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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 528083
Resolución del director gerente del Área de Salud de Ibiza y Formentera, por la que se convoca la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de trabajo de supervisor/supervisora de unidad de Enfermería de la Unidad de Atención Intermedia Polivalente del Hospital Can Misses, Área de Salud de Ibiza y Formentera

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Texto

Hechos

Es necesario cubrir el puesto de trabajo de supervisor/supervisora de unidad de Enfermería de la Unidad de Atención Intermedia Polivalente, correspondiente a la plantilla orgánica autorizada del Hospital Can Misses, dependiente del Área de Salud de Ibiza y Formentera, del Servicio de Salud de las Islas Baleares.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 55/2003, de 16 de diciembre, el estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud (BOE núm. 301, de 17 de diciembre de 2003).

2. El Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público.

3. El Real decreto ley 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las instituciones sanitarias de la Seguridad Social (BOE núm. 8, de 9 de enero de 1999).

4. El Real decreto 521/1987, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento sobre Estructura, Organización y Funcionamiento de los Hospitales gestionados por el Instituto Nacional de la Salud.

5. La Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

6. La disposición final segunda del Decreto ley 5/2023, de 28 de agosto, de medidas urgentes en el ámbito educativo y en el sanitario, por la que se modifica la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, en cuanto al nivel exigido de conocimiento de la lengua catalana.

Por todo ello dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar la convocatoria para proveer, por el sistema de libre designación, el puesto de trabajo de supervisor/supervisora de unidad de Enfermería de la Unidad de Atención Intermedia Polivalente, correspondiente a la plantilla orgánica autorizada del Hospital Can Misses, Área de Salud de Ibiza y Formentera.

2. Aprobar las bases que rigen esta convocatoria, que figuran en el anexo 1.

3. Designar a los miembros de la comisión de valoración, que figuran en el anexo 2.

4. Publicar el modelo de solicitud para acceder al puesto de trabajo ofertado en esta convocatoria, que figura en el anexo 3.

5. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en los tablones de anuncios del Hospital Can Misses y en el portal web del Servicio de Salud de les Islas Baleares (www.ibsalut.es).

Interposición de recursos

Contra esta resolución —que agota la vía administrativa— puede interponerse un recurso de reposición ante el órgano que la dicta en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en relación con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También puede interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución, de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere procedente interponer.

 

(Firmado electrónicamente:28 de agosto de 2024)

La directora médica de Atención Especializada de ASEF Sausan Sayed Ávila Por delegación del director general (BOIB núm. 112, de 12/08/2023) Por suplencia del gerente del Hospital Can Misses (BOIB núm. 131, de 23/09/2023)

 

ANEXO 1 Bases de la convocatoria

1. Puesto de trabajo ofertado

Supervisor/supervisora de unidad de Enfermería de la Unidad de Atención Intermedia Polivalente correspondiente a la plantilla orgánica autorizada del Hospital Can Misses del Servicio de Salud de las Islas Baleares.

2. Características generales

El régimen jurídico del puesto de trabajo en cuestión es el que se establece en la Ley 55/2003 de 16 de diciembre, del estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud y las disposiciones que la desarrollan y el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público.

El cargo se ocupará en régimen de dedicación exclusiva.

3. Requisitos de los aspirantes

3.1 Requisitos generales

a. Tener la nacionalidad española o la de un estado miembro de la Unión Europea, o tener el derecho a la libre circulación de trabajadores de conformidad con el Tratado de la Unión Europea u otros tratados ratificados por España, o bien tener reconocido este derecho por medio de una norma legal.

b. Ostentar un nombramiento como personal estatutario fijo o funcionario de carrera que, en la fecha de publicación de esta convocatoria, esté en la situación de servicio activo o en la situación de reserva de puesto y preste servicio en instituciones sanitarias del Sistema Nacional de Salud.

Asimismo, puede optar el personal estatutario temporal que cumpla con los requisitos que determina la convocatoria, circunscribiéndose su posible selección a la ausencia de personal fijo.

c. Tener la titulación oficial que habilite para el ejercicio del puesto de trabajo. En el caso de las titulaciones obtenidas en el extranjero, hay que acreditar que están homologadas por el Ministerio de Educación

d. Tener la capacidad funcional necesaria para desempeñar las funciones que se deriven del nombramiento.

e. Tener cumplidos 16 años y no sobrepasar la edad de jubilación forzosa.

f. No haber sido separado del servicio —por medio de un expediente disciplinario— de cualquier servicio de salud o administración pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni estar inhabilitado con carácter firme para ejercer funciones públicas ni, en su caso, la profesión correspondiente. En los casos de personas de otros estados mencionadas en el párrafo a), no estar inhabilitada por una sanción o una pena para el ejercicio profesional o para acceder a funciones o servicios públicos en su estado, ni haber sido separada por medio de una sanción disciplinaria de ninguna de sus administraciones o servicios públicos en los seis años anteriores a la convocatoria.

3.2 Requisitos específicos

a. Ser personal estatutario, funcionario o laboral sanitario, con nombramiento fijo, del subgrupo A2, que en la fecha de la publicación de la convocatoria esté en servicio activo o en otra situación administrativa que genere reserva de plaza y preste servicio en una institución sanitaria del Sistema Nacional de Salud.

b. Acreditar un mínimo de tres años de experiencia profesional en el Hospital Can Misses.

c. Presentar un proyecto de gestión y organización sobre «La gestión de mejora o de planificación de nuevas intervenciones en el marco de la puesta en marcha de la Unidad de Atención Intermedia Polivalente», tal y como se establece en el apartado 6.c) de esta convocatoria.

3.3 Acreditación de los requisitos

a. Los requisitos deben cumplirse el último día del plazo para presentar solicitudes y deben mantenerse hasta la toma de posesión.

b. La acreditación de los requisitos debe hacerse efectiva en el momento de presentar la solicitud.

c. El personal del Servicio de Salud de las Islas Baleares no ha de acreditar documentalmente los requisitos generales de esta convocatoria, pues el órgano competente hará las comprobaciones necesarias de oficio, salvo que el aspirante se oponga manifiestamente en la solicitud.

d. Los aspirantes que no trabajen en el Servicio de Salud de las Islas Baleares han de aportar la documentación acreditativa —original o una copia auténtica—de todos los requisitos en los términos establecidos.

4. Características del puesto de trabajo y funciones por desempeñar

La persona que obtenga el puesto de trabajo dependerá de la Gerencia del Hospital Can Misses y funcionalmente de la Dirección de Enfermería y Subdirección de Atención a la Cronicidad, Coordinación Sociosanitaria y Enfermedades Poco Frecuentes del Servicio de Salud de las Islas Baleares y desempeñará las funciones y cumplirá los objetivos propios de supervisor/supervisora de Enfermería de la Unidad de Atención Intermedia Polivalente de la plantilla orgánica autorizada del Hospital Can Misses del Servicio de Salud.

Funciones:

a. Las funciones generales que debe desempeñar la persona seleccionada son las propias de su categoría profesional, así como aquellas que le sean encomendadas en el ámbito de sus competencias por los responsables de la Dirección de Enfermería de la Gerencia del Área del Área de Salud de Ibiza y Formentera y de la Subdirección de Atención a la Cronicidad, Coordinación Sociosanitaria y Enfermedades Poco Frecuentes del Servicio de Salud de las Islas Baleares.

b. Las funciones específicas a desempeñar por la persona seleccionada son las inherentes a la responsabilidad del correcto funcionamiento de la Unidad de Atención Intermedia Polivalente del Hospital Can Misses y de la actividad del personal a ellos adscrito, así como funciones de docencia e investigación, acogida al personal de nueva incorporación además de la custodia y utilización adecuada de los recursos materiales que tengan asignados, de acuerdo con lo que establece el artículo 26 del Real decreto 521/1987, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento sobre estructura, organización y funcionamiento de los hospitales gestionados por el Instituto Nacional de la Salud.

5. Trámite de solicitud

a. Para participar en la convocatoria hay que presentar la solicitud siguiendo el modelo que figura en el anexo 3.

b. Esta solicitud, dirigida al órgano convocante, debe presentarse en el plazo de (20) veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

La solicitud y el resto de la documentación puede presentarse en la Oficina de Asistencia en Materia de Registro del Hospital Can Misses, ubicada en la calle Corona, s/n, edificio J, de Ibiza, o por medio de cualquiera de las vías que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de les administraciones públicas.

Sea cual sea la opción escogida para presentar la solicitud, se recomienda enviar el justificante de presentación al Departamento de Recursos Humanos del Hospital Can Misses por correo electrónico a la dirección rrhh@asef.com.

Las personas que participen en el proceso son personalmente responsables de la veracidad de la documentación aportada y están obligadas a presentar los documentos originales en cualquier momento a requerimiento de la Administración convocante.

6. Documentación que debe aportarse

a. Junto con la solicitud y proyecto de gestión, todo aspirante debe aportar los documentos siguientes:

  • Documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos establecidos en el apartado 3.
  • Currículum profesional en el que deben figurar como mínimo los apartados siguientes:
    • Formación universitaria.
    • Formación especializada, si es el caso.
    • Experiencia profesional
    • Otras actividades que la persona candidata considere oportunas hacer constar.
    • La documentación que se relaciona en el apartado anterior deben ser documentos originales o copias auténticas.

b. El proyecto de gestión debe versar sobre «La gestión de mejora o de planificación de nuevas intervenciones en el marco de la puesta en marcha de la unidad de atención intermedia polivalente».

La estructura del proyecto tiene que ser la siguiente:

  • Introducción: donde se identifique el fenómeno, la importancia de abordarlo, el impacto y las consecuencias de no hacerlo, así como una pequeña revisión de la literatura sobre la estrategia propuesta.
  • Objetivos estratégicos.
    • Plan de actuación/metodología:
    • Plantear nuevos procesos clínicos asistenciales reordenando los flujos de trabajo de manera que aporten valor añadido y teniendo en cuenta aspectos organizativos, asistenciales, etc...
    • Plan de calidad y seguridad del servicio: plantear objetivos e intervenciones dirigidos a mejorar la seguridad del paciente.
    • Planificación de las sesiones docentes y de investigación.
    • Plantear propuestas innovadoras acordes a las necesidades de las personas y del equipo
  • Evaluación: Elementos de evaluación del plan que permitan trazar el progreso de las diferentes estrategias vinculadas a los objetivos. Pueden ser desde evaluación de tipo relacional (reuniones, comunicación entre mandos, análisis del discurso de los profesionales, etc.) hasta el diseño de indicadores de objetivos, tanto de proceso como de resultados

7. Valoración.

a. El proceso de selección consistirá en evaluar el currículum profesional de las personas aspirantes y del proyecto técnico relacionado con la gestión de la unidad a cuya supervisión se opta, teniendo en cuenta los méritos alegados y la adecuación, así como la idoneidad y los conocimientos de los aspirantes para prestar las funciones propias de los puestos convocados.

b. El proyecto podrá ser defendido públicamente y se valorará positivamente en función de:

  • Claridad en la exposición, concreción y factibilidad.
  • Carácter interdisciplinar.
  • Innovación y valor añadido al proyecto.
  • Capacidad de gestión de equipos de trabajo

8. Comisión de Valoración

a. La documentación será valorada por la Comisión de Valoración, cuyos miembros figuran en el anexo 2.

b. Los miembros de la Comisión, todos con voz y voto, tienen la condición de personal estatutario fijo o funcionario de carrera en una plaza, una categoría, un cuerpo, un grupo o una escala para los que se exija tener una titulación de nivel académico igual o superior que la exigida para el puesto de trabajo ofertado. El pertenecer a la Comisión es siempre a título individual, de modo que no puede pertenecerse a ella en representación de otra persona.

Cabe tener en cuenta que el personal directivo no puede formar parte de las comisiones de valoración, según la nota interna del director general del Servicio de Salud de 29 de febrero de 2024.

9. Resolución de la convocatoria

a. Una vez vencido el plazo para presentar solicitudes y una vez que el órgano competente haya verificado que los aspirantes cumplen los requisitos y otras especificaciones exigidas en esta convocatoria, se publicarán en el web del Servicio de Salud las listas provisionales de admitidos y excluidos del procedimiento, concretando la causa de su exclusión.

b. Los aspirantes dispondrán de un plazo de tres días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de las listas provisionales para presentar reclamaciones —que no tendrán carácter de recurso— o para subsanar, si es el caso, el defecto que haya motivado la exclusión o corregir errores detectados en la consignación de los datos personales.

c. Posteriormente el órgano competente publicará en la misma página web las listas definitivas de candidatos admitidos y excluidos expresando la causa de exclusión de cada candidato. Contra esta resolución se podrán interponer los mismos recursos que se especifican en esta convocatoria.

d. La Comisión de Valoración podrá pedir los informes que considere necesarios en relación con el currículum profesional presentado, así como efectuar cuantas preguntas considere oportunas en relación con el proyecto de gestión de la Unidad.

e. Una vez valoradas todas las solicitudes, la Comisión de Valoración elevará al órgano competente una lista de los aspirantes que cumplen los requisitos y superen las otras especificaciones exigidas en esta convocatoria.

f. El órgano competente nombrará a la persona que considere más apta para el puesto convocado o declarará desierta la convocatoria —por medio de una resolución motivada— si no hay ningún aspirante idóneo para ocupar el puesto.

g. De conformidad con el artículo 25 del Real decreto ley 1/1999, el puesto convocado puede ser declarado desierto si se considera que no ha concurrido ningún aspirante idóneo para ocuparlo.

h. Una vez evaluados los candidatos, el órgano convocante dictará una resolución para designar a la persona seleccionada, que publicará del mismo modo que esta convocatoria. Contra dicha resolución se podrán interponer los mismos recursos que se especifican en esta convocatoria.

10. Efectos del nombramiento

La persona designada obtendrá un nombramiento para ocupar el puesto convocado de supervisor/supervisora de la Unidad de Atención Intermedia Polivalente del Hospital Can Misses. La situación de quien resulte nombrado será la siguiente:

a. Si tiene la condición de estatutario fijo del Servicio de Salud de las Islas Baleares con plaza en el mismo centro, ocupará el puesto de trabajo como personal estatutario fijo de su categoría en el mismo centro.

b. Si tiene la condición de estatutario fijo del Servicio de Salud de las Islas Baleares con plaza en otro centro, pasará a ocupar directamente el puesto de trabajo en el centro de destino y quedará en la situación de reserva respecto a su plaza estatutaria fija.

c. Si tiene la condición de estatutario fijo de otro servicio de salud, pasará a ocupar directamente el puesto de trabajo en el centro de destino y quedará en la situación administrativa que le corresponda según la legislación aplicable.

d. Si tiene la condición de funcionario de carrera con plaza fija en otra administración pública, pasará a ocupar directamente el puesto de trabajo en el centro de destino y quedará en la situación administrativa que le corresponda según la legislación aplicable.

e. Los efectos económicos y administrativos del nombramiento solo se producirán una vez que se haya efectuado la toma de posesión del puesto de trabajo.

f. El trabajador nombrado no podrá participar en los concursos de provisión de puestos de trabajo durante un plazo mínimo de dos años a contar desde el día en que haya tomado posesión del puesto. Esta previsión no es aplicable en los supuestos de remoción o supresión del puesto de trabajo, de redistribución de efectivos u otros supuestos de movilidad forzosa.

11. Cese

De conformidad con el artículo 24.3 del Real decreto ley 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las instituciones sanitarias de la Seguridad Social, la persona nombrada para el desempeño del puesto de trabajo convocado por libre designación podrá ser cesada discrecionalmente por la autoridad que acordó su nombramiento.

 

ANEXO 2 Comisión de Valoración

Titulares

  • Presidencia: María del Carmen Moreno Hoyos  
  • Vocalía: Catalina Ramis Oliver      
  • Secretaría: Marta Pallarés Ruiz

Suplentes

  • Presidencia: Susana González Torrente  
  • Vocalía: Emilia García Sánchez    
  • Secretaría: María Mercedes Vila Amengual

 

 

ANEXO 3 Modelo de solicitud

Destino

Dirección de la Gerencia del Hospital Can Misses

Código DIR3

A04005008

 

Datos personales del solicitante

Nº. doc. identidad

 

Nombre

 

Apellido 1

 

Apellido 2

 

Dirección postal

 

Código postal

 

Localidad

 

Provincia

 

Estado

 

Dirección electrónica

 

Teléfono

 

 

Datos profesionales del solicitante

Categoría

 

Centro donde presta servicios

 

 

Datos de la convocatoria

Puesto de trabajo

 

Gerencia

 

Nº. BOIB

 

Fecha del BOIB

 

 

SOLICITO:

Que se admita esta solicitud para participar en el proceso en cuestión, para lo cual adjunto los documentos exigidos en las bases de la convocatoria.

Documentación que se adjunta a la solicitud

1

 

2

 

3

 

4

 

5

 

6

 

7

 

8

 

9

 

10

 

11

 

12

 

13

 

14

 

15

 

16

 

17

 

18

 

19

 

20

 

 

Autorización:

De acuerdo con el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas:

- Autorizo al órgano gestor del procedimiento a obtener y comprobar directamente los datos y la documentación por medio de la Administración pública para este procedimiento.

- Me opongo a que el órgano gestor del procedimiento obtenga o compruebe directamente los datos y la documentación por medio de la Administración pública para este procedimiento.

DECLARACIÓN RESPONSABLE

Núm. Doc. identidad

 

Nombre

 

Apellido 1

 

Apellidos 2

 

DECLARO, bajo juramento o promesa:

1. Que tengo la capacidad funcional necesaria para cumplir las tareas asignadas al puesto de trabajo siguiente:

Puesto de trabajo

 

Gerencia

 

2. Que no he sido separado/separada del servicio, por medio de un expediente disciplinario, de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni estoy en situación de inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargaos públicos —funcionario o para cumplir funciones similares a las que desarrollaba (en el caso de personal laboral que haya sido separado o inhabilitado).

Nota: en caso de tener la nacionalidad de otro estado, no puede estar inhabilitado ni en una situación equivalente, ni haber sido sometido a ninguna sanción disciplinaria o equivalente que le impida acceder al empleo público en su estado, en los mismos términos.

3. Que los datos consignados y los documentos aportados son auténticos; por tanto, certifico la veracidad de la información.

 

Lugar y fecha           

 

 

Rúbrica