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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

CONSORCIO SERRA DE TRAMUNTANA PATRIMONIO MUNDIAL

Núm. 736542
Resolución de aprobación de ampliación del plazo para la ejecución y justificación de los proyectos de subvención a conceder a Cooperativas Agrarias, Cofradías de Pescadores y Consejos Reguladores de Denominación de Origen Protegida de la Serra de Tramuntana para el año 2024 dentro de la línea de subvenciones para el mantenimiento de la actividad agraria y pesquera (SV 4/2024)

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Texto

El vicepresidente del Consorcio Serra de Tramuntana Patrimonio Mundial ha dictado, el día 6 de noviembre de 2024, la siguiente resolución:

<< Antecedentes

1. El vicepresidente del Consorcio Sierra de Tramontana Patrimonio Mundial, el día 12 de agosto de 2024, resolvió aprobar convocatoria de subvenciones para el año 2024, destinada a Cooperativas Agrarias, Cofradías de Pescadores y Consejos Reguladores de Denominación de Origen Protegida de la Sierra de Tramuntana para el mantenimiento de la actividad agraria y pesquera. El extracto de la convocatoria de subvenciones, así como la misma convocatoria, se publicó en el BOIB nº. 107, de día 15 de agosto de 2024.

2. Durante el periodo de un mes para presentar solicitudes, hasta día 15 de septiembre de 2024 se presentaron 8 solicitudes de subvenciones por esta convocatoria.

3. Atendido a problemas de falta de personal del Consorcio Sierra de Tramontana, todavía no se han podido conceder subvenciones sobre las diferentes actuaciones.

4. La jefa de servicio jurídico del Servicio de Gestión de Parajes Culturales ha emitido, en fecha 6 de noviembre de 2024, informe jurídico favorable a la ampliación del plazo para ejecutar y justificar las subvenciones concedidas.

Fundamentos de Derecho

1. El artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 70 del Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de subvenciones de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, prevén la ampliación de los plazos para ejecutar y justificar las subvenciones.

2. De acuerdo con la base decimocuarta de la convocatoria, el Vicepresidente del Consorcio Sierra de Tramontana Patrimonio Mundial es el órgano competente para aprobar y resolver esta ampliación de conformidad con el artículo 11 letra e) de los estatutos del Consorcio Sierra de Tramontana Patrimonio Mundial. Por todo esto, resuelvo:

RESOLUCIÓN

1. Ampliar hasta día 29 de noviembre de 2024, el plazo que figura en la base decimocuarta de la convocatoria de subvenciones para el mantenimiento de la actividad agraria y marítima dirigidas a Cooperativas Agrarias, Cofradías de Pescadores y Consejos Reguladores de Denominaciones de Origen Protegida de la Sierra de Tramontana para el año 2024 (BOIB nº. 107, de 15 de agosto de 2024), para:

 - La ejecución y justificación de los proyectos de subvención a conceder a los beneficiarios.

2. Ordenar la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB), vista la pluralidad de interesados.

Contra esta resolución de ampliación del plazo para la ejecución y/o justificación de la subvención, no corresponde la interposición de ningún recurso, visto el previsto en el artículo 32.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.>>

Palma, en fecha de la firma electrónica: 7 de noviembre de 2024

La jefa de servicio del Consorcio Serra de Tramuntana Maria Antònia Beltran Celià