Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
Núm. 154614
Resolución del consejero de Hacienda y Función Pública que aprueba las bases específicas, los temarios y las convocatorias que deben regir los procesos selectivos, mediante el sistema de concurso oposición, para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de Administración especial, de las categorías de oficial-a de mantenimiento, técnico-a superior, Ingeniero-a técnico-a de obras públicas y técnico-a auxiliar de informática de la oferta de empleo de público correspondiente al ejercicio de 2025 del Consell de Mallorca
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El artículo 91.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, prevé que las corporaciones locales formularán públicamente su oferta de empleo, ajustándose a los criterios fijados en la normativa básica estatal, y el artículo 70 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto básico del empleado público, establece que las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que se tengan que proveer mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de oferta de empleo pública, o a través de otro instrumento similar de gestión de la provisión de las necesidades de personal.
Por otra parte, el artículo 193 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears, añade, entre otras cosas, que la oferta de empleo público tiene que indicar la escala, la subescala, la clase o la especialidad del personal funcionario, o el nivel y la categoría profesional del personal laboral a que correspondan las plazas vacantes y también que la oferta de empleo se tiene que publicar en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
La oferta de empleo público para el año 2025, en virtud de la prórroga automática de los presupuestos generales del Estado para el año 2023, de acuerdo con la previsión del artículo 134.4 de la Constitución, se encuentra regulada a la Ley 31/2022, de 23 de diciembre. Visto eso, el Consell de Mallorca ha aprobado la oferta de empleo público para el año 2025, derivada de la tasa de reposición de efectivos ordinaria (BOIB nº 24, de 22 de febrero de 2025). La oferta de empleo público del Consell de Mallorca para el año 2025 prevé, entre otros, la reposición de efectivos siguientes:
Grupo o subgrupo según el RDL 5/2015: C2. Clasificación: Escala de administración especial, subescala de servicios especiales, clase personal de oficios. Número de vacantes: 1. Denominación: Oficial –a de mantenimiento.
Grupo o subgrupo según el RDL 5/2015: A1. Clasificación: Escala de administración especial, subescala técnica, clase técnico-a superior. Número de vacantes: 2. Denominación: Técnico-a superior.
Grupo o subgrupo según el RDL 5/2015: A2. Clasificación: Escala de administración especial, subescala técnica, clase técnico-a medio. Número de vacantes: 1. Denominación: Ingeniero-a técnico-a de obras públicas.
Grupo o subgrupo según el RDL 5/2015: B. Clasificación: Escala de administración especial, subescala técnica, clase técnico-a auxiliar. Número de vacantes: 2. Denominación: Técnico-a auxiliar informático-a.
En fecha 25 de febrero de 2025 (BOIB nº 25, de 25 de febrero de 2025) se han aprobado las Bases generales que constituyen el régimen jurídico que debe regir de manera uniforme el desarrollo de los procesos selectivos de personal funcionario y laboral de la Administración especial tanto con respecto al turno libre, como con respecto a la promoción interna y al turno de personas con discapacidad, que engloba la oferta pública del año 2025 del Consell de Mallorca. Todo eso sin perjuicio de las especificidades, derivadas de las características de las diferentes escalas, subescalas, clases y categorías o especialidades, que se tienen que recoger, en las bases específicas de cada convocatoria.
El artículo 2 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a los que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la administración local, dispone que el ingreso a la función pública local se tiene que realizar, con carácter general, a través del sistema de oposición, a menos que por la naturaleza de las plazas o de las funciones a desarrollar, sea más adecuada la utilización del sistema de concurso-oposición o de concurso. En estos casos, la naturaleza de las plazas a convocar así como sus funciones, al tratarse de plazas vacantes de la escala de administración especial, son de carácter específico, y hacen conveniente establecer como sistema de selección el de concurso oposición, con el fin de valorar tanto la experiencia como la formación específica de las especialidades correspondientes.
Con respecto a la administración local, el artículo 100 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local, dispone que corresponde a la Administración General del Estado establecer reglamentariamente las reglas básicas y los temarios mínimos a los que debe ajustarse el procedimiento de selección del personal funcionario. Al amparo de esta atribución, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, establece las reglas básicas y los programas mínimos a que se tiene que ajustar el procedimiento de selección de los funcionarios de la administración local y lo hace con carácter básico, de acuerdo con el artículo 149.1.18 de la Constitución Española.
La disposición adicional primera de la Ordenanza por la que se regula la Administración electrónica del Consell de Mallorca y los organismos que dependen (aprobada por Acuerdo del Pleno del Consell de Mallorca en sesión de 14 de febrero de 2013 y publicado en el BOIB nº. 69 de 16 de mayo de 2013, modificada por Acuerdo del Pleno del Consell de Mallorca en sesión de 9 de junio de 2022 y publicado en el BOIB nº. 122, de 17 de septiembre de 2022), establece que las personas que participen en los procesos selectivos convocados por las entidades incluidas en el ámbito de aplicación de la Ordenanza deben presentar las solicitudes y la documentación y, en su caso, la subsanación, procedimientos de impugnación de las actuaciones referidas a estos procesos selectivos, así como cualquier otra actuación relacionada con el procedimiento, por medios electrónicos. El deber de relacionarse con la Administración insular a través de medios telemáticos comprenderá la obligación de recibir notificaciones electrónicas en el caso de aquellos actos o incidencias que requieran una comunicación personal. La presentación de solicitudes, escritos y documentos, así como las comunicaciones a través de medios telemáticos supone una mayor agilidad en la tramitación de los procedimientos y facilita la accesibilidad de los ciudadanos, que pueden hacer las gestiones necesarias desde cualquier lugar y a cualquier hora, dentro de los plazos previstos en la convocatoria.
Por otro lado, la Ordenanza por la que se regula la Administración electrónica del Consell de Mallorca y los organismos que dependen prevé que, por causas excepcionales debidamente motivadas, las convocatorias podrán habilitar, en relación con el respectivo proceso selectivo, la utilización de medios no electrónicos para todos o para parte de los trámites y actuaciones. De igual forma, el órgano convocante, cuando se presenten circunstancias sobrevenidas de carácter técnico o de cualquier otra naturaleza, podrá autorizar motivadamente el uso de medios no electrónicos para la relación de las personas aspirantes con la Administración, en aquellos trámites en los cuales pueda resultar necesario, debiendo incluirse una referencia a esta posibilidad en las convocatorias correspondientes.
El artículo 28.1.e) de la Ley de Consejos Insulares atribuye en el Consejo ejecutivo la competencia consistente al aprobar las bases de las convocatorias de selección y provisión de puestos de trabajo y cualquier otra actuación en materia de personal que no esté expresamente atribuida a otro órgano. De lo contrario, mediante el Acuerdo del Consejo Ejecutivo, de día 28 de septiembre de 2022, (BOIB nº. 128, de 1 de octubre de 2022) se delegan determinadas competencias en materia de personal en el consejero competente en materia de Función Pública.
Por todo lo anterior, de acuerdo con lo que establece el Acuerdo del Consejo Ejecutivo de día 28 de septiembre de 2022 (BOIB nº. 128, de 1 de octubre de 2022) por el cual se delega la competencia, dicto la siguiente:
Resolución
1. Aprobar las convocatorias, las bases específicas y los temarios que tienen que regir los procesos selectivos, por el sistema de concurso oposición, para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de Administración especial, de las categorías de Oficial de mantenimiento, Técnico Superior, Ingeniero Técnico de obras públicas y Técnico Auxiliar de informática, de la Oferta de empleo público correspondiente al ejercicio de 2025 del Consell de Mallorca siguientes:
2. Publicar esta Resolución y sus anexos en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB) y en el tablón de anuncios de la Sede electrónica del Consell de Mallorca.
3. Publicar el anuncio de las convocatorias en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
4. Establecer que estas convocatorias se rigen por la Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública del Consell de Mallorca, de 20 de febrero de 2025 que aprueba las Bases generales que tienen que regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario y laboral de la Administración Especial de la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2025 del Consell de Mallorca.
5. Establecer que el plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días naturales, a contar a partir del día siguiente de la publicación del anuncio de la convocatoria correspondiente en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
6. Establecer, a efectos del artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, que el modelo específico de solicitud de participación y de autobaremación de méritos están incluidos dentro del trámite telemático que se encuentra disponible en el Portal de Selección (https://seleccio.conselldemallorca.cat/) y en la Sede electrónica del Consell de Mallorca (https://seu.conselldemallorca.net/ca-SE/).
7. Establecer que, cuando de acuerdo con las bases específicas, haya turno de reserva de personas con discapacidad, en el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán, para las personas con discapacidad que lo soliciten, las adaptaciones posibles de tiempo y de medios para realizarlas.
8. Establecer que los Tribunales Calificadores de los procesos selectivos objeto de las convocatorias tienen que estar constituidos por tres miembros titulares, con el mismo número de suplentes, y que el nombramiento se tiene que publicar en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la Sede electrónica del Consell de Mallorca una vez finalizado el periodo de presentación de instancias.
9. Establecer que, junto con la Resolución del consejero o consejera competente en materia de función pública del Consell de Mallorca que establece la relación definitiva de personas admitidas y excluidas de las pruebas selectivas, se especificarán el lugar, la fecha y la hora de realización del primer ejercicio de cada una de las convocatorias, dentro del segundo semestre del año 2025, y en su caso, el orden de actuación de los aspirantes.
Interposición de recursos
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno dentro del plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de conformidad lo previsto en los artículos 66.2 y 18 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, en relación con el artículo 34 del Reglamento Orgánico del Consell de Mallorca, aprobado por Acuerdo del Pleno de 12 de abril de 2018, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Palma, en el día de la firma electrónica (6 de marzo de 2025)
El consejero ejecutivo del Departamento de Hacienda y Función Pública (por delegación del Consejo Ejecutivo, según acuerdo de día 28 de septiembre de 2022, BOIB nº. 128, de 1 de octubre de 2022) Rafael Ángel Bosch Sans
ANEXO I Convocatoria y bases específicas que deben regir el proceso selectivo para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de Administración especial, de la subescala administración especial, categoría de: Oficial–a de mantenimiento, de la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2025 del Consell de Mallorca
1. Normas generales
1.1 Objeto de la convocatoria y características de las plazas
1.1.1. El objeto de la convocatoria es la provisión por el turno libre de una plaza de la subescala servicios especiales de la Administración especial, clase de personal de oficios, denominación oficial-a de mantenimiento, de la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio de 2025 del Consell de Mallorca.
En este procedimiento selectivo no se establece turno de reserva para personas con discapacidad.
1.1.2 Las características de la plaza convocada son las siguientes:
Grupo: C
Subgrupo: C2
Escala: administración especial
Subescala: Servicios especiales
Clase: personal de oficios
Denominación: oficial-a de mantenimiento
Sistema de selección: concurso-oposición
Vinculación: funcionario –a
1.2 Procedimiento selectivo
Se establece como procedimiento selectivo el de concurso-oposición. La fase de concurso tiene que representar un 30% y la fase de oposición un 70% del resultado global del sistema selectivo.
La fase de oposición consiste en la realización de los ejercicios que se determinen en las Bases generales que tienen que regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario y laboral de la Administración Especial previstas a las ofertas de empleo público correspondientes al ejercicio de 2025 del Consell de Mallorca (BOIB nº. 24, de 22 de febrero de 2025) y en estas bases específicas, con el fin de determinar la capacidad y la aptitud de las personas aspirantes. La fase de oposición tiene carácter eliminatorio y es necesario superarla para poder pasar a la fase de concurso.
La fase de concurso consiste en la valoración de los méritos que aleguen y acrediten a las personas aspirantes, según el anexo A (turno libre) de las bases generales. Esta fase no tiene carácter eliminatorio.
2. Requisitos de las personas aspirantes
2.1. Además de los que se prevén en las Bases generales:
̶ Estar en posesión de la titulación oficial de graduado en educación secundaria obligatoria, graduado escolar o equivalente.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Si el título procede de un estado miembro de la Unión Europea, se tiene que presentar el certificado acreditativo del reconocimiento o de la homologación del título equivalente, de conformidad con la Directiva 89/48/CEE, de 21 de diciembre de 1988, el Real decreto 1837/2008 y otras normas de transposición y despliegue.
̶ Estar en posesión del título de conocimiento de la lengua catalana de nivel B1 que debe acreditarse mediante alguno de los certificados siguientes:
̶ Estar en posesión del carnet de conducir B.
3. Derechos de examen
La cuantía de la tasa de derecho de examen es de 13,77 euros, de acuerdo con lo que dispone el artículo 4 de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa para el servicio de selección de personal en el ámbito del Consell de Mallorca y de sus organismos autónomos (BOIB nº. 35, de 20 de marzo de 2018 modificado por el BOIB nº. 107, de 13 de agosto de 2022), que se deberá abonar dentro del plazo de presentación de instancias, sin que se pueda abonar en ningún otro momento.
En ningún caso, el pago de la tasa eximirá del trámite de registro electrónico de la solicitud.
La falta del abono de los derechos de examen dentro del plazo de presentación de solicitudes implica la exclusión de la persona aspirante del procedimiento de selección.
4. Calendario de las pruebas
El consejero o consejera competente en materia de función pública del Consell de Mallorca aprobará la resolución en que se especifiquen la fecha, la hora y el lugar de realización del primer ejercicio de cada una de las convocatorias. Esta resolución se publicará en el BOIB y en el tablón de anuncios de la Sede electrónica Consell de Mallorca, junto con la relación definitiva de personas admitidas y excluidas de las pruebas selectivas.
Con la publicación de la lista definitiva de puntuaciones de cada ejercicio, se tiene que hacer público el anuncio de la realización de los ejercicios siguientes en el tablón de anuncios de la Sede electrónica del Consell de Mallorca al menos tres días hábiles antes de la fecha señalada para la realización de cada uno de los ejercicios y como máximo dos meses antes de la fecha de los ejercicios. No obstante, el consejero o consejera competente en materia de función pública del Consell de Mallorca podrá, mediante resolución, ampliar el plazo mencionado, a propuesta del tribunal, de forma motivada.
5. Tribunal calificador
El Tribunal Calificador de cada proceso selectivo es el órgano de selección encargado de llevar a cabo el procedimiento selectivo y depende del consejero o consejera competente en materia de función pública, que designa la presidencia.
La composición del Tribunal Calificador, debe respetar lo que establecen los capítulos V y VI del Reglamento de ingreso del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, aprobado por Decreto 27/1994, de 11 de marzo, por el cual se aprueba el reglamento de ingreso del personal al servicio de la CAIB, y las reglas que se establecen en las bases generales.
6. Ejercicios y calificaciones.
6.1. Primer ejercicio
Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en responder un cuestionario de 40 preguntas de tipo test con tres respuestas alternativas de las que sólo una será correcta. Las 35 primeras serán ordinarias y evaluables, y las 5 últimas serán de reserva. Todas las preguntas corresponderán a casos prácticos de la especialidad.
El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos. Cada pregunta respondida correctamente se valorará con 0,286 puntos; las preguntas no resueltas, tanto si figuran todas las opciones en blanco como si figuran con más de una respuesta o si se ha señalado una respuesta sin apartado equivalente en las alternativas previstas en el ejercicio, no se valorarán. Las respuestas erróneas se penalizarán con un tercio del valor asignado a la respuesta correcta. El test que deberán responder los aspirantes se escogerá por sorteo público llevado a cabo ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, entre un mínimo de tres alternativas diferentes.
El tiempo para desarrollar este ejercicio será de 60 minutos y para superarlo será necesario obtener una puntuación mínima de 5 puntos.
La calificación del ejercicio se hará de manera mecanizada y garantizando el anonimato.
En caso de que se acuerde anular alguna pregunta porque el planteamiento es incorrecto, porque todas las respuestas planteadas son incorrectas o porque hay más de una correcta, y también porque no hay coincidencia sustancial entre la formulación de las preguntas en las dos versiones ofrecidas en las lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma, el Tribunal establecerá en el mismo acuerdo, la sustitución, a efectos de cálculo de la calificación resultante, de las anuladas por otros tantas de reserva, y así sucesivamente, de acuerdo con la orden en que figuran en el cuestionario.
El Tribunal podrá acordar la anulación de alguna o algunas de las preguntas durante la realización del ejercicio o bien como resultado de las alegaciones presentadas a la lista provisional de aprobados. También puede anular preguntas si se detecta de oficio un error material, aritmético en cualquier momento anterior a la publicación de la lista definitiva de aprobados del ejercicio.
6.2. Segundo ejercicio
Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en responder un cuestionario de 65 preguntas de tipo test con cuatro respuestas alternativas de las cuales sólo una será correcta. Las 55 primeras serán ordinarias y evaluables, y las 10 últimas serán de reserva. Todas las preguntas corresponderán al contenido del temario de la parte general y estarán distribuidas de manera equilibrada entre los diferentes temas.
El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos. Cada pregunta respondida correctamente se valorará con 0,182 puntos; las preguntas no resueltas, tanto si figuran todas las opciones en blanco como si figuran con más de una respuesta o si se ha señalado una respuesta sin apartado equivalente en las alternativas previstas en el ejercicio, no se valorarán. Las respuestas erróneas se penalizarán con un cuarto del valor asignado a la respuesta correcta. El test que deberán responder los aspirantes se escogerá por sorteo público llevado a cabo ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, entre un mínimo de tres alternativas diferentes.
El tiempo para desarrollar este ejercicio será de 75 minutos y para superarlo será necesario obtener una puntuación mínima de 5 puntos.
La calificación del ejercicio se hará de manera mecanizada y garantizando el anonimato.
En caso de que se acuerde anular alguna pregunta porque el planteamiento es incorrecto, porque todas las respuestas planteadas son incorrectas o porque hay más de una correcta, y también porque no hay coincidencia sustancial entra la formulación de las preguntas en las dos versiones ofrecidas en las lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma, el Tribunal establecerá en el mismo acuerdo, la sustitución, a efectos de cálculo de la calificación resultante, de las anuladas por otras tantas de reserva, y así sucesivamente, de acuerdo con la orden en que figuran en el cuestionario.
El Tribunal podrá acordar la anulación de alguna o algunas de las preguntas durante la realización del ejercicio o bien como resultado de las alegaciones presentadas a la lista provisional de aprobados. También puede anular preguntas si se detecta de oficio un error material, aritmético en cualquier momento anterior a la publicación de la lista definitiva de aprobados del ejercicio
7. Fórmula para calcular la puntuación final
La puntuación final de concurso oposición se tiene que calcular con la fórmula siguiente:
Nota del aspirante en la oposición Méritos del aspirante en el concurso
70 x -------------------------------------------------- + 30 x -----------------------------------------------
Nota máxima de la oposición Puntuación máxima en el concurso
8. Bolsa de personal funcionario interino derivada del proceso selectivo.
Este proceso selectivo generará una bolsa de personal funcionario interino que incluirá por orden de puntuación final a las personas candidatas que hayan superado como mínimo un ejercicio de la fase de oposición, de acuerdo con aquello establecido en el Decreto 30/2009, de 22 de mayo, por el cual se aprueba el procedimiento de selección de personal funcionario interino al servicio de la administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
El orden de prelación de las personas aspirantes dentro de la bolsa se determina de acuerdo con la suma total de la puntuación obtenida (fase de oposición y fase de concurso), y para los que no han superado la fase de oposición se determina únicamente por la suma de puntuaciones del ejercicio o ejercicios que hayan aprobado.
En las convocatorias se podrá prever la aprobación de listas parciales para el nombramiento de personal funcionario interino.
ANEXO II Temario del proceso selectivo para cubrir para cubrir las plazas de vacantes de personal funcionario de Administración especial, de la subescala de servicios especiales, categoría de oficial –a de mantenimiento, de la oferta de empleo pública correspondiente al ejercicio de 2025 del Consell de Mallorca
Temario general
Tema 1. La Constitución Española de 1978: contenido básico. Derechos y libertades públicas, Derechos y Deberes fundamentales.
Tema 2. El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: contenido básico y principios fundamentales.
Tema 3. El régimen local. La Administración Local en la Constitución y en los estatutos de autonomía. El principio de autonomía local: significado, contenido y límites.
Tema 4. Las fuentes del Derecho Local. Regulación básica del Estado y normativa de las comunidades autónomas en materia de régimen local. La potestad normativa de las entidades locales: reglamentos y ordenanzas.
Temario específico
Tema 5. El edificio como sistema. Análisis de la relación entre obra civil, albañilería e instalaciones considerando lo dispuesto en el código técnico de la edificación.
Tema 6. Albañilería. Trabajos de albañilería, mantenimiento y reparación en edificios.
Tema 7. Electricidad de alta y baja tensión. Instalaciones en edificios y reparación de averías.
Tema 8. Fontanería y saneamiento. Instalación y reparación de distribución de agua sanitaria en los edificios. Implicaciones sanitarias. Control y prevención de la legionelosis.
Tema 9. Carpintería y cerrajería. Reparaciones de carpintería y cerrajería.
Tema 10. Pintura. Herramientas y tipos de pintura; técnicas de pintura. Principales reparaciones de pintura.
Tema 11. Calefacción y climatización. Instalaciones térmicas en edificios. Detección y reparación de averías en máquinas y calderas.
Tema 12. Ascensores y salvaescaleras. Mantenimiento de estas instalaciones.
Tema 13. Iluminación. Tecnología LED
Tema 14. Instalaciones de protección contra incendios: sistemas de detección y extinción automática. Columnas secas. Red de bocas de incendio equipadas.
Tema 15. Instalaciones y mantenimiento de equipos de sonido. Conceptos generales en acústica y montaje de equipos.
Tema 16. Mantenimiento preventivo y mantenimiento correctivo. Gestión de mantenimiento asistida por ordenador (GMAO).
Tema 17. Energías renovables. Mantenimiento de las instalaciones fotovoltaicas
Tema 18. Eficiencia energética en el mantenimiento de edificios públicos. Tipos de etiquetas. Certificado energético
Tema 19. Equipos de trabajo y medios de protección. Medidas de emergencia. Vigilancia de la salud. Protección de trabajadores especialmente sensibles a determinados riesgos. Obligaciones de los trabajadores en materia de prevención de riesgos.
Tema 20. Protección de emergencias. Planes de autoprotección o emergencia. Clases de fuegos y utilización de medios de extinción, alarma y evacuación.
ANEXO III Bases específicas deben regir el proceso selectivo para cubrir las plazas vacantes de la Subescala técnica superior de la Administración especial, denominación técnico-a superior de la Oferta de empleo público correspondiente al ejercicio de 2025 del Consell de Mallorca
1. Normas generales
1.1 Objeto de la convocatoria y características de las plazas
1.1.1. El objeto de la convocatoria es la provisión de dos plazas por el turno libre de Técnico-a superior de la Administración especial de la Oferta de empleo público correspondiente al ejercicio de 2025 del Consell de Mallorca.
En este procedimiento selectivo no se establece turno de reserva para personas con discapacidad.
1.1.2 Las características de las plazas convocadas son las siguientes:
Grupo: A
Subgrupo: A1
Escala: administración especial
Subescala: técnica
Clase: técnico superior
Categoría: técnico-a superior
Denominación: Técnico-a superior
Sistema de selección: concurso- oposición
Vinculación: funcionario-a
1.2 Procedimiento selectivo
Se establece como procedimiento selectivo el de concurso-oposición. La fase de concurso tiene que representar un 30% y la fase de oposición un 70% del resultado global del sistema selectivo.
La fase de oposición consiste en la realización de los ejercicios que se determinen en las bases generales que deben regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario y laboral de la administración especial previstas a las ofertas de empleo pública correspondientes al ejercicio de 2025 del Consell de Mallorca (BOIB nº.24, de 22 de febrero de 2025) y en estas bases específicas, con el fin de determinar la capacidad y la aptitud de las personas aspirantes. La fase de oposición tiene carácter eliminatorio y es necesario superarla para poder pasar a la fase de concurso.
La fase de concurso consiste en la valoración de los méritos que aleguen y acrediten a las personas aspirantes, según los anexos A (turno libre). Esta fase no tiene carácter eliminatorio.
2. Requisitos de las personas aspirantes
2.1. Además de los que se prevén en las Bases generales:
̶ Estar en posesión del título universitario de grado
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Si el título procede de un estado miembro de la Unión Europea, se tiene que presentar el certificado acreditativo del reconocimiento o de la homologación del título equivalente, de conformidad con la Directiva 89/48/CEE, de 21 de diciembre de 1988, el Real decreto 1837/2008 y otras normas de transposición y despliegue.
̶ Estar en posesión del título de conocimiento de la lengua catalana de nivel B2 que se tiene que acreditar mediante alguno de los certificados siguientes:
3. Derechos de examen
La cuantía de la tasa del derecho de examen es de 27,57 euros, de acuerdo con lo que dispone el artículo 4 de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa para el servicio de selección de personal en el ámbito del Consell de Mallorca y de sus organismos autónomos (BOIB nº. 35, de 20 de marzo de 2018 modificado por el BOIB nº. 107, de 13 de agosto de 2022), que se deberá abonar dentro del plazo de presentación de instancias, sin que se pueda abonar en ningún otro momento.
En ningún caso, el pago de la tasa eximirá del trámite de registro electrónico de la solicitud.
La falta del abono de los derechos de examen dentro del plazo de presentación de solicitudes implica la exclusión de la persona aspirante del procedimiento de selección.
4. Calendario de las pruebas
El consejero o consejera competente en materia de función pública del Consell de Mallorca tiene que aprobar la resolución en que se especifiquen la fecha, la hora y el lugar de realización del primer ejercicio de cada una de las convocatorias. Esta resolución se tiene que publicar en el BOIB y en el tablón de anuncios de la Sede electrónica Consell de Mallorca, junto con la relación definitiva de personas admitidas y excluidas de las pruebas selectivas.
Con la publicación de la lista definitiva de puntuaciones de cada ejercicio, se tiene que hacer público el anuncio de la realización de los ejercicios siguientes en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica del Consell de Mallorca al menos tres días hábiles antes de la fecha señalada para la realización de cada uno de los ejercicios y como máximo dos meses antes de la fecha de los ejercicios. No obstante, el consejero o consejera competente en materia de función pública del Consell de Mallorca podrá, mediante resolución, ampliar el plazo mencionado, a propuesta del tribunal, de forma motivada.
5. Tribunal calificador
El Tribunal Calificador de cada proceso selectivo es el órgano de selección encargado de llevar a cabo el procedimiento selectivo y depende del consejero o consejera competente en materia de función pública, que designa la presidencia.
La composición del Tribunal Calificador, debe respetar lo que establecen los capítulos V y VI del Reglamento de ingreso del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, aprobado por Decreto 27/1994, de 11 de marzo, por el cual se aprueba el reglamento de ingreso del personal al servicio de la CAIB, y las reglas que se establecen en las bases generales.
6. Ejercicios y calificaciones del turno libre
6.1. Primer ejercicio
Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en responder un cuestionario de 100 preguntas de tipo test con cuatro respuestas alternativas de las cuales sólo una será correcta. Las 90 primeras serán ordinarias y evaluables, y las 10 últimas serán de reserva. Todas las preguntas corresponderán al contenido del temario de la parte general y estarán distribuidas de manera equilibrada entre los diferentes temas.
El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos. Cada pregunta respondida correctamente se valorará con 0,112 puntos; las preguntas no resueltas, tanto si figuran todas las opciones en blanco como si figuran con más de una respuesta o si se ha señalado una respuesta sin apartado equivalente en las alternativas previstas en el ejercicio, no se valorarán. Las respuestas erróneas se penalizarán con un cuarto del valor asignado a la respuesta correcta. El test que deberán responder los aspirantes se escogerá por sorteo público llevado a cabo ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, entre un mínimo de tres alternativas diferentes.
El tiempo para desarrollar este ejercicio será de 110 minutos y para superarlo será necesario obtener una puntuación mínima de 5 puntos.
La calificación del ejercicio se hará de manera mecanizada y garantizando el anonimato.
En caso de que se acuerde anular alguna pregunta porque el planteamiento es incorrecto, porque todas las respuestas planteadas son incorrectas o porque hay más de una correcta, y también porque no hay coincidencia sustancial entra la formulación de las preguntas en las dos versiones ofrecidas en las lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma, el Tribunal establecerá en el mismo acuerdo, la sustitución, a efectos de cálculo de la calificación resultante, de las anuladas por otros tantas de reserva, y así sucesivamente, de acuerdo con la orden en que figuran en el cuestionario.
El Tribunal podrá acordar la anulación de alguna o algunas de las preguntas durante la realización del ejercicio o bien como resultado de las alegaciones presentadas a la lista provisional de aprobados. También puede anular preguntas si se detecta de oficio un error material, aritmético en cualquier momento anterior a la publicación de la lista definitiva de aprobados del ejercicio.
6.2. Segundo ejercicio
Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en responder durante un tiempo máximo 150 minutos, cinco cuestiones de tipo teórico a desarrollar de un modelo elegido por sorteo público, llevado a cabo ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, de entre dos modelos de cinco cuestiones correspondientes a la especialidad de que se trate.
Estas cuestiones corresponderán a temas diferentes del temario específico y no tienen que ser obligatoriamente una transcripción literal del enunciado o de parte del enunciado de un tema y pueden interrelacionar diferentes epígrafes del temario.
Se valorarán los conocimientos expuestos sobre las cuestiones que correspondan, la precisión terminológica, el rigor conceptual, la actualización y la innovación del contenido, la claridad y el orden de ideas, la calidad de la expresión escrita, la capacidad de síntesis y relacional.
En caso de que el Tribunal Calificador acuerde otros criterios en desarrollo de los criterios de valoración anteriores, los deberán publicar antes de la realización del ejercicio.
La calificación del ejercicio se hará de la manera siguiente: cada cuestión se calificará de 0 a 10 puntos, la calificación final del ejercicio será la media de la nota obtenida en cada una de las cinco cuestiones. Para superar esta prueba será necesario obtener la nota mínima de 3 puntos en cada cuestión, y que la nota media de las cinco cuestiones sea igual o superior 5 puntos.
6.3. Tercer ejercicio
Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en resolver por escrito un caso práctico a elegir entre dos designados por sorteo público, llevado a cabo ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, entre un mínimo de cuatro alternativas diferentes, referidos al temario de la parte específica.
El tiempo para resolver este ejercicio será de 120 minutos.
Se valorarán la capacidad de análisis y de raciocinio, la sistemática y la claridad de ideas, la interpretación correcta de la normativa aplicable a los casos planteados, la actualización y la innovación del contenido.
En caso de que el Tribunal acuerde otros criterios para el desarrollo de los criterios de valoración anteriores, los deberá publicar antes de la realización del ejercicio.
La calificación del ejercicio se hará de la manera siguiente: el caso práctico se calificará de 0 a 10 puntos y para superar esta prueba será necesario obtener la nota mínima de 5 puntos.
7. Fórmula para calcular la puntuación final
La puntuación final de concurso oposición se tiene que calcular con la fórmula siguiente:
Nota del aspirante en la oposición Méritos del aspirante en el concurso
70 x -------------------------------------------------- + 30 x -----------------------------------------------
Nota máxima de la oposición Puntuación máxima en el concurso
8. Bolsa de personal funcionario interino derivada del proceso selectivo.
Este proceso selectivo generará una bolsa de personal funcionario interino que incluirá por orden de puntuación final a las personas candidatas que hayan superado como mínimo un ejercicio de la fase de oposición, de acuerdo con aquello establecido en el Decreto 30/2009, de 22 de mayo, por el cual se aprueba el procedimiento de selección de personal funcionario interino al servicio de la administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
El orden de prelación de las personas aspirantes dentro de la bolsa se determina de acuerdo con la suma total de la puntuación obtenida (fase de oposición y fase de concurso), y para los que no han superado la fase de oposición se determina únicamente por la suma de puntuaciones del ejercicio o ejercicios que hayan aprobado.
En las convocatorias se podrán aprobar listas parciales para el nombramiento de personal funcionario interino.
ANEXO IV Temario del proceso selectivo para cubrir las plazas vacantes de la Subescala técnica superior de la Administración especial, denominación técnico-a superior de la Oferta de empleo público correspondiente al ejercicio de 2025 del Consell de Mallorca.
Parte general
Tema 1. La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido. Derechos y libertades públicas, derechos y deberes fundamentales: garantía y suspensión.
Tema 2. Las formas de organización territorial del Estado. Naturaleza jurídica y principios. El sistema de distribución de competencias.
Tema 3. El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: estructura, contenido básico y principios fundamentales.
Tema 4. La Unión Europea: objetivos y naturaleza jurídica. Estructura orgánica, instituciones de la Unión Europea: el Parlamento Europeo, el Consejo Europeo, el Consejo de la Unión Europea, la Comisión Europea, el Comité Económico y Social, el Comité de las Regiones y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Tema 5. Las fuentes del derecho de la Unión Europea. El ordenamiento jurídico comunitario: derecho originario y derecho derivado. Las relaciones entre el derecho de la Unión Europea y el ordenamiento jurídico de los estados miembros. Participación de las comunidades autónomas y las entidades locales en la Unión Europea. Las libertades comunitarias.
Tema 6. El régimen local. La administración local en la Constitución y en los estatutos de autonomía. El principio de autonomía local: significado, contenido y límites.
Tema 7. Las fuentes del derecho local. Regulación básica del Estado y normativa de las comunidades autónomas en materia de régimen local. La potestad normativa de las entidades locales: reglamentos y ordenanzas. Procedimiento de elaboración.
Tema 8. La isla como entidad local territorial. La Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares: estructura, contenido básico y principios fundamentales.
Tema 9. La potestad reglamentaria y de organización de los consejos insulares. El Reglamento orgánico del Consell de Mallorca: contenido básico.
Tema 10. La responsabilidad patrimonial las Administraciones públicas. Marco jurídico y principios de la responsabilidad de la Administración. Daños indemnizables.
Tema 11. La actividad administrativa de prestación de servicios. El servicio público: concepto.
Tema 12. El patrimonio de las administraciones públicas. Las propiedades públicas: tipología. El dominio público, concepto, naturaleza y elementos.
Tema 13. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales: ámbito de aplicación. Derechos y deberes. Principios de la acción preventiva. Evaluación de riesgos. Obligaciones de los trabajadores en materia de prevención de riesgos. Comité de Seguridad y Salud.
Tema 14. La Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales: régimen jurídico y sus ámbitos. Vías de protección de la confidencialidad. Responsable y encargado del tratamiento. Régimen sancionador. Autoridades de control. Derechos digitales.
Tema 15. La Ley orgánica 3/2007, del 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Objeto y ámbito de aplicación. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación.
Tema 16. La Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres de las Illes Balears. Medidas para la integración de la perspectiva de género en la actuación de las administraciones públicas de las Illes Balears.
Tema 17. La Ley 19/2013, del 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno: estructura y contenido básico. Publicidad activa.
Tema 18. El sector público instrumental de las entidades locales. Los organismos autónomos, las entidades públicas empresariales y las sociedades mercantiles. Los consorcios: régimen de creación y funcionamiento.
Parte específica
Tema 19. La Administración pública y el Derecho. El principio de legalidad en la Administración. Las fuentes del derecho administrativo. La Constitución. Los Tratados internacionales. Tipo de disposiciones legales. La ley: clases. Disposiciones del poder ejecutivo con rango de ley. Las relaciones entre el ordenamiento estatal y el autonómico. El Reglamento. Las otras fuentes del derecho administrativo.
Tema 20. La iniciativa legislativa y la potestad para dictar reglamentos y otras disposiciones. Iniciativa legislativa y potestad para dictar normas con rango de ley. La potestad reglamentaria y los límites de esta. Los principios de buena regulación y la evaluación normativa. La planificación normativa. Participación de la ciudadanía en el procedimiento de elaboración de normas con rango de ley y reglamentos. La memoria de análisis de impacto normativo.
Tema 21. Las potestades administrativas. La actividad administrativa discrecional y sus límites. Distinción entre potestades regladas y discrecionales. Vías de control de la discrecionalidad. La desviación de poder. Los conceptos jurídicos indeterminados.
Tema 22. La regulación del régimen jurídico del sector público: objeto, ámbito de aplicación y principios generales de la actuación administrativa y de intervención de las administraciones públicas. La potestad organizativa de la Administración: los órganos administrativos. Especial referencia a los órganos colegiados. La competencia administrativa: aspectos generales y decisiones sobre competencia. Las técnicas de alteración del ejercicio de la competencia. Delegación, avocación, encargo de gestión, delegación de firma y suplencia.
Tema 23. El Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos. Objeto, ámbito subjetivo y finalidad. Principios generales. Portales de Internet, Punto de Acceso General electrónico y sedes electrónicas. El procedimiento administrativo electrónico: Disposiciones generales. Identificación y autenticación de las Administraciones Públicas y las personas interesadas. Registros, comunicaciones y notificaciones electrónicas. Expediente administrativo electrónico.
Tema 24. Las personas ante la actividad de la administración. Derechos de las personas en sus relaciones con las administraciones públicas. Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las administraciones públicas. Colaboración y comparecencia de las personas. Las personas interesadas en el procedimiento: capacidad de obrar, concepto de persona interesada y representación. Derechos de las personas interesadas en el procedimiento administrativo.
Tema 25. El régimen de cooficialidad de las lenguas. La ley de normalización lingüística. El uso de las lenguas oficiales a la Administración. Reglamento de regulación del uso de la lengua catalana dentro del ámbito de la competencia del Consell Insular de Mallorca. Referencia a las medidas de capacitación lingüística para la recuperación del uso del catalán en el ámbito de la función pública.
Tema 26. El acto administrativo. Concepto y elementos. Clases. Requisitos de los actos administrativos. Validez y eficacia: el principio de autotutela administrativa. La notificación y la publicación. La ejecutividad de los actos administrativos: el principio de autotutela administrativa. La ejecución forzosa de los actos administrativos: medios y principios.
Tema 27. Las normas generales de la actuación administrativa. Responsabilidad de la tramitación. La obligación de resolver. Suspensión del plazo máximo para resolver y ampliación. El silencio administrativo y los actos presuntos: concepto y clases.
Tema 28. El procedimiento administrativo común. Concepto, finalidad y principios. Regulación legal del procedimiento administrativo común. Principios. Los plazos administrativos. Fases del procedimiento. Iniciación: disposiciones generales y clase. Ordenación. Instrucción. Finalización. Caducidad. Tramitación simplificada del procedimiento administrativo común.
Tema 29. La invalidez de los actos administrativos. Grados. La nulidad, la anulabilidad y las irregularidades no invalidantes. Límites a la extensión de la nulidad y la anulabilidad de los actos. La conversión, la conservación y la convalidación. La revisión de los actos en vía administrativa (I). La revisión de oficio: supuestos. La revocación. La rectificación de errores. Límites a la revisión. La revisión de los actos en el ámbito de la administración local.
Tema 30. La revisión de los actos en vía administrativa. Los recursos administrativos: principios generales, objeto, requisitos y procedimiento administrativo en vías de recurso. Clases de recursos. Los procedimientos alternativos de impugnación. Los recursos administrativos en el ámbito de la administración local.
Tema 31. La jurisdicción contenciosa administrativa. Naturaleza, extensión y límites. Órganos de este orden jurisdiccional. Partes, legitimación y objeto. Líneas generales del procedimiento en primera o única instancia. Medidas cautelares. La sentencia: recursos contra las sentencias. Ejecución de las sentencias. Procedimientos especiales.
Tema 32. La potestad sancionadora de la Administración: concepto y significado; diferenciación del derecho penal. Régimen jurídico estatal y autonómico. Principios del ejercicio de la potestad sancionadora. Especialidades del procedimiento administrativo en materia sancionadora. Medidas sancionadoras administrativas. Especial referencia a la potestad sancionadora local.
Tema 33. La responsabilidad patrimonial de la Administración. Los presupuestos de la responsabilidad. La acción y las especialidades del procedimiento administrativo en materia de responsabilidad patrimonial. La responsabilidad patrimonial de las autoridades y del personal al servicio de la Administración pública. La responsabilidad por actos de los contratistas de la Administración que causan daño a terceros.
Tema 34. La expropiación forzosa. Concepto, naturaleza y justificación de la potestad expropiatoria. Sujetos, objeto y causa. El procedimiento general. Garantías jurisdiccionales. La reversión. Singularidades procedimentales.
Tema 35. La buena administración orientada al bien común. La ética en la Administración Pública. El Código europeo de buena conducta administrativa. El Código Ético y de Buen Gobierno del Consell Insular de Mallorca. Compilance en el sector público.
Tema 36. La planificación de la gestión pública: naturaleza y objetivos. Tipo de planes. El proceso de planificación. La planificación estratégica y operativa. Programación y gestión de proyectos.
Tema 37. Gestión de la calidad en las administraciones públicas. Indicadores de calidad. Planes de mejora. Modelos de gestión de la calidad y de excelencia en la gestión: Model CAF, Normes ISO, Model EFQM, otros modelos.
Tema 38. La transparencia de la actividad pública. El derecho de acceso a la información pública. Buen Gobierno. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. Código ético de buen gobierno y transparencia del Consell Insular de Mallorca.
Tema 39. El gobierno abierto: concepto y principios informadores: colaboración, participación, transparencia y rendición de cuentas. Datos abiertos y reutilización. El marco jurídico y los planes de gobierno abierto en España.
Tema 40. La Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
Tema 41. Los convenios administrativos. Regulación, definición y tipo de convenios. Delimitación de otras figuras e instrumentos jurídicos. Requisitos de validez y de eficacia. Contenido y trámites preceptivos. Extinción y efectos de la resolución de los convenios. Control externo de los convenios. Especial referencia a la cooperación interadministrativa en el ámbito local.
Tema 42. Las relaciones administrativas e interadministrativas en el ámbito local. Principios informadores. La transferencia, delegación y encomienda de gestión de competencias en las entidades locales. Las relaciones de cooperación y colaboración. Relaciones de coordinación. La supervisión y control de los actos de los entes locales.
Tema 43. La intervención administrativa local en la actividad privada. Modalidades de intervención. Las autorizaciones y licencias administrativas. Clases. La declaración responsable y la comunicación previa.
Tema 44. La iniciativa económica pública y los servicios públicos. La reserva de servicios en favor de las entidades locales. Formas de gestión de los servicios públicos locales. La gestión directa.
Tema 45. La gestión indirecta de los servicios públicos locales: la gestión contractual y otras modalidades. Regulación estatal y autonómica. Los consorcios.
Tema 46. La actividad administrativa de fomento. La regulación aplicable a las entidades locales en la materia, con especial referencia a los consejos insulares. La legislación general de subvenciones. Disposiciones generales: concepto de subvención y ámbito de aplicación. Disposiciones comunes a las subvenciones públicas: principios generales. Requisitos para el otorgamiento de subvenciones. Personas beneficiarias y requisitos. Las entidades colaboradoras. Publicidad de las subvenciones. La Bases de Datos Nacional de Subvenciones.
Tema 47. El procedimiento de concesión de las subvenciones. Los procedimientos de gestión y justificación de las subvenciones públicas. El reintegro de subvenciones y la pérdida del derecho al cobro. Aspectos generales del régimen de infracciones y sanciones en materia de subvenciones.
Tema 48. Los conciertos sociales. Regulación. Principios generales y concepto. El procedimiento de concertación.
Tema 49. El patrimonio de las entidades locales. Legislación estatal y autonómica aplicable. Concepto y clasificación. Bienes de dominio público y bienes patrimoniales. Alteración de la calificación jurídica de los bienes. Adquisición, alienación y cesión de los bienes. Utilización y aprovechamiento de los bienes. Conservación, protección y defensa de los bienes. Prerrogativas y potestades de las entidades locales con respecto a sus bienes. Referencia breve al patrimonio público del suelo.
Tema 50. Marco normativo de la contratación del sector público. La función estratégica de la contratación pública. Los principios generales de la contratación pública. La Ley de contratos del sector público: Objeto y finalidad. Ámbito subjetivo de aplicación. Delimitación de los tipos contractuales. Contratos sujetos a regulación armonizada. Contratos administrativos y privados. Jurisdicción competente. Negocios y contratos excluidos.
Tema 51. Disposiciones generales sobre la contratación del sector público. Necesidad e idoneidad del contrato y eficiencia en la contratación. Plazo de duración de los contratos y de ejecución de la prestación. Libertad de pactos y contenido mínimo del contrato. Perfección y forma del contrato. Régimen de invalidez. El recurso especial en materia de contratación. Otros recursos administrativos y judiciales.
Tema 52. Partes en el contrato. Órgano de contratación. Capacidad y solvencia del empresario: Normas sobre la capacidad, solvencia y clasificación. Prohibiciones de contratar. El Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas. Garantías exigibles en la contratación del sector público.
Tema 53. Objeto, presupuesto base de licitación, valor estimado, precio del contrato y revisión. El expediente de contratación: Inicio y contenido. Aprobación. Tipo de tramitación. Aspectos generales de los pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas. Los contratos menores.
Tema 54. Adjudicación de los contratos de las administraciones públicas. Normas generales relativas al procedimiento de licitación y adjudicación. Tipo de procedimientos de adjudicación: caracterización y análisis específico del procedimiento abierto.
Tema 55. Efectos, cumplimiento y extinción de los contratos. Prerrogativas de la Administración. Ejecución de los contratos. Modificación de los contratos. Suspensión y extinción. Cesión y subcontratación. Racionalidad técnica de la contratación: aspectos principales.
Tema 56. El contrato de obras: Delimitación del tipo contractual. Actuaciones preparatorias del contrato de obras. Ejecución del contrato de obras. Modificación del contrato. Cumplimiento y resolución.
Tema 57. El contrato de concesión de obras: Delimitación del tipo contractual. Actuaciones preparatorias del contrato de concesión de obras. Efectos, cumplimiento y extinción de las concesiones. Construcción de las obras objeto de concesión. Derechos y obligaciones del concesionario y prerrogativas de la Administración. Extinción de las concesiones.
Tema 58. El contrato de concesión de servicios: Delimitación del tipo contractual. Actuaciones preparatorias del contrato de concesión de servicios. Efectos, cumplimiento y extinción del contrato de concesión de servicios. Ejecución y modificación del contrato. Cumplimiento y resolución.
Tema 59. El contrato de servicios: Delimitación del tipo contractual. Disposiciones generales Ejecución y resolución del contrato de servicios. El contrato de suministro: Delimitación del tipo contractual. Ejecución, cumplimiento y resolución del contrato de suministro.
Tema 60. La organización administrativa para la gestión de la contratación: Mesas de Contratación y funciones. Remisión de la información contractual en el Tribunal de Cuentas y en el Registro de Contratos del Sector Público. La Plataforma de Contratación del Sector Público. Uso de medios electrónicos, informáticos y telemáticos en los procedimientos regulados en la Ley de contratos del Sector Público. Competencias y normas específicas en materia de contratación en las entidades locales, con especial referencia a la organización en el Consell de Mallorca.
Tema 61. El marco constitucional de la función pública. La regulación estatal básica y autonómica del personal al servicio de las administraciones públicas, con referencia específica al personal de la Administración local. Clases de personal empleado público y régimen jurídico. La Regulación y el régimen jurídico del personal de las entidades locales de las Illes Balears.
Tema 62. Ordenación y organización del personal y de los puestos de trabajo: plantilla, relación de puestos de trabajo, estructuración y clasificación. Planificación y gestión de los recursos humanos: planes de ordenación, oferta de empleo público y otros instrumentos de racionalización.
Tema 63. Adquisición y pérdida de la relación de servicio. El acceso al empleo público: principios, requisitos, sistemas y procedimientos selectivos. El régimen de provisión de puestos de trabajo y la movilidad. Otros sistemas de ocupación de los puestos de trabajo.
Tema 64. Los derechos de los empleados públicos. Derechos individuales. Régimen retributivo y de la Seguridad Social. Jornada de trabajo, permisos, licencias y vacaciones.
Tema 65. Los derechos de los empleados públicos de ejercicio colectivo. La sindicación y la representación. La negociación colectiva y la participación en la determinación de las condiciones de trabajo. El derecho de huelga.
Tema 66. La carrera administrativa o profesional. El grado personal. La promoción interna. La evaluación del cumplimiento. Situaciones administrativas de los empleados públicos.
Tema 67. Los deberes de los empleados públicos y código de conducta. Principios de actuación. El régimen de responsabilidades. El régimen de incompatibilidades. El régimen disciplinario.
Tema 68. La contratación laboral en la Administración pública. Regulación. Los convenios colectivos de trabajo. El contrato de trabajo. Modalidades de la contratación.
Tema 69. Los delitos contra la Administración Pública. Concepto de autoridad y funcionario público a efectos penales. Aspectos generales de los delitos de prevaricación, desobediencia y denegación de auxilio, infidelidad en la custodia de documentos y violación de secretos, soborno, tráfico de influencias y malversación de caudales públicos.
Tema 70. Las haciendas locales. Principios constitucionales y regulación legal estatal y autonómica. Los recursos de las entidades locales en el marco de la legislación de haciendas locales: municipios, provincias y otras entidades locales. La imposición y la ordenación de tributos y el establecimiento de recursos no tributarios.
Tema 71. La financiación y las haciendas de los consejos insulares: principios estatutarios. Los recursos de los consejos insulares de acuerdo con la legislación de haciendas locales y como institución de la comunidad autónoma. El sistema de financiación definitiva de los consejos insulares: disposiciones y elementos generales del sistema.
Tema 72. El régimen jurídico de la recaudación de las entidades locales. El pago y otras formas de extinción de las deudas. El aplazamiento y el fraccionamiento. La recaudación en periodo voluntario y en periodo ejecutivo.
Tema 73. El procedimiento de apremio. La revisión en vía administrativa de los actos sobre aplicación y efectividad de los tributos y otros ingresos de derecho público de las entidades locales. La devolución de ingresos indebidos.
Tema 74. El presupuesto general de las entidades locales. Principios presupuestarios. Estructura y contenido, especial referencia a las bases de ejecución. Procedimiento de elaboración y de aprobación. La prórroga del presupuesto. Las modificaciones de crédito. La liquidación del presupuesto.
Tema 75. Los créditos del presupuesto de gastos: delimitación, situación y vinculación jurídica. La ejecución del presupuesto de gastos y de ingresos: fases. Los pagos a justificar. Los adelantos de caja fija. Los compromisos de gasto de carácter plurianual. La tramitación anticipada de gastos. Los proyectos de gastos. Los gastos con financiación afectada. Atribuciones de los órganos del Consell de Mallorca en la materia.
Tema 76. La estabilidad presupuestaria y la sostenibilidad financiera. Previsiones constitucionales y normativa de despliegue: objeto y principios generales. Los objetivos de estabilidad presupuestaria, de deuda pública y de la regla del gasto para las corporaciones locales: ámbito de aplicación y establecimiento o instrumentalización.
Tema 77. La Tesorería de las entidades locales: definición, régimen jurídico, principios y funciones. Referencia a la prelación de los pagos y a los planes de tesorería y de disposición de fondo. Los sistemas de contabilidad de la Administración local: régimen jurídico aplicable, finalidades de la contabilidad pública local y otras disposiciones generales. La cuenta general: contenido, formación, aprobación y rendición.
Tema 78. El control interno de la actividad económico-financiera de las entidades locales y los entes dependientes de estas. La función interventora. El régimen de fiscalización e intervención del Consell de Mallorca.
Tema 79. El control externo de la actividad económico-financiera de las entidades locales y los entes dependientes de estas. El Tribunal de Cuentas y los órganos de control externo de las comunidades autónomas, referencia especial a la Sindicatura de Cuentas de las Illes Balears. Obligaciones de las entidades locales de suministro de información de la gestión económico-financiera. La responsabilidad contable.
Tema 80. Los consejos insulares. Naturaleza jurídica. Configuración en la legislación estatal y autonómica de régimen local y en el Estatuto de autonomía de las Illes Balears. Normas por las cuales se rigen. Funcionamiento y régimen jurídico.
Tema 81. Composición, régimen electoral y constitución de los consejos insulares. Previsiones estatutarias. La ley de régimen electoral de los consejos insulares: disposiciones generales, convocatoria de elecciones, sistema y procedimiento electoral. Regulación de la constitución y el estatuto de las consejeras y los consejeros en el Reglamento orgánico del Consell de Mallorca.
Tema 83. La organización de los consejos insulares. Regulación estatutaria, legal y reglamentaria. Órganos necesarios y órganos complementarios. Órganos de gobierno. Funcionamiento y régimen jurídico.
Tema 84. La organización vigente en el Consell de Mallorca, régimen de sesiones y las normas especiales de funcionamiento del Consell de Mallorca. Estructura departamental y organización administrativa.
Tema 85. Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS). Organización y competencias. Funcionamiento y régimen jurídico.
Tema 86. La potestad reglamentaria y de organización de los consejos insulares. El Reglamento orgánico del Consell de Mallorca. Otras disposiciones organizativas del Consell de Mallorca. Especial referencia al Decreto de la Presidencia por el cual se determina la organización del Consell de Mallorca.
Tema 87. Competencias de los consejos insulares en la legislación de régimen local. La configuración de las competencias de los consejos insulares en el Estatuto de autonomía de las Illes Balears. Cláusula de cierre.
Tema 88. Competencias propias de los consejos insulares. Funciones ejecutivas de competencias. Régimen jurídico de las competencias.
Tema 89. Competencias del Gobierno de las Illes Balears en relación con las competencias propias de los consejos insulares. El procedimiento de traspaso de funciones y servicios inherentes a las competencias propias. La Comisión Mixta de Transferencias Gobierno-Consejos insulares.
Tema 90. El sector público instrumental del Consell de Mallorca. Relación de organismos, tipología, regulación y competencias principales. La clasificación de los entes instrumentales vinculados o dependientes del Consell de Mallorca: finalidad.
ANEXO V Convocatoria y bases específicas que tienen que regir el proceso selectivo para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de Administración especial, de la subescala técnica, categoría ingeniero-a técnico-a de obras públicas, de la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio de 2025 del Consell de Mallorca
1. Normas generales
1.1 Objeto de la convocatoria y características de las plazas
1.1.1. El objeto de la convocatoria es la provisión de una plaza por el turno libre de la subescala técnica de la Administración especial, clase de técnico-a medio, denominación ingeniero-a técnico-a de obras públicas, de la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio de 2025 del Consell de Mallorca.
En este procedimiento selectivo no se establece turno de reserva para personas con discapacidad.
1.1.2 Las características de las plazas convocadas son las siguientes:
Grupo: A2
Escala: administración especial
Subescala: técnica
Clase: técnico medio
Denominación: Ingeniero técnico -a de obras públicas
Sistema de selección: concurso-oposición
Vinculación: funcionario –a
1.2 Procedimiento selectivo
Se establece como procedimiento selectivo el de concurso-oposición. La fase de concurso tiene que representar un 30% y la fase de oposición un 70% del resultado global del sistema selectivo.
La fase de oposición consiste en la realización de los ejercicios que se determinen en las Bases generales que tienen que regir los procesos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario y laboral de la administración especial previstas a las ofertas de empleo pública correspondientes al ejercicio de 2025 del Consell de Mallorca (BOIB nº.24, de 22 de febrero de 2025) y en estas bases específicas con el fin de determinar la capacidad y la aptitud de las personas aspirantes. La fase de oposición tiene carácter eliminatorio y es necesario superarla para poder pasar a la fase de concurso.
La fase de concurso consiste en la valoración de los méritos que aleguen y acrediten a las personas aspirantes, según los anexos A (turno libre) y B (turno de promoción interna) de las bases generales. Esta fase no tiene carácter eliminatorio.
2. Requisitos de las personas aspirantes
2.1 Además de los que se prevén en las Bases generales:
̶ Estar en posesión de alguna de las titulaciones siguientes:
Título de ingeniero técnico de obras públicas o, título universitario oficial de grado que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de ingeniero –a técnico –a de obras públicas.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Si el título procede de un estado miembro de la Unión Europea, se tiene que presentar el certificado acreditativo del reconocimiento o de la homologación del título equivalente, de conformidad con la Directiva 89/48/CEE, de 21 de diciembre de 1988, el Real decreto 1837/2008 y otras normas de transposición y despliegue.
̶ Estar en posesión del título de conocimiento de la lengua catalana de nivel B2 que se tiene que acreditar mediante alguno de los certificados siguientes:
̶ Estar en posesión del carnet de conducir B
3. Derechos de examen
La cuantía de la tasa del derecho de examen es de 27,57 euros, de acuerdo con lo que dispone el artículo 4 de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa para el servicio de selección de personal en el ámbito del Consell de Mallorca y de sus organismos autónomos (BOIB nº. 35, de 20 de marzo de 2018 modificado por el BOIB nº. 107, de 13 de agosto de 2022), que se deberá abonar dentro del plazo de presentación de instancias, sin que se pueda abonar en ningún otro momento.
En ningún caso, el pago de la tasa eximirá del trámite de registro electrónico de la solicitud.
La falta del abono de los derechos de examen dentro del plazo de presentación de solicitudes implica la exclusión de la persona aspirante del procedimiento de selección.
4. Calendario de las pruebas
El consejero o consejera competente en materia de función pública del Consell de Mallorca tiene que aprobar la resolución en que se especifiquen la fecha, la hora y el lugar de realización del primer ejercicio de cada una de las convocatorias. Esta resolución se tiene que publicar en el BOIB y en el tablón de anuncios de la Sede electrónica Consell de Mallorca, junto con la relación definitiva de personas admitidas y excluidas de las pruebas selectivas.
Con la publicación de la lista definitiva de puntuaciones de cada ejercicio, se tiene que hacer público el anuncio de la realización de los ejercicios siguientes en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica del Consell de Mallorca al menos tres días hábiles antes de la fecha señalada para la realización de cada uno de los ejercicios y como máximo dos meses antes de la fecha de los ejercicios. No obstante, el consejero o consejera competente en materia de función pública del Consell de Mallorca podrá, mediante resolución, ampliar el plazo mencionado, a propuesta del tribunal, de forma motivada.
5. Tribunal calificador
El Tribunal Calificador de cada proceso selectivo es el órgano de selección encargado de llevar a cabo el procedimiento selectivo y depende del consejero o consejera competente en materia de función pública, que designa la presidencia.
La convocatoria debe establecer la composición del Tribunal Calificador, que tiene que respetar lo que establecen los capítulos V y VI del Reglamento de ingreso del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, aprobado por Decreto 27/1994, de 11 de marzo, por el cual se aprueba el reglamento de ingreso del personal al servicio de la CAIB, y las reglas que se establecen en las bases generales.
6. Ejercicios y calificaciones del turno libre
6.1. Primer ejercicio
Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en responder un cuestionario de 90 preguntas de tipo test con cuatro respuestas alternativas de las cuales sólo una será correcta. Las 80 primeras serán ordinarias y evaluables, y las 10 últimas serán de reserva. Todas las preguntas corresponderán al contenido del temario de la parte general y estarán distribuidas de manera equilibrada entre los diferentes temas.
El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos. Cada pregunta respondida correctamente se valorará con 0,125 puntos; las preguntas no resueltas, tanto si figuran todas las opciones en blanco como si figuran con más de una respuesta o si se ha señalado una respuesta sin apartado equivalente en las alternativas previstas en el ejercicio, no se valorarán. Las respuestas erróneas se penalizarán con un cuarto del valor asignado a la respuesta correcta. El test que deberán responder los aspirantes se escogerá por sorteo público llevado a cabo ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, entre un mínimo de tres alternativas diferentes.
El tiempo para desarrollar este ejercicio será de 100 minutos y para superarlo será necesario obtener una puntuación mínima de 5 puntos.
La calificación del ejercicio se hará de manera mecanizada y garantizando el anonimato.
En caso de que se acuerde anular alguna pregunta porque el planteamiento es incorrecto, porque todas las respuestas planteadas son incorrectas o porque hay más de una correcta, y también porque no hay coincidencia sustancial entra la formulación de las preguntas en las dos versiones ofrecidas en las lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma, el Tribunal establecerá en el mismo acuerdo, la sustitución, a efectos de cálculo de la calificación resultante, de las anuladas por otras tantas de reserva, y así sucesivamente, de acuerdo con el orden en que figuran en el cuestionario.
El Tribunal podrá acordar la anulación de alguna o algunas de las preguntas durante la realización del ejercicio o bien como resultado de las alegaciones presentadas a la lista provisional de aprobados. También puede anular preguntas si se detecta de oficio un error material, aritmético en cualquier momento anterior a la publicación de la lista definitiva de aprobados del ejercicio.
6.2 Segundo ejercicio
Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en responder durante un tiempo máximo 150 minutos, cinco cuestiones de tipo teórico a desarrollar de un modelo elegido por sorteo público, llevado a cabo ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, de entre dos modelos de cinco cuestiones correspondientes a la especialidad de que se trate.
Estas cuestiones corresponderán a temas diferentes del temario específico y no tienen que ser obligatoriamente una transcripción literal del enunciado o de parte del enunciado de un tema y pueden interrelacionar diferentes epígrafes de los temarios.
Se valorarán los conocimientos expuestos sobre las cuestiones que correspondan, la precisión terminológica, el rigor conceptual, la actualización y la innovación del contenido, la claridad y el orden de ideas, la calidad de la expresión escrita, la capacidad de síntesis y relacional.
En caso de que el Tribunal Calificador acuerde otros criterios en desarrollo de los criterios de valoración anteriores, los deberá publicar antes de la realización del ejercicio.
La calificación del ejercicio se hará de la manera siguiente: cada cuestión se calificará de 0 a 10 puntos, la calificación final del ejercicio será la media de la nota obtenido en cada una de las cinco cuestiones. Para superar esta prueba será necesario obtener la nota mínima de 3 puntos en cada cuestión, y que la nota media de las cinco cuestiones sea igual o superior a 5 puntos.
6.3 Tercer ejercicio
Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en resolver por escrito un caso práctico a elegir entre dos designados por sorteo público, llevado a cabo ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, entre un mínimo de cuatro alternativas diferentes, referidos al temario de la parte específica.
El tiempo para resolver este ejercicio será de 120 minutos.
Se valorarán la capacidad de análisis y de raciocinio, la sistemática y la claridad de ideas, la interpretación correcta de la normativa aplicable a los casos planteados, la actualización y la innovación del contenido.
En caso de que el Tribunal acuerde otros criterios para el desarrollo de los criterios de valoración anteriores, los deberá publicar antes de la realización del ejercicio.
La calificación del ejercicio se hará de la manera siguiente: el caso práctico se calificará de 0 a 10 puntos y para superar esta prueba será necesario obtener la nota mínima de 5 puntos.
7. Fórmula para calcular la puntuación final
La puntuación final de concurso oposición se tiene que calcular con la fórmula siguiente:
Nota del aspirante en la oposición Méritos del aspirante en el concurso
70 x -------------------------------------------- + 30 x ---------------------------------------------------
Nota máxima de la oposición Puntuación máxima en el concurso
8. Bolsa de personal funcionario interino derivada del proceso selectivo.
Este proceso selectivo generará una bolsa de personal funcionario interino que incluirá por orden de puntuación final a las personas candidatas que hayan superado como mínimo un ejercicio de la fase de oposición, de acuerdo con aquello establecido en el Decreto 30/2009, de 22 de mayo, por el cual se aprueba el procedimiento de selección de personal funcionario interino al servicio de la administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
El orden de prelación de las personas aspirantes dentro de la bolsa se determina de acuerdo con la suma total de la puntuación obtenida (fase de oposición y fase de concurso), y para los que no han superado la fase de oposición se determina únicamente por la suma de puntuaciones del ejercicio o ejercicios que hayan aprobado.
En las convocatorias se podrán aprobar listas parciales para el nombramiento de personal funcionario interino.
ANEXO VI Temario del proceso selectivo para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de Administración especial, de la subescala técnica, categoría ingeniero-a técnico-a de obras públicas, de la oferta de empleo pública correspondiente al ejercicio de 2025 del Consell de Mallorca
Parte general
Tema 1. La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido. Derechos y libertades públicas, derechos y deberes fundamentales: garantía y suspensión.
Tema 2. Las formas de organización territorial del Estado. Naturaleza jurídica y principios. El sistema de distribución de competencias
Tema 3. El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: estructura, contenido básico y principios fundamentales.
Tema 4. La Unión Europea: objetivos y naturaleza jurídica. Estructura orgánica, instituciones de la Unión Europea: el Parlamento Europeo, el Consejo Europeo, el Consejo de la Unión Europea, la Comisión Europea, el Comité Económico y Social, el Comité de las Regiones y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Tema 5. El régimen local. La administración local en la Constitución y en los estatutos de autonomía. El principio de autonomía local: significado, contenido y límites.
Tema 6. Las fuentes del derecho local. Regulación básica del Estado y normativa de las comunidades autónomas en materia de régimen local. La potestad normativa de las entidades locales: reglamentos y ordenanzas. Procedimiento de elaboración.
Tema 7. La isla como entidad local territorial. La Ley 4/2022, de 28 de junio, de Consejos Insulares: estructura, contenido básico y principios fundamentales.
Tema 8. La potestad reglamentaria y de organización de los Consejos Insulares. El Reglamento orgánico del Consell de Mallorca. Otras disposiciones organizativas del Consell de Mallorca.
Tema 9. La responsabilidad de la Administración pública: caracteres. Los requisitos de la responsabilidad. Daños indemnizables. La acción de responsabilidad. Principios del procedimiento administrativo en materia de responsabilidad. La responsabilidad patrimonial de las autoridades y el personal al servicio de las administraciones públicas.
Tema 10. La Ley orgánica 3/2018, del 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales: régimen jurídico y sus ámbitos. Vías de protección de la confidencialidad. Responsable y encargado del tratamiento. Régimen sancionador. Autoridades de control. Derechos digitales.
Tema 11. La Ley orgánica 3/2007, del 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Objeto y ámbito de aplicación. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. La Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres de las Illes Balears.
Tema 12. La Ley 19/2013, del 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. El Portal de Transparencia. La transparencia y el acceso a la información.
Parte específica
Parte 1. Contratación
Tema 13. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público. De las actuaciones relativas a la contratación de las administraciones públicas. Racionalización técnica de la contratación.
Tema 14. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público. Del contrato de obras. Del contrato de concesión de obras. Derechos y obligaciones del concesionario y prerrogativas de la administración concedente.
Tema 15. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público. Del contrato de concesión de servicios. Del contrato de suministro. Del contrato de servicios.
Tema 16. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público. Órganos competentes en materia de contratación. Registros oficiales. Gestión de la publicidad contractual.
Tema 17. RD 1098/2001, de 12 de octubre, por el cual se aprueba el Reglamento general de la Ley de contratos de las administraciones públicas.
Tema 18. Medidas de contratación pública. Ley 10/2019, de 22 de febrero, de cambio climático y transición energética.
Parte 2. Carreteras
Tema 19. Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras.
Tema 20. RD 1812/1994, de 2 de septiembre, por el cual se aprueba el Reglamento general de carreteras.
Tema 21. Ley 5/1990, de 24 de mayo, de carreteras de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Tema 22. Ley 16/2001, de 14 de diciembre, de atribución de competencias en los consejos insulares en materia de carreteras y caminos.
Tema 23. Ley 4/2014, de 20 de junio, de transportes terrestres y movilidad sostenible de las Illes Balears.
Tema 24. La ordenación territorial. Plan Territorial Insular de Mallorca
Tema 25. Plan Director Sectorial de carreteras
Parte 3. Expropiaciones
Tema 26. Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre expropiación forzosa. Concepto y fundamentos. Procedimiento general y especial. El procedimiento expropiatorio para la construcción de obras públicas.
Parte 4. Proyectos
Tema 27. El proyecto de obras. Los documentos del proyecto: memoria, anexos, pliego de prescripciones técnicas, estado de mediciones, presupuestos, plano de control de calidad, estudio de seguridad, estudio de gestión de residuos de construcción y demolición, etc.
Tema 28. Recepción de las obras públicas.
Parte 5. Medio ambiente y cambio climático
Tema 29. La importancia de la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).
Tema 30. Decreto Legislativo 1/2020, de 28 de agosto, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de evaluación ambiental de las Illes Balears.
Parte 6. Control de calidad
Tema 31. Reglamento UE 305/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2011, por el cual se establecen condiciones armonizadas para la comercialización de productos de la construcción y se deroga la Directiva 89/106/CEE del Consejo. Marcaje CE. Los eurocódigos.
Parte 7. Técnica
Tema 32. Trazado de carreteras I. Norma 3.1-IC de trazado. Trazado en planta. Trazado en alzado. Sección transversal.
Tema 33. Orden circular 32/2012. Nudos, enlaces e intersecciones. Clasificación y criterios de diseño.
Tema 34. Drenaje superficial y subsuelo. Norma 5.2-IC, sistemas de drenaje sostenible. Evaluación y gestión de riesgos de inundación.
Tema 35. Auscultación, conservación y rehabilitación de firmes. Norma 6.3-IC Rehabilitación de firmes. Obras de paso. Conceptos generales. Tipologías y materiales. Métodos constructivos y medios auxiliares. Conservación e inspección. Normativa aplicable.
Tema 36. Muros de contención. Tipo, diseño y cálculo.
Tema 37. Cementados. Técnicas de mejora del terreno. Taludes. Protección de las infraestructuras de transporte enfrente de la caída de rocas. Monitorización.
Tema 38. Puentes. Tipo y características. Condicionantes de su diseño. Principios generales de Proyecto. Criterios para la comprobación de los estados límite de servicio.
Tema 39. Túneles y excavaciones subterráneas. Procedimientos constructivos. Requisitos mínimos de seguridad. Drenajes. Inspección de túneles. Análisis de riesgos. Explotación de túneles. Equipamiento e instalaciones. Real Decreto 635/2006, de 26 de mayo, sobre requisitos mínimos de seguridad en los túneles de carreteras del Estado. Monitorización.
Tema 40. Señalización, abalizamiento y sistemas de contención. Norma 8.1-IC: señalización vertical. Definiciones. Tipologías. Características. Orden circular 6/2023 Abalizamiento. Orden circular 35/2014, sobre criterios de aplicación de sistemas de contención de vehículos.
Tema 41. Señalización. Norma 8.2-IC: marcas viales. Conceptos. Tipologías. Características.
Tema 42. Señalización de obras de carreteras. Norma 8.3-IC: Señalización de obras.
Tema 43. Movimiento de tierras. Clasificación y características de los suelos según el PG-3. Construcción de explanaciones. Construcción de terraplenes, pedraplenes y rellenos. Capacidad de soporte de las explanadas. Normas y especificaciones.
Tema 44. Caracterización y ensayos de capas granulares, suelos estabilizados, grava-cemento.
Tema 45. Firmes flexibles. Conceptos y dimensionado. Capas granulares. Tratamientos superficiales. Mezclas bituminosas.
Tema 46. Control de calidad de las mezclas bituminosas. Materiales, mezclas, puesta en obra y acabado.
Tema 47. Firmes rígidos. Concepto y dimensionado. Capas tratadas con ligantes hidráulicos. Pavimentos de hormigón. Tipología.
Tema 48. Rotondas. Concepto y clases de intersecciones giratorias. Utilidad de las rotondas. Criterios generales de implantación. Recomendaciones geométricas. Funcionamiento. Capacidad. Factores que influyen en la circulación. Características del trazado.
Tema 49. Características básicas del tráfico. Conceptos de intensidad, composición y velocidad. Densidad del tráfico. Relaciones entre intensidad, velocidad y densidad.
Tema 50. Regulación semafórica. Objeto. Tipo de semáforos: peatones, circulares para vehículos, cuadrados de carril, reservados a determinados vehículos. Diferentes tecnologías. Regulación de un cruce señalizado mediante semáforos: descripción física de los elementos, ubicación con respecto a la vía, concepto de fase, ciclo y tiempo de vaciamiento. Criterios para su implementación.
Tema 51. Alumbrado público. Normativa aplicable. Criterios de diseño. Elementos de la red de alumbrado. Obras de alumbrado. Ejecución y control de calidad. La eficiencia en la gestión de las instalaciones de alumbrado vial.
Tema 52. Directiva 2008/96/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre de 2008, sobre gestión de la seguridad de las infraestructuras viales. Seguridad vial de las infraestructuras viales.
Tema 53. Auditorías de seguridad vial. Real decreto 345/2011, de 11 de marzo, sobre gestión de la seguridad de las infraestructuras viales en la Red de Carreteras del Estado. Concepto, características y organización del proceso, etapas y desarrollo, aspectos a analizar a las diferentes etapas del proceso de auditoría. Herramientas para el desarrollo de las auditorías. Costes y resultados.
Parte 8. Conservación y explotación
Tema 54. Conservación de carreteras. Reconocimientos sistemáticos. Inspecciones especiales. Proyectos de conservación y rehabilitación.
Tema 55. Gestión de la conservación de carreteras. Contratos de conservación integral. Organización de la conservación. Operaciones básicas de vialidad. Vialidad invernal.
Tema 56. Explotación de carreteras. Zonas de dominio público, reserva y protección. Autorizaciones de obras. Transportes especiales. El inventario de la red de carreteras.
Parte 9. Seguridad y Salud
Tema 57. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales. Marco legislativo, estudios y planes, procedimientos de trabajo.
Tema 58. RD 1627/1997, de 24 de octubre, que establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.
Tema 59. Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el sector de la Construcción.
Parte 10. Información geográfica
Tema 60. Los sistemas de información geográfica. Introducción, conceptos básicos, oportunidades y ejemplos de implementación en el control de la infraestructura viaria.
ANEXO VII Convocatoria y bases específicas que tienen que regir el proceso selectivo para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de Administración especial, de la subescala técnica, categoría de: Técnico-a auxiliar informático-a, de la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio de 2025 del Consell de Mallorca
1. Normas generales
1.1 Objeto de la convocatoria y características de las plazas
1.1.1. El objeto de la convocatoria es la provisión por el sistema de turno libre de dos plazas de la subescala técnica de la Administración especial, clase técnico-a auxiliar, denominación Técnico-a auxiliar informático-a, de la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio de 2025 del Consell de Mallorca.
En este procedimiento selectivo no se establece turno de reserva para personas con discapacidad.
1.1.2 Las características de la plaza convocada son las siguientes:
Grupo: B
Escala: administración especial
Subescala: Técnica
Clase: técnico auxiliar
Denominación: Técnico auxiliar informático-a
Sistema de selección: concurso-oposición
Vinculación: funcionario –a
1.2 Procedimiento selectivo
Se establece como procedimiento selectivo el de concurso-oposición. La fase de concurso tiene que representar un 30% y la fase de oposición un 70% del resultado global del sistema selectivo.
La fase de oposición consiste en la realización de los ejercicios que se determinen en las Bases generales que tienen que regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario y laboral de la Administración Especial previstas a las ofertas de empleo público correspondientes al ejercicio de 2025 del Consell de Mallorca (BOIB nº.24, de 22 de febrero de 2025) y en estas bases específicas, con el fin de determinar la capacidad y la aptitud de las personas aspirantes. La fase de oposición tiene carácter eliminatorio y es necesario superarla para poder pasar a la fase de concurso.
La fase de concurso consiste en la valoración de los méritos que aleguen y acrediten a las personas aspirantes, según el anexo A (turno libre) de las bases generales. Esta fase no tiene carácter eliminatorio.
2. Requisitos de las personas aspirantes
2.1. Además de los que se prevén en las Bases generales:
Técnico superior de la familia profesional de informática y comunicaciones o titulación equivalente (FP II)
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Si el título procede de un estado miembro de la Unión Europea, se tiene que presentar el certificado acreditativo del reconocimiento o de la homologación del título equivalente, de conformidad con la Directiva 89/48/CEE, de 21 de diciembre de 1988, el Real decreto 1837/2008 y otras normas de transposición y despliegue.
̶ Estar en posesión del título de conocimiento de la lengua catalana de nivel B2 que se tiene que acreditar mediante alguno de los certificados siguientes:
̶ Estar en posesión del carnet de conducir B.
3. Derechos de examen
La cuantía de la tasa del derecho de examen es de 13,77 euros, de acuerdo con lo que dispone el artículo 4 de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa para el servicio de selección de personal en el ámbito del Consell de Mallorca y de sus organismos autónomos (BOIB nº. 35, de 20 de marzo de 2018 modificado por el BOIB nº. 107, de 13 de agosto de 2022), que se deberá abonar dentro del plazo de presentación de instancias, sin que se pueda abonar en ningún otro momento.
En ningún caso, el pago de la tasa eximirá del trámite de registro electrónico de la solicitud.
La falta del abono de los derechos de examen dentro del plazo de presentación de solicitudes implica la exclusión de la persona aspirante del procedimiento de selección.
4. Calendario de las pruebas
El consejero o consejera competente en materia de función pública del Consell de Mallorca tiene que aprobar la resolución en que se especifiquen la fecha, la hora y el lugar de realización del primer ejercicio de cada una de las convocatorias. Esta resolución se publicará en el BOIB y en el tablón de anuncios de la Sede electrónica Consell de Mallorca, junto con la relación definitiva de personas admitidas y excluidas de las pruebas selectivas.
Con la publicación de la lista definitiva de puntuaciones de cada ejercicio, se tiene que hacer público el anuncio de la realización de los ejercicios siguientes en el tablón de anuncios de la Sede electrónica del Consell de Mallorca al menos tres días hábiles antes de la fecha señalada para la realización de cada uno de los ejercicios y como máximo dos meses antes de la fecha de los ejercicios. No obstante, el consejero o consejera competente en materia de función pública del Consell de Mallorca podrá, mediante resolución, ampliar el plazo mencionado, a propuesta del tribunal, de forma motivada.
5. Tribunal calificador
El Tribunal Calificador de cada proceso selectivo es el órgano de selección encargado de llevar a cabo el procedimiento selectivo y depende del consejero o consejera competente en materia de función pública, que designa la presidencia.
La composición del Tribunal Calificador, debe respetar lo que establecen los capítulos V y VI del Reglamento de ingreso del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, aprobado por Decreto 27/1994, de 11 de marzo, por el cual se aprueba el reglamento de ingreso del personal al servicio de la CAIB, y las reglas que se establecen en las bases generales.
6. Ejercicios y calificaciones del turno libre
Primer ejercicio
Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en responder un cuestionario de 80 preguntas de tipo test con cuatro respuestas alternativas de las cuales sólo una será correcta. Las 70 primeras serán ordinarias y evaluables, y las 10 últimas serán de reserva. Todas las preguntas corresponderán al contenido del temario de la parte general y estarán distribuidas de manera equilibrada entre los diferentes temas.
El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos. Cada pregunta respuesta correctamente se valorará con 0,143 puntos; las preguntas no resueltas, tanto si figuran todas las opciones en blanco como si figuran con más de una respuesta o si se ha señalado una respuesta sin apartado equivalente en las alternativas previstas en el ejercicio, no se valorarán. Las respuestas erróneas se penalizarán con un cuarto del valor asignado a la respuesta correcta. El test que deberán responder los aspirantes se escogerá por sorteo público llevado a cabo ante los aspirantes, antes de la realización las pruebas, entre un mínimo de tres alternativas diferentes.
El tiempo para desarrollar este ejercicio será de 90 minutos y para superarlo será necesario obtener una puntuación mínima de 5 puntos.
La calificación del ejercicio se hará de manera mecanizada y garantizando el anonimato.
En caso de que se acuerde anular alguna pregunta porque el planteamiento es incorrecto, porque todas las respuestas planteadas son incorrectas o porque hay más de una correcta, y también porque no hay coincidencia sustancial entra la formulación de las preguntas en las dos versiones ofrecidas en las lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma, el Tribunal establecerá en el mismo acuerdo, la sustitución, a efectos de cálculo de la calificación resultante, de las anuladas por otros tantas de reserva, y así sucesivamente, de acuerdo con la orden en que figuran en el cuestionario.
El Tribunal podrá acordar la anulación de alguna o algunas de las preguntas durante la realización del ejercicio o bien como resultado de las alegaciones presentadas a la lista provisional de aprobados. También puede anular preguntas si se detecta de oficio un error material, aritmético en cualquier momento anterior a la publicación de la lista definitiva de aprobados del ejercicio.
Segundo ejercicio
Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en responder durante un tiempo máximo 90 minutos, tres cuestiones de tipo teórico a desarrollar de un modelo elegido por sorteo público, llevado a cabo ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, de entre dos modelos de cinco cuestiones correspondientes a la especialidad de que se trate.
Estas cuestiones corresponderán a temas diferentes del temario específico y no tienen que ser obligatoriamente una transcripción literal del enunciado o de parte del enunciado de un tema y pueden interrelacionar diferentes epígrafes del temario.
Se valorarán los conocimientos expuestos sobre las cuestiones que correspondan, la precisión terminológica, el rigor conceptual, la actualización y la innovación del contenido, la claridad y el orden de ideas, la calidad de la expresión escrita, la capacidad de síntesis y relacional.
En caso de que el Tribunal Calificador acuerde otros criterios en desarrollo de los criterios de valoración anteriores, los deberá publicar antes de la realización del ejercicio.
La calificación del ejercicio se hará de la manera siguiente: cada cuestión se calificará de 0 a 10 puntos, la calificación final del ejercicio será la media de la nota obtenida en cada una de las tres cuestiones. Para superar esta prueba será necesario obtener la nota mínima de 3 puntos en cada cuestión, y que la nota media de las cinco cuestiones sea igual o superior a 5 puntos.
Tercer ejercicio
Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en resolver por escrito un caso práctico a elegir entre dos designados por sorteo público, llevado a cabo ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, entre un mínimo de cuatro alternativas diferentes, referidos al temario de la parte específica.
El tiempo para resolver este ejercicio será de 120 minutos.
Se valorarán la capacidad de análisis y de raciocinio, la sistemática y la claridad de ideas, la interpretación correcta de la normativa aplicable a los casos planteados, la actualización y la innovación del contenido.
En caso de que el Tribunal acuerde otros criterios en desarrollo de los criterios de valoración anteriores, los deberá publicar antes de la realización del ejercicio.
La calificación del ejercicio se hará de la manera siguiente: el caso práctico se calificará de 0 a 10 puntos y para superar esta prueba será necesario obtener la nota mínima de 5 puntos.
7. Fórmula para calcular la puntuación final
La puntuación final de concurso oposición se tiene que calcular con la fórmula siguiente:
Nota del aspirante en la oposición Méritos del aspirante en el concurso
70 x -------------------------------------------------- + 30 x -----------------------------------------------
Nota máxima de la oposición Puntuación máxima en el concurso
8. Bolsa de personal funcionario interino derivada del proceso selectivo.
Este proceso selectivo generará una bolsa de personal funcionario interino que incluirá por orden de puntuación final a las personas candidatas que hayan superado como mínimo un ejercicio de la fase de oposición, de acuerdo con aquello establecido en el Decreto 30/2009, de 22 de mayo, por el cual se aprueba el procedimiento de selección de personal funcionario interino al servicio de la administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
La orden de prelación de las personas aspirantes dentro de la bolsa se determina de acuerdo con la suma total de la puntuación obtenida (fase de oposición y fase de concurso), y para los que no han superado la fase de oposición se determina únicamente por la suma de puntuaciones del ejercicio o ejercicios que hayan aprobado.
En las convocatorias se podrá prever la aprobación de listas parciales para el nombramiento de personal funcionario interino.
ANEXO VIII Temario del proceso selectivo para cubrir para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de Administración especial, de la subescala técnica, categoría de: Técnico-a auxiliar informático-a, de la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio de 2025 del Consell de Mallorca
Parte general
Tema 1. La Constitución Española de 1978: contenido básico. Derechos y libertades públicas, Derechos y Deberes fundamentales.
Tema 2. El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: contenido básico y principios fundamentales.
Tema 3. El régimen local. La Administración Local en la Constitución y en los estatutos de autonomía. El principio de autonomía local: significado, contenido y límites.
Tema 4. La Unión Europea: objetivos y naturaleza jurídica. Instituciones de la Unión Europea.
Tema 5. Las fuentes del Derecho Local. Regulación básica del Estado y normativa de las comunidades autónomas en materia de régimen local. La potestad normativa de las entidades locales: reglamentos y ordenanzas.
Tema 6. La isla como entidad local territorial. La Ley 4/2022, de 28 de junio, de Consejos Insulares: estructura, contenido básico y principios fundamentales.
Tema 7. La potestad reglamentaria y de organización de los Consejos Insulares. El Reglamento orgánico del Consell de Mallorca. Otras disposiciones organizativas del Consell de Mallorca.
Tema 8. La responsabilidad de la Administración pública: caracteres. Los requisitos de la responsabilidad. Daños indemnizables.
Tema 9. La Ley orgánica 3/2007, del 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Objeto y ámbito de aplicación. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación.
Tema 10. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales: ámbito de aplicación. Derechos y deberes. Principios de la acción preventiva. Evaluación de riesgos. Obligaciones de los trabajadores en materia de prevención de riesgos. Comité de Seguridad y Salud.
Parte específica
Tema 11. CPUs y GPUs. Definición y funciones. Arquitectura. Diferencias clave. Evolución y tendencias actuales.
Tema 12. Sistemas operativos. Conceptos generales. Clasificaciones. Evolución y tendencias.
Tema 13. Sistemas operativos: Windows y Linux. Características técnicas, funcionales y de administración. Sistemas operativos para dispositivos móviles.
Tema 14. Computación en la nube (cloud computing). Definición y características principales. Modelos de servicio: IaaS, PaaS, SaaS. Modelos de despliegue: nubes privadas, públicas e híbridas.
Tema 15. Virtualización y gestión de máquinas virtuales. Modelos de virtualización. Virtualización de plataforma: conceptos generales, hipervisores y paradigmas de virtualización de plataforma. Virtualización de centro de datos y del puesto de trabajo.
Tema 16. Almacenaje de datos: arquitectura, tipo, componentes, protocolos, gestión y administración. Virtualización del almacenaje.
Tema 17. Copias de seguridad y recuperación de datos.
Tema 18. Arquitectura cliente-servidor, arquitectura multicapa y de N capas. Arquitectura orientada a servicios web SOA.
Tema 19. Arquitectura SOA. Servicios web SOAP: conceptos generales, protocolos asociados, interoperabilidad y seguridad. Servicios web RISTRE.
Tema 20. Lenguajes de programación. Paradigmas y características técnicas. Descripción de los lenguajes actuales según estas características y paradigmas.
Tema 21. El lenguaje SQL: DDL, DCL y DML.
Tema 22. Arquitectura Java EE/Jakarta EE. Características de funcionamiento. Elementos constitutivos. Productos y herramientas. Persistencia. Seguridad.
Tema 23. Arquitectura de desarrollo de aplicaciones web. Conceptos generales. Desarrollo web front-end: conceptos generales, bibliotecas y frameworks. Desarrollo web en el servidor. Servidor web. Servidor de aplicaciones. Acceso a bases de datos.
Tema 24. Java: sintaxis, paquetes, clases y objetos. Tipos básicos de datos. Operadores. Sentencias de control e iterativas. Interfaces, herencia y polimorfismo.
Tema 25. XML: conceptos generales, DTD y XSD. Hojas de estilo. JSON. XML vs JSON.
Tema 26. El estándar HTML5, CSS3, JavaScript. Frameworks de desarrollo Web.
Tema 27. Aplicaciones web. Internacionalización y localización Accesibilidad. Usabilidad. Diseño universal. Diseño adaptativo (adaptive design) y diseño responsivo (responsive design).
Tema 28. Aplicaciones móviles. Tipo de aplicaciones móviles: web, híbridas y nativas. Plataformas principales: Android, iOS. Tendencias de aplicaciones.
Tema 29. Tecnología de la programación. Tipos abstractos de datos. Algoritmos de busca y ordenación. Recursividad. Complejidad.
Tema 30. Metodologías ágiles. Scrum, Kanban y XP (eXtreme Programming).
Tema 31. Pruebas. Planificación y documentación. Utilización de datos de prueba. Pruebas de software, hardware, procedimientos y datos.
Tema 32. Gestión de la configuración de los sistemas de información. Control de cambios y de versiones. Evaluación y monitorización del rendimiento de sistemas, infraestructuras y servicios. Gestión de la capacidad. Herramientas y técnicas utilizables.
Tema 33. Mantenimiento de equipos e instalaciones. Tipo de mantenimiento. Gestión de incidencias.
Tema 34. Redes locales. Tipología, protocolos y técnicas de transmisión. Métodos de acceso. Dispositivos de interconexión.
Tema 35. Modelo TCP/IP: definición y capas. Internet. Protocolos de la capa de aplicación de Internet.
Tema 36. Servicios de Internet: evolución, estado actual y perspectivas de futuro. Internet de las Cosas (IoT).
Tema 37. Sistemas de comunicaciones móviles. Generaciones de tecnologías de telefonía móvil. Soluciones de gestión de dispositivos móviles (MDM, EMM, UEM).
Tema 38. Redes sin hilos: Wi-fi, Bluetooth. Protocolos. Características funcionales y técnicas.
Tema 39. La seguridad en las redes. Seguridad perimetral. Control de accesos. Técnicas criptográficas y protocolos seguros. Mecanismos de firma digital. Redes privadas virtuales. Seguridad en el lugar del usuario.
Tema 40. Centros de asistencia a usuarios (help desk). Modelos de gestión. Funciones y servicios. Herramientas.
Tema 41. Las herramientas ofimáticas: procesador de textos, hoja de cálculo, presentaciones, bases de datos personales, navegador de internet y correo electrónico. Suites ofimáticas. Las herramientas ofimáticas en la nube.
Tema 42. Sistemas de videoconferencia. Protocolos. Dimensionado y calidad de servicio a las comunicaciones y acondicionamiento de salas y equipos.
Tema 43. Sistemas de gestión documental y de contenidos. Sistemas de gestión de flujos de trabajos. Busca de información: robots, spiders, otros. Posicionamiento y buscadores (SEO). Herramientas de trabajo colaborativo y redes sociales.
Tema 44. Plataformas de formación en línea (e-learning). Conceptos generales. Tipo de e-learning. Herramientas utilizadas en este tipo de formación.
Tema 45. Interfaces HDMI y USB. Funciones principales y características. Tipo de puertos. Aplicaciones.
Tema 46. Esquema Nacional de Interoperabilidad: Normas técnicas. Esquema nacional de Seguridad: principios básicos, política de seguridad y requisitos mínimos de seguridad.
Tema 47. Módulos que conforman una plataforma de administración electrónica.
Tema 48. Portal de Administración electrónica (PAE). Red SARA. Infraestructuras y servicios comunes que la Administración general del Estado ofrece a las administraciones en materia de Administración electrónica.
Tema 49. Herramientas de análisis de información. OLTP y OLAP. Sistemas de apoyo a las decisiones (SÁ) y sistemas de información ejecutiva (EIS) Aplicación en la gestión de datos (datawarehouse), minería de datos (data mining) y datos masivos (big data).
Tema 50. Inteligencia artificial (IA) y aprendizaje automático (machine learning) Fundamentos, tecnologías asociadas y áreas de aplicación. Beneficios y riesgos de l'IA. Ética de la IA.