Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
Núm. 842634
Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública del Consell de Mallorca que aprueba la constitución de bolsas mediante concurso de méritos por los procedimientos extraordinario y específico de selección de personal funcionario interino para cubrir plazas vacantes de la categoría técnico superior especialidad oficial
Hechos
1. Por Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública del Consell de Mallorca, de 14 de octubre de 2024, se aprobó la convocatoria de bolsas mediante concurso de méritos por los procedimientos extraordinario y específico de selección de personal funcionario interino para cubrir plazas vacantes de la categoría técnico superior especialidad oficial para el Consell Insular de Mallorca (BOIB núm. 136, de fecha 17 de octubre de 2024).
2. Mediante la Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de fecha 3 de diciembre de 2024, se aprueba la lista provisional de personas admitidas y excluidas, con indicación del motivo de exclusión, y la lista provisional de puntuaciones correspondiente a la convocatoria de bolsas de la categoría técnico superior especialidad oficial. Se dio un plazo de diez días hábiles, a partir del día siguiente de la publicación de la mencionada resolución, para que las personas interesadas puedan presentar las enmiendas, alegaciones y los documentos que consideren adecuados. Este plazo finalizó el día 18 de diciembre de 2024.
3. De acuerdo con la base 3.9.3, de la Resolución de la consejera ejecutiva de Hacienda y Función Pública, de 30 de noviembre de 2023, que aprueba el Acuerdo de las bases generales que deben regir el procedimiento de selección de personal funcionario interino y de personal laboral temporal en el Consell de Mallorca (BOIB núm. 167, de 9 de diciembre de 2023, modificado en el BOIB núm. 17, de 3 de febrero de 2024 y en el BOIB núm. 107, de 15 de agosto de 2024), las personas omitidas o excluidas que no han subsanado el defecto, se considerarán excluidas definitivamente del procedimiento.
4. De acuerdo con lo que establece la base 3.2.4 de las bases generales, el órgano de selección, reunido en fecha 19 de diciembre de 2024, ha comprobado la documentación presentada por las personas aspirantes y ha resuelto las alegaciones, en los términos que se establecen en el anexo 3 de esta Resolución. Al mismo tiempo, ha aprobado las puntuaciones definitivas por orden de prelación, que determina la constitución de las bolsas en los términos que se establecen en los anexos 4 y 5 de esta Resolución.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 15 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en materia de nombramiento de personal funcionario interino.
2. El artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, relativo a la subsanación y mejora de las solicitudes.
3. El Decreto 30/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba el procedimiento de selección de personal funcionario interino al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 78, de 30 de mayo de 2009 y modificaciones posteriores).
4. La Resolución de la consejera ejecutiva de Hacienda y Función Pública que aprueba el Acuerdo de las bases generales que rigen el procedimiento de selección de personal funcionario interino y de personal laboral temporal en el Consell de Mallorca (BOIB núm. 167, de fecha 9 de diciembre de 2023, modificado en el BOIB núm. 17, de 3 de febrero de 2024 y en el BOIB núm. de 2024).
5. La Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública del Consell de Mallorca que aprueba la convocatoria de bolsas mediante la realización de una prueba selectiva, por los procedimientos extraordinario y específico de selección de personal funcionario interino para cubrir plazas vacantes de la categoría de técnico superior especialidad oficial para el Consell Insular de Mallorca (BOIB núm. 136, de fecha 17 de octubre de 2024).
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Aprobar la lista definitiva de personas admitidas y excluidas de la bolsa de la categoría técnico superior especialidad oficial, por los procedimientos extraordinario y específico de selección de personal funcionario interino, mediante concurso de méritos (anexos 1 y 2).
2. Informar de los acuerdos adoptados, por parte del órgano de selección, referentes a las alegaciones y documentos presentados por las personas aspirantes, así como la lista de puntuaciones definitivas, en los términos que se establecen en el anexo 3 de esta Resolución.
3. Aprobar la constitución de las bolsas, por los procedimientos extraordinario y específico de selección de personal funcionario interino, de la categoría técnico superior especialidad oficial, con las puntuaciones definitivas por orden de prelación (anexos 4 y 5).
4. Ordenar la publicación de esta Resolución en el BOIB, en el tablón de edictos de la Sede electrónica del Consell Insular de Mallorca.
5. Publicar las bolsas en el portal de selección del Consell Insular de Mallorca
https://seleccio.conselldemallorca.cat/portalseleccio/?lang=es
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponerse el recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno del Consell Insular de Mallorca, en el plazo de un mes, desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución en el BOIB.
Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada puede interponerse el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de Palma que corresponda en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.
Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no ha recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y puede interponerse el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.
No obstante, lo anterior, puede interponerse, si procede, cualquier otro recurso que considere oportuno. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Palma, al día de la firma electrónica (19 de diciembre de 2024) El consejero ejecutivo del Departamento de Hacienda y Función Pública (por delegación del Consejo Ejecutivo, según acuerdo de día 28 de septiembre de 2022, BOIB nº. 128, de 1 de octubre de 2022) Rafael Ángel Bosch Sans