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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE LLUCMAJOR

Núm. 736766
Aprobación definitiva de las modificaciones presupuestarias 40/2024 - 41/2024 - 42/2024

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Publicado el anuncio relativo a las modificaciones del presupuesto general para el ejercicio 2024 en su modalidad de crédito extraordinario (40/2024 - 41/2024 - 42/2024), aprobadas inicialmente en sesión plenaria de fecha 25/09/2024 (BOIB nº 131 de 05/10/2024), y habiendo finalizado el periodo de exposición pública de dichas modificaciones sin que se hayan presentado reclamaciones, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 112 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, y en el articulo 169 del RDL 2/2004 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, las siguientes modificaciones presupuestarias se consideran definitivamente aprobadas:

Entidad: Ajuntament de Llucmajor.

INCREMENTO DEL PRESUPUESTO DE GASTOS.

 

Número de modificación

APLICACIÓN

Descripción

Importe

40-2024

012000-132-6240007

Grua y 2 furgones de Policía

272.250,00€

41-2024

012000-132-6220002

Reforma cuartel Policía

61.710,00 €

42-2024

080000-334-48002

Subvención EMAE Llucmajor

20.000,00 €

 

 

 

 

INCREMENTO DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS

 

Número de modificación

APLICACIÓN

Descripción

Importe

40-2024

87001

Remanente de tesorería para gastos generales

272.250,00€

41-2024

87001

Remanente de tesorería para gastos generales

61.710,00 €

42-2024

87001

Remanente de tesorería para gastos generales

20.000,00 €

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de esta Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, según lo fijado en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de este recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

 

Llucmajor, en la fecha de la firma electrónica (7 de noviembre de 2024)

La alcaldesa Maria Francisca Lascolas Rosselló