Torna

Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias

AYUNTAMIENTO DE EIVISSA

Núm. 16373
Resolución núm. 2025-0002, de fecha 02/01/2025, por la cual se nombra personal funcionario de carrera a los aspirantes que han superado el concurso-oposición por el turno de promoción interna, de las cuatro plazas de administrativo/a encuadradas en la plantilla de personal funcionario, escala de administración general, subescala administrativa, grupo de clasificación C1, para el desempeño del puesto de trabajo de administrativo/a

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

La Primera Teniente de Alcalde, el día 2 de enero de 2025, ha dictado la siguiente resolución:

"DECRETO:

1.- Visto el informe favorable emitido por la Directora del Área de Sostenibilidad núm. 2024 0778, de fecha 31/12/2024, por el nombramiento de personal funcionario de carrera de 4 plazas de Administrativo/a por promoción interna.

2.- Dado que por decreto de Alcaldía núm. 2024-1239, de fecha 29/02/2024, se aprobaron las bases y la convocatoria que tiene que regir el proceso selectivo para proveer, como personal funcionario de carrera cuatro plazas de Administrativo/a, correspondiendo a la Oferta de Ocupación Pública del ejercicio 2022, mediante el sistema de concurso-oposición por el turno de promoción interna, encuadradas en la plantilla de personal funcionario, Escala de Administración General, Subescala Administrativa, Grupo de clasificación C1, para ocupar el puesto de trabajo de Administrativo/va, que ha sido publicado al Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 36, de fecha 14/03/2024.

3.- Dado que por decreto de Alcaldía núm. 2024-6002, de fecha 26/08/2024, se resolvió nombrar a las aspirantes propuestas por el tribunal, como personal funcionario en prácticas al puesto de trabajo de Administrativa con efectos del día 1 de septiembre de 2024.

4.- Dado que las persones aspirantes tomaron posesión con efectos del día 1 de septiembre de 2024 y que el día 31 de diciembre de 2024 (30 de diciembre como último día hábil) finalizaron el periodo de prácticas.

5.- Vista el acta del Tribunal Calificador, de fecha 30 de diciembre de 2024, por la cual se estipula que todas las candidatas han sido evaluadas como aptas y, por lo tanto, han superado el proceso selectivo.

6.- Dado que en el proceso selectivo se han observado todos los trámites legales y reglamentarios, que las persones candidatas propuestas por el Tribunal Calificador reúnen todas las condiciones establecidas en las bases de la convocatoria y que es procedente nombrarlas funcionarias de carrera como Administrativas.

7.- Visto lo que dispone el punto 1 y 2 del artículo 190 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre municipal y de régimen local de las Islas Baleares según el cual:

"1. El personal funcionario de las entidades locales, y también el personal eventual, se rige por el Estatuto básico del empleado público y por la legislación básica de régimen local y las disposiciones de esta Ley en materia de función pública, por la Ley de función pública de las Islas Baleares en las materias no reservadas a la legislación básica del Estado ni reguladas por esta Ley, por la normativa de despliegue de esta Ley y por la que dicten las entidades locales, y también por los acuerdos y los pactos aprobados por estas entidades. La normativa de despliegue de la Ley de función pública de las Islas Baleares dictada por el Gobierno de las Islas Baleares está aplicable supletoriamente”.

8.- Visto lo que establece el artículo 14 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de las Islas Baleares:

"Artículo 14. Personal funcionario de carrera

1. Es personal funcionario de carrera el que, en virtud de un nombramiento legal, se incorpora a la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares mediante una relación profesional de carácter permanente, regulada estatutariamente y sujeta a derecho público, ocupa lugares de trabajo dotados presupuestariamente o se encuentra en alguna de las situaciones administrativas previstas en esta ley.

(../..).”

9.- Visto el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público:

Artículo 62. Adquisición de la condición de funcionario de carrera.

1. La condición de funcionario de carrera se adquiere miedo lo cumplimiento sucesivo de los siguientes requisitos:

a) Superación del proceso selectivo.

b) Nombramiento miedo lo órgano o autoridad competente, que será publicado en el Diario Oficial correspondiente.

c) Acto de acatamiento de la Constitución y, en su caso, del Estatuto de Autonomía correspondiente y del resto del Ordenamiento Jurídico.

d) Toma de posesión dentro del plazo que se establezca.

2. A efectos de lo dispuesto en el apartado 1.b) anterior, no podrán ser funcionarios y quedarán sin efecto las actuaciones relativas a quienes no acreditan, una vez superado lo proceso selectivo, que reúnen los requisitos y condicionas exigidos en la convocatoria.”

10.- Según la base novena de la convocatoria que establece el que se transcribe a continuación:

NOVENA.- PERIODO DE PRÁCTICAS

9.1. El periodo de prácticas será de 4 meses. Este periodo de prácticas se realizará bajo la supervisión del responsable del servicio que se designe por la Alcaldía, y tendrá la consideración de fase final del proceso selectivo. El último día del periodo de prácticas, el responsable designado tendrá que emitir un informe sobre las prácticas realizadas y tendrá que indicar si se han superado de forma satisfactoria.

9.2. Finalizado el periodo de practicas, los aspirantes que lo hayan superado satisfactoriamente serán nombrados funcionarios de carrera por la Presidencia de la Corporación. Una vez notificada el nombramiento, los interesados dispondrán de un plazo de tres días hábiles para el juramento o promesa y la toma de posesión. Aquellos que no asuman el nivel suficiente de integración y eficiencia en el puesto de trabajo objete de la convocatoria serán declarados no aptas por resolución motivada de la presidencia de la Corporación, con trámite de audiencia previo, y perderán en consecuencia todos los derechos a su nombramiento como funcionarios de carrera.

11.- De acuerdo con los antecedentes señalados y en uso de las atribuciones que me han sido delegadas mediante Decreto de Alcaldía núm. 2023-5709, de fecha 22 de junio de 2023 (BOIB núm. 88, de 29/06/2023).

RESUELVO

PRIMERO. Nombrar las siguientes aspirantes, como personal funcionario de carrera como Administrativa, Escala de Administración General, Subescala Administrativa, Grupo de clasificación C1, para el desempeño del puesto de trabajo de administrativa con efectos del día de la toma de posesión:

DNI

NOMBRE Y APELLIDOS

46****30W

NATIVIDAD ALBA TORRES NAVARRO

41****54M

MARIA NIEVES RIBAS ESCANDELL

41****83C

ROSA MARÍA FERRER GAYART

41****69H

ROSA MARÍA CARDONA MORENO

SEGUNDO. Notificar este decreto a la personas interesadas y a sus responsables.

TERCERO. Las personas interesadas tienen que tomar posesión de plaza en el plazo de tres días hábiles contados a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución.

CUARTO. Ordenar la publicación de esta resolución en el BOIB.

QUINTO. Informar a las personas interesadas que en contra de esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer:

a) Directamente, un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma de Mallorca en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente a haber recibido la notificación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

b) Un recurso potestativo de reposición ante la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes contador desde el día siguiente a haber recibido la notificación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra la desestimación por silencio administrativo del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya notificado la resolución exprés del mismo, podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de seis meses a partir del día siguiente a la desestimación presunta.

c) Cualquier otro recurso que creáis conveniente, de acuerdo con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa y con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

 

Ibiza,

                                                                                                         Doy fe, LA REGIDORA DELEGADA                                                 EL SECRETARI ACCTAL. (documento firmado electrónicamente en el margen) (documento firmado electrónicamente en el margen)"

 

Ibiza, (firmado electrónicamente: 10 de enero de 2025)

La primera teniente de alcalde (Gema Marí Planells)