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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 680140
Departamento de Personal. Negociado de Selección y Provisión. Convocatoria provisión definitiva del puesto de trabajo de Director/a de la Oficina presupuestaria mediante el procedimiento de libre designación

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Texto

La Regidora de Hacienda, Función Pública y Gobierno Interior, p.d. Decreto de alcaldía núm. 1.149 de 20 de octubre de 2023, ha resuelto lo siguiente:

PRIMERO.- Convocar, por el procedimiento de LIBRE DESIGNACIÓN , la provisión del puesto de trabajo de Director/a de la Oficina presupuestaria, código F10050003, del Área de Hacienda, Función Pública y Gobierno Interior, vacante y dotado a la relación de puestos de trabajo de esta Corporación, entre el personal funcionario de carrera que pertenezcan a la escala, subescala o clase que se indica. SEGUNDO.- Aprobar las bases que regirán la presente convocatoria que se relacionan a continuación:

PRIMERA . Objeto de la convocatoria. El objeto de la presente convocatoria es la provisión con personal funcionario de carrera del puesto de trabajo de Director/a de la Oficina presupuestaria, F10050003 del Área de Hacienda, Función Pública y Gobierno Interior de esta Corporación, mediante el procedimiento de LIBRE DESIGNACIÓN previsto en el artículo 80 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, mediante el cual se aprueba el texto refundido del Estatuto básico del empleado público , en el artículo 79 de la ley 3/2007, de 27 de marzo de la función pública de la comunidad autónoma de las Illes Balears, el art. 196 de la ley 20/2006, de 15 de diciembre, el art. 18.3 del Acuerdo de Junta de Gobierno de fecha 20 de julio de 2011 por el que se aprueba los criterios básicos para la elaboración de la nueva Relación de puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Palma, así como los artículos 3 y 28 y siguientes del Decreto 33/1994, de 28 de marzo, por el que se aprueba el reglamento de abastecimiento de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios al servicio de la administración de la comunidad autónoma de las islas baleares. SEGUNDA. Requisitos.Para poder tomar parte en esta convocatoria los aspirantes tendrán que reunir los siguientes requisitos en la fecha de expiración del plazo de admisión de instancias:

  • Ser personal funcionario de carrera en activo en alguna de las administraciones públicas a las que, en cada caso, el puesto de trabajo se encuentre abierto, independientemente de su situación administrativa (excepto los suspendidos firmes que no podrán participar mientras dure la suspensión), y además, estar en posesión del resto de requisitos de ocupación que, para cada puesto de trabajo convocado, prevea la Relación de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento.
  • Estar en posesión del certificado de nivel de catalán correspondiente al puesto de trabajo, en caso de que sea requisito de ocupación del mismo.

PUESTO DE TRABAJO

DIRECTOR/A DE LA OFICINA PRESUPUESTARIA

ÁREA

Área de Hacienda, Función Pública y Gobierno Interior

CÓDIGO

F10050003

LUGARES A CUBRIR

1

FUNCIONARIOS/ARIAS QUE PUEDEN TOMAR PARTE ES/SUB/CLASE/GRUPO

Funcionarios/as de carrera de todas las administraciones.

- Subescala de intervención - tesorería con categoría superior

- Subescala de intervención - tesorería con categoría entrada

- Subescala de secretaría - intervención

- Subescala técnica superior (TAE superior) especialidad economía

Grupo A, Subgrupo A1

REQUISITOS

- Para la escala técnica Superior economista: licenciatura en derecho, administración y dirección de empresas o economía y 3 años de experiencia en puestos de responsabilidad en la gestión presupuestaria en la AAPP .

- Certificado de catalán B2

COMPLEMENTO DE DESTINO / ESPECÍFICO

CD30/CE271 ( 47.275,48 € /anual)

LUGARES A CUBRIR

1

JORNADA

Jornada general de 37,5 horas semanales (JG1)

FUNCIONES ESPECÍFICAS

Las reguladas en el artículo 56 del Reglamento Orgánico del Gobierno y la Administración del Ayuntamiento de Palma.

TERCERA. Instancias.

Las instancias se presentarán en el Registro Electrónico del Ayuntamiento de Palma o en cualquier otra de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas en el plazo de quince días hábiles , contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOE.

Estas instancias tendrán que ir acompañadas de:

a. Declaración de cumplir los requisitos exigidos en la convocatoria para el desempeño del puesto de trabajo correspondiente.

b. Curriculum vitae donde figuren los títulos académicos, antigüedad y puestos de trabajo ocupados en la Administración, estudios y cursos realizados, conocimiento de idiomas y cualquier otro mérito que se considere adecuado a efectos de apreciar la idoneidad de la persona interesada para el desarrollo del puesto.

c. Documentación acreditativa del nivel de catalán exigido en el puesto de trabajo correspondiente en caso de que sea requisito de ocupación del mismo.

Al tratarse de un puesto de trabajo de nivel de complemento de destino superior a 26, el personal aspirante deberá presentar una memoria sobre las funciones del puesto de trabajo, en la que se incluya un plan de trabajo y una descripción de las aportaciones que harían en caso de ocuparlo.

La memoria deberá presentarse de acuerdo con el modelo que se adjunta como anexo a las presentes bases.

CUARTA. Resolución.

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Departamento de Personal, dictará resolución por la que aprueba y hace pública la lista provisional de personas admitidas y excluidas, con expresión de la causa de exclusión para cada persona y puesto de trabajo.

Posteriormente se dictará resolución con indicación de las personas seleccionadas de acuerdo con el informe emitido por el órgano al que se encuentre adscrito el puesto de trabajo convocado, quien podrá convocar a los aspirantes a la realización de una entrevista personal que permita valorar las sus capacidades, conocimientos o aptitudes para el desarrollo del puesto de trabajo. Todo ello sin perjuicio de que pueda declararse desierta la ocupación si ninguna de las personas aspirantes reúne la idoneidad adecuada para su empleo. Notificada la resolución a la persona interesada, si ésta renuncia, se podrá proponer por el órgano competente un nuevo candidato de entre los aspirantes.

TERCERO.- Publicar el presente decreto en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en el Boletín Oficial del Estado.

 

Palma, en la fecha de firma electrónica (26 de octubre de 2023)

La jefa de Departamento de Personal p.d. Decreto de Alcaldía núm. 3000, de 26/02/2014 (BOIB núm. 30 de 04/03/2014) Esperanza Vega Terrón

 

ANEXO I Memoria para los puestos de trabajo de nivel 26 o superior

PUESTO DE TRABAJO

DIRECTOR/A DE LA OFICINA PRESUPUESTARIA

 

DATOS DEL PUESTO DE TRABAJO SOLICIDAD

Denominación : ____________________________________________________________

Código :_________________

Funciones (detalla las funciones que figuran en el orden correspondiente)

1.

2.

3.

4.

5.

PROPUESTA DE PLAN DE TRABAJO

OBJETIVOS QUE SE HAN DE ALCANZAR:

1.

2.

3.

4.

5.

COMPETENCIAS PROFESIONALES NECESARIAS PARA GESTIONAR EL SERVICIO (nómbrelas por orden de importancia)

 

 

 

 

 

 

IDENTIFICACIÓN DE LOS GRUPOS DE INTERÉS (entidades o personas con las que te relacionarías para desarrollar el trabajo)

 

 

 

 

 

APORTACIONES PRINCIPALES QUE HARÍAS EN LA UNIDAD O SERVICIO

 

 

 

 

 

Contra el acto de aprobación de la convocatoria y las bases, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el BOE, de conformidad con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la LPACAP, sin perjuicio de interponer directamente el recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, a contar de idéntica forma que en el supuesto del recurso de reposición , ante los Juzgados Contencioso Administrativo de Palma, conforme lo dispuesto en los artículos 8.1 y 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.