Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 736992
Notificación de Resolución de desistimiento y revocación a los beneficiarios de las ayudas, Exp. 016, de fecha 18 de octubre de 2024 al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 17 de diciembre de 2021 por la que se convocan subvenciones para Inversiones en las explotaciones agrarias, para los años 2021
El apartado 9.3. de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 17 de diciembre de 2021 por la que se convocan, subvenciones para Inversiones en las explotaciones agrarias, correspondientes a los años 2021, especifica que la resolución expresa se notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA, con fecha 18 de octubre de 2024, firmó la siguiente resolución,
“Informe Propuesta de Resolución/ Resolución de aceptación de desistimiento y revocación de la Resolución de concesión
Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020
Medida 4.1- Ayuda a las Inversiones en las explotaciones agrarias (INEA)
Convocatoria: INEA2021_1
Código DIR3: A04026954
Código SIA: 2773119
Código BDNS: 498018
Exp.: INEA2021/016
Antecedentes
1.Con fecha de 21 de diciembre de 2021 se publicó, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 174, la Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan, mediante el procedimiento anticipado de gasto, subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias para el año 2021.
2.El 12 de abril de 2024, el vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA dictó una Resolución de concesión de ayudas para inversiones en las explotaciones agrarias, que se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares número 52, del 20 de abril de 2024, en la que figuraba una concesión a favor de los interesados señalados en el anexo adjunto.
3.El 11 de octubre de 2024, con registro de entrada núm. 660802, el interesado JOSE MARIA SIRVENT CERDA con NIF ***2839**, presentó su desistimiento, lo que supone llevar a cabo la revocación total de la ayuda concedida.
4.El artículo 21.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece la obligación de la Administración a dictar resolución expresa ya notificarla. En su párrafo segundo especifica que “En los casos de prescripción, renuncia del derecho, caducidad del procedimiento o desistimiento de la solicitud, así como la desaparición sobrevenida del objeto del procedimiento, la resolución consistirá en la declaración de la circunstancia que concurra en cada caso, con indicación de los hechos producidos y normas aplicables».
5.El artículo 43 del Texto refundido de la Ley de Subvenciones, aprobado por Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, dispone que «Pertoca la revocación de la subvención cuando, posteriormente a la resolución de concesión válida y ajustada a derecho , el beneficiario incumple total o parcialmente las obligaciones o compromisos contraídos a los que está condicionada la eficacia del acto de concesión de la subvención. Como consecuencia de la revocación de la subvención, queda sin efecto, total o parcialmente, el acto de concesión y procede el reintegro de las cantidades indebidamente percibidas».
6.Dado todo esto, se propone realizar la revocación debido al desistimiento de la ayuda concedida por los beneficiarios que se indican en el anexo de esta resolución.
Fundamentos de derecho
1.Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan, mediante el procedimiento anticipado de gasto, subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias para el año 2021 .
2. Orden del Conseller de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.
3 Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Propuesta de Resolución
Por todo ello, se informa favorablemente del cambio de inversión y se propone al vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA que dicte una resolución en los siguientes términos:
1.Aceptar el desistimiento presentado por los beneficiarios señalados en el anexo adjunto, a la ayuda concedida por la Resolución del vicepresidente del FOGAIBA de día 12 de abril de 2024 .
2.Revocar la ayuda concedida en la resolución del vicepresidente del FOGAIBA de día 12 de abril de 2024, correspondiente a los interesados señalados en el anexo adjunto y por el importe indicado en el anexo de esta resolución.
3. Declarar concluido los procedimientos y archivar los expedientes correspondientes.
4.Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el conseller de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas.
Palma, a fecha de la firma electrónica
La técnica gestora de la línea Bruno Rigo Alemany |
El jefe de Sección de Ayudas al Desarrollo Rural Antonio Barceló Avila |
La jefe de Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural Gemma Canós Franch |
Conforme con la propuesta, dicto resolución
El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA, |
Fernando Fernández Such” |
ANEXO I IMPORTES A REVOCAR INEA2021
NOMBRE |
CIF |
EXPEDIENTE |
FECHA NOTIFICACIÓN DE LA CONCESIÓN |
COFINANCIAMIENTO |
IMPORTE A REVOCAR (€) |
||
FEADER |
AGE |
CAIB |
|||||
JOSE MARIA SIRVENT CERDÀ |
***2839** |
INEA2021/016 |
20/04/24 |
34.038,49 € |
9.055,53 € |
23.100,34 € |
66.194,36 € |
TOTAL IMPORTE A REVOCAR |
34.038,49 € |
9.055,53 € |
23.100,34 € |
66.194,36 € |
Palma, a fecha de la firma electrónica (7 de noviembre de 2024)
El director gerente del FOGAIBA Joan Josep Coll Bibiloni