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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE MAÓ

Núm. 388284
Modificación del régimen de dedicación, retribuciones, dietas e indemnizaciones de los cargos electos del Ayuntamiento de Maó

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Texto

En cumplimiento de lo que dispone el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, demás legislación concordante, el presente anuncio comunica que por acuerdo de Pleno de fecha 29-05-2025 , expediente OF041/2023/0001, se aprobó la modificación del  régimen de dedicación, retribuciónes, dietas e indemnizaciones de los cargos electos, cuyo texto es del siguiente tenor literal:

Expediente núm.: OF041/2023/000001

"9 Modificación del  régimen de dedicación, retribuciones, dietas e indemnizaciones de los cargos electos.  Exp. OF041-2023-000001

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 75 y siguientes de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en concordancia con el artículo 23 del ROM, interpretados de acuerdo con la su Disposición Adicional, dentro de los límites máximos establecidos por la Ley de Presupuestos Generales del Estado, los miembros de las Corporaciones Locales tienen el derecho de percibir retribuciones por el ejercicio de sus cargos cuando los desarrollen en régimen de dedicación exclusiva o parcial, así como a percibir indemnizaciones, en la cuantía y condiciones que establezca el Pleno de la Corporación, en concepto de asistencias por la concurrencia efectiva a las sesiones de cuyos órganos colegiados forman parte, así como, también, a ser indemnizados por los gastos efectivos realizados en el ejercicio del cargo.

De acuerdo con lo que dispone el apartado 1.g) del artículo 75 ter de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el número máximo de miembros que pueden desarrollar sus funciones en régimen de dedicación exclusiva no puede exceder de 10 y que la determinación por el Pleno del régimen de dedicación y retribuciones debe realizarse dentro del marco de los límites cuantitativos actualmente previstos por la Disposición adicional vigésima séptima. Régimen retributivo de los miembros de las Corporaciones Locales, de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 y considerando lo dispuesto en el artículo 21 de la citada ley, que establece el límite máximo total que pueden percibir los miembros de las Corporaciones Locales por todos los conceptos retributivos y asistencias, excluidos los trienios a los que, en su caso, es el que se recoge atendiendo a su población y de acuerdo con la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad sobre las cuantías máximas compensables por el Gobierno de las Illes Balears a los ayuntamientos y entidades locales menores de las Illes Balears por la dedicación exclusiva o parcial del alcalde o de otro miembro electo para el 2023

En fecha 07/07/2023, mediante acuerdo del pleno municipal, se estableció el régimen de dedicación, de retribuciones, dietas e indemnizaciones de los miembros de la Corporación

En fecha 28/09/23 mediante acuerdo de Pleno, se rectificó el error material del punto cuarto.

El Pleno del Ayuntamiento de Maó, en sesión Ordinaria, realizada el día 28/11/2024, adoptó, entre otros, el establecimiento, con efectos del día 28 de noviembre de 2024, del régimen de dedicación parcial de la Concejala Sra. Pilar Carrasco Pons y con la misma fecha fue dada de alta al régimen correspondiente de la Seguridad Social

Por Registro núm. 12094 fecha 19/5/2025 la Concejala Dª. Pilar Carrasco Pons ha solicitado la modificación de su régimen de dedicación.

Esta Alcaldía, en uso de las atribuciones que me otorga el artículo 21 de la Ley 7/1895 reguladora de bases del régimen local Ley, propone al Pleno el siguiente

ACUERDO

Primero.- Establecer que, con efectos del día 3 de junio de 2025, la Concejala Dª Pilar Carrasco Pons ejercerá su cargo en régimen de indemnizaciones por asistencia a sesiones de órganos colegiados.

Segundo.- Notificar este acuerdo a la Concejala afectada ya los Portavoces de los distintos Grupos políticos municipales.

Tercero.-Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y difundir su contenido, en cumplimiento del Principio de Transparencia, mediante su publicación actualizada y permanente en la Sede electrónica municipal, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 5 y siguientes de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información y Buen Gobierno

Cuarto. - Comunicar este acuerdo a los Servicios Económicos y RRHH del ayuntamiento a los efectos de su correcta gestión. "

 

Maó, en la fecha de la firma electrónica (4 de junio de 2025)

El alcalde Héctor Pons Riudavets