que correspondan, la precisión terminológica, el rigor conceptual, la actualización y la innovación del contenido, la claridad y el orden de ideas, la calidad de la expresión escrita, la capacidad de síntesis y relacional. 

En el supuesto de que el Tribunal calificador acuerde otros criterios en desarrollo de los criterios de valoración anteriores, los deberá publicar antes de la realización del ejercicio. 

La calificación del ejercicio se hará de la manera siguiente: cada cuestión se calificará de 0 a 10 puntos, la calificación final del ejercicio será la media de la nota obtenida en cada una de las cinco cuestiones. Para superar esta prueba será necesario obtener la nota mínima de 3 puntos en cada cuestión, y que la nota media de las cinco cuestiones sea igual o superior a 5 puntos.

6.3. Tercer ejercicio

Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en resolver por escrito un caso práctico a elegir entre dos designados por sorteo público, llevado a cabo ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, entre un mínimo de cuatro alternativas diferentes, referidas al temario de la parte específica. 

El tiempo para resolver este ejercicio será de 120 minutos. 

Se valorarán la capacidad de análisis y de raciocinio, la sistemática y la claridad de ideas, la interpretación correcta de la normativa aplicable a los casos planteados, la actualización y la innovación del contenido. 

En el supuesto de que el Tribunal acuerde otros criterios para el desarrollo de los criterios de valoración anteriores, los deberá publicar antes de la realización del ejercicio. 

La calificación del ejercicio se hará de la manera siguiente: el caso práctico se calificará de 0 a 10 puntos y para superar esta prueba será necesario obtener la nota mínima de 5 puntos.

7. Ejercicios y calificaciones del turno promoción interna

7.1. Primer ejercicio

Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en responder durante un tiempo máximo 90 minutos, tres cuestiones de tipo teórico a desarrollar de un modelo elegido por sorteo público, llevado a cabo ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, de entre dos modelos de cinco cuestiones correspondientes a la especialidad de que se trate. 

Estas cuestiones corresponderán a temas diferentes del temario específico y no tienen que ser obligatoriamente una transcripción literal del enunciado o de parte del enunciado de un tema y pueden interrelacionar diferentes epígrafes del temario. 

Se valorarán los conocimientos expuestos sobre las cuestiones que correspondan, la precisión terminológica, el rigor conceptual, la actualización y la innovación del contenido, la claridad y la orden de ideas, la calidad de la expresión escrita, la capacidad de síntesis y relacional. 

En el supuesto de que el Tribunal Calificador acuerde otros criterios para el desarrollo de los criterios de valoración anteriores, los deberá publicar antes de la realización del ejercicio. 

La calificación del ejercicio se hará de la manera siguiente: cada cuestión se calificará de 0 a 10 puntos, la calificación final del ejercicio será la media de la nota obtenida en cada una de las tres cuestiones. Para superar esta prueba será necesario obtener la nota mínima de 3 puntos en cada cuestión, y que la nota media de las cinco cuestiones sea igual o superior a 5 puntos.

 

​​​​​​​7.2. Segundo ejercicio

Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en resolver por escrito un caso práctico a elegir entre dos designados por sorteo público, llevado a cabo ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, entre un mínimo de cuatro alternativas diferentes, referidas al temario de la parte específica. 

El tiempo para resolver este ejercicio será de 120 minutos. 

Se valorarán la capacidad de análisis y de raciocinio, la sistemática y la claridad de ideas, la interpretación correcta de la normativa aplicable a los casos planteados, la actualización y la innovación del contenido. 

En el supuesto de que el Tribunal acuerde otros criterios para el desarrollo de los criterios de valoración anteriores, los deberá publicar antes de la realización del ejercicio. 

La calificación del ejercicio se hará de la manera siguiente: el caso práctico se calificará de 0 a 10 puntos y para superar esta prueba será necesario obtener la nota mínima de 5 puntos. 

8. Fórmula para calcular la puntuación final 

La puntuación final de concurso oposición para el turno libre se debe calcular con la fórmula siguiente: 

            Nota del aspirante en la oposición                          Méritos del aspirante en el concurso 

70 x    -------------------------------------------- +      30 x     ---------------------------------------------- 

                Nota máxima de la oposición                               Puntuación máxima en el concurso 

La puntuación final de concurso oposición para el turno de promoción interna se debe que calcular con la fórmula siguiente: 

            Nota del aspirante en la oposición                          Méritos del aspirante en el concurso 

60 x    -------------------------------------------- +      40 x     ----------------------------------------------

                 Nota máxima de la oposición                             Puntuación máxima en el concurso

9. Bolsa de personal funcionario interino derivada del proceso selectivo

Este proceso selectivo generará una bolsa de personal funcionario interino que incluirá por orden de puntuación final a las personas candidatas que hayan superado como mínimo un ejercicio de la fase de oposición, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 30/2009, de 22 de mayo, por el cual se aprueba el procedimiento de selección de personal funcionario interino al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

El orden de prelación de las personas aspirantes dentro de la bolsa se determina de acuerdo con la suma total de la puntuación obtenida (fase de oposición y fase de concurso), y para los que no han superado la fase de oposición se determina únicamente por la suma de puntuaciones del ejercicio o ejercicios que hayan aprobado. 

La bolsa de personal funcionario interino resultante de cada proceso selectivo estará en vigor hasta la aprobación de una nueva bolsa resultante de una convocatoria ordinaria posterior y tendrá carácter preferente respecto a las bolsas vigentes de la misma categoría existentes en el Consell de Mallorca y en el IMAS. Las personas integradas en estas bolsas podrán recibir ofertas de trabajo del Consell de Mallorca, del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS), y de la Agencia de Defensa del Territorio de Mallorca, indistintamente. 

Se prevé, en caso necesario, la aprobación de listas parciales para el nombramiento de personal funcionario interino.

 

ANEXO II Temario del proceso selectivo para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la escala de Administración especial, subescala técnica, clase técnico-a medio, especialidad Desarrollo Informática, del grupo B, de la oferta de ocupación pública del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, correspondiente al ejercicio 2023

Temario general

Tema 1. La Constitución Española de 1978: contenido básico. Derechos y libertades públicas, Derechos y Deberes fundamentales. 

Tema 2. El Estatuto de Autonomía de las Iles Balears: contenido básico y principios fundamentales. 

Tema 3. El régimen local. La Administración Local en la Constitución y en los estatutos de autonomía. El principio de autonomía local: significado, contenido y límites. 

Tema 4. La Unión Europea: objetivos y naturaleza jurídica. Instituciones de la Unión Europea. 

Tema 5. Las fuentes del Derecho Local. Regulación básica del Estado y normativa de las comunidades autónomas en materia de régimen local. La potestad normativa de las entidades locales: reglamentos y ordenanzas. 

Tema 6. Los Consejos Insulares: Características generales. Organización y competencias. La organización y funcionamiento del Consell de Mallorca. Los Estatutos del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales.

Tema 7. La Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: objeto y ámbito de aplicación. Los derechos de los ciudadanos en las relaciones con las administraciones públicas. Las personas interesadas en el procedimiento: legitimación y capacidad de obrar.

Tema 8. La responsabilidad de la Administración pública: caracteres. Los requisitos de la responsabilidad. Daños indemnizables.

Tema 9. La Ley Orgánica 3/2007, del 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Objeto y ámbito de aplicación. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. 

Tema 10. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales: ámbito de aplicación. Derechos y deberes. Principios de la acción preventiva. Evaluación de riesgos. Obligaciones de los trabajadores en materia de prevención de riesgos. Comité de Seguridad y Salud.

Temario específico

Tema 1. Sistemas operativos Windows y Linux. El Shell de Linux. Scripting.

Tema 2. Servicios de procesamiento y almacenaje en la nube (cloud computing): IaaS, PaaS y SaaS. Nubes privadas, públicas y híbridas. Ventajas e inconvenientes. Parámetros y consideraciones al contratar servicios de procesamiento y almacenaje en la nube.

Tema 3. Virtualización mediante contenedores: Docker, LXC. Orquestración de contenedores.

Tema 4. Soporte a los usuarios en el uso de aplicaciones, roles y funciones. Relación con el equipo de desarrollo. Centros de asistencia a usuarios (help desk).

Tema 5. Las herramientas ofimáticas: procesador de textos, hoja de cálculo, presentaciones, bases de datos personales, navegador de internet y correo electrónico. Herramientas ofimáticas y colaborativas en la nube. Integración e interacción entre herramientas ofimáticas y aplicaciones.

Tema 6. Arquitectura cliente-servidor y modelos de capas en sistemas de información. Tipología según la distribución de funciones entre capas. Tendencias actuales y casos de uso. Arquitectura orientada a servicios web SOA.

Tema 7. Etapas del ciclo de vida del desarrollo de software. Metodologías de desarrollo de aplicaciones: clásicas y ágiles.

Tema 8. Los lenguajes de programación: tipologías. Conceptos básicos: tipo de datos, operadores, estructuras de control, librerías.

Tema 9. Tipos abstractos de datos. Algoritmos de búsqueda y ordenación. Algoritmos recursivos e iterativos. Tipos de paso de valores. Punteros.

Tema 10. Fundamentos de los lenguajes de programación orientados a objetos.

Tema 11. Análisis y diseño orientado a objetos. Modelado con UML. Patrones de diseño.

Tema 12. Arquitectura de aplicaciones web (I). La arquitectura modelo-vista-controlador (MVC). Desarrollo web frontal (front-end): conceptos generales, bibliotecas y entornos de trabajo (frameworks).

Tema 13. Arquitectura de aplicaciones web (II). Servidores web (Apache y Nginx). Proxies. Despliegue de aplicaciones y microservicios. Acceso a bases de datos.

Tema 14.  Interfaces de usuario: tipologías, principios de diseño y buenas prácticas. Herramientas de prototipado. Normativa de accesibilidad.

Tema 15. Los estándares HTML5 y CSS3.

Tema 16. JavaScript y Typescript: Fundamentos y tipos de datos. Manipulación del DOM. Asincronía y promises.

Tema 17. JavaScript y Typescript: Módulos, gestión de dependencias. Automatización y transpilación: vite.

Tema 18. Desarrollo web frontend con frameworks web reactivos: single web page applications, reactividad, componentes, navegación, ciclo de vida, renderización condicional. Gestión de estados.

Tema 19. Desarrollo web frontend con framewords web reactivos: Integración con backend: API. Cachés.

Tema 20. Desarrollo web backend: fundamentos, arquitectura MVC.

Tema 21. Desarrollo web backend: conexión a base datos y ORM. Migraciones y gestión de esquemas de BD. Rutas y controladores. Middleware.

Tema 22. El lenguaje de programación JAVA: sintaxis, paquetes, clases y objetos. Tipos básicos de datos. Operadores. Sentencias de control e iterativas. Interfaces, herencia y polimorfismo.

Tema 23. El lenguaje de programación PHP: sintaxis, espacios de nombres, clases y objetos. Tipos básicos de datos. Operadores. Sentencias de control e iterativas. Interfaces, herencia y polimorfismo.

Tema 24. JavaEE/JakartaEE. Características. Elementos y librerías. JPA ORM. Herramientas asociadas de ayuda al desarrollo.

Tema 25. Laravel: Arquitectura, rutas, controladores. Eloquent ORM. Herramientas asociadas de ayuda al desarrollo.

Tema 26. Aplicaciones móviles. Tipo de aplicaciones móviles: web, híbridas y nativas. Plataformas principales: Android y iOS. Desarrollo. Tendencias de aplicaciones.

Tema 27. El modelo relacional. Normalización.

Tema 28. El lenguaje SQL: DDL, DCL, DML, TCL.

Tema 29. Gestores de bases de datos relacionales (I). Optimización y rendimiento. Gestión de transacciones. Gestión de usuarios.

Tema 30. Entornos de desarrollo: editores de código, compiladores, depuradores, herramientas de ayuda al desarrollo. Entornos de Desarrollo Integrados (IDE).

Tema 31. Sistemas de Control de versiones. La herramienta git: Funcionalidades y operaciones.

Tema 32. Criptografía: sistemas de clave privada y clave pública/privada. Firma electrónica. Certificados digitales. Formatos de firma electrónica.

Tema 33. Gestión de identidades. Autenticación y autorización. Federación de identidades. Estándares OpenId Connect y SAMLv2. LDAP.

Tema 34. Desarrollo seguro. Ataques contra aplicaciones, ataques contra usuarios. Protección y contramedidas. Tendencias actuales. Copias de seguridad.

Tema 35. Legislación en materia de protección de datos de carácter personal.

Tema 36. El Esquema Nacional de Seguridad. Política de seguridad. Principios básicos y requisitos mínimos. Categorías. Roles. Tipo de medidas. INCIBE y CCN-CERT.

Tema 37. El Esquema Nacional de Interoperabilidad. Administración electrónica. Portal de Administración Electrónica del Estado (PAE).

Tema 38. Módulos que conforman una plataforma de administración electrónica.

Tema 39. El modelo TCP/IP y su arquitectura. Capas y sus protocolos.

Tema 40. La red de Internet. Organismos rectores, arquitectura y principios de funcionamiento. Evolución y perspectivas de futuro. Protocolos: IP, DNS, HTTP/HTTPS, DHCP. Internet de las cosas (IOT).