Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
Núm. 37183
Resolución del consejero de Hacienda y Función Pública que aprueba las bases específicas, los temarios y las convocatorias que tienen que regir los procesos selectivos, mediante el sistema de concurso oposición, para cubrir las plazas de vacantes de personal funcionario de Administración Especial, de la subescala técnica, de Técnico –ca Grado Medio Especialista Ergonomía y Psicosociología Aplicada, de Técnico –ca Grado Medio de Emergencias y de Técnico –ca Grado Medio, de la oferta de empleo público correspondientes al ejercicio de 2024 del Consell de Mallorca
El artículo 91.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, prevé que las corporaciones locales formularán públicamente su oferta de empleo, ajustándose a los criterios fijados a la normativa básica estatal, y el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, establece que las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que se tengan que proveer mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de la oferta de empleo público, o a través de otro instrumento similar de gestión de la provisión de las necesidades de personal.
Por otra parte, el artículo 193 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears, añade, entre otras cosas, que la oferta de empleo público tiene que indicar la escala , la subescala , la clase o la especialidad del personal funcionario, o el nivel y la categoría profesional del personal laboral a que correspondan las plazas vacantes y también que la oferta de empleo se tiene que publicar en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
La oferta de empleo público para el año 2024, en virtud de la prórroga automática de los presupuestos generales del Estado para el año 2023, de acuerdo con la previsión del artículo 134.4 de la Constitución, se encuentra regulada a la Ley 31/2022, de 23 de diciembre. Visto lo cual, el Consell de Mallorca ha aprobado la oferta de empleo público para el año 2024, derivada de la tasa de reposición de efectivos ordinaria (BOIB nº. 78, de 11 de junio de 2024). La oferta de empleo público del Consell de Mallorca para el año 2024 prevé, entre otros, la reposición de efectivos siguientes:
Grupo o subgrupo según el RDL 5/2015: A2. Clasificación: Escala de Administración Especial, subescala técnica, clase de técnico medio. Número de vacantes: una. Denominación: Técnico –ca en Grado Medio Especialista Ergonomía y Psicosociología Aplicada.
Grupo o subgrupo según el RDL 5/2015: A2. Clasificación: Escala de Administración Especial, subescala técnica, clase de Técnico Medio. Número de vacantes: dos. Denominación: Técnico –ca Grado Medio de Emergencias.
Grupo o subgrupo según el RDL 5/2015: A2. Clasificación: Escala de Administración Especial, subescala técnica, clase de Técnico Medio. Número de vacantes: dos (una por el turno libre y una por promoción interna). Denominación: Técnico –ca en Grado Medio .
En fecha 12 de junio de 2024 (BOIB nº. 80, de 15 de junio de 2024) se han aprobado las Bases generales que constituyen el régimen jurídico que tiene que regir de manera uniforme el desarrollo de los procesos selectivos de personal funcionario de la Administración Especial tanto con respecto al turno libre, como con respecto a la promoción interna y al turno de personas con discapacidad, que engloba la oferta pública del año 2024 del Consell de Mallorca, salvo las plazas clasificadas en la escala de Administración Especial, subescala de servicios especiales, clase de servicio de extinción de incendios, que se tienen que negociar en el seno de la Mesa sectorial en el ámbito del personal del área operativa del Servicio de los Bomberos de Mallorca y, si es el caso, de las plazas vacantes de la Administración Especial de las especialidades o categorías con correspondencia entre el Consell de Mallorca y el IMAS, de las ofertas de empleo público correspondientes a los ejercicios de 2021 y 2023 y de las ofertas de empleo público derivadas del Plan estratégico para la reducción de la temporalidad del IMAS aprobado por el Consejo Rector día 15 de diciembre de 2023. Todo eso sin perjuicio de las especificidades, derivadas de las características de las diferentes escalas , subescalas , clases y categorías o especialidades, que se tienen que recoger, en las bases específicas de cada convocatoria.
Mediante Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de 4 de septiembre de 2024, se ha aprobado la modificación y rectificación de errores de la Resolución de 12 de junio de 2024 (BOIB nº. 118, de 7 de septiembre de 2024).
El artículo 2 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos en los que tiene que ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local, dispone que el ingreso en la función pública local se tiene que realizar, con carácter general, mediante el sistema de oposición, a menos que por la naturaleza de las plazas o de las funciones a desarrollar, sea más adecuada la utilización del sistema de concurso-oposición o de concurso. En estos casos, la naturaleza de las plazas a convocar así como sus funciones, al tratarse de plazas vacantes de la escala de Administración Especial, son de carácter específico, y hacen conveniente establecer como sistema de selección el de concurso oposición, con el fin de valorar tanto la experiencia como la formación específica de las especialidades correspondientes.
Con respecto a la administración local, el artículo 100 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, dispone que corresponde a la Administración General del Estado establecer reglamentariamente las reglas básicas y los temarios mínimos a los cuales se tiene que ajustar el procedimiento de selección del personal funcionario. Al amparo de esta atribución, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, establece las reglas básicas y los programas mínimos a que se tiene que ajustar el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local y lo hace con carácter básico de acuerdo con el artículo 149.1.18 de la Constitución Española.
La disposición adicional primera de la Ordenanza por la cual se regula la Administración electrónica del Consell de Mallorca y los organismos dependientes (aprobada por Acuerdo del Pleno del Consell de Mallorca en sesión de 14 de febrero de 2013 y publicado en el BOIB nº. 69 de 16 de mayo de 2013, modificada por Acuerdo del Pleno del Consell de Mallorca en sesión de 9 de junio de 2022 y publicado en el BOIB nº. 122, de 17 de septiembre de 2022), establece que las personas que participen en los procesos selectivos convocados por las entidades incluidas en el ámbito de aplicación de la Ordenanza tienen que presentar las solicitudes y la documentación y, si procede , la subsanación, procedimientos de impugnación de las actuaciones de estos procesos selectivos, así como cualquier otra actuación relacionada con el procedimiento, por medios electrónicos. El deber de relacionarse con la Administración insular por medios telemáticos comprenderá la obligación de recibir notificaciones electrónicas en el caso de aquellos actos o incidencias que requieran una comunicación personal. La presentación de solicitudes, escritos y documentos, así como las comunicaciones por medios telemáticos supone una mayor agilidad en la tramitación de los procedimientos y facilita la accesibilidad de los ciudadanos, que pueden hacer las gestiones necesarias desde cualquier lugar y hora, dentro de los plazos previstos en la convocatoria.
De lo contrario, la Ordenanza por la cual se regula la Administración electrónica del Consell de Mallorca y los organismos dependientes prevé que, por causas excepcionales debidamente motivadas, las convocatorias podrán habilitar, en relación con el respectivo proceso selectivo, la utilización de medios no electrónicos para todo el mundo o para parte de los trámites y actuaciones. De igual manera, el órgano convocante, cuando se presenten circunstancias sobrevenidas de carácter técnico o de cualquier otra naturaleza, podrá autorizar motivadamente el uso de medios no electrónicos para la relación de las personas aspirantes con la Administración, en aquellos trámites en los cuales pueda resultar necesario, teniendo que incluirse una referencia a esta posibilidad en las convocatorias correspondientes.
El artículo 28.1.e) de la Ley de Consejos Insulares atribuye en el Consejo ejecutivo la competencia consistente al aprobar las bases de las convocatorias de selección y provisión de puestos de trabajo y cualquier otra actuación en materia de personal que no esté expresamente atribuida a otro órgano. De lo contrario, mediante el Acuerdo del Consejo Ejecutivo, de día 28 de septiembre de 2022, (BOIB nº. 128, de 1 de octubre de 2022) se delegan determinadas competencias en materia de personal en el consejero competente en materia de Función Pública.
Consta al expediente el informe jurídico favorable, de fecha 16 de diciembre de 2024, con dos observaciones que se han incorporado a ésta Resolución.
Consta al expediente el informe económico que establece que la propuesta de resolución cuenta con Crédito adecuado y suficiente, y cumple con el principio de estabilidad presupuestaria, de fecha 17 de diciembre de 2024.
Consta en el expediente informe favorable de fiscalización, de fecha 18 de diciembre de 2024.
Por todo lo anterior, de acuerdo con lo que establece el Acuerdo del Consejo Ejecutivo de día 28 de septiembre de 2022 (BOIB nº. 128, de 1 de octubre de 2022) por el cual se delega la competencia, dicto la siguiente:
Resolución
1. Aprobar las convocatorias, las bases específicas y los temarios del turno libre y del turno de promoción interna, si es el caso, de que tienen que regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de la Administración Especial de la oferta de empleo público del Consell de Mallorca, correspondiente al ejercicio de 2024, siguientes:
Grupo o subgrupo según el RDL 5/2015: A2. Clasificación: escala de Administración Especial, subescala Técnica, clase de Técnico –ca Medio. Número de vacantes: una. Denominación: Técnico –ca en Grado Medio Especialista Ergonomía y Psicosociología Aplicada, que se adjuntan como anexo I y II.
Grupo o subgrupo según el RDL 5/2015: A2. Clasificación: escala de Administración Especial, subescala técnica, clase de Técnico –ca Medio. Número de vacantes: dos. Denominación: Técnico –ca Grado Medio de Emergencias, que se adjuntan como anexo III y IV.
Grupo o subgrupo según el RDL 5/2015: A2. Clasificación: escala de Administración Especial, subescala técnica, clase de Técnico –ca Medio. Número de vacantes: dos (una por el turno libre y una por promoción interna). Denominación: Técnico –ca Grado Medio, que se adjuntan como anexo V y VI.
2. Publicar esta Resolución y sus anexos en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB) y en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica del Consell de Mallorca.
3. Publicar el anuncio de las convocatorias en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
4. Establecer que estas convocatorias se rigen por la Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública del Consell de Mallorca, de 12 de junio de 2024, que aprueba las Bases generales que tienen que regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración Especial de la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024 del Consell de Mallorca y de las ofertas de empleo público correspondientes a los ejercicios de 2021 y 2023 del IMAS y de las ofertas de empleo público derivadas del Plan estratégico para la reducción de la temporalidad del IMAS, aprobado por el Consejo Rector día 15 de diciembre de 2023 (BOIB nº. 80, de 15 de junio de 2024), modificada por Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de 4 de septiembre de 2024 (BOIB nº. 118, de 7 de septiembre de 2024).
5. Establecer que el plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días naturales, a contar a partir del día siguiente de la publicación del anuncio de la convocatoria correspondiente en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
6. Establecer, a efectos del artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que el modelo específico de solicitud de participación y de autobaremación de méritos están incluidos dentro del trámite telemático que se encuentra disponible en el Portal de Selección (https://seleccio.conselldemallorca.cat/) y en la Sede Electrónica del Consell de Mallorca (https://seu.conselldemallorca.net/ca-SE/).
7. Establecer que, cuando de acuerdo con las bases específicas, haya turno de reserva de personas con discapacidad, en el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán, para las personas con discapacidad que lo soliciten, las adaptaciones posibles de tiempo y de medios para realizarlas.
8. Establecer que los Tribunales Calificadores de los procesos selectivos objeto de las convocatorias tienen que estar constituidos por tres miembros titulares, con el mismo número de suplentes, y que el nombramiento se tiene que publicar en el Boletín Oficial de las Illes Balears y a la Sede Electrónica del Consell de Mallorca una vez finalizado el periodo de presentación de instancias.
9. Establecer que, junto con la Resolución del consejero o consejera competente en materia de función pública del Consell de Mallorca que establece la relación definitiva de personas admitidas y excluidas de las pruebas selectivas, se especificarán el lugar , la fecha y la hora de realización del primer ejercicio de cada una de las convocatorias, dentro del segundo semestre del año 2025, y en su caso, el orden de actuación de los aspirantes .
Interposición de recursos
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer el recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno dentro del plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con aquello que prevén los artículos 66.2 y 18 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, en relación con el artículo 34 del Reglamento Orgánico del Consejo Insular de Mallorca, aprobado por Acuerdo del Pleno de 12 de abril de 2018, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Palma, al día de la firma electrónica (15 de enero de 2025)
El consejero ejecutivo del Departamento de Hacienda y Función Pública (por delegación del Consejo Ejecutivo, según acuerdo de día 28 de septiembre de 2022, BOIB nº. 128, de 1 de octubre de 2022) Rafael Ángel Bosch Sans
ANEXO I Convocatoria y bases específicas que tienen que regir el proceso selectivo para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de Administración Especial, de la subescala técnica, categoría de Técnico –ca Grado Medio Especialista Ergonomía y Psicosociología Aplicada, de la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio de 2024 del Consell de Mallorca
1. Normas generales
1.1 Objeto de la convocatoria y características de las plazas
1.1.1. El objeto de la convocatoria es la provisión de una plaza de la subescala técnica de la Administración Especial, clase de técnico medio, denominación Técnico –ca en Grado Medio Especialista Ergonomía y Psicosociología Aplicada, de la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio de 2024 del Consell de Mallorca, distribuidas de la forma siguiente:
1.1.2 Las características de las plazas convocadas son las siguientes:
Grupo: A
Subgrupo: A2
Escala : Administración Especial
Subescala : técnica
Clase: técnico medio
Denominación: Técnico –ca en Grado Medio Especialista Ergonomía y Psicosociología Aplicada
Sistema de selección: concurso-oposición
Vinculación: funcionario –ria
1.2 Procedimiento selectivo
Se establece como procedimiento selectivo el de concurso-oposición. La fase de concurso tiene que representar un 30% y la fase de oposición un 70% del resultado global del sistema selectivo.
La fase de oposición consiste en la realización de los ejercicios que se determinen en las Bases generales que tienen que regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración Especial (BOIB núm.80, de 15 de junio de 2024) y en estas bases específicas con el fin de determinar la capacidad y la aptitud de las personas aspirantes. La fase de oposición tiene carácter eliminatorio y es necesario superarla para poder pasar a la fase de concurso.
La fase de concurso consiste en la valoración de los méritos que aleguen y acrediten las personas aspirantes, según el anexo A (turno libre) de las bases generales. Esta fase no tiene carácter eliminatorio.
2. Requisitos de las personas aspirantes
2.1. Además de los que se prevén en las Bases generales:
̶ Estar en posesión de alguna de las titulaciones siguientes:
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero tendrán que estar en posesión de la correspondiente homologación o, si procede , del correspondiente certificado de equivalencia. Si el título procede de un estado miembro de la Unión Europea, se tiene que presentar el certificado acreditativo del reconocimiento o de la homologación del título equivalente, de conformidad con la Directiva 89/48/CEE, de 21 de diciembre de 1988, el Real decreto 1837/2008 y otras normas de transposición y despliegue.
̶ Estar en posesión del título de conocimiento de la lengua catalana de nivel B2 que se tiene que acreditar mediante alguno de los certificados siguientes:
̶ Estar en posesión del carnet de conducir B.
̶ Estar en posesión del Curso 600 horas en ergonomía y psicosociología aplicada, previsto en el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, que aprueba el Reglamento de los Servicios Prevención.
3. Derechos de examen
La cuantía de la tasa del derecho de examen es de 27,57 euros, de acuerdo con lo que dispone el artículo 4 de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa para el servicio de selección de personal en el ámbito del Consell de Mallorca y de sus organismos autónomos (BOIB nº. 35, de 20 de marzo de 2018 modificado por el BOIB nº. 107, de 13 de agosto de 2022), que se tendrá que abonar dentro del plazo de presentación de instancias, sin que se pueda abonar en ningún otro momento.
En ningún caso, el pago de la tasa eximirá del trámite de registro electrónico de la solicitud.
La falta del abono de los derechos de examen dentro del plazo de presentación de solicitudes implica la exclusión de la persona aspirante del procedimiento de selección.
4. Calendario de las pruebas
El consejero o consejera competente en materia de función pública del Consell de Mallorca tiene que aprobar la resolución en que se especifiquen la fecha, la hora y el lugar de realización del primer ejercicio de cada una de las convocatorias. Esta resolución se tiene que publicar en el BOIB y en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica Consell de Mallorca, junto con la relación definitiva de personas admitidas y excluidas de las pruebas selectivas.
Con la publicación de la lista definitiva de puntuaciones de cada ejercicio, se tiene que hacer público el anuncio de la realización de los ejercicios siguientes en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica del Consell de Mallorca al menos tres días hábiles antes de la fecha señalada para la realización de cada uno de los ejercicios y como máximo dos meses antes de la fecha de los ejercicios. No obstante, el consejero o consejera competente en materia de función pública del Consell de Mallorca podrá, mediante resolución, ampliar el plazo mencionado, a propuesta del tribunal, de forma motivada.
5. Tribunal calificador
El Tribunal Calificador de cada proceso selectivo es el órgano de selección encargado de llevar a cabo el procedimiento selectivo y depende del consejero o consejera competente en materia de función pública, que designa la presidencia.
La convocatoria tiene que establecer la composición del Tribunal Calificador, que tiene que respetar lo que establecen los capítulos V y VI del Reglamento de ingreso del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, aprobado por Decreto 27/1994, de 11 de marzo, por el cual se aprueba el Reglamento de ingreso del personal al servicio de la CAIB, y las reglas que se establecen en las bases generales.
6. Ejercicios y calificaciones del turno libre
6.1.Primer ejercicio
Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en responder un cuestionario de 90 preguntas de tipo test con cuatro respuestas alternativas de las cuales sólo una será correcta. Las 80 primeras serán ordinarias y evaluables, y las 10 últimas serán de reserva. Todas las preguntas corresponderán al contenido del temario de la parte general y estarán distribuidas de manera equilibrada entre los diferentes temas.
El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos. Cada pregunta respuesta correctamente se valorará con 0,125 puntos; las preguntas no resueltas, tanto si figuran todas las opciones en blanco como si figuran con más de una respuesta o si se ha señalado una respuesta sin apartado equivalente en las alternativas previstas en el ejercicio, no se valorarán. Las respuestas erróneas se penalizarán con un cuarto del valor asignado en la respuesta correcta. El test que tendrán que responder los aspirantes se escogerá por sorteo público llevado a cabo ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, entre un mínimo de tres alternativas diferentes.
El tiempo para desarrollar este ejercicio será de 100 minutos y para superarlo será necesario obtener una puntuación mínima de 5 puntos.
La calificación del ejercicio se hará de manera mecanizada y garantizando el anonimato.
En caso de que se acuerde anular alguna pregunta porque el planteamiento es incorrecto, porque todas las respuestas planteadas son incorrectas o porque hay más de una correcta, y también porque no hay coincidencia sustancial entra la formulación de las preguntas en las dos versiones ofrecidas en las lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma, el Tribunal establecerá en el mismo acuerdo, la sustitución, a efectos de cálculo de la calificación resultante, de las anuladas por otros tantas de reserva, y así sucesivamente, de acuerdo con el orden en que figuran en el cuestionario.
El Tribunal podrá acordar la anulación de alguna o algunas de las preguntas durante la realización del ejercicio o bien como resultado de las alegaciones presentadas a la lista provisional de aprobados. También puede anular preguntas si se detecta de oficio un error material, aritmético en cualquier momento anterior a la publicación de la lista definitiva de aprobados del ejercicio.
6.2 Segundo ejercicio
Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en responder durante un tiempo máximo 150 minutos, cinco preguntas de tipo teórico a desarrollar de un modelo elegido por sorteo público, llevado a término ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, de entre dos modelos de cinco cuestiones correspondientes a la especialidad de que se trate.
Estas preguntas corresponderán a temas diferentes del temario específico y no tienen que ser obligatoriamente una transcripción literal del enunciado o de parte del enunciado de un tema y pueden interrelacionar diferentes epígrafes de los temario.
Se valorarán los conocimientos expuestos sobre las preguntas que correspondan, la precisión terminológica, el rigor conceptual, la actualización y la innovación del contenido, la claridad y el orden de ideas, la calidad de la expresión escrita, la capacidad de síntesis y relacional.
En caso de que el Tribunal Calificador acuerde otros criterios en desarrollo de los criterios de valoración anteriores, los tendrá que publicar antes de la realización del ejercicio.
La calificación del ejercicio se hará de la manera siguiente: cada cuestión se calificará de 0 a 10 puntos, la calificación final del ejercicio será la media de la nota obtenido en cada una de las cinco cuestiones. Para superar esta prueba será necesario obtener la nota mínima de 3 puntos en cada pregunta, y que la nota media de las cinco preguntas sea igual o superior a 5 puntos.
6.3 Tercer ejercicio
Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en resolver por escrito un caso práctico a elegir entre dos designados por sorteo público, llevado a término ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, entre un mínimo de cuatro alternativas diferentes, referidos al temario de la parte específica.
El tiempo para resolver este ejercicio será de 120 minutos.
Se valorarán la capacidad de análisis y de raciocinio, la sistemática y la claridad de ideas, la interpretación correcta de la normativa aplicable a los casos planteados, la actualización y la innovación del contenido.
En caso de que el Tribunal acuerde otros criterio en por el desarrollo de los criterios de valoración anterior, los tendrá que publicar antes de la realización del ejercicio.
La calificación del ejercicio se hará de la manera siguiente: el caso práctico se calificará de 0 a 10 puntos y para superar esta prueba será necesario obtener la nota mínima de 5 puntos.
7. Fórmula para calcular la puntuación final
En el caso del turno libre, la puntuación final de concurso oposición se tiene que calcular con la fórmula siguiente:
Nota del aspirante en la oposición Méritos del aspirante en el concurso
70 x -------------------------------------------------- + 30 x -----------------------------------------------
Nota máxima de la oposición Puntuación máxima en el concurso
8. Bolsa de personal funcionario interino derivada del proceso selectivo
Este proceso selectivo generará una bolsa de personal funcionario interino que incluirá por orden de puntuación final a las personas candidatas que hayan superado como mínimo un ejercicio de la fase de oposición, de acuerdo con aquello establecido en el Decreto 30/2009, de 22 de mayo, por el cual se aprueba el procedimiento de selección de personal funcionario interino al servicio de la administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
La orden de prelación de las personas aspirantes dentro de la bolsa se determina de acuerdo con la suma total de la puntuación obtenida (fase de oposición y fase de concurso), y para los que no han superado la fase de oposición se determina únicamente por la suma de puntuaciones del ejercicio o ejercicios que hayan aprobado.
En las convocatorias se podrá prever la aprobación de listas parciales para el nombramiento de personal funcionario interino.
ANEXO II Temario del proceso selectivo para cubrir las plazas de vacantes de personal funcionario de Administración Especial, de la subescala técnica, categoría de Técnico -a Grado Medio Especialista Ergonomía y Psicosociología Aplicada de la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio de 2024 del Consell de Mallorca
Temario general
Tema 1. La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido. Derechos y libertades públicas, derechos y deberes fundamentales: garantía y suspensión.
Tema 2. Las formas de organización territorial del Estado. Naturaleza jurídica y principios. El sistema de la distribución de competencias
Tema 3. El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: estructura, contenido básico y principios fundamentales.
Tema 4. La Unión Europea: objetivos y naturaleza jurídica. Estructura orgánica, instituciones de la Unión Europea: el Parlamento Europeo, el Consejo Europeo, el Consejo de la Unión Europea, la Comisión Europea, el Comité Económico y Social, el Comité de las Regiones y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Tema 5. El régimen local. La administración local en la Constitución y en los estatutos de autonomía. El principio de autonomía local: significado, contenido y límites.
Tema 6. Las fuentes del derecho local. Regulación básica del Estado y normativa de las comunidades autónomas en materia de régimen local. La potestad normativa de las entidades locales: reglamentos y ordenanzas. Procedimiento de elaboración.
Tema 7. La isla como entidad local territorial. La Ley 4/2022, de 28 de junio, de Consejos Insulares: estructura, contenido básico y principios fundamentales.
Tema 8. La potestad reglamentaria y de organización de los Consejos Insulares. El Reglamento orgánico del Consell de Mallorca. Otras disposiciones organizativas del Consell de Mallorca.
Tema 9. La responsabilidad de la Administración pública: caracteres. Los requisitos de la responsabilidad. Daños indemnizables. La acción de responsabilidad. Principios del procedimiento administrativo en materia de responsabilidad. La responsabilidad patrimonial de las autoridades y el personal al servicio de las administraciones públicas.
Tema 10. La Ley orgánica 3/2018, del 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales: régimen jurídico y sus ámbitos. Vías de protección de la confidencialidad. Responsable y encargado del tratamiento. Régimen sancionador. Autoridades de control. Derechos digitales.
Tema 11. La Ley orgánica 3/2007, del 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Objeto y ámbito de aplicación. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. La Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres de las Illes Balears.
Tema 12. La Ley 19/2013, del 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. El Portal de Transparencia. La transparencia y el acceso a la información.
Temario específico
Tema 13. Conceptos básicos relativos a la seguridad y salud en el trabajo.
Tema 14. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales. Principios generales.
Tema 15. El Reglamento de los Servicios de Prevención.
Tema 16. La evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva.
Tema 17. Derechos y obligaciones derivadas de la Ley de prevención de riesgos laborales. Responsabilidades y sanciones.
Tema 18. La consulta y participación de los trabajadores. Comité de Seguridad y Salud: facultades y competencias.
Tema 19. Servicios de prevención. Las disciplinas preventivas.
Tema 20. Integración de la prevención.
Tema 21. Coordinación de actividades empresariales.
Tema 22. La aplicación de la prevención de riesgos laborales a las administraciones públicas.
Tema 23. El plan de prevención. Definición y elementos.
Tema 24. Las auditorías. Concepto. Ámbito de aplicación y tipo.
Tema 25. El accidente de trabajo y las enfermedades profesionales: conceptos y definiciones.
Tema 26. Contabilización de los costes de los accidentes de trabajo.
Tema 27. Tratamiento estadístico de los accidentes de trabajo.
Tema 28. Planificación de la actividad preventiva. Tipo.
Tema 29. Protección de la maternidad y menores.
Tema 30. Formación: análisis de necesidades formativas. Objetivos y contenidos de la formación. Técnicas didácticas. Planificación y evaluación de la formación.
Tema 31. Primeros auxilios.
Tema 32. Ergonomía. Evolución histórica. Conceptos y objetivos.
Tema 33. Relación de la ergonomía y la psicosociología aplicada con las otras disciplinas preventivas.
Tema 34. Procedimiento metodológico para la evaluación de riesgos en ergonomía.
Tema 35. Las técnicas de investigación ergonómica y recogida de datos.
Tema 36. Ergonomía de concepción. Bases antropométricas. Postura de trabajo.
Tema 37. Diseño ergonómico de lugares y espacios de trabajo.
Tema 38. La ergonomía en la gestión de las organizaciones.
Tema 39. Aspectos ergonómicos del bullicio y su evaluación. Medidas preventivas y de control.
Tema 40. Aspectos ergonómicos de la iluminación y su evaluación. Medidas preventivas y de control.
Tema 41. Ambiente térmico. Criterios de confort.
Tema 42. Pantallas de visualización de datos.
Tema 43. Carga física de trabajo. Consumo metabólico.
Tema 44. Medida y valoración de la carga física de trabajo.
Tema 45. Trastornos musculoesqueléticos. Movimientos repetitivos. Métodos de evaluación.
Tema 46. Carga postural. Métodos de evaluación.
Tema 47. Manipulación manual de cargas.
Tema 48. Carga mental de trabajo. Evaluación e intervención.
Tema 49. Factores de riesgo psicosociales. Conceptos y caracterización de los factores de riesgo.
Tema 50. Factores de riesgo psicosociales asociados a nuevas formas de organización y al trabajo a distancia.
Tema 51. Efectos de la exposición a factores de riesgo psicosocial.
Tema 52. La evaluación de riesgos psicosociales.
Tema 53. Proceso de intervención psicosocial.
Tema 54. Estrés laboral. Estresores y factores modulares del estrés.
Tema 55. Personalidad y estrés. El apoyo social. Técnicas de afrontamiento.
Tema 56. Acciones preventivas frente al estrés.
Tema 57. Acoso psicológico en el trabajo. Acoso sexual y en razón de sexo. Medidas preventivas, protocolos y otras herramientas específicas de intervención.
Tema 58. Violencia ocupacional externa. Concepto y caracterización. Medidas preventivas.
Tema 59. Síndrome de “burn-out”. Conceptos. Factores desencadenantes. Evaluación. Estrategias de intervención.
Tema 60. Gestión de la prevención de riesgos laborales en el ámbito psicosocial.
ANEXO III Convocatoria y bases específicas que tienen que regir el proceso selectivo para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de Administración Especial, de la subescala técnica, categoría de Técnico -ca Grado Medio de Emergencias, de la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio de 2024 del Consell de Mallorca
1. Normas generales
1.1 Objeto de la convocatoria y características de las plazas
1.1.1. El objeto de la convocatoria es la provisión dos plazas de la subescala técnica de la Administración Especial, clase de técnico medio, denominación Técnico -a Grado Medio de Emergencias, de la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio de 2024 del Consell de Mallorca, con la distribución siguiente:
1.1.2 Las características de las plazas convocadas son las siguientes:
Grupo: A2
Escala : Administración Especial
Subescala : técnica
Clase: técnico medio
Denominación: Técnico –ca Grado Medio de Emergencias
Sistema de selección: concurso-oposición
Vinculación: funcionario –ria
1.2 Procedimiento selectivo
Se establece como procedimiento selectivo el de concurso-oposición. La fase de concurso tiene que representar un 30% y la fase de oposición un 70% del resultado global del sistema selectivo.
La fase de oposición consiste en la realización de los ejercicios que se determinen en las Bases generales que tienen que regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración Especial (BOIB núm.80, de 15 de junio de 2024) y en estas bases específicas con el fin de determinar la capacidad y la aptitud de las personas aspirantes. La fase de oposición tiene carácter eliminatorio y es necesario superarla para poder pasar a la fase de concurso.
La fase de concurso consiste en la valoración de los méritos que aleguen y acrediten a las personas aspirantes, según el anexo A (turno libre) de las bases generales. Esta fase no tiene carácter eliminatorio.
2. Requisitos de las personas aspirantes
2.1 Además de los que se prevén en las Bases generales:
̶ Estar en posesión de alguna de las titulaciones siguientes:
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero tendrán que estar en posesión de la correspondiente homologación o, si procede , del correspondiente certificado de equivalencia. Si el título procede de un estado miembro de la Unión Europea, se tiene que presentar el certificado acreditativo del reconocimiento o de la homologación del título equivalente, de conformidad con la Directiva 89/48/CEE, de 21 de diciembre de 1988, el Real decreto 1837/2008 y otras normas de transposición y despliegue.
̶ Estar en posesión del título de conocimiento de la lengua catalana de nivel B2 que se tiene que acreditar mediante alguno de los certificados siguientes:
̶ Estar en posesión del carnet de conducir B.
3. Derechos de examen
La cuantía de la tasa del derecho de examen es de 27,57 euros, de acuerdo con lo que dispone el artículo 4 de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa para el servicio de selección de personal en el ámbito del Consell de Mallorca y de sus organismos autónomos (BOIB nº. 35, de 20 de marzo de 2018 modificado por el BOIB nº. 107, de 13 de agosto de 2022), que se tendrá que abonar dentro del plazo de presentación de instancias, sin que se pueda abonar en ningún otro momento.
En ningún caso, el pago de la tasa eximirá del trámite de registro electrónico de la solicitud.
La falta del abono de los derechos de examen dentro del plazo de presentación de solicitudes implica la exclusión de la persona aspirante del procedimiento de selección.
4. Calendario de las pruebas
El consejero o consejera competente en materia de función pública del Consell de Mallorca tiene que aprobar la resolución en que se especifiquen la fecha, la hora y el lugar de realización del primer ejercicio de cada una de las convocatorias. Esta resolución se tiene que publicar en el BOIB y en el tablón de anuncios de la Sede electrónica Consell de Mallorca, junto con la relación definitiva de personas admitidas y excluidas de las pruebas selectivas.
Con la publicación de la lista definitiva de puntuaciones de cada ejercicio, se tiene que hacer público el anuncio de la realización de los ejercicios siguientes en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica del Consell de Mallorca al menos tres días hábiles antes de la fecha señalada para la realización de cada uno de los ejercicios y como máximo dos meses antes de la fecha de los ejercicios. No obstante, el consejero o consejera competente en materia de función pública del Consell de Mallorca podrá, mediante resolución, ampliar el plazo mencionado, a propuesta del tribunal, de forma motivada.
5. Tribunal calificador
El Tribunal Calificador de cada proceso selectivo es el órgano de selección encargado de llevar a cabo el procedimiento selectivo y depende del consejero o consejera competente en materia de función pública, que designa la presidencia.
La convocatoria tiene que establecer la composición del Tribunal Calificador, que tiene que respetar lo que establecen los capítulos V y VI del Reglamento de ingreso del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, aprobado por Decreto 27/1994, de 11 de marzo, por el cual se aprueba el reglamento de ingreso del personal al servicio de la CAIB, y las reglas que establecen las Bases generales.
6. Ejercicios y calificaciones del turno libre
6.1.Primer ejercicio
Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en responder un cuestionario de 90 preguntas de tipo test con cuatro respuestas alternativas de las cuales sólo una será correcta. Las 80 primeras serán ordinarias y evaluables, y las 10 últimas serán de reserva. Todas las preguntas corresponderán al contenido del temario de la parte general y estarán distribuidas de manera equilibrada entre los diferentes temas.
El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos. Cada pregunta respuesta correctamente se valorará con 0,125 puntos; las preguntas no resueltas, tanto si figuran todas las opciones en blanco como si figuran con más de una respuesta o si se ha señalado una respuesta sin apartado equivalente en las alternativas previstas en el ejercicio, no se valorarán. Las respuestas erróneas se penalizarán con un cuarto del valor asignado a la respuesta correcta. El test que tendrán que responder los aspirantes se escogerá por sorteo público llevado a cabo ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, entre un mínimo de tres alternativas diferentes.
El tiempo para desarrollar este ejercicio será de 100 minutos y para superarlo será necesario obtener una puntuación mínima de 5 puntos.
La calificación del ejercicio se hará de manera mecanizada y garantizando el anonimato.
En caso de que se acuerde anular alguna pregunta porque el planteamiento es incorrecto, porque todas las respuestas planteadas son incorrectas o porque hay más de una correcta, y también porque no hay coincidencia sustancial entra la formulación de las preguntas en las dos versiones ofrecidas en las lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma, el Tribunal establecerá en el mismo acuerdo, la sustitución, a efectos de cálculo de la calificación resultante, de las anuladas por otros tantas de reserva, y así sucesivamente, de acuerdo con la orden en que figuran en el cuestionario.
El Tribunal podrá acordar la anulación de alguna o algunas de las preguntas durante la realización del ejercicio o bien como resultado de las alegaciones presentadas a la lista provisional de aprobados. También puede anular preguntas si se detecta de oficio un error material, aritmético en cualquier momento anterior a la publicación de la lista definitiva de aprobados del ejercicio.
6.2 Segundo ejercicio
Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en responder durante un tiempo máximo 150 minutos, cinco cuestiones de tipo teórico a desarrollar de un modelo elegido por sorteo público, llevado a término ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, de entre dos modelos de cinco cuestiones correspondientes a la especialidad de que se trate.
Estas cuestiones corresponderán a temas diferentes del temario específico y no tienen que ser obligatoriamente una transcripción literal del enunciado o de parte del enunciado de un tema y pueden interrelacionar diferentes epígrafes de los temario.
Se valorarán los conocimientos expuestos sobre las cuestiones que correspondan, la precisión terminológica, el rigor conceptual, la actualización y la innovación del contenido, la claridad y el orden de ideas, la calidad de la expresión escrita, la capacidad de síntesis y relacional.
En caso de que el Tribunal Calificador acuerde otros criterios en desarrollo de los criterios de valoración anteriores, los tendrá que publicar antes de la realización del ejercicio.
La calificación del ejercicio se hará de la manera siguiente: cada cuestión se calificará de 0 a 10 puntos, la calificación final del ejercicio será la media de la nota obtenido en cada una de las cinco cuestiones. Para superar esta prueba será necesario obtener la nota mínima de 3 puntos en cada cuestión, y que la nota media de las cinco cuestiones sea igual o superior a 5 puntos.
6.3 Tercer ejercicio
Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en resolver por escrito un caso práctico a elegir entre dos designados por sorteo público, llevado a término ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, entre un mínimo de cuatro alternativas diferentes, referidos al temario de la parte específica.
El tiempo para resolver este ejercicio será de 120 minutos.
Se valorarán la capacidad de análisis y de raciocinio, la sistemática y la claridad de ideas, la interpretación correcta de la normativa aplicable a los casos planteados, la actualización y la innovación del contenido.
En caso de que el Tribunal acuerde otros criterio por el desarrollo de los criterios de valoración anterior, los tendrá que publicar antes de la realización del ejercicio.
La calificación del ejercicio se hará de la manera siguiente: el caso práctico se calificará de 0 a 10 puntos y para superar esta prueba será necesario obtener la nota mínima de 5 puntos.
7. Fórmula para calcular la puntuación final
Por el turno libre, la puntuación final de concurso oposición se tiene que calcular con la fórmula siguiente:
Nota del aspirante en la oposición Méritos del aspirante en el concurso
70 x -------------------------------------------- + 30 x ---------------------------------------------------
Nota máxima de la oposición Puntuación máxima en el concurso
8. Bolsa de personal funcionario interino derivada del proceso selectivo
Este proceso selectivo generará una bolsa de personal funcionario interino que incluirá por orden de puntuación final a las personas candidatas que hayan superado como mínimo un ejercicio de la fase de oposición, de acuerdo con aquello establecido en el Decreto 30/2009, de 22 de mayo, por el cual se aprueba el procedimiento de selección de personal funcionario interino al servicio de la administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
La orden de prelación de las personas aspirantes dentro de la bolsa se determina de acuerdo con la suma total de la puntuación obtenida (fase de oposición y fase de concurso), y para los que no han superado la fase de oposición se determina únicamente por la suma de puntuaciones del ejercicio o ejercicios que hayan aprobado.
En las convocatorias se podrá prever la aprobación de listas parciales para el nombramiento de personal funcionario interino.
ANEXO IV Convocatoria y bases específicas que tienen que regir el proceso selectivo para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de Administración Especial, de la subescala técnica, categoría de Técnico -ca Grado Medio de Emergencias, de la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio de 2024 del Consell de Mallorca
Temario general
Tema 1. La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido. Derechos y libertades públicas, derechos y deberes fundamentales: garantía y suspensión.
Tema 2. Las formas de organización territorial del Estado. Naturaleza jurídica y principios. El sistema de la distribución de competencias
Tema 3. El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: estructura, contenido básico y principios fundamentales.
Tema 4. La Unión Europea: objetivos y naturaleza jurídica. Estructura orgánica, instituciones de la Unión Europea: el Parlamento Europeo, el Consejo Europeo, el Consejo de la Unión Europea, la Comisión Europea, el Comité Económico y Social, el Comité de las Regiones y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Tema 5. El régimen local. La administración local en la Constitución y en los estatutos de autonomía. El principio de autonomía local: significado, contenido y límites.
Tema 6. Las fuentes del derecho local. Regulación básica del Estado y normativa de las comunidades autónomas en materia de régimen local. La potestad normativa de las entidades locales: reglamentos y ordenanzas. Procedimiento de elaboración.
Tema 7. La isla como entidad local territorial. La Ley 4/2022, de 28 de junio, de Consejos Insulares: estructura, contenido básico y principios fundamentales.
Tema 8. La potestad reglamentaria y de organización de los Consejos Insulares. El Reglamento orgánico del Consell de Mallorca. Otras disposiciones organizativas del Consell de Mallorca.
Tema 9. La responsabilidad de la Administración pública: caracteres. Los requisitos de la responsabilidad. Daños indemnizables. La acción de responsabilidad. Principios del procedimiento administrativo en materia de responsabilidad. La responsabilidad patrimonial de las autoridades y el personal al servicio de las administraciones públicas.
Tema 10. La Ley orgánica 3/2018, del 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales: régimen jurídico y sus ámbitos. Vías de protección de la confidencialidad. Responsable y encargado del tratamiento. Régimen sancionador. Autoridades de control. Derechos digitales.
Tema 11. La Ley orgánica 3/2007, del 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Objeto y ámbito de aplicación. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. La Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres de las Illes Balears.
Tema 12. La Ley 19/2013, del 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. El Portal de Transparencia. La transparencia y el acceso a la información.
Temario específico
Tema 13. Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil.
Tema 14. Ley 2/1998, de 13 de marzo, de Ordenación de Emergencias de las Illes Balears, Decreto 8/2004, de 23 de enero, por el cual se desarrollan determinados aspectos de la Ley de ordenación de emergencias en las Illes Balears y Ley 3/2006, de 30 de marzo, de Gestión de Emergencias de las Illes Balears.
Tema 15. Reglamento de los Bomberos del Consell de Mallorca (BOIB nº. 48, de 31 de marzo de 2007) y posteriores modificaciones (BOIB nº. 49, de 10 de abril de 2014).
Tema 16. Los Bomberos de Mallorca. Organización, organigrama y despliegue territorial. Competencias y capacidades. Arquitectura de la guardia. Carta de servicios.
Tema 17. Plan Territorial de protección civil de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (PLATERBAL), aprobado por Decreto 40/2014 de 29 de agosto.
Tema 18. Plan Especial de Protección Civil de Emergencias por incendios forestales (INFOBAL), aprobado por Decreto 9/2023 de 27 de febrero.
Tema 19. Plan Especial para hacer frente al riesgo de fenómenos meteorológicos adversos (METEOBAL), aprobado por Decreto 106/2006 de 15 de diciembre.
Tema 20. Plan Especial enfrente del riesgo de inundaciones (INUNBAL), aprobado por Decreto 1/2022 de 3 de enero.
Tema 21. Plan Especial para hacer frente al riesgo por transporte de mercancías peligrosas (MERPEBAL), aprobado por Decreto 82/2005 de 22 de julio.
Tema 22. Plan Especial de contingencias por contaminación accidental de aguas marinas de las Illes Balears (CAMBAL), aprobado por Decreto 126/2008 de 21 de noviembre.
Tema 23. Plan especial por hacer frente al sísmico (GEOBAL), aprobado por Decreto 39/2005 de 22 de abril y el Plan Especial de Protección Civil enfrente de Emergencias Radiológicas en las Illes Balears (RADBAL), aprobado por Decreto 10/2023 de 27 de febrero de 2023.
Tema 24. Documento básico de seguridad en caso de incendio del Código Técnico de la Edificación: SI 1, SI 2, SI 3, SI 4, SI 5 y SI 6.
Tema 25. Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales (Real decreto 2267/2004, de 3 de diciembre).
Tema 26. Reglamento de instalaciones de protección contra incendios (Real decreto 513/2017, de 22 de mayo).
Tema 27. Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia (Real decreto 393/2007, de 23 de marzo). De aplicación hasta que sea aprobado el nuevo instrumento de planificación que la sustituya, según establece el apartado 3 del Real decreto 524/2023, de 20 de junio.
Tema 28. Instalaciones de protección contra incendios. Extintores: tipo, características y utilización. Hidrantes: tipo y características. Columnas secas: características. Bocas de incendio equipadas (BIE): tipo, descripción y utilización. Instalaciones de detección y alarma. Finalidad de la instalación. Descripción de la instalación. Tipo de detectores de incendio y su elección. Pulsadores de alarma manuales. Central automática de señalización y control de alarmas. Instalaciones fijas de extinción automática. Sistemas de extinción por agua. Instalaciones de espuma. Instalaciones de polvo. Instalaciones de gases para extinción fija Instalaciones generadores de aerosoles extintores.
Tema 29. Mando. Concepto y tipo de mando. Habilidades directivas y estilos de dirección. Tipo de liderazgo. Dificultades en el ejercicio del mando. Manejo de conflictos. Liderazgo como herramienta de gestión de conflictos. Formación y comunicación: rol del mando como persona formadora. Acción formativa. Evaluación.
Tema 30. El sistema de mando y control “Gestión Operativa y Mando” (GOM).
Tema 31. El sistema de mando y control “Incidente Command System” (ICS).
Tema 32. El Servicio de Emergencias de las Illes Balears (SEIB112), normativa y funcionamiento. El número único de emergencias 112. Normativa estatal y autonómica de referencia.
Tema 33. La Sala Central de Bomberos (SCB): estructura, medios y funcionamiento. El despacho automático y el seguimiento de las intervenciones.
Tema 34. El sistema TETRAIB de comunicación. Otros elementos de comunicación a las emergencias: telefonía móvil, la banda aérea, la telefonía satelital, seguimiento de flota.
Tema 35. Elaboración de informes de intervención: actuación y recogida de datos de siniestros. Real decreto 1053/1985, de 25 de mayo, sobre ordenación de la estadística de las actuaciones de los Servicios contra Incendios y de Salvamento.
Tema 36. Sistemática general de actuación de los mandos ante intervenciones en incendios urbanos.
Tema 37. Sistemática general de actuación de los mandos ante intervenciones en incendios industriales.
Tema 38. Sistemática general de actuación de los mandos ante intervenciones en incendios de aparcamientos y túneles.
Tema 39. Sistemática general de actuación de los mandos ante intervenciones con materias peligrosas (MMPP).
Tema 40. Sistemática general de actuación de los mandos ante intervenciones en incendios y accidentes aéreos, ferroviarios y marítimos en puertos.
Tema 41. Sistemática general de actuación de los mandos ante intervenciones en accidentes de tráfico.
Tema 42. Sistemática general de actuación de los mandos ante intervenciones en derrumbes y hundimientos.
Tema 43. Sistemática general de actuación de los mandos ante intervenciones en incendios forestales.
Tema 44. La prevención y concienciación ciudadana para la prevención de incendios y otros riesgos asociados a las emergencias. La prevención operativa. Los simulacros como herramienta de prevención operativa. Atención a los medios de comunicación y a la ciudadanía a las emergencias.
Tema 45. La investigación de incendios a los servicios de bomberos. Fundamentos , objetivos y técnicas básicas. Metodología para la localización del punto de inicio y causas. Sistemática de la toma de datos, análisis de datos e hipótesis. El informe técnico pericial.
Tema 46. Naturaleza del fuego: La combustión como fenómeno fisicoquímico. Triángulo y tetraedre del fuego. Sustancias combustibles y sustancias inflamables. Rango de inflamabilidad. Punto de inflamación, punto de ignición/punto de encendido y punto de autoinflamación Clasificaciones de los tipos de combustión.
Tema 47. Propagación y clasificación de fuegos: Mecanismos de propagación del calor. Factores que influyen en la temperatura de los gases de incendio. Clases de fuegos. Agentes extintores y campo de aplicación. Los fenómenos de rápido desarrollo de incendios de interior: Flashover, Backdraft y Explosión de gases de incendio. Concepto, generación y señales de aviso.
Tema 48. Grado valorativo del riesgo y los efectos de los incendios: Potencia calorífica de los diversos materiales y sustancias. Carga de fuego. Factores del combustible, el comburente y del recinto que influyen en la velocidad de combustión. Incendios controlados por el combustible o por la ventilación. Curvas características de los fuegos tipo (curva normalizada, curva de hidrocarburos, etc.).
Tema 49. El riesgo en el transporte de mercancías peligrosas: reglamentación (ADR). Identificación y clasificación de los productos, número ONU y número de peligro. Etiquetado y embalaje. Incompatibilidades de carga. Documentación obligatoria y obligaciones del transportista y el expedidor. La guía CANUTEC.
Tema 50. Cartografía. Lectura e interpretación de mapas. Uso, funcionamiento y cálculo de las escalas . Simbología y toponimia. Las curvas de nivel. Proyecciones y coordenadas. Triangulación y cálculo de distancias. Sistema GPS. Los sistemas de información geográfica.
Tema 51. Geografía física y conocimiento del territorio de Mallorca. Las sierras, los torrentes, los valles y las aguas interiores. La meteorología de Mallorca: regímenes pluviométricos, régimen de los vientos, temperaturas. Periodos de retorno de los aguaceros. La presión atmosférica. El viento y la interacción viento-topografía. Los municipios, los núcleos de población, la población, carreteras, túneles, polígonos industriales, te las industrias, las industrias SEVESO, la planta hotelera, el parque móvil, el movimiento por carretera de mercancías, la red ferroviaria, puertos y aeropuertos.
Tema 52. Primeros auxilios: Objetivos y principios generales. Actuación general ante una emergencia. El procedimiento PAS ante una víctima. Valoración del paciente. Apoyo vital básico. Reanimación. Nociones básicas de actuación por asfixias, heridas y hemorragias, traumatismos y quemaduras.
Tema 53. Lesiones de los edificios asociadas a: a) fallos del terreno, b) fallos en elementos estructurales de transmisión de cargas verticales, c) fallos en elementos estructurales de transmisión de cargas horizontales, d) fallos en elementos estructurales que salvan luces, e) dilataciones, deformaciones excesivas de la estructura, degradación de materiales y humedades en elementos constructivos no estructurales. Lesiones a elementos en cubiertas, fachadas, particiones y revestimientos. Efectos producidos y síntomas. Medidas correctoras de urgencia. Estados de ruina de las construcciones.
Tema 54. Características principales de instalaciones generales de un edificio y requisitos mínimos de seguridad: instalación eléctrica, instalación de gas, instalación de aprovechamiento de energía solar, instalación de agua, instalación de saneamiento, instalaciones térmicas, chimeneas, climatización, ventilación mecánica y ascensores.
Tema 55. Reglamento electrotécnico para baja tensión (El Real decreto 842/2002, de 2 de agosto). Generalidades de las instalaciones eléctricas en la edificación. Distribución eléctrica.
Tema 56. Mecánica de vehículos: Tipo y funcionamiento de motores, combustión externa, combustión interna, elementos y componentes. Circuitos eléctricos, sistema de iluminación, batería, carga, arranque y encendido. Sistemas de alimentación, distribución, lubricación, refrigeración, transmisión y frenazo. Suspensión. Los neumáticos. Vehículos: nuevas generaciones de combustibles. Vehículos eléctricos y sus baterías: híbridos, micro-híbridos, eléctricos y eléctricos de autonomía extendida. Conocimientos del vehículos de bomberos: tipología, modelos y usos.
Tema 57. Tipo de bombas. Bombas centrífugas. Bombas de alta y baja presión. Curva característica de las bombas. Potencia y rendimiento. Aspiración. Mecanismos de cebadura. El fenómeno de la cavitación. El efecto Venturi.
Tema 58. Ley de prevención de riesgos laborales. Objeto, ámbito de aplicación y definiciones. Derechos y deberes. Consulta y participación de los trabajadores y trabajadoras.
Tema 59. Obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales a los servicios de emergencias. Riesgos del personal operativo de los servicios de prevención, extinción de incendios y salvamentos.
Tema 60. Elementos de los equipos de protección individual (EPI) en los servicios de prevención, extinción de incendios y salvamentos. Normativa reguladora para los EPI. Elementos constituyentes de los EPI. Categorías de los EPIs. Protección del cuerpo. Ropa de protección. Vestido de intervención. Vestido de protección química. Vestidos para radiaciones. Casco. Verdugo. Botas. Guantes. Gafas de seguridad. Protectores auditivos. Protección de las vías respiratorias: filtros, equipos marchite autónomos, equipos autónomos de circuito abierto y equipos autónomos de circuito cerrado. Componentes del equipo de respiración autónoma de circuito abierto. Niveles de protección en las intervenciones de bomberos.
ANEXO V Convocatoria y bases específicas que tienen que regir el proceso selectivo para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de Administración Especial, de la subescala técnica, categoría de Técnico –ca Grado Medio, de la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio de 2024 del Consell de Mallorca
1. Normas generales
1.1 Objeto de la convocatoria y características de las plazas
1.1.1. El objeto de la convocatoria es la provisión dos plazas de la subescala técnica de la Administración Especial, clase de técnico medio, denominación Técnico –ca Grado Medio, de la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio de 2024 del Consell de Mallorca, con la distribución siguiente:
1.1.2 Las características de las plazas convocadas son las siguientes:
Grupo: A2
Escala : Administración Especial
Subescala : técnica
Clase: técnico medio
Denominación: Técnico –ca en Grado Medio
Sistema de selección: concurso-oposición
Vinculación: funcionario –ria
1.2 Procedimiento selectivo
Se establece como procedimiento selectivo el de concurso-oposición tanto para el turno libre como para el turno de promoción interna vertical.
Para el turno libre, la fase de concurso tiene que representar un 30% y la fase de oposición un 70% del resultado global del sistema selectivo, y para el turno de promoción interna vertical, la fase de concurso tiene que representar un 40% y la fase de oposición un 60% del resultado global del sistema selectivo.
La fase de oposición consiste en la realización de los ejercicios que se determinen en las Bases generales que tienen que regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de la Administración Especial (BOIB núm.80, de 15 de junio de 2024) y en estas bases específicas con el fin de determinar la capacidad y la aptitud de las personas aspirantes. La fase de oposición tiene carácter eliminatorio y es necesario superarla para poder pasar a la fase de concurso.
La fase de concurso consiste en la valoración de los méritos que aleguen y acrediten a las personas aspirantes, según los anexos A (turno libre) y B (turno de promoción interna) de las bases generales. Esta fase no tiene carácter eliminatorio.
2. Requisitos de las personas aspirantes
2.1 Además de los que se prevén en las Bases generales:
̶ Estar en posesión de alguna de las titulaciones siguientes:
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero tendrán que estar en posesión de la correspondiente homologación o, si procede , del correspondiente certificado de equivalencia. Si el título procede de un estado miembro de la Unión Europea, se tiene que presentar el certificado acreditativo del reconocimiento o de la homologación del título equivalente, de conformidad con la Directiva 89/48/CEE, de 21 de diciembre de 1988, el Real decreto 1837/2008 y otras normas de transposición y despliegue.
̶ Estar en posesión del título de conocimiento de la lengua catalana de nivel B2 que se tiene que acreditar mediante alguno de los certificados siguientes:
2.2 Además de los anteriores, los requisitos específicos de la promoción interna vertical:
a) Pertenecer como personal funcionario de carrera a cualquiera de las categories o Especialidades del Consell de Mallorca del grupo o subgrupo de titulación inmediatamente inferior al de la plaza a la cual se quiere accedir, de la escala de administración especial.
Esto no obstant, los funcionarios y funcionarias del subgrupo C1 que tengan la titulación exigida pueden promocionar al subgrupo A2, sin necesidad de pasar por el nuevo grupo B, siempre que no haya grupo B.
b) Haber prestado Servicios efectivos durante un periodo mínimo de dos años como personal funcionario de carrera en el cuerpo y la escala desde el cual se promociona.
3. Derechos de examen
La cuantía de la tasa del derecho de examen es de 27,57 euros, de acuerdo con lo que dispone el artículo 4 de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa para el servicio de selección de personal en el ámbito del Consell de Mallorca y de sus organismos autónomos (BOIB nº. 35, de 20 de marzo de 2018 modificado por el BOIB nº. 107, de 13 de agosto de 2022), que se tendrá que abonar dentro del plazo de presentación de instancias, sin que se pueda abonar en ningún otro momento.
En ningún caso, el pago de la tasa eximirá del trámite de registro electrónico de la solicitud.
La falta del abono de los derechos de examen dentro del plazo de presentación de solicitudes implica la exclusión de la persona aspirante del procedimiento de selección.
4. Calendario de las pruebas
El consejero o consejera competente en materia de función pública del Consell de Mallorca tiene que aprobar la resolución en que se especifiquen la fecha, la hora y el lugar de realización del primer ejercicio de cada una de las convocatorias. Esta resolución se tiene que publicar en el BOIB y en el tablón de anuncios de la Sede electrónica Consell de Mallorca, junto con la relación definitiva de personas admitidas y excluidas de las pruebas selectivas.
Con la publicación de la lista definitiva de puntuaciones de cada ejercicio, se tiene que hacer público el anuncio de la realización de los ejercicios siguientes en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica del Consell de Mallorca al menos tres días hábiles antes de la fecha señalada para la realización de cada uno de los ejercicios y como máximo dos meses antes de la fecha de los ejercicios. No obstante, el consejero o consejera competente en materia de función pública del Consell de Mallorca podrá, mediante resolución, ampliar el plazo mencionado, a propuesta del tribunal, de forma motivada.
5. Tribunal calificador
El Tribunal Calificador de cada proceso selectivo es el órgano de selección encargado de llevar a cabo el procedimiento selectivo y depende del consejero o consejera competente en materia de función pública, que designa la presidencia.
La convocatoria tiene que establecer la composición del Tribunal Calificador, que tiene que respetar lo que establecen los capítulos V y VI del Reglamento de ingreso del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, aprobado por Decreto 27/1994, de 11 de marzo, por el cual se aprueba el reglamento de ingreso del personal al servicio de la CAIB, y las reglas que establecen las Bases generales.
6. Ejercicios y calificaciones del turno libre
6.1. Primer ejercicio
Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en responder un cuestionario de 90 preguntas de tipo test con cuatro respuestas alternativas de las cuales sólo una será correcta. Las 80 primeras serán ordinarias y evaluables, y las 10 últimas serán de reserva. Todas las preguntas corresponderán al contenido del temario de la parte general y estarán distribuidas de manera equilibrada entre los diferentes temas.
El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos. Cada pregunta respuesta correctamente se valorará con 0,125 puntos; las preguntas no resueltas, tanto si figuran todas las opciones en blanco como si figuran con más de una respuesta o si se ha señalado una respuesta sin apartado equivalente en las alternativas previstas en el ejercicio, no se valorarán. Las respuestas erróneas se penalizarán con un cuarto del valor asignado a la respuesta correcta. El test que tendrán que responder los aspirantes se escogerá por sorteo público llevado a cabo ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, entre un mínimo de tres alternativas diferentes.
El tiempo para desarrollar este ejercicio será de 100 minutos y para superarlo será necesario obtener una puntuación mínima de 5 puntos.
La calificación del ejercicio se hará de manera mecanizada y garantizando el anonimato.
En caso de que se acuerde anular alguna pregunta porque el planteamiento es incorrecto, porque todas las respuestas planteadas son incorrectas o porque hay más de una correcta, y también porque no hay coincidencia sustancial entra la formulación de las preguntas en las dos versiones ofrecidas en las lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma, el Tribunal establecerá en el mismo acuerdo, la sustitución, a efectos de cálculo de la calificación resultante, de las anuladas por otros tantas de reserva, y así sucesivamente, de acuerdo con la orden en que figuran en el cuestionario.
El Tribunal podrá acordar la anulación de alguna o algunas de las preguntas durante la realización del ejercicio o bien como resultado de las alegaciones presentadas a la lista provisional de aprobados. También puede anular preguntas si se detecta de oficio un error material, aritmético en cualquier momento anterior a la publicación de la lista definitiva de aprobados del ejercicio.
6.2 Segundo ejercicio
Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en responder durante un tiempo máximo 150 minutos, cinco preguntas de tipo teórico a desarrollar de un modelo elegido por sorteo público, llevado a término ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, de entre dos modelos de cinco preguntas correspondientes a la especialidad de que se trate.
Estas preguntas corresponderán a temas diferentes del temario específico y no tienen que ser obligatoriamente una transcripción literal del enunciado o de parte del enunciado de un tema y pueden interrelacionar diferentes epígrafes de los temario.
Se valorarán los conocimientos expuestos sobre las preguntas que correspondan, la precisión terminológica, el rigor conceptual, la actualización y la innovación del contenido, la claridad y el orden de ideas, la calidad de la expresión escrita, la capacidad de síntesis y relacional.
En caso de que el Tribunal Calificador acuerde otros criterios en desarrollo de los criterios de valoración anteriores, los tendrá que publicar antes de la realización del ejercicio.
La calificación del ejercicio se hará de la manera siguiente: cada pregunta se calificará de 0 a 10 puntos, la calificación final del ejercicio será la media de la nota obtenido en cada una de las cinco preguntas. Para superar esta prueba será necesario obtener la nota mínima de 3 puntos en cada cuestión, y que la nota media de las cinco preguntas sea igual o superior a 5 puntos.
6.3 Tercer ejercicio
Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en resolver por escrito un caso práctico a elegir entre dos designados por sorteo público, llevado a término ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, entre un mínimo de cuatro alternativas diferentes, referidos al temario de la parte específica.
El tiempo para resolver este ejercicio será de 120 minutos.
Se valorarán la capacidad de análisis y de raciocinio, la sistemática y la claridad de ideas, la interpretación correcta de la normativa aplicable a los casos planteados, la actualización y la innovación del contenido.
En caso de que el Tribunal acuerde otros criterio en por el desarrollo de los criterios de valoración anterior, los tendrá que publicar antes de la realización del ejercicio.
La calificación del ejercicio se hará de la manera siguiente: el caso práctico se calificará de 0 a 10 puntos y para superar esta prueba será necesario obtener la nota mínima de 5 puntos.
7. Ejercicios y calificaciones del turno de promoción interna vertical
7.1. Primer ejercicio
Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en responder durante un tiempo máximo 150 minutos, cinco preguntas de tipo teórico a desarrollar de un modelo elegido por sorteo público, llevado a término ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, de entre dos modelos de cinco preguntas correspondientes a la especialidad de que se trate.
Estas preguntas corresponderán a temas diferentes del temario específico y no tienen que ser obligatoriamente una transcripción literal del enunciado o de parte del enunciado de un tema y pueden interrelacionar diferentes epígrafes de los temario.
Se valorarán los conocimientos expuestos sobre las preguntas que correspondan, la precisión terminológica, el rigor conceptual, la actualización y la innovación del contenido, la claridad y el orden de ideas, la calidad de la expresión escrita, la capacidad de síntesis y relacional.
En caso de que el Tribunal Calificador acuerde otros criterios en desarrollo de los criterios de valoración anteriores, los tendrá que publicar antes de la realización del ejercicio.
La calificación del ejercicio se hará de la manera siguiente: cada pregunta se calificará de 0 a 10 puntos, la calificación final del ejercicio será la media de la nota obtenido en cada una de las cinco preguntas. Para superar esta prueba será necesario obtener la nota mínima de 3 puntos en cada pregunta, y que la nota media de las cinco preguntas sea igual o superior a 5 puntos.
7.2 Segundo ejercicio
Es de carácter obligatorio y eliminatorio, y consistirá en resolver por escrito un caso práctico a elegir entre dos designados por sorteo público, llevado a término ante los aspirantes, antes de la realización de las pruebas, entre un mínimo de cuatro alternativas diferentes, referidos al temario de la parte específica.
El tiempo para resolver este ejercicio será de 120 minutos.
Se valorarán la capacidad de análisis y de raciocinio, la sistemática y la claridad de ideas, la interpretación correcta de la normativa aplicable a los casos planteados, la actualización y la innovación del contenido.
En caso de que el Tribunal acuerde otros criterio en por el desarrollo de los criterios de valoración anterior, los tendrá que publicar antes de la realización del ejercicio.
La calificación del ejercicio se hará de la manera siguiente: el caso práctico se calificará de 0 a 10 puntos y para superar esta prueba será necesario obtener la nota mínima de 5 puntos.
8. Fórmula para calcular la puntuación final
Por el turno libre, la puntuación final de concurso oposición se tiene que calcular con la fórmula siguiente:
Nota del aspirante en la oposición Méritos del aspirante en el concurso
70 x -------------------------------------------- + 30 x ---------------------------------------------------
Nota máxima de la oposición Puntuación máxima en el concurso
En el caso de la promoción interna, la puntuación final de concurso oposición se tiene que calcular con la fórmula siguiente:
Nota del aspirante en la oposición Méritos del aspirante en el concurso
60 x -------------------------------------------- + 40 x ---------------------------------------------------
Nota máxima de la oposición Puntuación máxima en el concurso
9. Bolsa de personal funcionario interino derivada del proceso selectivo y bolsa de personal funcionario de carrera para mejora del empleo
9.1 Bolsa de personal funcionario interino derivada del proceso selectivo
Este proceso selectivo generará una bolsa de personal funcionario interino que incluirá por orden de puntuación final a las personas candidatas que hayan superado como mínimo un ejercicio de la fase de oposición, de acuerdo con aquello establecido en el Decreto 30/2009, de 22 de mayo, por el cual se aprueba el procedimiento de selección de personal funcionario interino al servicio de la administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
La orden de prelación de las personas aspirantes dentro de la bolsa se determina de acuerdo con la suma total de la puntuación obtenida (fase de oposición y fase de concurso), y para los que no han superado la fase de oposición se determina únicamente por la suma de puntuaciones del ejercicio o ejercicios que hayan aprobado.
En las convocatorias se podrá prever la aprobación de listas parciales para el nombramiento de personal funcionario interino.
9.2 Bolsa de personal funcionario de carrera para cubrir plazas de funcionario por el sistema de de nombramiento provisional para mejora del empleo
El turno de promoción interna vertical de este proceso selectivo generará una bolsa de personal funcionario de carrera que incluirá por orden de puntuación final a las personas candidatas que hayan superado como mínimo un ejercicio, para efectuar nombramientos provisionales para mejora del empleo que regula el artículo 82 bis de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
La orden de prelación de las personas aspirantes dentro de la bolsa se determina de acuerdo con la suma total de la puntuación obtenida (fase de oposición y fase de concurso), y para los que no han superado la fase de oposición se determina únicamente por la suma de puntuaciones del ejercicio o ejercicios que hayan aprobado.
ANEXO VI Temario del proceso selectivo para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario de Administración Especial, de la subescala técnica, categoría de Técnico -a Grado Medio, de la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio de 2024 del Consell de Mallorca
Parte general
Tema 1. La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido. Derechos y libertades públicas, derechos y deberes fundamentales: garantía y suspensión.
Tema 2. Laso formas de organización territorial del Estado. Naturaleza jurídica y principios. El sistema de distribución de competencias.
Tema 3. El Estatuto de Autonomía de las Illes Baleares: estructura, contenido básico y principios fundamentales.
Tema 4. La Unión Europea: objetivos y naturaleza jurídica. Estructura orgánica, instituciones de la Unión Europea: el Parlamento Europeo, el Consejo Europeo, el Consejo de la Unión Europea, la Comisión Europea, el Comité Económico y Social, el Comité de las Regiones y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Tema 5. El régimen local. La administración local en la Constitución y en los estatutos de autonomía. Lo inicio de autonomía local: significado, contenido y límites.
Tema 6. Laso fuentes del Derecho Local. Regulación básica del Estado y normativa de laso comunidades autónomas en materia de régimen local. La potestad normativa de laso entidades locales: reglamentos y ordenanzas. Procedimiento de Elaboración.
Tema 7. La isla como entidad local territorial. La Ley 4/2022, de 28 de junio, de Consejos Insulares: estructura, contenido básico y principios fundamentales.
Tema 8. La potestad reglamentaría y de organización de los Consejos Insulares. Lo Reglamento orgánico del Consell de Mallorca. Otras disposiciones organizativas del Consell de Mallorca.
Tema 9. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales: ámbito de aplicación. Derechos y deberes. Principios de la acción preventiva. Evaluación de riesgos. Obligaciones de los trabajadores en materia de prevención de riesgos. Comité de Seguridad y Salud.
Tema 10. La Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales: régimen jurídico y sus ámbitos. Vías de protección de la confidencialidad. Responsable y encargado del tratamiento. Régimen sancionador. Autoridades de control. Derechos digitales.
Tema 11. La Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Objeto y ámbito de aplicación. Lo inicio de igualdad y la tutela contra la discriminación. La Ley 11/2016, de 28 de julio de igualdad de mujeres y hombres de laso Illes Balears.
Tema 12. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso en la información pública y buen gobierno. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. El Portal de Transparencia. La transparencia y el acceso en la información.
Parte específica
Tema 13. La Administración Pública y el Derecho. El principio de legalidad en la Administración. Las fuentes del derecho administrativo. La Constitución. Los Tratados internacionales. Tipo de disposiciones legales. La ley: clases. Disposiciones del poder ejecutivo con rango de ley. Las relaciones entre el ordenamiento estatal y el autonómico. El Reglamento. Las otras fuentes del derecho administrativo.
Tema 14. La iniciativa legislativa y la potestad para dictar reglamentos y otras disposiciones. Iniciativa legislativa y potestad para dictar normas con rango de ley. La potestad reglamentaria y los límites de esta. Los principios de buena regulación y la evaluación normativa. La planificación normativa. Participación de la ciudadanía en el procedimiento de elaboración de normas con rango de ley y reglamentos. La memoria de análisis de impacto normativo.
Tema 15. Las potestades administrativas. La actividad administrativa discrecional y sus límites. Distinción entre potestades regladas y discrecionales. Vías de control de la discrecionalidad. La desviación de poder. Los conceptos jurídicos indeterminados.
Tema 16. La regulación del régimen jurídico del sector público: objeto, ámbito de aplicación y principios generales de la actuación administrativa y de intervención de las administraciones públicas. La potestad organizativa de la Administración: los órganos administrativos. Especial referencia a los órganos colegiados. La competencia administrativa: aspectos generales y decisiones sobre competencia. Las técnicas de alteración del ejercicio de la competencia. Delegación, avocación, encargo de gestión, delegación de firma y suplencia.
Tema 17. El Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos. Objeto, ámbito subjetivo y finalidad. Principios generales. Portales de Internet, Punto de Acceso General electrónico y sedes electrónicas. El procedimiento administrativo electrónico: Disposiciones generales. Identificación y autenticación de las Administraciones Públicas y las personas interesadas. Registros, comunicaciones y notificaciones electrónicas. Expediente administrativo electrónico.
Tema 18. Las personas ante la actividad de la administración. Derechos de las personas en sus relaciones con las administraciones públicas. Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las administraciones públicas. Colaboración y comparecencia de las personas. Las personas interesadas en el procedimiento: capacidad de obrar, concepto de persona interesada y representación. Derechos de las personas interesadas en el procedimiento administrativo.
Tema 19. El régimen de cooficialidad de las lenguas. La ley de normalización lingüística. El uso de las lenguas oficiales a la Administración. Reglamento de regulación del uso de la lengua catalana dentro del ámbito de la competencia del Consejo Insular de Mallorca. Referencia a las medidas de capacitación lingüística para la recuperación del uso del catalán en el ámbito de la función pública.
Tema 20. El acto administrativo. Concepto y elementos. Clases. Requisitos de los actos administrativos. Validez y eficacia: el principio de autotutela administrativa. La notificación y la publicación. La ejecutividad de los actos administrativos: el principio de autotutela administrativa. La ejecución forzosa de los actos administrativos: medios y principios.
Tema 21. Las normas generales de la actuación administrativa. Responsabilidad de la tramitación. La obligación de resolver. Suspensión del plazo máximo para resolver y ampliación. El silencio administrativo y los actos presuntos: concepto y clases.
Tema 22. El procedimiento administrativo común. Concepto, finalidad y principios. Regulación legal del procedimiento administrativo común. Principios. Los plazos administrativos. Fases del procedimiento. Iniciación: disposiciones generales y clase. Ordenación. Instrucción. Finalización. Caducidad. Tramitación simplificada del procedimiento administrativo común.
Tema 23. La invalidez de los actos administrativos. Grados. La nulidad, la anulabilidad y las irregularidades no invalidantes. Límites a la extensión de la nulidad y la anulabilidad de los actos. La conversión, la conservación y la convalidación. La revisión de los actos en vía administrativa (I). La revisión de oficio: supuestos. La revocación. La rectificación de errores. Límites a la revisión. La revisión de los actos en el ámbito de la administración local.
Tema 24. La revisión de los actos en vía administrativa (I). Los recursos administrativos: principios generales, objeto, requisitos y procedimiento administrativo en vías de recurso. Clases de recursos. Los procedimientos alternativos de impugnación. Los recursos administrativos en el ámbito de la administración local.
Tema 25. La jurisdicción contenciosa administrativa. Naturaleza, extensión y límites. Órganos de este orden jurisdiccional. Partes, legitimación y objeto. Líneas generales del procedimiento en primera o única instancia. Medidas cautelares. La sentencia: recursos contra las sentencias. Ejecución de las sentencias. Procedimientos especiales.
Tema 26. La potestad sancionadora de la Administración: concepto y significado; diferenciación del derecho penal. Régimen jurídico estatal y autonómico. Principios del ejercicio de la potestad sancionadora. Especialidades del procedimiento administrativo en materia sancionadora. Medidas sancionadoras administrativas. Especial referencia a la potestad sancionadora local.
Tema 27. La responsabilidad patrimonial de la Administración. Marco jurídico de la responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas. Principios básicos. Los presupuestos de la responsabilidad. La acción y las especialidades del procedimiento administrativo en materia de responsabilidad patrimonial. La responsabilidad patrimonial de las autoridades y del personal al servicio de la Administración pública. La responsabilidad por actos de los contratistas de la Administración que causan daño a terceros.
Tema 28. La expropiación forzosa. Concepto, naturaleza y justificación de la potestad expropiatoria. Sujetos, objeto y causa. El procedimiento general. Garantías jurisdiccionales. La reversión. Singularidades procedimentales.
Tema 29. La buena administración orientada al bien común. La ética en la Administración Pública. El Código europeo de buena conducta administrativa. El Código Ético y de Buen Gobierno del Consejo Insular de Mallorca. Compliànza en el sector público. La transparencia de la actividad pública.
Tema 30. El gobierno abierto: concepto y principios informadores: colaboración, participación, transparencia y rendición de cuentas. Datos abiertos y reutilización. El marco jurídico y los planes de gobierno abierto a España.
Tema 31. La Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
Tema 32. Los convenios administrativos. Regulación, definición y tipo de convenios. Delimitación de otras figuras e instrumentos jurídicos. Requisitos de validez y de eficacia. Contenido y trámites preceptivos. Extinción y efectos de la resolución de los convenios. Control externo del convenios. Especial referencia a la cooperación interadministrativa en el ámbito local.
Tema 33. La intervención administrativa local en la actividad privada. Modalidades de intervención. Las autorizaciones y licencias administrativas. Clases. La declaración responsable y la comunicación previa.
Tema 34. La gestión indirecta de los servicios públicos locales: la gestión contractual y otras modalidades. Regulación estatal y autonómica. Los consorcios.
Tema 35. La actividad administrativa de fomento. La regulación aplicable a las entidades locales en la materia, con especial referencia a los consejos insulares. La legislación general de subvenciones. Disposiciones generales: concepto de subvención y ámbito de aplicación. Disposiciones comunes a las subvenciones públicas: principios generales. Requisitos para el otorgamiento de subvenciones. Personas beneficiarias y requisitos. Las entidades colaboradoras. Publicidad de las subvenciones. La Bases de Datos Nacional de Subvenciones.
Tema 36. El procedimientos de concesión de las subvenciones. Los procedimiento de gestión y justificación de las subvenciones públicas. El reintegro de subvenciones y la pérdida del derecho al cobro. Aspectos generales del régimen de infracciones y sanciones en materia de subvenciones.
Tema 37. El patrimonio de las entidades locales. Legislación estatal y autonómica aplicable. Concepto y clasificación. Bienes de dominio público y bienes patrimoniales. Alteración de la calificación jurídica de los bienes. Adquisición, alienación y cesión de los bienes. Utilización y aprovechamiento de los bienes. Conservación, protección y defensa de los bienes. Prerrogativas y potestades de las entidades locales con respecto a sus bienes. Referencia breve al patrimonio público del suelo.
Tema 38. Marco normativo de la contratación del sector público. La función estratégica de la contratación pública. Los principios generales de la contratación pública. La Ley de contratos del sector público: Objeto y finalidad. Ámbito subjetivo de aplicación. Delimitación de los tipos contractuales. Contratos sujetos a regulación armonizada. Contratos administrativos y privados. Jurisdicción competente. Negocios y contratos excluidos.
Tema 39. Disposiciones generales sobre la contratación del sector público. Necesidad e idoneidad del contrato y eficiencia en la contratación. Termine de duración de los contratos y de ejecución de la prestación. Libertad de pactos y contenido mínimo del contrato. Perfección y forma del contrato. Régimen de invalidez. El recurso especial en materia de contratación. Otros recursos administrativos y judiciales.
Tema 40. Partes en el contrato. Órgano de contratación. Capacidad y solvencia del empresario: Normas sobre la capacidad, solvencia y clasificación. Prohibiciones de contratar. El Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas. Garantías exigibles en la contratación del sector público.
Tema 41. Objeto, presupuesto base de licitación, valor estimado, precio del contrato y revisión. El expediente de contratación: Inicio y contenido. Aprobación. Tipo de tramitación. Aspectos generales de los pliegues de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas. Los contratos menores.
Tema 42. Adjudicación de los contratos de las administraciones públicas. Normas generales relativas al procedimiento de licitación y adjudicación. Tipo de procedimientos de adjudicación: caracterización y análisis específico del procedimiento abierto. Efectos, cumplimiento y extinción de los contratos. Prerrogativas de la Administración.
Tema 43. El marco constitucional de la función pública. La regulación estatal básica y autonómica del personal al servicio de las administraciones públicas, con referencia específica al personal de la Administración local. Clases de personal empleado público y régimen jurídico. La Regulación y el régimen jurídico del personal de las entidades locales de las Illes Balears.
Tema 44. Los derechos del personal empleado público. Derechos individuales. Régimen retributivo y de la Seguridad Social. Jornada de trabajo, permisos, licencias y vacaciones. El derechos del personal empleado público de ejercicio colectivo.
Tema 45. La sindicación y la representación. La negociación colectiva y la participación en la determinación de las condiciones de trabajo. El derecho de huelga.
Tema 46. Los deberes del personal empleado público y código de conducta. Principios de actuación. El régimen de responsabilidades. El régimen de incompatibilidades. El régimen disciplinario.
Tema 47. Los delitos contra la Administración Pública. Concepto de autoridad y funcionario público a efectos penales. Aspectos generales de los delitos de prevaricación, desobediencia y denegación de auxilio, infidelidad en la custodia de documentos y violación de secretos, soborno, tráfico de influencias y malversación de primordiales público.
Tema 48. Las haciendas locales. Principios constitucionales y regulación legal estatal y autonómica. Los recursos de las entidades locales en el marco de la legislación de haciendas locales: municipios, provincias y otras entidades locales. La imposición y la ordenación de tributos y el establecimiento de recursos no tributarios.
Tema 49. La financiación y las haciendas de los consejos insulares: principios estatutarios. Los recursos de los consejos insulares de acuerdo con la legislación de haciendas locales y como institución de la comunidad autónoma. El sistema de financiación definitiva de los consejos insulares: disposiciones y elementos generales del sistema.
Tema 50. El régimen jurídico de la recaudación de las entidades locales. El pago y otras formas de extinción de las deudas. El aplazamiento y el fraccionamiento. La recaudación en periodo voluntario y en periodo ejecutivo. El procedimiento de apremio. La revisión en vía administrativa de los actos sobre aplicación y efectividad de los tributos y otros ingresos de derecho público de las entidades locales. La devolución de ingresos indebidos.
Tema 51. El presupuesto general de las entidades locales. Principios presupuestarios. Estructura y contenido, especial referencia a las bases de ejecución. Procedimiento de elaboración y de aprobación. La prórroga del presupuesto. Las modificaciones de crédito. La liquidación del presupuesto.
Tema 52. La estabilidad presupuestaria y la sostenibilidad financiera. Previsiones constitucionales y normativa de despliegue: objeto y principios generales. Los objetivos de estabilidad presupuestaria, de deuda pública y de la regla del gasto para las corporaciones locales: ámbito de aplicación y establecimiento o instrumentalización.
Tema 53. La Tesorería de las entidades locales: definición, régimen jurídico, principios y funciones. Referencia a la prelación de los pagos y a los planes de tesorería y de disposición de fondo. Los sistema de contabilidad de la Administración local: régimen jurídico aplicable, finalidades de la contabilidad pública local y otras disposiciones generales. La cuenta general: contenido, formación, aprobación y rendición.
Tema 54. El control interno de la actividad económico-financiera de las entidades locales y los entes dependientes de estas. La función interventora. El régimen de fiscalización e intervención del Consell de Mallorca.
Tema 55. El control externo de la actividad económico-financiera de las entidades locales y los entes dependientes de estas. El Tribunal de Cuentas y los órganos de control externo de las comunidades autónomas, referencia especial a la Sindicatura de Cuentas de las Illes Balears. Obligaciones de las entidades locales de suministro de información de la gestión económico-financiera. La responsabilidad contable.
Tema 56. La organización de los consejos insulares. Regulación estatutaria, legal y reglamentaria. Órganos necesarios y órganos complementarios. Órganos de gobierno. Funcionamiento y régimen jurídico.
Tema 57. La organización vigente en el Consell de Mallorca, régimen de sesiones y las normas especiales de funcionamiento del Consell de Mallorca. Estructura departamental y organización administrativa.
Tema 58. Competencias de los consejos insulares en la legislación de régimen local. La configuración de las competencias de los consejos insulares en el Estatuto de autonomía de las Illes Balears. Cláusula de cierre. Tema 59. Competencias propias de los consejos insulares. Funciones ejecutivas de competencias. Régimen jurídico de las competencias. Tema 60. Competencias del Gobierno de las Illes Balears en relación con las competencias propias de los consejos insulares. El procedimiento bisiesto de funciones y servicios inherentes a las competencias propias. La Comisión Mixta de Transferencias Gobierno-Consejos insulares.