Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 293248
Acuerdo del Consejo Ejecutivo de 22 de abril de 2024, relativo a la rectificación de error en la aprobación de la modificación del Catálogo de puestos de trabajo del Consejo Insular de Menorca, aprobada por el Consejo Ejecutivo de 14 de noviembre de 2022, concretamente en el puesto de patrón (exp. 0602-2022-000006)
Mediante acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca de fecha 14 de noviembre de 2022, se aprobó la modificación del Catálogo de puestos de trabajo del Consejo Insular de Menorca, publicado en el BOIB núm. 148 de 17 de noviembre de 2022.
Visto que se han detectado algunos errores, ya que en el puesto de patrón se puso el complemento específico de 605 en lugar de 665 puntos, y también que el grupo/subgrupo pone AP, y debe ser C2.
La Mesa General de Negociación, de fecha 12 de abril de 2024, acuerda aprobar la rectificación de error en el Catálogo de puestos de trabajo del Consejo Insular de Menorca, concretamente en el puesto de patrón, de forma que en el anexo, en el apartado de Grupo/subgrupo: donde dice AP, debe decir C2, y en el apartado de Complemento específico: donde dice: 605, debe decir: 665.
La jefa del Servicio de Gestión de Personas en funciones emite informe en fecha 15 de abril de 2024 sobre la necesidad de iniciar el proceso para la corrección de errores en el Catálogo de puestos de trabajo del Consejo Insular de Menorca, puesto de patrón, por el órgano competente.
Vista la propuesta de la consejera ejecutiva del Departamento de Economía y Servicios Generales,
El Consejo Ejecutivo, por unanimidad de los seis miembros presentes (señor Vilafranca Florit, señora Reynés Calvache, señor Gornés Hachero, señora Torrent Pallicer, señora Taltavull Fernández y señor Delgado Díaz) y en votación ordinaria, adopta los siguientes acuerdos:
Primero. Aprobar la rectificación de error en el Catálogo de puestos de trabajo del Consejo Insular de Menorca, aprobada por el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca de fecha 14 de noviembre de 2022, concretamente en el puesto de patrón, de forma que en el anexo, en el apartado de Grupo/subgrupo: donde dice: AP, debe decir: C2, y en el apartado de Complemento específico: donde dice: 605, debe decir: 665.
Segundo. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears para que tenga los efectos que correspondan.
Contra este acuerdo, que no agota la vía administrativa, puede interponerse un recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno, por delegación del Pleno del Consejo Insular de Menorca (Acuerdo de 31-7-2023, BOIB núm. 109 de 5-8-2023), en el plazo de un mes a partir del día siguiente en que se haya publicado, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El mencionado recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la resolución correspondiente, cuando hayan transcurrido tres meses des de su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma.
Maó, 7 de mayo de 2024
Por delegación del presidente El secretario del Consejo Ejecutivo Octavi Pons Castejón (Decreto 129/2023, de 27 de julio) (BOIB núm. 106 de 29-07-2023)