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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIOS DE MEJORA AGRARIA Y PESQUERA (SEMILLA)

Núm. 235364
Resolución de la directora gerente del IRFAP por la que se convoca el procedimiento de provisión por concurso de méritos del puesto de trabajo de Director/a de Desenvolupament de la Producció agrària (L02590003), adscrito a la Direcció de Desenvolupament de la Producció agrària del Institut de Recerca i Formació Agroalimentària i Pesquera de les Illes Balears (IRFAP)

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Texto

Hechos

1. El artículo 24 del Convenio colectivo del personal laboral de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears dispone que la provisión de puestos de trabajo de personal laboral se puede realizar mediante el sistema de concurso de méritos.

2. El concurso de méritos constituye el sistema normal de provisión de plazas vacantes y se deben tener en cuenta únicamente los méritos exigidos en la convocatoria correspondiente, los cuales se han de determinar de acuerdo con los baremos correspondientes de cada convocatoria, acordados con el Comité de empresa.

3. Constituye el objeto de esta Resolución la aprobación del procedimiento de provisión por concurso de méritos del puesto de trabajo de Director o Directora de Desenvolupament de la Producció agrària (L02590003), adscrito a la Direcció de Desenvolupament de la Producció Agrària del IRFAP.

Fundamentos de derecho

El artículo 17.1.c) del Decreto 28/2014, de 27 de junio, de aprobación de los estatutos de la entidad pública empresarial Institut de Recerca i Formació Agroalimentària i Pesquera de les Illes Balears (IRFAP).

Per todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar la convocatoria pública para la provisión mediante un concurso de méritos del puesto de trabajo de Director o Directora de Desenvolupament de la Producció agrària (L02590003), adscrito a la Direcció de Desenvolupament de la Producció Agrària de l'IRFAP.

2. Aprobar las bases y el baremo de méritos que deben regir esta convocatoria, que se adjuntan como Anexo 1 de esta Resolución.

3. Nombrar los miembros de la Comisión técnica de valoración de esta convocatoria, los cuales figuran en el Anexo 3 des esta Resolución.

4. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Butlletí Oficial de les Illes Balears (BOIB) i en la página web del IRFAP.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante la consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación del Govern de les Illes Balears en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

 

(Firmado electrónicamente: 3 de abril de 2023)

La directora gerente Georgina Brunet i Ródenas

 

ANEXO 1 Bases de la convocatoria del procedimiento de provisión para el concurso de méritos del puesto de trabajo de Director o Directora de Desenvolupament de la Producció agrària (L02590003), adscrito a la Direcció de Desenvolupament de la Producció Agrària del IRFAP

Primero

Objeto de la convocatoria

El objeto de esta convocatoria es la cobertura del puesto de trabajo de Director o Directora de Desenvolupament de la Producció agrària (L02590003), adscrit a la Direcció de Desenvolupament de la Producció agrària del IRFAP. 

Segundo

Ámbito funcional

El ámbito de trabajo en el que se desarrollará las tareas es el de la Direcció de Desenvolupament de la Producció agrària, que contiene las Unidades siguientes:

- Producción vegetal (incluye el estudio de los suelos y la sanidad vegetal).

- Producción ganadera (incluye la nutrición, el manejo, la genética y la sanidad animal).

Las funciones a desarrollar son las siguientes:

- Dirigir, proponer, coordinar, planificar, implementar y evaluar los diferentes programas de investigación, de desarrollo, de innovación, de digitalización y de experimentación en materia de agricultura, ganadería y alimentación.

- Contribuir y participar activamente en acciones de captación de recursos para I+D+i.

- Redactar y revisar artículos científicos, informes y memorias sobre el progreso de la actividad científica y de los trabajos en curso.

- Participar y liderar el establecimiento de relaciones y contactos con otros investigadores de centros de I+D+i, nacionales i extranjeros, de las diferentes disciplinas científicas.

- Dirigir, promover, coordinar, planificar, desarrollar y evaluar actuaciones y programas de formación y de transferencia de conocimiento y de tecnología en materia de agricultura, ganadería i alimentación.

- Realizar el seguimiento de los objetivos marcados en el Pla de Desenvolupament de la Producció Agrària del IRFAP y en el Pla Anual de Formació Agroalimentària de las Illes Balears.

- Proponer a la persona que ostente la Gerencia de la entidad propuestas definidas por el Pla de Desenvolupament de la Producció Agrària y el Pla Anual de Formació de la entidad.

- Participar y colaborar en planes y programas de formación de personal técnico y científico, asumiendo la dirección para la realización de tesis, másters o programas de doctorado.

- Proponer, coordinar, planificar, dirigir, desarrollar y evaluar proyectos que contribuyen a la modernización, a la digitalización, a la mejora y al impulso de la competitividad del sector agrario y de sus empresas, en un marco que garantice el desarrollo sostenible del medio rural.

- Colaborar activamente en la planificación de las políticas agrarias y pesqueras derivadas de la política agraria común i de carácter pluriinsulares.

- Transferir los resultados de los diferentes programas y proyectos de la entidad a todo el sector agrario balear.

- Coordinar y dirigir obras relacionadas con las infraestructuras agrarias.

- Proponer a la persona que ostente la Gerencia de la entidad el establecimiento de acuerdos de colaboración con otras entidades o instituciones públicas que actúan en el ámbito de la investigación y el desarrollo tecnológico.

- Proponer a la persona que ostente la Gerencia de la entidad prestaciones de servicios de asesoramiento en materia de investigación, desarrollo, innovación, digitalización, experimentación y mejora del conocimiento a agrupaciones, empresas, cooperativas y otros agentes del sector agrario.

- Optimizar y gestionar los recursos materiales y humanos relacionados con la Direcció de Desenvolupament de la Producció agrària.

- Participar en las reuniones del Comitè Tècnic de Coordinació de Projectes, junto con la persona que ostente la Gerencia, la Direcció de Serveis corporatius, y los Caps de Producció Vegetal i de Producció Ramadera de la entidad. 

- Fomentar la formación contínua de las personas trabajadoras de la Direcció de Desenvolupament de la Producció agrària.

- Validar las vacaciones, asuntos propios y demás permisos de los Caps de las áreas de la Direcció de Desenvolupament de la Producció agrària.

- Cualquier otra función que le encargue la persona que ostente la Gerencia de la entidad.

 

Tercero

Forma de provisión y requisitos de las personas aspirantes

La provisión del puesto de trabajo objeto de esta convocatoria se hará con carácter fijo mediante un concurso de méritos entre el personal laboral fijo del IRFAP.

Cuarto

Requisitos y condiciones de participación

1. Puede participar todo el personal laboral fijo del IRFAP, tanto en situación de activo como de excedencia, que tenga la misma categoría profesional que la vacante objeto del concurso.

2. Para optar al puesto de trabajo se han de cumplir los requisitos de la plaza, que figuran en la ficha de la relación de puestos de trabajo:

  • Titulación de Ingeniería Superior Agrónoma o equivalente.
  • Doctorado en matèria de producción agraria.
  • Nivel B2 de catalán.
  • Carné de conduir B.

Quinto

Presentación de solicitudes y documentación

1. Las solicitudes se han de formular utilizando el modelo del Anexo 2. La persona interesada tiene que presentar la solicitud rellenada, junto con toda la documentación que corresponda.

2. Acreditación de los requisitos:

  • Si no consta en el archivo de Recursos Humanos de la entidad, se aportará copia del título universitario especificado en el punto Cuarto.2 de las bases, o certificado del título en trámite.

  • La persona interesada tiene que presentar copia del título de doctorado especificado en el punto Cuarto.2 de las bases, o certificado del título en trámite. Con el fin de valorar la adecuación del doctorado en materia de producción agraria, de acuerdo con lo establecido en las líneas de actuación definidas en el artículo 52 del capítulo V y en el artículo 59 del capítulo VI de la Ley 3/2019, de 31 de enero, agraria de las Illes Balears, la persona candidata deberá presentar un resumen de su tesis doctoral, de longitud entre 500 y 1.000 palabras, que contenga el título, la introducción, la síntesis, que deberá incluir los objetivos y los resultados, y las conclusiones.

  • Si no consta en el archivo de Recursos Humanos de la entidad, se aportará una copia del certificado de catalán B2 expedido u homologado por la conselleria competente en política lingüística o los reconocidos segun la Orden del conseller de Educación, Cultura y Universidades del 21 de febrero de 2013 por la cual se determinan los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de lengua catalana de la Dirección General de Cultura y Juventud.

  • Si no consta en el archivo de Recursos Humanos de la entidad, se aportará copia del carné de conducir B.

3. Acreditación de la experiencia profesional:

a) Experiencia profesional interna: con los datos que constan en el archivo de Recursos Humanos de la entidad, cada persona candidata podrá consultar la información que le sea propia.

b) Experiencia profesional externa: Mediante el Informe de vida laboral y los contratos de trabajo o certificado de la entidad contratante. La documentación aportada tiene que especificar las funciones realizadas, que también se podrán justificar mediante un certificado de la entidad contratante.

4. Las publicaciones se acreditarán mediante una copia de los documentos acreditativos de la publicación alegada.

5. La docencia se acreditará mediante un certificado de la docencia impartida o un documento acreditativo de la participación en los cursos, conferencias, jornadas, seminarios o congresos alegados.

6. Los cursos de formación se tienen que acreditar mediante un certificado de asistencia a los cursos, conferencias, jornadas, seminarios o congresos recibidos.

7. El plazo para presentar las solicitudes es de diez días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el BOIB. Las solicitudes y toda la documentación se tiene que presentar, dentro del plazo previsto, en el Registro del IRFAP. No se valorará ningun mérito que no se haya aportado dentro del plazo de presentación de solicitudes.

8. Con el vencimiento del plazo de presentación de solicitudes caduca el plazo para renunciar a participar en el concurso o para desistir.

Sexto

Listas de personas admitidas y excluídas

1. Una vez haya finalizado el plazo para presentar las solicitudes, se hará pública la lista provisional de personas admitidas y excluídas, en la que se expresará la causa de exclusión para cada persona. Estas listas se publicarán en la web del IRFAP.

2. Las personas excluídas dispondrán de un plazo de cinco días hábiles a partir del día siguiente de la publicación para formular observaciones o reclamaciones, o para enmendar las deficiencias detectadas y aportar los documentos preceptivos.

3. Una vez exhaurido el plazo indicado, se publicará en el tablero de anuncios y en la web del IRFAP la lista definitiva de personas admitidas y excluídas del concurso, en la que se expresarán las causas de exclusión.

Séptimo

Baremo de méritos

La propuesta de nombramiento se hará a favor de la persona aspirante que tenga más puntuación, según el baremo de mèritos siguiente:

1. Antigüedad (valoración máxima de 12 puntos)

  • Se valorará la antigüedad reconocida por el IRFAP hasta la fecha de publicación en el BOIB (P = 0,04 por mes trabajado).
  • Se valorarán todos los días acreditados de antigüedad.

2. Experiencia profesional interna (valoración máxima de 12 puntos)

Experiencia profesional acreditada en el ámbito funcional descrito en el segundo punto de estas bases (P = 0,04 por mes trabajado). Puntuación máxima de 12 puntos.

3. Experiencia profesional externa (valoración máxima de 4 puntos)

a) Experiencia profesional acreditada en el ámbito funcional descrito en el segundo punto de estas bases en centros de investigación y universidades (P = 0,04 por mes trabajado). Puntuación máxima de 2,5 puntos.

b) Experiencia profesional acreditada en el ámbito funcional descrito en el punto 2 de estas bases en otras empresas, públicas o privadas (P = 0,04 por mes trabajado). Puntuación máxima de 1,5 puntos.

4. Conocimientos de catalán (valoración máxima de 1 punto)

-Certificado LA (lenguaje administrativo; antes certificado E): 0,25 puntos.

-Certificado C1 (nivel de suficiencia): 0,50 puntos.

-Certificado C2 (nivel superior): 0,75 puntos.

5. Publicaciones (valoración máxima de 8 puntos)

Se valorarán las publicaciones sobre estudios o trabajos en medios especializados cientificotécnicos sobre materias directamente relacionadas con el ámbito de la producción agraria, de acuerdo con el criterio siguiente:

Artículos en revistas y publicaciones técnicas y científicas: 0,25 puntos por publicación.

5.1. En producción agrícola: puntuación máxima de 4 puntos.

5.2. En producción ganadera: puntuación máxima de 4 puntos.

Las publicaciones que puedan ser incluídas tanto en el ámbito agrícola como en el ganadero, sólo podrán ser valoradas una sola vez.

6. Docencia (valoración máxima de 8 puntos)

Se valorará la docencia impartida en materias relacionadas directamente con el ámbito funcional descrito en el segundo punto de estas bases, de acuerdo con el criterio siguiente:

Cursos, conferencias, jornadas, seminarios, congresos: 0,50 puntos por cada 10 horas, y proporcionalmente en caso de una duración inferior. Si no se especifica la duración, se valorará con 0,15 puntos.

6.1. En producción agrícola: puntuación máxima de 4 puntos.

6.2. En producción ganadera: puntuación máxima de 4 puntos.

Las publicaciones que puedan ser incluídas tanto en el ámbito agrícola como en el ganadero, sólo podrán ser valoradas una sola vez.

7. Cursos de formación (valoración máxima de 5 puntos)

Se valorará la formación recibida en materias relacionadas directamente con el ámbito funcional descrito en el segundo punto de estas bases, de acuerdo con el criterio siguiente:

- Cursos, conferencias, jornadas, seminarios, congresos: 0,2 puntos por cada 10 horas, y proporcionalmente en caso de una duración inferior. Si no se especifica la duración, se valorará con 0,07 puntos.

8. Solución en caso de empate

En caso de que la valoración final de los méritos resulte en un empate, para dirimirlo, se tendrán en cuenta los criterios siguientes:

- Se seleccionará a la persona que haya trabajado en un mayor número de las funciones especificadas en el ámbito funcional del segundo punto de estas bases.

- Si el empate se mantiene, se seleccionará, en el caso de que haya infrarepresentación de hombres o mujeres en una categoría, la persona que pertenezca al colectivo menos representado (estableciendo un equilibrio comprendido entre los porcentajes de 60 %-40 %, siempre que no concurran en el otro candidato circunstancias que justifiquen que no se aplique la medida (por ejemplo, la pertenencia a otro colectivo con dificultades especiales).

 

Octavo

Comisión técnica de valoración

1. La Comisión técnica de valoración estará constituída por tres personas como miembros titulares y por sus suplentes (anexo 3). Dos personas serán designadas por la directora gerente, una de las cuales ejercerá las funciones de presidente y otra de secretario/a. Y una tercera será designada como vocal por el Comité de empresa, entre sus componentes. Para cada persona que sea miembro titular, también se debe asignar a una persona como suplente.

2. Las personas que son miembros de la Comisión técnica de valoración pueden cesar en estas funciones, aunque ya las haya empezado a ejercer, y ser sustituídas por el órgano que las nombró.

3. Para la constitución válida de la Comisión técnica de valoración, al efecto de hacer sesiones, deliberaciones y valoraciones y tomar acuerdos, se requerirá siempre la presencia de todas las personas que son miembros.

4. Las funciones básicas de la Comisión técnica de valoración son las siguientes:

a) Elaborar las listas provisionales y definitivas de personas admitidas y excluídas en el procedimiento.

b) Valorar los méritos alegados por las personas concursantes al puesto de provisión de esta convocatoria.

c) Elaborar una lista en la que, por orden de puntuación, deban figurar todas las personas aspirantes presentadas y las puntuaciones obtenidas para cada una de ellas.

d) Realizar la propuesta correspondiente de la persona candidata que haya obtenido la puntuación más alta.

5. Se levantará acta de todas las reuniones que haga la Comisión técnica de valoración, que deberán firmar todas las personas miembros y que hayan asistido al terminar la sesión o antes de empezar la siguiente.

Noveno

Resolución de la convocatoria

1. El plazo para la publicación de la lista provisional será de cinco días hábiles contadores desde el día siguiente que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

2. Una vez publicada la lista provisional de admitidos y excluídos, las personas excluídas podran formular observaciones o reclamaciones en el plazo de tres días hábiles a partir del día siguiente de su publicación.

3. Una vez examinadas las observaciones y las reclamaciones presentadas dentro del plazo establecido, y escuchado a las posibles personas afectadas, si se considera conveniente, la Comisión técnica de valoración dirigirá a la directora gerente del IRFAP la propuesta definitiva de adjudicación de la plaza, que podrá incluir, en todo caso, los cambios que sean consecuencia de las citades observaciones y reclamaciones, además de la enmienda de oficio de los errores detectados.

4. El plazo para la resolución definitiva del concurso será de diez días hábiles a contar desde el día siguiente que termine la presentación de reclamaciones a la lista provisional.

5. Una vez vista la propuesta definitiva, la directora gerente del IRFAP tiene que dictar la resolución correspondiente.

6. Las destinaciones adjudicadas por el sistema de concurso de méritos serán irrenunciables y los traslados voluntarios no darán lugar a ninguna indemnización.

Décimo

Toma de posesión

1. El plazo de toma de posesión de la nueva destinación obtenida será de quince días si la resolución comporta el reingreso al servicio activo.

2. En el resto de casos, el plazo de toma de posesión será de cinco días a contar desde el día siguiente de la publicación de esta resolución.

3. Los efectos económicos empezarán a contar a partir del día de la toma de posesión.

Undécimo

Período mínimo de permanencia en el lugar de trabajo adjudicado

El personal laboral que obtenga destinación en esta convocatoria está obligado a permanecer durante el período de dos años en el lugar de trabajo.

 

ANEXO 2 Solicitud de admisión para participar en la convocatoria del procedimiento de provisión por concurso de méritos del puesto de trabajo de Director/a de Desenvolupament de la Producció agrària (L02590003), adscrito a la Direcció de Desenvolupament de la Producció Agrària del IRFAP

LLINATGES I NOM ...................................................................................

DNI ............................................................................................................

DOMICILI ..................................................................................................

POBLACIÓ .................................................................................................

TELEFON ....................................................................................................

DIRECCIÓ ELECTRÒNICA .........................................................................

El/La abajo firmante solicita participar y ser admitido/a en el proceso de referencia y declara que cumple los requisitos exigidos en la convocatoria y que son ciertos todos los datos de este documento, a la vez que se compromete a probarlas documentalmente.

.............................., ........... d............................. de 2023

[Signatura]

 

 

 

RELACIÓN DE DOCUMENTOS ADJUNTOS

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ANEXO 3 Comisión técnica de valoración

Presidente: José Manuel Fernández Zapata

Secretario: Sebastià Joy Torrens

Vocal: Dolores Carrió Mora

Presidente suplente: Jaume Roca Jaume

Secretario: Ramon Ramis Morey

Vocal: Concepción Martínez Martínez