Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE PALMA
EMPRESA MUNICIPAL DE AGUAS Y ALCANTARILLADO, S.A. EMAYA
Núm. 484587
Bases reguladoras para la creación de una bolsa de trabajo temporal -convocatoria de proceso selectivo para el ingreso de personal oficial 3.ª taller (especialidades: mecánica, electricidad, chapa y pintura y soldadura) para el área de energía y movilidad de Emaya
1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
La Constitución de la presente convocatoria de trabajo tiene como única finalidad la de establecer un procedimiento ágil para la inmediata puesta a disposición del Área de Energía y Movilidad de personal temporal capacitado y necesario para la correcta prestación del servicio, respetando los principios rectores del acceso al empleo público, en beneficio de la ciudadanía de Palma y del propio personal.
El 5 de septiembre de 2017 se aprobó la convocatoria de pruebas selectivas para el ingreso de Oficiales 3 de Taller, siendo que, de dicho proceso selectivo, se crearon 4 sub-bolsas para el acceso de personal de carácter temporal:
-Chapa y pintura
- Electromecánica / Oleohidráulica
- Soldadura
- Electricidad y electrónica:
A la fecha, los integrantes de dichas bolsas están en situación de no disponibilidad, por lo que, no hay personas disponibles para cubrir las necesidades temporales de oficial 3.ª de taller. A mayor abundamiento, dicha bolsa establecía una vigencia de tres años y/o hasta la publicación de una nueva bolsa que la sustituya.
En cumplimiento de la Ley 20/2021 de 28 de diciembre, el 29 diciembre de 2022 se publicaron en el BOIB las bases específicas para la convocatoria abierta del concurso de méritos para la cobertura de 11 plazas fijas de oficial 3.ª taller (maquinaria automotriz) que ya ha sido finalizado y ha generado una bolsa de 28 personas, de las que únicamente 4 personas no mantienen una relación laboral activa con EMAYA.
Por lo anteriormente expuesto, ante la necesidad de poder dotar de personas suficientes para dar cobertura a las necesidades de contratación de carácter temporal de oficiales de 3.ª (maquinaria automotriz), se crea la presente bolsa de trabajo temporal con 4 especialidades (1.Mecánica / 2. Electricidad / 3. Chapa y pintura / 4. Soldadura) que tendrá carácter subsidiario, por lo que, únicamente operará cuando no haya personas en situación de disponible en la bolsa de trabajo anteriormente relacionada, y sustituirá a las bolsas del procedimiento selectivo de 2017 anteriormente indicado.
Dado el carácter de excepcionalidad, celeridad y temporalidad del presente proceso selectivo, el mecanismo utilizado será el de concurso de méritos.
EMAYA declara su compromiso en el establecimiento y desarrollo de políticas que integren la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres, sin discriminar directa o indirectamente por razón de género, así como en el impulso y fomento de medidas para conseguir la igualdad real en el seno de la organización, estableciendo la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres como un principio estratégico de nuestra Política Corporativa, de acuerdo con la definición de dicho principio que establece la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
Características del puesto de trabajo:
- Categoría profesional: Oficial 3ª taller.
- Área funcional: Operaria
- Tipología de plaza: CÓDIGO DPT EM-ST-10
- Área de la que depende: Energía y movilidad.
- Régimen de trabajo:
El horario de trabajo podrá ser en turno de mañana, tarde o noche.
La Empresa, inicialmente, y en atención de las necesidades organizativas, asignará al personal un turno de trabajo que podrá ser modificado. Dichas modificaciones/cambios deberán ser comunicados por la Empresa al personal, con un preaviso de una semana de antelación. Este cambio no generará a favor del trabajador/a ningún tipo de derecho adquirido o compensación de ninguna clase.
2. CARACTERÍSTICAS DE LA OCUPACIÓN
Oficial 3.ª Taller
Misión
Colaborar en la realización de las acciones de reparación sobre los vehículos y maquinaria autromotriz de la empresa y así como las reparaciones de equipos o cajas de compactación de los diferentes sistemas de recogida de residuos, siguiendo los distintos manuales de taller y herramientas bajo la supervisión de un superior, según las necesidades, con la finalidad de disponer de los vehículos en condiciones óptimas para su utilización.
Funciones
Participar en las pruebas iniciales y finales de funcionamiento de los vehículos, para comprobar su correcto funcionamiento.
Mantener ordenado y limpio el espacio de trabajo, con el fin de facilitar las actividades de reparación.
Organizar las salidas de material correspondientes, para proporcionar el servicio adecuado.
Registrar el trabajo realizado, a través de los medios establecidos, según las instrucciones técnicas, para trasladarlo al sistema de gestión.
Especialidades:
1. Mecánica: Colaborar en las reparaciones de los diferentes vehiculos, maquinaria, sistemas de autocompactación y equipos de la empresa, según los procedimientos de trabajo definidos en los manuales del fabricante, para el buen mantenimiento correctivo y preventivo de la flota de vehículos con la mayor eficiencia posible. Ayudar en auxiliar en la vía pública a los vehículos de EMAYA que hayan podido averiarse, para que puedan continuar en su función, o trasladarlos al taller para su reparación.
2. Electricidad: Participar en la reparación de las distintas averías eléctricas de la maquinaria. Realizar pruebas iniciales y finales de funcionamiento de los componentes eléctricos y electrónicos de los vehículos. Ayudar en auxiliar en la vía pública a los vehículos de EMAYA que hayan podido averiarse, para que puedan continuar en su función, o trasladarlos al taller para su reparación.
3. Chapa y pintura: Participar en la preparación de las superficies afectadas (lijar y enmascarar), preparándolas para su posterior pintado. Apoyo en la labores de pintura de las zonas afectadas del vehículo para su buen mantenimiento y próximos usos. Soldar y reparar los golpes de los vehículos.
4. Soldadura: Participar en la repararación (soldar, enderezar, etc) y realización del mantenimiento preventivo de los sistemas estructurales de los vehículos y equipos.
3. REQUISITOS DE LAS PERSONAS ASPIRANTES
Para ser admitidas a la realización de las pruebas selectivas las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, durante el proceso selectivo y mantenerse hasta el momento de la incorporación a la plaza:
1. Tener la nacionalidad española o tener la nacionalidad de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado en el que, en virtud de los tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, con excepción de aquellos puestos de trabajo que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en las funciones que tienen por objeto la salvaguarda de los intereses del Estado o de las Administraciones Públicas.
2. Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación ordinaria.
3. Tener las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el ejercicio de las funciones correspondientes. Las personas aspirantes que accedan a plazas reservadas para discapacitados deberán tener acreditado el grado igual o superior al 33% y lo deberán acreditar en el momento de la presentación de instancias, también deberán solicitar en la misma instancia las adaptaciones que consideren adecuadas para llevar a cabo las pruebas selectivas.
4. No haber sido separada mediante expediente disciplinario del servicio o haber sido despedida disciplinariamente declarada procedente de cualquier empresa del sector público, ni encontrarse con inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de ser nacional de otros Estados, no hallarse inhabilitada o en situación equivalente ni haber sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo en el sector público (declaración responsable).
5. Antes de acceder a la plaza, la persona interesada deberá hacer constar que no ocupa ningún puesto de trabajo ni realiza ninguna actividad en el sector público delimitado por el Art.1 de la ley 53/1984, y que no percibe pensión o prestación incompatible. Si realiza alguna actividad privada, incluida la de carácter profesional, deberá declararlo en el plazo de diez días contados a partir del día del inicio de la relación laboral, para que el órgano competente acuerde la declaración de compatibilidad o de incompatibilidad.
6. Superar las pruebas médicas que determine el Médico de Vigilancia de la Salud, y que certifiquen que se es apto y sin ningún tipo de restricción para el correcto desarrollo de todas las funciones de la plaza a ocupar (excepto personal con discapacidad que podrá ser apto con restricciones).
7. Estar en posesión del título de Graduado Escolar o título de Educación Secundaria Obligatoria (ESO),o equivalentes, o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que acabe el plazo de presentación de solicitudes. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.
8. Dos años de experiencia en un taller mecánico como oficial 3ª o superior, que se deberá acreditar mediante el informe de vida laboral y el contrato de trabajo. En el informe de vida laboral se valorarán únicamente el grupo de cotización 9 (oficiales 3ª o especialistas) y el grupo de cotización 8 (oficiales 1ª y oficiales 2ª).
9. Acreditar el conocimiento de la lengua catalana: estar en posesión del nivel de catalán A2, haberlo superado en otras convocatorias de Emaya, o haber realizado un curso de nivel de catalán igual o superior al requerido. Las personas aspirantes que no acrediten documentalmente los conocimientos de lengua catalana según lo anteriormente previsto, deberán superar una prueba específica de conocimientos de nivel básico de catalán (A2).
10. Carnet de conducir B (en vigor).
11. Estar disponible para cualquier turno y/o servicio, según las necesidades de la empresa en el momento del ofrecimiento.
12. No haber sido excluido de otras bolsas de trabajo de oficial 3.ª de taller en EMAYA.
13. Para quienes hayan tenido una relación laboral-contractual con EMAYA, con categoría de oficial de Taller:
a. Haber superado el período de prueba.
b. No haber sido despedido, salvo que el despido sea declarado improcedente.
14. Haber presentado la solicitud de participación en el proceso selectivo en tiempo y forma, así como rellenar la declaración responsable junto con la hoja de autobaremación de méritos, de acuerdo con el modelo que se incorpora en esta convocatoria.
Las personas aspirantes deben cumplir con los requisitos en los términos indicados en esta convocatoria el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, y deben mantenerlo hasta el momento de la incorporación.
4. EL TRIBUNAL CALIFICADOR
El nombramiento de los miembros del tribunal se publicará en la página web de EMAYA (https://emaya.convoca.online/) una vez finalizado el período de presentación de solicitudes.
El funcionamiento, responsabilidades y funciones de los miembros el Tribunal se ajustará a lo establecido en el apartado 3 de las “Bases Generales de procesos selectivos para las convocatorias de estabilización de empleo reguladas por la Ley 20/2021 de 28 de diciembre – EMAYA AGUAS” publicadas en la web de EMAYA. El Tribunal, además, queda autorizado para resolver las dudas que se puedan presentar y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso selectivo en todo lo no previsto en las Bases Generales. La persona que ostente la presidencia tendrá voto de calidad en caso de empate.
5. SOLICITUDES
La solicitud de inscripción se hará a través del enlace disponible en la página web de Emaya, apartado “trabaja en Emaya”: (https://emaya.convoca.online/), para la inscripción, se precisará estar en disposición de uno de los siguientes métodos de identificación: del DNI electrónico, Certificado electrónico, Cl@ve Pin o Cl@ve permanente. Las personas aspirantes se podrán inscribir a todas las especialidades que consideren, para ello deberán realizar una inscripción y presentar toda la documentación para cada tipo de especialidad a la que quieran optar.
Todas las personas interesadas y que reúnan los requisitos para optar a la bolsa, deberán presentar la solicitud, en los 15 días hábiles siguientes a la publicación en el BOIB de la presente convocatoria, a través de la plataforma accesible desde la página web de Emaya https://emaya.convoca.online/, siguiendo los pasos e instrucciones que se indiquen y adjuntando la documentación solicitada con copia escaneada legible en formato PDF o JPG (la documentación debe presentarse escaneada por las dos caras, salvo que el anverso se acredite suficientemente la información requerida). Los archivos que se adjunten a la solicitud de participación deberán nombrarse de forma clara según su contenido.
La solicitud de participación incluye una declaración de responsable y la autobaremacion (alegación de méritos) que tiene igualmente la consideración de declaración de responsable. Además, supone el conocimiento y la aceptación inequívoca de las personas aspirantes del tratamiento de datos de carácter personal.
Las personas con discapacidad reconocida igual o superior al 33% deberán presentar el correspondiente certificado de discapacidad, así como el certificado de aptitud emitido por los equipos multiprofesionales de la Dirección General de Servicios Sociales, o del organismo público equivalente, según lo previsto en el número 3 de los requisitos generales de las presentes bases.
En atención a la Ley de protección de datos y para la identificación de las personas candidatas, los listados constarán, como mínimo con los 4 dígitos de su DNI o NIE (***DNI1**) en todas las publicaciones. Al presentar su solicitud, la persona aspirante da su consentimiento para que el Tribunal realice, si lo considera necesario, las comprobaciones oportunas sobre los datos aportados.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes y comprobada la documentación, se publicarán las listas provisionales de personas admitidas y excluidas, con indicación de la causa de exclusión. El hecho de constar en la lista de personas admitidas no implica el reconocimiento a las personas interesadas de que cumplen con los requisitos para participar en esta convocatoria.
Para subsanar cualquier posible defecto o acompañar documentos que sean preceptivos, las personas excluidas u omitidas dispondrán de un plazo de 3 días hábiles, a contar desde la publicación de la relación indicada. Durante este trámite no se admitirán las alegaciones de nuevos méritos no especificados en la declaración inicial. Si hubiera enmiendas, alegaciones o reclamaciones, una vez revisadas las mismas por el Tribunal Calificador, se publicará la lista definitiva de personas admitidas y excluidas. Se establece un plazo de 3 días hábiles, a contar desde la publicación del listado definitivo, únicamente para atender errores formales por parte del tribunal) y/o impugnaciones al mismo.
Si en cualquier momento del proceso de selección el Tribunal tiene conocimiento de la no veracidad de algún dato aportado por la persona aspirante, supondrá la exclusión automática del proceso selectivo
6. DESARROLLO DEL PROCESO SELECTIVO POR CONCURSO DE MÉRITOS.
El sistema selectivo será de concurso, el cual tiene carácter excepcional, consistente en cualificar y cuantificar los méritos acreditados en la solicitud de inscripción de los/las integrantes de la lista definitiva de personas admitidas al presente proceso selectivo. La puntuación máxima de este proceso será de 100 puntos, los méritos se alegarán y acreditarán para su valoración hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Las personas aspirantes deben rellenar, juntamente con cada solicitud de participación, la autobaremación de los méritos.
No se valorará ningún mérito:
- Con fecha posterior a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
- Que no hayan sido acreditado en el plazo indicado y en la forma establecida en la convocatoria.
- Que no estén adecuadamente y claramente acreditados de acuerdo con los baremos de la fase de concurso
- Los aducidos y no justificados en la forma indicada.
Toda la documentación que se presente en lengua extranjera deberá ir acompañada de la correspondiente traducción jurada en cualquiera de los idiomas oficiales de las Islas Baleares, de lo contrario, no será tenida en cuenta.
La presentación de los permisos de conducir (y CAP), llevará implícita la puesta a disposición de éstos a la Empresa por parte de quien los ostenta, la obligatoriedad de desarrollar funciones para las que sea necesario estar en posesión de estos permisos de conducir, así como el compromiso de mantenerlos en vigor durante toda la vigencia de la presente bolsa.
La autobaremación tiene la consideración de declaración responsable. La falsedad en los datos de autobaremación determinará la exclusión del proceso y la consideración de no haber participado en el proceso, además de las actuaciones legales que deriven por la falsedad en los datos. Los errores se podrán corregir en la fase de alegaciones, si quedan acreditados.
Para aquellos méritos que posibiliten la opción de comprobación de oficio, si la persona candidata solicita dicha comprobación, el tribunal, tras la revisión, podrá otorgar una puntuación superior, igual o inferior a la indicada en la hoja de autobaremación. Si la persona candidata no solicita la comprobación de oficio, tras la revisión, el tribunal podrá otorgar una puntuación inferior o igual a la indicada en la hoja de autobaremación, pero nunca superior.
El tribunal no tomará en consideración los méritos aducidos en la inscripción de “Convoca” en apartados/epígrafes que valoren méritos de distinta naturaleza y/o materia a la del mérito aportado, aunque coincida con un mérito a aportar en otro apartado/epígrafe. Únicamente si la persona candidata efectúa alegaciones al listado provisional de méritos indicando expresamente que quiere que un mérito aportado sea considerado en otro apartado/epígrafe, el tribunal podrá, si procede, asignar la puntuación de ese mérito al epígrafe solicitado.
1. BAREMO DE MÉRITOS.
Los méritos alegados y justificados por las personas aspirantes en esta fase y que el Tribunal valorará, se regirán por el siguiente baremo:
A. MÉRITOS COMUNES A TODAS LAS ESPECIALIDADES:
1. 1. EXPERIENCIA PROFESIONAL: Hasta un máximo de 40 puntos.
a. Servicios prestados en EMAYA, en el área de energía y movilidad (antes Servicio de Taller de QU), con contrato de trabajo de categoría profesional de peón u oficial de taller: 0,020 por día trabajado.
b. Servicios prestados en una empresa del sector público, con contrato de trabajo de categoría profesional de peón u oficial en talleres de vehículos: 0,015 por día trabajado
c. Servicios prestados en una empresa del sector privado, con contrato de trabajo de categoría profesional de peón u oficial en talleres de vehículos: 0,010 por día trabajado.
Para los puntos b) y c), si en el contrato de trabajo no queda suficientemente acreditado que la actividad de la empresa es de un taller de vehículos, deberá aportarse un certificado de empresa debidamente sellado y firmado donde indique la actividad de la empresa y las funciones desarrolladas, de lo contrario no se meritará la experiencia.
La experiencia profesional deberá justificar la realización de forma prevalente de las funciones del puesto de trabajo objeto de la convocatoria y se computará por día real trabajado (día cotizado en vida laboral).
No se computarán servicios que hayan sido prestado simultáneamente con otros igualmente alegados, en tal caso, sólo serán tenidos en cuenta los de mayor duración.
Para puntuar la experiencia profesional ésta deberá quedar suficientemente bien acreditada con toda la documentación anteriormente requerida, de no ser así, el tribunal podrá solicitar a los aspirantes documentación adicional.
Para la experiencia de haber prestado servicios en Emaya, no necesitará presentar los contratos de trabajo, únicamente marcar la revisión de oficio en la autobaremación.
1. 2. NIVEL DE CATALÁN: Hasta un máximo de 5 puntos.
a. Por un certificado de nivel B1: 2 puntos.
b. Por un certificado de nivel B2: 3 puntos.
c. Por un certificado superior a los anteriores :5 puntos.
Los niveles no serán acumulables, valorándose únicamente el mayor nivel aportado.
Forma de acreditación se hará mediante el correspondiente diploma, certificado o título expedido, considerado equivalente u homologado por el Govern de les Illes Balears.
1. 3. Permisos de conducir C en vigor y CAP, y saldo de puntos. Hasta un máximo 15 puntos.
a. Permiso de conducir C (en vigor): 10 puntos.
b. CAP específico del carnet C (en vigor): 5 puntos.
La valoración de los méritos de este apartado es acumulable.
Forma de acreditación: del carnet de conducir emitido por la DGT o justificante provisional del mismo u homologado en el Estado español y original y del CAP. Para la valoración del saldo de puntos, se deberá presentar el certificado emitido por la DGT con la fecha actual. No se admitirá ningún saldo de puntos si no va impresa la fecha actual.
La presentación de los permisos de conducir (y CAP) y la valoración de los mismos como méritos, llevará implícita la puesta a disposición de éstos a la Empresa por parte de quien los ostenta, la obligatoriedad de desarrollar funciones para las que sea necesario estar en posesión de estos permisos de conducir, así como el compromiso de mantenerlos en vigor durante toda la vigencia de la presente bolsa.
1. 4. Formación no reglada relacionada con el puesto de trabajo. Hasta un máximo de 10 puntos.
a. Cursos o jornadas formativas de mecánica de proveedores de vehículos industriales automotrices y/o autoportantes: SCHMIDT, IVECO, RAVO, RENAULT, KARCHER, SCANIA, VOLVO, DULEVO, FORD, MERCEDES.
b. Gases Fluorados.
c. Formación en prevención de riesgos laborales. Trabajos en alturas, manejo de puente grúa y/o polipasto, carretilla elevadora; hasta un máximo de 5 puntos.
d. Formación en igualdad; hasta un máximo de 2 puntos.
e. Certificado de profesionalidad relacionado con el puesto de trabajo Nivel 2; 2 puntos.
f. Certificado de profesionalidad relacionado con el puesto de trabajo Nivel 3: 4 puntos.
La puntuación de los certificados de profesionalidad no será acumulable.
Se valorarán por hora formativa (curso o jornada formativa) según la siguiente valoración:
- Cursos de entre 7 y 30 horas: 0,5 puntos
- Cursos de entre 31 y 50 horas: 1 punto
- Cursos de entre 51 y 100 horas: 2 puntos
- Cursos de entre 101 y 300 horas: 3 puntos
- Cursos de más de 300 horas: 4 puntos
Cada crédito se valorará a razón de 10 horas de duración.
B. MÉRITOS POR ESPECIALIDADES
1. 1. FORMACIÓN REGLADA POR ESPECIALIDAD. Hasta un máximo de 30 puntos.
Sólo se puntuará el de máximo nivel académico en cada especialidad, no son acumulables los niveles formativos. Los títulos oficiales profesionales de grado medio puntuarán 15 puntos, y los de grado superior de 30 puntos.
CHAPA Y PINTURA
a. Título en Fabricación de elementos metálicos, o equivalente:
b. Título de Carrocería o equivalente.
MECÁNICA:
a. Título en Fabricación de elementos metálicos, o equivalente.
b. Técnico en Electromecánica de Maquinaria, o equivalente.
c. Técnico en Electromecánica de Vehículos Automóviles, o equivalente.
d. Técnico en Mantenimiento Electromecánico, o equivalente.
SOLDADURA
a. Técnico en Mecanizado, o equivalente.
b. Técnico en Soldadura y Calderería, o equivalente.
ELECTRICIDAD Y ELECTRÓNICA
a. Técnico en Sistemas Electrotécnicos y Automatizados, o equivalente.
b. Técnico en Automatización y Robótica Industrial, o equivalente.
c. Técnico en Electromecánica de Maquinaria, o equivalente.
d. Técnico en Electromecánica de Vehículos Automóviles, o equivalente.
e. Técnico en vehículo híbrido y eléctrico.
En la formación reglada por especialidad, únicamente se contabilizará la formación de mayor nivel o puntuación en cada una de las especialidades señaladas. Hasta un máximo de 30 puntos.
Son acumulables los niveles de formación.
Forma de acreditación se hará mediante copia por ambas caras de los diplomas (firmados y sellados o con código seguro de verificación), certificaciones o documentos oficiales.
Únicamente se puntuarán los títulos obtenidos a efectos académicos anteriormente indicados. No se contabilizarán como mérito en este apartado ni equivalencias de títulos a efectos laborales o profesionales, ni certificados de profesionalidad. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se tendrá que estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.
2. LISTADO DE VALORACIÓN DE MÉRITOS.
A la vista de la documentación aportada, se publicará el listado provisional, para cada una de las especialidades, de méritos alegados en la declaración responsable (autobaremo) y acreditados con la documentación aportada, y se concederá un plazo de 3 días hábiles, a contar desde la publicación del listado provisional, para la presentación de alegaciones y/o impugnaciones al mismo. Finalizado dicho plazo, se resolverán las alegaciones o reclamaciones que pueda haber y se publicará el listado definitivo. Se establece un plazo de 3 días hábiles, a contar desde la publicación del listado definitivo, para la presentación de alegaciones (únicamente para atender errores formales por parte del tribunal) y/o impugnaciones al mismo.
La puntuación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma total de la de méritos, para cada una de las especialidades. En caso de empate, éste se resolverá atendiendo a los siguientes criterios, de forma prevalente:
- 1.º Formar parte del colectivo subrepresentado por género en la categoría profesional objeto de la convocatoria.
- 2.º La mayor puntuación obtenida en la experiencia profesional.
- 3.º Sorteo.
3. PRUEBA ESPECÍFICA DE CATALÁN.
La prueba de catalán la realizarán, con carácter obligatorio y eliminatorio, los/las integrantes de la lista definitiva de personas admitidas al proceso selectivo que no hayan acreditado en la inscripción el requisito del conocimiento de la lengua catalana (estar en posesión del nivel de catalán A2, haberlo superado en otras convocatorias de Emaya, o haber realizado un curso de nivel de catalán igual o superior al requerido). Durante el transcurso del proceso selectivo se publicará en la Web de EMAYA; https://emaya.convoca.online/, la concreción de la fecha y hora de realización de la prueba.
Los resultados de la prueba de catalán se publicarán como aptos y no aptos. Las personas con resultado de no apto o que no se hayan presentado a la prueba, serán excluidas del proceso.
A la vista de los resultados de la prueba de catalán, se publicará el listado provisional y se concederá un plazo de 3 días hábiles, a contar desde la publicación del listado provisional, para la presentación de alegaciones y/o impugnaciones al mismo. Finalizado dicho plazo, se resolverán las alegaciones o reclamaciones que pueda haber y se publicará el listado definitivo. Se establece un plazo de 3 días hábiles, a contar desde la publicación del listado definitivo, para la presentación de alegaciones (únicamente para atender errores formales por parte del tribunal) y/o impugnaciones al mismo.
4. FINALIZACIÓN DEL PROCESO SELECTIVO.
Publicado el listado definitivo de valoración de méritos, para cada una de las especialidades, por orden de mayor a menor puntuación con indicación del nº de registro y 4 dígitos del DNI, y habiendo superado la prueba de catalán (para quienes no hayan acreditado los conocimientos de la lengua catalana en la solicitud de inscripción), finaliza todo el proceso de selección.
El hecho de figurar en el listado definitivo de la bolsa únicamente genera derecho a ser integrante de la bolsa y en consecuencia, al ofrecimiento de incorporación a la Empresa de acuerdo con el proceso establecido en las presentes Bases, respetando en todo momento los límites a la contratación legalmente establecidos. Las personas integrantes de la Bolsa, en ningún caso, generarán derecho alguno a ser contratadas.
Antes de la incorporación efectiva al puesto de trabajo como personal laboral temporal, las personas que hayan presentado copias de la documentación relativa al proceso selectivo, serán requeridas para aportar la documentación original o copia compulsada. La no presentación supondrá la exclusión del procedimiento y por tanto de la bolsa de trabajo.
Las personas candidatas que pudiesen aspirar a ocupar una plaza temporal, serán citadas al servicio médico y deberán superar las pruebas médicas que éste determine, y que certifiquen que se es apta y sin ningún tipo de restricción para el correcto desarrollo de todas las funciones de la plaza a ocupar (excepto personal con discapacidad que podrá ser apto con restricciones).
Una vez incorporada la persona, deberá superar el período de prueba establecido por convenio colectivo.
5. REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LAS BOLSAS DE TRABAJO.
La regulación básica de la bolsa de trabajo temporal fruto de la presente convocatoria, será mediante de aplicación el ANEXO VIII del XIV CONVENIO COLECTIVO TRANSVERSAL DE EMAYA: CICLO DEL AGUA Y TD, ENERGÍA Y MOVILIDAD, ESTRATEGIA Y DESARROLLO Y CORPORACIÓN - 2023-2027.
6. PUBLICACIÓN, COMUNICACIONES Y PLAZOS.
La presente convocatoria será publicada en el Boletín Oficial del Estado de las Islas Baleares (BOIB) y en la plataforma a la que se puede acceder desde la página web de Emaya https://emaya.convoca.online/, sin perjuicio de su publicación en periódicos de difusión a nivel local.
Las personas aspirantes que participen en la presente convocatoria quedan obligadas a relacionarse con EMAYA, telemáticamente en todas o algunas de las fases del procedimiento. Todas las comunicaciones de este proceso selectivo serán publicadas en la plataforma a la que se puede acceder desde la página web de Emaya https://emaya.convoca.online/.
Para el cómputo de los plazos reflejados como días hábiles en la presente convocatoria, se entenderán los comprendidos entre el lunes y el viernes, por lo que el sábado se considera día no hábil. Los días naturales se entenderán los comprendidos entre lunes y domingo.
7. PLAZO DE IMPUGNACIÓN DE LA CONVOCATORIA.
Queda establecido un plazo de impugnación de presente convocatoria de un mes a contar desde la fecha de su publicación en el BOIB.
8. INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS
Responsable |
EMAYA, Empresa Municipal de Aguas y Alcantarillado, S.A. |
Finalidad |
Gestionar el proceso de selección regulado en las presentes bases y evaluar los perfiles de las personas candidatas con el fin de cubrir las necesidades de los puestos vacantes. |
Legitimación |
La participación en este proceso implica la aceptación plena por las personas solicitantes de las presentes bases, con autorización expresa para el tratamiento de sus datos y la publicación de resultados en los medios que la empresa considere. La legitimidad del tratamiento indicado está basada en el consentimiento que se le solicita. |
Destinatarios |
No se cederán datos a terceros, salvo obligación legal. |
Derechos |
Acceder a los datos, rectificarlos y suprimirlos, así como otros derechos, como se explica en la información adicional. |
Información adicional |
Puede consultar la información adicional y detallada sobre Protección de Datos en nuestra página web https://www.emaya.es/politica-de-privacitat/ o solicitarla en papel en las oficinas centrales en la c/Joan Maragall 3, 07006 Palma. |
9. APROBACIÓN Y VIGENCIA DE LA BOLSA DE TRABAJO TEMPORAL.
La vigencia de la bolsa de trabajo temporal regulada por las presentes bases se iniciará el día de la fecha de publicación del listado definitivo de la bolsa de trabajo para cada una de sus especialidades hasta la publicación de otra que la sustituya, sin que pueda exceder su periodo de vigencia, los 3 años desde la publicación del antedicho listado definitivo.
La presente Bolsa procurará garantizar, durante su vigencia, un mínimo de 50 personas integrantes en situación de disponible, de no ser así, se podrá llevar a cabo la ampliación de la presente Bolsa mediante nueva convocatoria, siendo que, únicamente se podrá ofrecer la incorporación a la Empresa a las personas integrantes de dicha ampliación de bolsa una vez no existan personas integrantes disponibles en la presente Bolsa.
Las presentes bases y todo su contenido, ha sido acordado en el seno de la Mesa de Negociación de Procesos selectivos del Convenio Colectivo Transversal de EMAYA el 20 de julio de 2023.
Firmado electrónicamente: 25 de julio de 2023
La directora de Corporación de EMAYA Nuria Gallego Cañellas