Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

AGENCIA DE DEFENSA DEL TERRITORIO DE MALLORCA

Núm. 362734
Resolución del director gerente de la Agencia de Defensa del Territorio de Mallorca, de aprobación de la lista definitiva del procedimiento extraordinario para el encuadre del personal funcionario de la ADTM incluido en el ámbito de aplicación del Acuerdo en materia de carrera profesional horizontal aprobado por el Pleno del Consejo de Mallorca de 9 de marzo de 2023

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Antecedentes

Día 9 de marzo de 2017, el Pleno del Consejo Insular de Mallorca aprobó el acuerdo adoptado por la Mesa General de Negociación Conjunta del personal funcionario y del personal laboral del Consejo de Mallorca y del IMAS en sesión de día 19 de enero de 2017, en materia de carrera profesional, de conformidad con las prescripciones del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, que aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público (TREBEP), el cual se publicó en el BOIB nº 33, de 18 de marzo de 2017.

Día 20 de febrero de 2023, la Mesa General de Negociación Conjunta de personal funcionario y laboral de Consejo de Mallorca y del IMAS ha aprobado, por unanimidad, un nuevo acuerdo para regular el sistema de carrera profesional horizontal del personal del Consejo de Mallorca y organismos autónomos que dependientes, el cual ha sido ratificado por el Pleno en sesión realizada día 9 de marzo de 2023 (BOIB nº 39, de 28 de marzo de 2023).

La disposición adicional primera de este Acuerdo prevé la realización de un procedimiento extraordinario al cual puede optar el personal incluido en el punto 2 del Acuerdo y que tiene como objetivo el encuadre inicial de nivel en el nuevo sistema de carrera profesional horizontal para<A[para|por]> aquellas personas que no pudieron participar en la convocatoria prevista en el Acuerdo del Pleno del Consejo de Mallorca, de día 9 de marzo de 2017, de aprobación del acuerdo de la Mesa General de Negociación Conjunta del Consejo de Mallorca y del IMAS, en materia de carrera profesional o no han tenido la oportunidad de progresar dentro de este procedimiento desde entonces.

Los requisitos y los méritos que se han tenido en cuenta en este procedimiento extraordinario se han referido al 1 de abril del 2023.

En el BOIB nº 49, de 18 de abril de 2023, se publicó la resolución del director gerente de la Agencia de Defensa del Territorio de Mallorca, de 13 de abril de 2023, que aprobó la lista provisional, y en el BOIB nº 50, de 20 de abril, se publicó el anexo correspondiente a la lista mencionada, que incluía a todas las personas incluidas dentro del ámbito de aplicación de este procedimiento, en que figura el nombre y apellidos; el número del DNI; el subgrupo, el cuerpo o la escala<A[escalera|escala]> o el grupo y la categoría profesional; el nivel reconocido y el periodo de servicios prestados sobrantes, una vez computados los que resulten necesarios para acceder al nivel correspondiente de la carrera profesional, teniendo en cuenta la normativa de protección de datos vigente.

Se estableció un plazo de diez días desde el día siguiente de su publicación, de manera que las personas que no estuvieran de acuerdo pudieran presentar reclamaciones, o bien, visto el carácter voluntario de la carrera profesional horizontal, pudieran optar por renunciar a su participación en este procedimiento extraordinario de encuadre y, si es el caso, mantener la situación anterior reconocida al amparo del Acuerdo del Pleno de día 9 de marzo de 2017.

Una vez transcurrido este plazo, en qué no se han presentado reclamaciones ni ningún escrito de renuncia a la participación en este procedimiento extraordinario, se tiene que aprobar la lista definitiva y se tiene que publicar en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

El personal que se encuadre en el nivel IV en este procedimiento extraordinario está obligado a presentarse a cada convocatoria ordinaria que le corresponda por el tiempo de servicios prestados en los términos dispuestos en el punto 9.8 del Acuerdo.

Los efectos económicos de este procedimiento se fijan a día 1 de abril de 2023, y el complemento que se deriva absorbe las cuantías del complemento “a cuenta del complemento de carrera profesional” reconocido al amparo del Acuerdo del Pleno del Consejo de Mallorca de día 9 de marzo de 2017, si es el caso. El nuevo complemento “a cuenta”, resultado de este encuadre extraordinario, se mantendrá hasta que se supere el procedimiento de carrera profesional ordinaria que regula el Acuerdo de 2023 y se pase a percibir el correspondiente “complemento de carrera profesional”.

La disposición final primera de este Acuerdo habilita al órgano competente en materia de función pública para dictar las disposiciones necesarias para desplegar este Acuerdo.

De acuerdo con el artículo 19.1.d) de los Estatutos de la Agencia, corresponde al director gerente la dirección de los recursos humanos de la Agencia, con respecto a la cual ejerce las atribuciones genéricas conferidas por la normativa interna del Consejo de Mallorca a los consejeros<A[consejeros|consellers]> ejecutivos y consejeras<A[consejeras|conselleres]> ejecutivas.

Por todo eso, dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar la lista definitiva del personal funcionario de la Agencia de Defensa del Territorio de Mallorca incluido en el ámbito de aplicación del Acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación en sesión de día 9 de marzo de 2023, en materia de carrera profesional horizontal del Consejo de Mallorca y organismos autónomos dependientes, admitido en el procedimiento extraordinario de encuadre de nivel de carrera profesional, que establece el anexo de esta resolución, con indicación del nombre y apellidos, el número del DNI, el grupo o subgrupo, la categoría o especialidad, el nivel reconocido y el periodo de servicios prestados sobrantes.

2. Disponer que los efectos económicos de este procedimiento tengan carácter retroactivo desde 1 de abril de 2023, y que el complemento que se deriva absorba las cuantías del complemento “a cuenta del complemento de carrera profesional” reconocido en el Acuerdo del Pleno del Consejo de Mallorca de día 9 de marzo de 2017, si es el caso.

3. Disponer la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de Recursos

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer el recurso potestativo de reposición delante del mismo órgano que ha dictado la resolución en el plazo de UN MES, contador a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución. Contra la desestimación expresa del recurso de reposición podrá interponerse el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado del Contencioso administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de DOS MESES, contadores a partir del día siguiente de la notificación de la desestimación del mencionado recurso. Una vez transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución, se podrá interponer el recurso contencioso administrativo, contra la desestimación presunta del recurso de reposición, sin limitación temporal, mientras no haya resolución expresa.

No obstante, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo eso de conformidad con el artículo 4.2 de los Estatutos de la Agencia, aprobados por<A[por|para]> el Pleno del Consejo Insular de Mallorca, en sesión de día 10 de noviembre de 2008 (última publicación BOIB nº. 41, de 30/03/2019), la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

(Firmado electrónicamente: 29 de mayo de 2023

La secretaria Alicia Maria Pérez Noguera)

Documentos adjuntos