Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTES
Núm. 739011
Resolución del consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la que se dispone el cese de un miembro del Tribunal del Deporte de las Illes Balears y el nombramiento de un nuevo ponente
El Capítulo III del Título XII de la Ley 2/2023, de 7 de febrero, de la actividad física y el deporte de las Islas Baleares (en adelante Ley 2/2023), establece el Tribunal del Deporte de las Islas Baleares como órgano supremo jurisdiccional deportivo en los ámbitos electoral, competitivo y disciplinario en las Illes Balears, que, con el apoyo material, de personal y presupuestario de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears, actúa con total autonomía e independencia y decide, en última instancia en vía administrativa, sobre las cuestiones electorales, competitivas y disciplinarias deportivas de su competencia.
El artículo 177 de la Ley 2/2023, determina la composición de este Tribunal, que está integrado por nueve miembros y un secretario o secretaria con voz y sin voto. Todos deben ser licenciados o graduados en derecho, deben tener experiencia profesional en el mundo jurídico y, preferentemente, experiencia en materia deportiva.
En atención al principio de representación equilibrada, debe garantizarse una presencia de mujeres y hombres según la cual ningún sexo supere el 60% del conjunto de personas ni sea inferior al 40%.
El artículo 178 establece que las personas que integran el Tribunal del Deporte de las Illes Balears son nombradas por el consejero o la consejera competente en materia de deportes del Gobierno de las Illes Balears:
a) Tres, a propuesta de la dirección general competente en materia de deportes.
b) Tres, a propuesta de la Asamblea del Deporte y la Actividad Física de las Islas Baleares.
c) Tres, a propuesta del Ilustre Colegio de Abogados de las Illes Balears.
De conformidad con el artículo 180.1, el mandato de las personas integrantes del Tribunal Balear del Deporte de las Illes Balears es de cinco años renovables y cesan en el cargo cuando finaliza el plazo por el que han sido designadas, una vez se han designado a los nuevos miembros.
Dado que el Sr. Felio José Bauzá Martorell, propuesto por el Ilustre Colegio de Abogados de las Islas Baleares comunicó al Tribunal del Deporte de las Islas Baleares que, por razones de índole personal, formulaba renuncia a la condición de miembro y, consecuentemente, se solicitó al Ilustre Colegio de Abogados de las Islas Baleares que propusiera un nuevo miembro.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1.- Disponer el cese como miembro del Tribunal del Deporte de las Illes Balears, con expresión del agradecimiento de los servicios prestados:
- Sr. Felio José Bauzá Martorell
2. Nombrar como miembro del Tribunal del Deporte de las Islas Baleares por el tiempo restante en el cargo:
- Sr. Joan Francesc Barceló Martí
3.- Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta resolución- que no agota la vía administrativa- se puede interponer un recurso de alzada ante la consejera de Asuntos Sociales y Deportes, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (7 de noviembre de 2024)
El consejero de Turismo, Cultura y Deportes Jaume Bauzá Mayol