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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA

Núm. 218748
Bases para la habilitación de guías turísticos en las islas Baleares, en el ámbito territorial de la isla de Formentera, y de ampliación de idiomas, con indicación del procedimiento y de la documentación necesarios para poder participar

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Texto

Se hace público que la Presidencia del Consell Insular de Formentera, el 24 de marzo de 2023, se adoptó entre otros el siguiente acuerdo:

“….

PRIMERO. APROBAR LAS BASES PARA LA HABILITACIÓN DE GUÍAS TURÍSTICOS EN LAS ISLAS BALEARES, EN EL ÁMBITO TERRITORIAL DE LA ISLA DE FORMENTERA, Y DE AMPLIACIÓN DE IDIOMAS, CON INDICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO Y DE LA DOCUMENTACIÓN NECESARIOS PARA PODER PARTICIPAR que se adjuntan como ANEXO 1 de esta resolución.

SEGUNDO. SEÑALAR PARA LA CELEBRACIÓN DE LA PRUEBA EL DÍA 30 DE MAYO DE 2023.

Una vez finalizada la convocatoria y publicada la lista de admitidos, se publicará el lugar y la hora donde se efectuarán los exámenes en el tablón de anuncios y en la página web del Consell Insular de Formentera.

TERCERO. Publicar el anuncio de esta resolución en el BOIB y en el tablón de anuncios, y publicar la resolución y las bases íntegras en la página web de este Consell.

 

(Formentera, 27 de marzo de 2023

La presidenta Ana Juan Torres)

 

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE LAS PRUEBAS PARA LA HABILITACIÓN DE GUÍAS TURÍSTICOS EN LAS ISLAS BALEARES, EN El ÁMBITO TERRITORIAL DE LA ISLA DE FORMENTERA, Y DE AMPLIACIÓN DE IDIOMAS, CON INDICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO Y DE LA DOCUMENTACIÓN NECESARIOS PARA PODER PARTICIPAR

1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

El objeto es convocar las personas interesadas a la realización de las pruebas para la obtención, en el ámbito territorial de la isla de Formentera, de la habilitación de guía turístico de las Islas Baleares y/o la ampliación de idiomas de la habilitación para los guías ya inscritos en el Registro Insular de Empresas, Actividades y establecimientos Turísticos.

2. CONDICIONES Y REQUISITOS QUE TIENEN QUE CUMPLIR LOS/LAS ASPIRANTES

Las personas interesadas en ejercer la actividad de guía turístico/a en las Islas Baleares tienen que cumplir los requisitos generales exigidos en el art. 137.2 del Decreto 20/2015, de 17 de abril, de principios generales y directrices de coordinación en materia turística; de regulación de órganos asesores, de coordinación y de cooperación del Gobierno de las Islas Baleares, y de regulación y clasificación de las empresas y de los establecimientos turísticos, dictado en despliegue de la Ley 8/2012, de 19 de julio, de turismo de las Islas Baleares, para obtener la habilitación correspondiente después de la superación de las pruebas que se regulan en estas bases.

Los requisitos que tienen que cumplir las persones aspirantes para acreditarse como guías turísticos, a todos los efectos, son:

a) Tener la nacionalidad española o la de alguno de los estados miembros de la Unión Europea o signatario del Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo, o bien ser ciudadano/a extranjero/a con residencia en España, con el derecho reconocido para ejercer una actividad remunerada por cuenta propia o de otro, de conformidad con la normativa vigente.

b) Ser mayor de edad.

c) Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos: ciclo formativo de grado superior de formación profesional; diplomado o licenciado universitario; grado o máster universitario, o cualquier otro equivalente u homologado

Sobre la base de la experiencia de convocatorias para el acceso al título de guía en otras islas (como Menorca e Ibiza) y siguiendo las directrices que, en este sentido, establece la UE, cabe facilitar al máximo la equiparación de títulos sin tener que acudir a costosos y prolongados procesos de homologación de los mismos. 

Por tanto, en esta convocatoria se establece que, en el caso de títulos universitarios obtenidos en un Estado miembro de la Unión Europea o signatario del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, la homologación podrá sustituirse por la aportación del Suplemento europeo al título o Diploma Supplement, según el modelo establecido por la Comisión Europea, Consejo de Europa y UNESCO-CEPES (Consejo Europeo para la Enseñanza Superior).

Además, de acuerdo con las directrices de la UE de reconocimiento de cualificaciones, se aceptarán los títulos de los países de la UE, junto con una traducción jurada en la que se manifieste la titulación requerida o se acredite una titulación de nivel 5 o superior correspondiente al European Qualification Framework (EQF).

Fuera de estos casos los títulos académicos de otros sistemas educativos, deberán estar homologados al sistema educativo español o en proceso de homologación; la credencial acreditativa de haber iniciado dicho procedimiento permitirá la inscripción condicional en las pruebas de habilitación, y esta quedará eventualmente condicionada a la resolución favorable de homologación.

d) Acreditar el conocimiento del inglés y de, al menos, otra lengua extranjera 

e) Acreditar el conocimiento de los idiomas castellano y catalán 

f) Acreditar el conocimiento del patrimonio natural y cultural de las Illes Balears

Las personas que cumplan con los requisitos a, b y c, podrán presentarse a las pruebas que permitan demostrar su capacitación en los requisitos d, e y f del citado artículo.

Los guías turísticos interesados en ampliar idiomas podrán participar en esta convocatoria para la habilitación de nuevos idiomas, especificando en la solicitud que ya están en posesión de la habilitación y se presentan por una ampliación de idiomas.

3. BLOQUES TEMÁTICOS

Las pruebas de habilitación de guía constan de los siguientes bloques temáticos:

- (Bloque 1) Patrimonio natural y cultural de las Islas Baleares

- (Bloque 2) Inglés y 2.ª lengua extranjera de la que se pretende obtener la habilitación (y otra u otras si es el caso)

- (Bloque 3) Lengua catalana y lengua castellana

El temario de la prueba del (Bloque 1) -Patrimonio natural y cultural de las Islas Baleares- figura en la parte final de estas bases.

4. PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES

Las solicitudes se tienen que presentar ante el Consell Insular de Formentera mediante cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El modelo de la solicitud es el que figura como anexo 2 en estas bases y se encontrará en la web del Consell Insular de Formentera (www.conselldeformentera.cat) en trámites del Departamento de Ordenación Turística (Convocatoria de las pruebas para la habilitación de guías turísticos y ampliación de idiomas, isla de Formentera).

En el supuesto de que haya dudas derivadas de la calidad de la copia de los documentos aportados por el interesado, el CIF podrá requerir que se exhiba el documento o la información original.

Las solicitudes se tendrán que acompañar de la documentación que seguidamente se señala dependiendo de si se trata de nuevas habilitaciones de guías turísticos o de ampliación de idiomas de guías ya habilitados:

I) Nuevas habilitaciones de guías turísticos/icas:

a) Documento nacional de identidad o documento equivalente del cual pueda deducirse claramente la identidad, la nacionalidad de algún estado de la Unión Europea, estado asociado al Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o con convenio de reciprocidad con el Estado español en esta materia, así como la mayoría de edad de la persona interesada.

b) Título académico de técnico de grado superior de Formación Profesional, título universitario correspondiente a un grado, licenciatura o diplomatura o, si procede, documento acreditativo de haber abonado los derechos para la obtención del título. En el caso de títulos emitidos fuera de España, podrán presentarse los títulos o cualificaciones según lo expresado en la base segunda apartado c.

c) Resguardo acreditativo de haber efectuado el pago de los derechos de examen.

En caso de solicitar la exención de alguno de los bloques de los que consta la prueba, deberá señalarlo en la solicitud y presentar la documentación que acredita los conocimientos del aspirante en el o los bloques temáticos para los que solicita exención, en los términos que establece el artículo 137 del decreto 20/2015 y la base octava de esta convocatoria

Se entiende acreditado el dominio del idioma del país que haya expedido el título académico que se presente.

II) Ampliación de idiomas de guías ya habilitados:

a) Documento nacional de identidad o documento equivalente del cual pueda deducirse claramente la identidad, la nacionalidad de algún estado de la Unión Europea, estado asociado al Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o con convenio de reciprocidad con el Estado español en esta materia, así como la mayoría de edad de la persona interesada.

b) Carnet de guía o documento que lo sustituya o acredite la habilitación del solicitante.

c) Resguardo acreditativo de haber efectuado el pago de los derechos de examen

En caso de solicitar la exención de alguno de los idiomas de los que se solicita la ampliación, deberá señalarlo en la solicitud y presentar la documentación que acredita los conocimientos del aspirante, en los términos que establece el artículo 137 del decreto 20/2015

El impreso con la solicitud figura en el anexo 2 y podrá solicitarse en el Consell de Formentera o descargarse de la página web de la institución. Todos los documentos que se adjunten deben presentarse en formato original o copia compulsada. En el registro de entrada del Consell se pueden compulsar los documentos que se adjunten con la solicitud, presentando original y copia de los mismos. 

5. TASA PARA ACCEDER A LAS PRUEBAS

Las tasas para acceder a las pruebas son las establecidas en la ordenanza fiscal reguladora de la tasa para la expedición de documentos administrativos (BOIB 124, de 14 de julio de 2020):

- Para las nuevas habilitaciones: 24 €

- Para la ampliación de idiomas: 24 €

6. NOTIFICACIONES A LAS PERSONAS INTERESADAS

Toda la información relativa al proceso de admisión y evaluación se publicará en el tablón de anuncios y en la web del Consell Insular de Formentera (www.conselldeformentera.cat).

7. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y ADMISIÓN A LAS PRUEBAS

Las pruebas se realizarán en Formentera el 30 de mayo de 2023

Las solicitudes se pueden presentar desde la publicación en el BOIB hasta el 28/4/203. A efectos informativos, también se publicará en el tablón de anuncios y en la web del Consell Insular de Formentera (www.conselldeformentera.cat). Si en alguna de las solicitudes hubiera algún defecto enmendable, se notificará a la persona interesada en los términos que prevé el art. 68 de la Ley 39/2015, de la LPACAP.

Expirado el plazo de presentación de solicitudes y enmienda de errores, se harán públicas las listas de admitidos y excluidos, en el plazo máximo de diez días hábiles, con indicación individualizada de las causas de exclusión de las personas interesadas que no hayan sido admitidas. En las listas tendrá que constar, si procede, especificación de los bloques de los cuales han sido eximidos. Habrá un plazo de diez días hábiles para presentar reclamaciones, agotado el cual se publicará la lista definitiva.

Una vez resuelto todo el proceso de admisión, el Consell de Formentera informará en el tablón de anuncios y publicará en la web del Consell (www.conselldeformentera.cat), el lugar y hora, así como los miembros que formarán la Comisión Evaluadora.

8. EXENCIONES

Con carácter general, las personas que soliciten la exención de alguno o algunos de los bloques temáticos de los que conste la prueba, deberán demostrar el nivel de conocimientos exigidos en esas materias sobre la base de lo que establece el artículo 137 del decreto 20/2015

Además, en virtud del apartado 4 del art 137 del decreto 20/2015, se establece que serán eximidos de realizar las pruebas del bloque de Patrimonio Cultural y Natural aquellos candidatos que acrediten sus conocimientos presentando certificados acreditativos de haber superado cursos organizados por el Consell de Formentera u otros centros u organismos habilitados por la administración para impartir formación, con una duración mínima de 110 horas o 10 créditos ECTS.

A los efectos del punto anterior, está previsto que el Consell de Formentera lleve a cabo un curso de formación para los contenidos del bloque 1 del temario sobre recursos naturales y patrimoniales, que, en caso de superarlo, convalidaría este bloque así como el bloque de lengua catalana, ya que el curso se impartiría en catalán.

Se establece que se entiende acreditado por el aspirante el dominio del idioma del país que haya expedido el título académico que se presente exigido en las bases, así como del idioma oficial del país del cual posea la nacionalidad. 

9. ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO DE LAS PRUEBAS

I.- Las pruebas se desarrollarán en base a los contenidos que se especifican en el anexo 1.

Los aspirantes deberán ir identificados durante todo el proceso con DNI, pasaporte o documento equivalente.

Las pruebas de acceso a guía se componen de 5 bloques. Todos los bloques deben ser superados por los aspirantes para obtener la calificación global de Apto. En caso de no superarse alguno de los bloques, la calificación de la prueba será de No Apto. 

La comisión evaluadora publicará los resultados de las pruebas por bloques y la calificación final en el tablón de anuncios del Consell. En el plazo de tres días hábiles desde la exposición de la lista, los participantes podrán solicitar la revisión de sus pruebas mediante escrito. La Comisión Evaluadora convocará la revisión de los exámenes y resolverá las posibles reclamaciones, que serán comunicadas en el tablón de anuncios del Consell.

II.- Evaluación de los conocimientos de los aspirantes

El aspirante seleccionará en su solicitud de participación en las pruebas el idioma en el que quiere realizar las mismas, castellano o catalán. La redacción de los enunciados, así como las instrucciones, criterios o cualquier otra documentación de examen que se entregue a los aspirantes estará en el idioma que haya elegido en su solicitud.

El bloque temático 1, de patrimonio cultural y natural de las Islas Baleares se evaluará con un examen tipo test de 60 preguntas. Habrá que tener 36 preguntas correctas para superar el examen. El examen tendrá una duración máxima dos horas. 

Los bloques temáticos correspondientes a las lenguas extranjeras, consistirán en una prueba escrita y una prueba oral. Para superar cada prueba de lenguas extranjeras hay que superar las dos partes, oral y escrita. Dentro de cualquiera de las dos partes, oral o escrita, puede existir un examen de comprensión oral de un archivo de audio o vídeo, así como de comprensión lectora.

La parte oral consiste en la exposición de un tema relacionado con los contenidos temáticos que figuran en el anexo 1, a elegir entre dos propuestos escogidos al azar, seguida de una conversación relacionada con el tema presentado. La duración de la prueba es de 15 minutos.

Los criterios de evaluación serán los siguientes:

-Adecuación a la tarea encomendada

-Nivel de idioma mostrado (gramática y vocabulario)

-Capacidad de producción del mensaje y comunicación (pronunciación, claridad, fluidez y comunicación)

-Impresión general

Cada uno de los 4 apartados tendrá una calificación máxima de 5. El examen oral se considerará aprobado con una calificación mínima de 12 sobre 20.

La parte escrita consiste en una redacción relacionada con los contenidos temáticos que figuran en el anexo 1 propuestos por la comisión evaluadora. La extensión máxima son 350 palabras y la mínima, 250 palabras.

Los criterios de evaluación serán los siguientes:

-Adecuación a la tarea encomendada

-Conocimiento suficiente del contenido para contestar adecuadamente a la situación propuesta

-Dominio suficiente del inglés para realizar la tarea encomendada

-Efecto de la escritura sobre el público objetivo

-Impresión general

Los criterios de calificación relativos a la parte escrita serán:

  • Cada uno de los criterios anteriores tendrán una calificación máxima de 5 puntos. El examen escrito se considerará aprobado con una calificación mínima de 15 sobre 25 cada uno de ellos.

Los bloques temáticos relacionados con la lengua castellana y catalana, para aquellos aspirantes que no estén exentos de realizarlos, se podrán superar de la siguiente forma:

  • Se validarán las competencias requeridas en la lengua elegida para la realización de las pruebas de los bloques temáticos, es decir, el aspirante elegirá el idioma en el que hará las pruebas, castellano o catalán, y ello implicará la validación del idioma elegido, en caso de que las pruebas del resto de bloques temáticos se superen. 
  • El otro idioma se superará con una prueba escrita y otra oral sobre los contenidos temáticos que figuran en el anexo 1

Los criterios de evaluación y calificación serán los mismos que para las lenguas extranjeras 

10. LA COMISIÓN EVALUADORA

La comisión evaluadora estará formada por un mínimo de tres miembros, de los cuales por lo menos dos serán personal del Consell de Formentera.

Estará formada por presidente, secretario y vocal o vocales. Para cada una de los distintos bloques temáticos a evaluar, pueden incorporarse a la comisión evaluadores con competencia demostrable en el tema.

La evaluación de las pruebas de idiomas será efectuada por profesores universitarios de idiomas, del cuerpo de profesores de Secundaria y Escuelas Oficiales de Idiomas, o en defecto de los mismos, personas de reconocida competencia (por ejemplo, amplia experiencia en la docencia del idioma), por cada uno de los idiomas en que se desarrollen los exámenes.

La comisión evaluadora velará por el correcto desarrollo de las pruebas y la evaluación del proceso y extenderá un acta final con la calificación de cada uno de los bloques y la calificación final de la prueba, que será de Apto o No Apto.

En caso de reclamaciones, la comisión evaluadora fijará la revisión de las pruebas objeto de reclamación y resolverá las mismas.

Acabado el proceso, la Comisión Evaluadora redactará las listas definitivas de candidatos declarados aptos y no aptos.

11. RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA

La Presidencia del Consell Insular de Formentera, a la vista de la propuesta de la Comisión Evaluadora, dictará la correspondiente resolución de habilitación de las personas aspirantes que hayan superado las pruebas, que será publicada en el Boletín Oficial de las Islas Baleares e inscrita en el Registro de Empresas, Actividades y establecimientos Turísticos.

Asimismo se procederá de oficio a la expedición del carné de Guía de Turismo de las Islas Baleares, de acuerdo con lo previsto en el artículo 142 del Decreto 20/2015.

12. RECLAMACIONES Y RECURSOS

Contra las calificaciones de las diferentes pruebas cabrá formular petición de revisión ante el tribunal evaluador, en el plazo de tres días, que será resuelta por la Presidencia en el plazo de cinco días.  

Contra la anterior resolución, la persona interesada podrá interponer recurso de reposición, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación.

 

ANEXO I TEMARIO DE LAS PRUEBAS DE ACCESO A GUÍA TURÍSTICO CONSELL INSULAR DE FORMENTERA

BLOQUE 1. PATRIMONIO CULTURAL Y NATURAL DE LAS ILLES BALEARS

Conocimiento de los principales recursos culturales y naturales de Baleares, con especial atención a los recursos de Formentera.

A) Patrimonio cultural e histórico

1. Visión panorámica de la historia de Formentera y Baleares: de la colonización humana hasta el tiempo presente

a. La prehistoria de Formentera

b. La edad antigua: de la Formentera romana a la época bizantina

c. La época medieval: la Formentera islámica, la conquista cristiana y la época bajo medieval

d. La época moderna: los siglos XVI y XVII

e. La época moderna: el siglo XVIII y la repoblación de Formentera

f. La época contemporánea hasta el presente: etapas principales

2. Personajes relevantes de la historia y cultura formenterense

Desde Pomponio Mela, geógrafo romano hasta Antoni Tur “ Gabrielet” 

3. Arte y monumentos

3.1.- La prehistoria

Ca na Costa

Cap de Barbaria I, II y III

Murada de sa Cala

3.2.- Yacimientos romanos y medievales

Castellum de Can Blai

3.3.- El patrimonio religioso

Capilla de sa Tanca Vella

Iglesia y fossar vell de Sant Francesc Xavier

Iglesia de San Ferran de ses Roques

Iglesia del Pilar de la Mola

3.4.- El urbanismo y la arquitectura civil, militar e industrial

Los núcleos urbanos de la isla: San Francesc, San Ferran, Pilar, La Savina y Es Caló

Casas campesinas. Sa Senieta y can Ramon

Molí Vell de la Mola

Molins de la Mirada

Molí d´en Teuet

Aljub del Pueblo, la Mola

Pou de Marianet Ferrer

Pozo de ses Roques

La Pujada de la Mola

Torre des Pi des Català

Torre de la Gavina

Torre des Garroveret

Torre de Punta Prima

Torre de s'Espalmador

Base de hidroaviones de l´Estany Pudent

Colonia penitenciaria de Formentera

Elementos de arquitectura tradicional e industrial de ses Salines

3.5.- El legado del siglo XVIII

La iglesia de Sant Francesc Xavier

Los molinos harineros

Las torres de defensa

Ses Salines

Los hitos de las gracias reales

3.6.- El legado del siglo XIX

Los faros. El far de la Mola

3.7.-Arquitectura rural

Las cases pageses

Pozos, cisternas y aljibes

Varaderos de barcas

La piedra seca

Los caminos

Finca pública de Can Marroig

3.8.- Centros de difusión cultural

Colección etnográfica de Formentera

Espacio cultural y educativo del far de la Mola

Sala de exposiciones de l´Ajuntament Vell.

Centro artesano Antoni Tur “Gabrielet”

Centro de interpretación del parque natural de ses Salines, Can Marroig 

4. Cultura popular

Mitos y leyendas

Gastronomía

Las fiestas

La música y el baile

Otros elementos de la cultura popular

5. Pautas de comportamiento para proteger el patrimonio natural. La campaña SOS Patrimoni.

6. Principales itinerarios turísticos de Formentera

7. Ses Salines de Formentera como parte de los recursos Patrimonio de la humanidad

8. La conformación de los pueblos en Formentera, las parroquias y “vendes” de Formentera.

9. Gastronomía de Eivissa, platos tradicionales, vinos y licores. Gastronomía y D. O. Mallorca y de Menorca

10. Eventos culturales más representativos de Mallorca, Menorca, Ibiza. Las fiestas populares tradicionales más importantes de Baleares

B) Patrimonio natural

1. Historia geológica de las Islas Baleares: la formación de las Islas 

a. Formación de los materiales geológicos: rocas, fósiles,...

b. Influencia de la geología en el paisaje, la flora y la fauna

c. Las playas: geología y posidonia

d. Lugares de interés geológico 

2. El clima

a. Características del clima mediterráneo

b. Influencias del clima mediterráneo sobre la flora y el paisaje

 3. La flora y el paisaje

a. Principales comunidades y especies vegetales de las Islas

4. La fauna

a. La fauna de las Islas Baleares en su conjunto. Los endemismos

b. Los pájaros

c. Los anfibios, reptiles y mamíferos

5. Los recursos naturales

a. El agua: la problemática de los acuíferos

b. La energía

c. El uso del territorio: agricultura y paisaje, urbanismo…

d. La costa de Formentera. Principales calas y playas y otros lugares.

e. Las cuevas más representativas de Formentera

6. Los espacios naturales protegidos. Tipo de espacios naturales protegidos:

Ámbito local y autonómico: ANEI, reservas marinas, parques naturales...

Ámbito europeo: Red Natura 2000

Normativas que afectan a la conducción de grupos en espacios protegidos

Las Salinas de Formentera e Ibiza

7. Pautas de comportamiento para proteger el patrimonio natural

8. Rutas más destacadas por los recursos naturales

Rutas de buceo

Rutas de kayak

Rutas de senderismo

Rutas BTT

9. Principales recursos naturales de Menorca. Menorca, reserva de la Biosfera

10. Principales recursos naturales de Mallorca. Sierra de Tramontana, patrimonio de la humanidad

2. BLOQUES LENGUAS EXTRANJERAS, CASTELLANO Y CATALÁN.

Los contenidos se han adaptado de los contenidos previstos en el RD 1700/2007 para la cualificación profesional de guía de turistas y visitantes.  

1. Interpretación de información turística sobre patrimonio cultural y natural a turistas y visitantes

Procesamiento de información turística sobre el patrimonio y bienes de interés cultural y natural y sobre otros recursos turísticos de carácter general, correspondientes al ámbito de actuación. Integración de información turística sobre el patrimonio y bienes de interés cultural así como sobre espacios naturales y bienes de interés natural y sobre otros recursos turísticos de carácter general, correspondientes al ámbito de actuación. Atención a la demanda de información turística sobre el patrimonio y bienes de interés cultural así como sobre espacios naturales y bienes de interés natural y sobre otros recursos turísticos de carácter general, correspondientes al ámbito de actuación. Interpretación de información turística sobre el patrimonio y bienes de interés cultural así como sobre espacios naturales y bienes de interés natural y sobre otros recursos turísticos de carácter general, correspondientes al ámbito de actuación.

2. Prestación del servicio de acompañamiento y asistencia a turistas y visitantes

Requerimientos y expectativas del grupo o turista en particular.

Contacto con los prestatarios extranjeros de los servicios contratados por el grupo o turista en particular.

Atención a quejas y reclamaciones.

Solución de situaciones conflictivas.

Ofrecimiento de alternativas a servicios turísticos contratados.

Prestación de información general y documentación relativas al servicio turístico contratado.

Repaso de lista de asistentes y asignación de asientos.

Cumplimentación de documentación necesaria para disfrutar del servicio turístico contratado.

Oferta y venta de actividades facultativas.

Información de tarifas de servicios turísticos.

Transmisión al turista o grupo de pautas de comportamiento y respeto hacia el patrimonio cultural y en espacios naturales.

Servicio de recogida, acogida, acompañamiento, asistencia y guía de turistas individuales y en grupo.

Comunicación, en situaciones de emergencia con un turista accidentado y atención de sus requerimientos.

3. Dinamización de juegos, actividades culturales y físico-recreativas así como de veladas y espectáculos, en contextos de animación turística

Presentación del grupo.

Presentación de las actividades.

Solicitud de información sobre las características motrices, sociales, psicológicas e intelectuales del grupo o usuario.

Recogida de propuestas del grupo.

Promoción de actividades.

Explicación de normas, contenidos y modo de ejecución de las actividades.

Información a los usuarios sobre los objetivos, el material, la indumentaria y los complementos más adecuados a la actividad.

Conducción y coordinación del grupo en el desarrollo de las actividades.

Información del respeto debido a las normas internas del establecimiento y de conservación de instalaciones y material.

Motivación a los usuarios de la actividad.

Formalización de la documentación derivada de la contratación de servicios externos.

4. Resolución de situaciones conflictivas y de emergencia en los servicios turísticos de guía y animación.

Atención de quejas y reclamaciones.

Resolución de conflictos.

Atención al pasajero en caso de emergencia como primer interviniente.

 

ANEXO 2. SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN A LAS PRUEBAS PARA LA OBTENCIÓN DE LA HABILITACIÓN COMO GUÍA TURÍSTICO DE LAS ISLAS BALEARES

CONVOCATÒRIA 30 DE MAYO DE 2023

DATOS DEL SOLICITANTE

Nombre y apellidos

 

NIF

 

Representante

 

NIF

 

DIRECCIÓN PARA NOTIFICACIONES

Dirección

 

Localidad

 

Municipio

 

Teléfono

 

Correo electrónico:

 

1.Titulación de acceso a las pruebas

  • Licenciatura o grado en _________________________________________________
  • Diplomatura en _______________________________________________________
  • Ciclo formativo de grado superior en ______________________________________
  • Otros, especificar _____________________________________________________

2. Motivo solicitud (señalar 1)

  • Pruebas Acceso a Guía Turístico:
  • Ampliación de Idiomas (guías ya habilitados):

3. Idiomas extranjeros de los que solicita examinarse (mínimo 2 para acceso a guías)

Idioma 1:

Idioma 2:

Otros idiomas:  

4. Bloques de los que solicita exención (deberá presentarse junto con esta solicitud la documentación acreditativa)

  • Bloque 1, Patrimonio Cultural y Natural 
  • Bloque 2, Idioma Extranjero 1: _______________ (indique cuál)
  • Bloque 3, Idioma Extranjero 2: _______________ (indique cuál)
  • Otro(s) Idioma(s) Extranjero(s): _____________________________ (indique cual o cuales)
  • Bloque 4, Castellano
  • Bloque 5, Catalán

5. Idioma en el que solicita hacer las pruebas:

  • Castellano
  • Catalán

Y a tal efecto,

DECLARO

Que tengo conocimiento de la convocatoria de las pruebas de aptitud para la obtención de la habilitación como guía turístico de Baleares, según BOIB núm......., de fecha, ..................

Que reúno todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria en la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de las solicitudes.

 

Y SOLICITO

Ser admitido/a en la convocatoria y las pruebas de aptitud para la obtención de la habilitación como guía turístico de las Islas Baleares.

[Rúbrica]

 

Formentera, a…….., de………………………………………… de 20….

De acuerdo con lo establecido en el arte. 5 de la Ley orgánica 15/1999, de protección de datos de carácter personal, los datos aquí recogidos pasan a formar parte de un fichero automatizado de titulares del Consell Insular de Formentera, con el fin de realizar los trámites administrativos de su competencia. Puede ejercerse el derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición en las Oficinas de Atención al Ciudadano