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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA Y DESARROLLO LOCAL

Núm. 734135
Extracto de la Resolución de la Consejera Ejecutiva de Promoción Económica y Desarrollo Local, de 6 de noviembre de 2024, por la cual se aprueba la convocatoria a los Ayuntamientos de Mallorca para la limpieza, mantenimiento y conservación de caminos de titularidad municipal

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

“De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones se publica el extracto de la convocatoria, el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarios

Pueden acogerse a esta convocatoria todos los ayuntamientos de Mallorca, excepto el municipio de Palma y su Ayuntamiento, siempre que hayan realizado alguna de las actuaciones subvencionables dentro del período indicado en la convocatoria y que no incurran en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 8 de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca.

Segundo.  Objeto y actuaciones subvencionables.

El objeto de esta convocatoria es otorgar ayudas a los ayuntamientos de Mallorca para sufragar las actuaciones de limpieza, mantenimiento y conservación de los caminos de titularidad municipal.

Las actuaciones subvencionables serán la destinadas a la limpieza, mantenimiento y conservación de caminos que sean de titularidad municipal incluidos en el catálogo municipal de caminos públicos, y entre ellas, las siguientes:

  • Limpieza y desbroce de arbustos, matorrales y maleza.
  • Limpieza del arbolado que pueda afectar a la transitabilidad del camino público, incluida la poda y la tala.
  • Limpieza de bordes.
  • Mantenimiento, conservación y adecuación de la superficie del camino público.
  • Eliminación controlada de los residuos vegetales.

Estas actuaciones habrán de estar realizadas y abonadas entre el 1 de enero de 2024 y la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria.

Tercero. Bases reguladoras

Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca (BOIB núm.21, de 18 de febrero de 2017 y BOIB n.º 96, de 4 de agosto de 2018).

Cuarto. Cuantía y criterio de concesión

La convocatoria tiene carácter anual y el importe máximo que se destina es de 200.000 euros, que se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 65.94310.46203. Los beneficiarios obtendrán una subvención económica hasta el 100% del coste de los gastos de mantenimiento con un máximo global de hasta doscientos mil euros (200.000,00 €)

En el supuesto que el crédito presupuestario no llegue para la satisfacción del 100% del gasto justificado por parte de las entidades solicitantes, se realizará el sumatorio de la totalidad de dichos gastos justificados y se otorgará en cada municipio la parte proporcional correspondiente del crédito presupuestario aprobado (200.000,00 €)

Quinto. Plazo para la presentación de solicitudes

De acuerdo con el que dispone el art. 30 de LPACAP, el plazo para presentar las solicitudes será quince (15) días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de este extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares; y dado que los beneficiarios son personas jurídicas obligadas a relacionarse electrónicamente con la administración, las solicitudes se tienen que presentar exclusivamente por vía telemática a través del registro electrónico, accesible desde la sede electrónica del Consejo de Mallorca (https://seu.conselldemallorca.net).

Sexto. Otros datos.

Esta convocatoria se aprueba en régimen de concurrencia no competitiva y está reflejada en el Plan estratégico de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca para el año 2024.

El modelo normalizado de solicitud y la documentación que se tiene que acompañar se encuentra disponible en la sede electrónica del Consejo Insular de Mallorca https://seu.conselldemallorca.net

 

Palma, en fecha de firma electrónica (6 de noviembre de 2024)

El secretario técnico de Promoción Económica y Desarrollo Local Diego de la Fuente Rama (De conformidad con el art. 35.2g) de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de Consejos Insulares).