Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE EIVISSA
Núm. 378743
Acuerdo del Pleno de fecha 29/05/2025 del Ayuntamiento de Eivissa por el cual se aprueba la modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de personal funcionario y laboral del año 2023
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El Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria de fecha de 27 de abril de 2023, aprobó el acuerdo sobre modificación de la Relación de Puestos de trabajo del Ayuntamiento de Eivissa para el año 2023, que fue publicado en el BOIB número 73, de fecha 03.06.2023.
Dado que contra el acuerdo de Pleno antes mencionado, se interpusieron diferentes recursos de reposición dentro del plazo reglamentario.
El Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria de fecha 29 de mayo de 2025 ha resuelto los diferentes recursos y como consecuencia se ha modificado parcialmente la relación de puestos de trabajo de personal funcionario y laboral de 2023 en los términos que se detallan a continuación.
Por el presente, se procede a la inserción en el Boletín Oficial de las Illes Balears, a efectos de lo que preceptúa el artículo 29.4 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Eivissa, documento firmado electrónicamente (30 de mayo de 2025)
La primera teniente de alcalde Gema Marí Planells
RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DEL PERSONAL FUNCIONARIO

RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DEL PERSONAL LABORAL

Según el acuerdo de Pleno los efectos económicos de la modificación de la relación de puestos de trabajo del personal funcionario y laboral serán desde el día 1 de junio de 2023 a excepción de los puestos de trabajo del personal funcionario señalados (*) que serán desde el día 1 de enero de 2024.
Contra el Acuerdo plenario, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer:
a) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma de Mallorca en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
b) Cualquier otro recurso que creáis conveniente, de acuerdo con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.