Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 735862
Notificación de Resolución de modificación y revocación parcial a los beneficiarios de las ayudas, exp. 04003804 de fecha 18 de octubre de 2024, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 12 de abril de 2023 por la que se convocan subvenciones para el Fomento de las razas autóctonas en peligro de extinción, para el año 2023
El apartado 8.3. de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 12 de abril de 2023 por la que se convocan, subvenciones para el Fomento de las razas autóctonas en peligro de extinción, correspondientes al año 2023, especifica que la resolución expresa se notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA, con fecha 18 de octubre de 2024, firmó la siguiente resolución,
“INFORME-PROPUESTA DE MODIFICACIÓN/ RESOLUCIÓN DE MODIFICACIÓN Y REVOCACIÓN PARCIAL
Plan estratégico de la PAC 2023-2027 (PEPAC)
Compromisos de conservación de recursos genéticos
Intervención 65051_02: Fomento de razas autóctonas en peligro de extinción
Convocatoria 2023
Documento: Revocación
Código SIA: 3004215
Emisor (DIR3): A04026954
Código BDNS: 687702
Fecha:17/10/2024
Antecedentes
1.Con fecha 6 de abril de 2023, se publica en el BOIB núm. 43, la Orden de la consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco de las intervenciones para el Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2023-2027.
2.Con fecha 15 de abril de 2023, se publica en el BOIB núm. 48, la Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas destinadas para el fomento de razas autóctonas en peligro de extinción para el año 2023.
3.Con fecha 30 de mayo de 2023, se publica en el BOIB núm. 71, la Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se modifica la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 27 de febrero de 2023, de convocatoria, para el año 2023, de las ayudas correspondientes a las intervenciones en forma de pagos directos que prevé el Plan estratégico de la PAC (PEPAC), así como otras resoluciones de convocatoria de ayudas que prevén las intervenciones en el desarrollo rural.
4.Con fecha 30 de junio de 2023, se han recibido un total de 299 solicitudes por la ayuda destinada para el fomento de razas autóctonas en peligro de extinción.
5.Los órganos gestores del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural han llevado a cabo el control administrativo de las solicitudes y documentación aportada de acuerdo con las normas reguladoras de esta ayuda.
6.Con fecha 17 de abril de 2024 el vicepresidente del FOGAIBA dicta resolución de concesión de las ayudas destinadas al fomento de razas autóctonas en peligro de extinción al solicitante NADAL FERRA JAIME con número de expediente 04003804 y DNI *** 1802** y que se publicó en el BOIB núm. 59, de 4 de mayo de 2024.
7.El compromiso adquirido por el beneficiario durante el período 2023-2027 fue el de mantener el censo ganadero en 5 animales de la especie bovina de la raza mallorquina, 20 animales de la especie porcina de la raza cerdo negro mallorquín y 3 animales de la especie equina de la raza asno balear (con un total de 16,4 UBM), tal y como se detalla en el anexo I de esta resolución.
8.Con fecha 25 de abril de 2024 el beneficiario NADAL FERRA JAIME con número de expediente 04003804 y DNI ***1802** presenta como alegación, con código 16421, la modificación del censo de animales comprometidos por el período 2024 -2027 en la que se dan de baja 3 animales de la especie equina de la raza asno balear y se dan de alta 4 animales de la especie porcina de la raza cerdo negro mallorquín quedando el censo ganadero en 5 animales del especie bovina de la raza mallorquina, 24 animales de la especie porcina de la raza cerdo negro mallorquín y 0 animales de la especie equina de la raza ase balear (con un total de 16 UBM), tal y como se detalla en la anexo II de esta resolución.
9.El órgano gestor ha realizado todas las comprobaciones necesarias para validar el cambio solicitado por el beneficiario NADAL FERRA JAIME con número de expediente 04003804 y DNI ***1802** y modificar la resolución de concesión inicial publicada en el BOIB núm 59, de 4 de mayo de 2024.
10.Procede revocar los saldos resultantes para el período 2024-2027, tal y como se detalla en el anexo III de esta resolución.
Fundamentos de derecho
1.En fecha 6 de abril de 2023, se publica en el BOIB núm. 43, la Orden de la consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco de las intervenciones para el Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2023-2027.
2.Resolución de la Presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 12 de abril de 2023 por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2023, de las ayudas destinadas para el fomento de razas autóctonas en peligro de extinción, publicada en el BOIB núm. 48 de 15 de abril de 2023.
3.En el apartado noveno de la convocatoria referente a las obligaciones y compromisos de las personas beneficiarias, punto 1, letra a) mantener el censo ganadero, computado como unidades de ganado mayor (UBM), con animales de las razas autóctonas y las equivalencias que se indican en el punto 1.c del apartado tercero de esta resolución. Los animales que se identifican en la solicitud de ayuda o pago se pueden sustituir sin que se pierda el derecho de pago de la ayuda, siempre que la persona beneficiaria lo comunique al FOGAIBA antes de que se le informe de un incumplimiento en su solicitud o que se le comunique que se llevará a cabo un control sobre el terreno. Las solicitudes podrán retirarse total o parcialmente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 113 del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre.
Informe y Propuesta de resolución
Por todo ello, se informa y propone al vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA que dicte resolución en los siguientes términos:
1.Modificar la concesión del beneficiario tal y como se detalla en el anexo II de esta resolución para el período 2024-2027.
2.Revocar parcialmente la concesión del beneficiario tal y como se detalla en el anexo III de esta resolución para el período 2024-2027.
3.Notificar la resolución a los interesados en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta resolución -que no agota la vía administrativa- se puede interponer recurso de alzada ante el consejero de Agricultura, Pesca y Medio Natural, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución , de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
La jefe de Sección II de Ayudas para el Desarrollo Rural
María José Lorente García
Conforme con el informe, se propone
La jefe del Servicio de Ayudas para el Desarrollo Rural
Gema Canós Franch
Conforme con la propuesta, dict resolución
El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA
Fernando Fernández Such”
ANEXO I Cconcesión de ayuda destinada para el fomento de razas autóctonas en peligro de extinción para el período 2023-2027
Núm exp. razas |
Expediente |
DNI/NIF |
Nombre / Razón Social |
Especie |
Raza |
Animales aceptados |
UBM |
Importe anual concedido (200 € / UBM) |
Importe anual total concedido (200 € / UBM) |
Importe período 2023-2027 |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
115 |
4003804 |
***1802** |
NADAL FERRA JAIME |
Bovina |
Mallorquina |
5 |
4 |
800 € |
3.280 € |
16.400 € |
Porcina |
Porc negre mallorquí |
20 |
10 |
2.000 € |
||||||
Equina |
Ase balear |
3 |
2,4 |
480 € |
ANEXO II Modificación de la ayuda destinada para el fomento de razas autóctonas en peligro de extinción para el período 2024-2027
Núm exp. razas |
Expediente |
DNI/NIF |
Nombre / Razón Social |
Especie |
Raza |
Especie |
Raza |
Animales modificados |
UBM |
Importe anual modificado (200 € / UBM) |
Importe anual total modificado (200 € / UBM) |
Importe Feader |
Importe Magrama |
Importe CAIB |
Importe período 2024-2027 |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
115 |
4003804 |
***1802** |
NADAL FERRA JAIME |
Bovina |
Mallorquina |
Bovina |
Mallorquina |
5 |
4 |
800 € |
3.200 € |
1.728,00 € |
345,60 € |
1.126,40 € |
12.800 € |
Porcina |
Porc negre mallorquí |
Porcina |
Porc negre mallorqui |
24 |
12 |
2.400 € |
|||||||||
Equina |
Ase balear |
Equina |
Ase balear |
0 |
0 |
0 € |
ANEXO III Revocación parcial de la ayuda destinada para el fomento de razas autóctonas en peligro de extinción para el período 2024-2027
Núm exp. razas |
Expediente |
DNI/NIF |
Nombre / Razón Social |
Importe anual revocatdo |
Importe Feader |
Importe Magrama |
Importe CAIB |
Importe revocado período 2024-2027 |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|
115 |
4003804 |
***1802** |
NADAL FERRA JAIME |
80 € |
43,20 € |
8,64 € |
28,16 € |
320 €
|
Palma, a fecha de la firma electrónica (6 de noviembre de 2024)
El director gerente del FOGAIBA Joan Josep Coll Bibiloni