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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 735785
Extracto del acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 14 de octubre de 2024, relativo a la aprobación de las bases de las ayudas para la mejora de instalaciones privadas gestionadas por entidades deportivas sin ánimo de lucro y la convocatoria correspondiente a 2024 (Exp. 2711-2024-000001)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

 

BDNS 794087

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/794087):

Primero. Beneficiarios

Se pueden acoger a esta convocatoria las entidades deportivas sin ánimo de lucro constituidas e inscritas legalmente en el Registro de Entidades Deportivas del Gobierno de las Illes Balears, como mínimo desde el inicio de la temporada objeto de ayuda, y que desarrollen la actividad deportiva en la isla de Menorca y en instalación privada. La entidad es la que gestiona de forma directa todos los recursos y servicios necesarios para desarrollar la actividad deportiva y asume los gastos de inversión y mantenimiento que se derivan de la instalación privada que hace uso. Además promoverá la actividad física, la salud, la formación deportiva y las actividades competitivas reguladas por los organismos oficiales.

En ambas líneas, los beneficiarios deben cumplir alguno de los siguientes requisitos:

  • La entidad deportiva sin ánimo de lucro será titular de la instalación privada.

  • El propietario de la instalación privada hace una cesión de uso a la entidad deportiva sin ánimo de lucro quien se encarga de gestionar de forma directa y desarrollar la actividad deportiva y asume los gastos de inversión y mantenimiento de la instalación.

  • La vinculación entre el propietario y la entidad deportiva sin ánimo de lucro es a través de un contrato de alquiler y en el que la entidad gestiona de forma directa la instalación y asume los gastos de inversión y mantenimiento de la instalación.

Segundo. Objeto

Ofrecer y regular la concesión de ayudas económicas dirigidas a entidades deportivas sin ánimo de lucro inscritas en el Registro de la Dirección General de Deportes de las Illes Balears y con domicilio en Menorca.

Tercero. Bases reguladoras

La convocatoria se regirá por las bases reguladoras aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca, en sesión de carácter ordinario de 14 de octubre de 2024.

Cuarto. Cuantía

El importe global máximo de la convocatoria es de 260.000 € (doscientos sesenta mil euros), con el siguiente desglose:

Línea 1. Inversión hecha para la mejora de las instalaciones deportivas; espacios de práctica deportiva y zonas complementarias que haya asumido la entidad; ciento ochenta mil euros (180.000,00 €).

Línea 2. Mantenimiento preventivo y correctivo de la instalación deportiva hecho por parte de la entidad: ochenta mil euros (80.000,00 €).

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOIB.

Sexto. Otros datos

Los importes máximos por beneficiario serán los siguientes:

Línea 1. Por entidad, el importe máximo será de veinte mil euros (20.000 €).

Línea 2. Por entidad, el importe máximo será de ocho mil euros (8.000 €).

El importe máximo de la convocatoria por entidad será de 28.000 €.

Las ayudas objeto de la convocatoria serán para las inversiones y las actividades de mantenimiento realizadas desde el 1 de agosto de 2023 hasta el 31 de julio de 2024.

 

Maó, 30 de octubre de 2024

Por delegación del presidente El secretario del Consejo Ejecutivo Octavi Pons Castejón (DP 129/2023, de 27 de julio) (BOIB núm. 106 de 29-7-2023)