Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES
Núm. 140169
Resolución de la Presidenta del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales de adjudicación por el procedimiento de libre designación, de los puestos de trabajo vacantes de personal funcionario del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales
Antecedentes
I. Por Resolución de la presidencia del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (en adelante IMAS) de 10 de junio de 2022 (BOIB núm. 77, de 14 de junio de 2022) se aprobaron las bases y las convocatorias del concurso para proveer puestos de trabajo de personal funcionario mediante el sistema de concurso de méritos o de libre designación.
II. La Resolución de la presidencia del IMAS del 1 de septiembre de 2022 (BOIB núm. 117, de 6 de septiembre de 2022), por la que se aprueba en el anexo 3 la lista definitiva de las personas aspirantes admitidas , en el anexo 4 la lista definitiva de las personas aspirantes excluidas y en el anexo 5 la lista de los puestos que han quedado desiertos, del procedimiento por el sistema de libre designación.
En cuanto al puesto código F00570001 ha quedado desierto consecuencia de que la persona aspirante se le ha adjudicado un puesto de trabajo mediante la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de 5 de septiembre de 2022 (BOIB núm. 117 de 6 de septiembre).
Respecto al puesto código F00320012 también ha quedado desierto dado que la persona aspirante, que lo pidió como segunda opción, finalmente se le ha adjudicado un puesto que pidió en primera opción.
III. De acuerdo con la base 10.1 de la Resolución de la presidencia del IMAS de 10 de junio de 2022, la Gerencia y las diferentes áreas del IMAS propusieron motivadamente a las personas más idóneas, mediante la adjudicación por el procedimiento de libre designación, en relación a las propuestas que constan en el expediente número 869284P y siguientes puestos de trabajo:
IV. El día 25 de noviembre de 2022, la directora gerente propuso la adjudicación provisional de libre designación de los puestos de trabajo vacantes de personal funcionario, y de acuerdo con la base 12.2 de la Resolución de la presidencia del IMAS de 10 de junio de 2022, dio a los interesados el plazo de cinco días hábiles para formular observaciones o reclamaciones, en el cual no ha habido ninguna reclamación.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 190.1 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, Municipal y de Régimen Local de las Illes Balears dispone que «el personal funcionario de las entidades locales, así como el personal eventual, se rige por el Estatuto Básico del Empleado Público y por la legislación básica de régimen local y las disposiciones de la presente ley en materia de función pública, por la Ley de función pública de las Illes Balears en las materias no reservadas a la legislación básica del Estado ni reguladas por esta ley, por la normativa de desarrollo de esta ley y por la que dicten las entidades locales, así como por los acuerdos y pactos aprobados por estas entidades. La normativa de desarrollo de la Ley de Función Pública de las Illes Balears dictada por el Gobierno de las Illes Balears será aplicable supletoriamente.
2. El artículo 80.1 del EBEP dispone que la libre designación con convocatoria pública del personal funcionario de carrera consiste en la apreciación discrecional por el órgano competente de la idoneidad de los candidatos en relación con los requisitos exigidos para cumplir el puesto.
3. El artículo 35 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, especifica en el apartado 1. i) que deben motivarse los que se dictan en el ejercicio de potestades discrecionales, y en el apartado 2. que la motivación de los actos que agoten los procedimientos selectivos y de concurrencia competitiva debe hacerse de conformidad con lo que dispongan las normas que regulen las convocatorias, y, en todo caso, deben quedar acreditados en el procedimiento los fundamentos de la resolución que se adopte.
También la base 10.1. de la Resolución de la presidencia del IMAS de 10 de junio de 2022, establece entre otros que la persona titular de la dirección insular que se proponga, debe motivar la adjudicación a la persona más idónea de acuerdo con los requisitos que se exijan para desarrollar el trabajo.
En este sentido, la Gerencia y las diferentes áreas del IMAS propusieron motivadamente a las personas más idóneas, mediante la adjudicación por el procedimiento de libre designación. Esta exigencia queda acreditada en los informes propuesta relacionados en el antecedente tercero.
4. El informe propuesta de adjudicación de libre designación, de los puestos de trabajo vacantes de personal funcionario de la directora gerente del IMAS de 25 de noviembre de 2022, publicada en el Tablón de anuncios electrónico del IMAS y en el Portal de Selección (https://www.imasmallorca.net/rh/) del IMAS, dio un plazo de cinco días hábiles a partir de la publicación de acuerdo con la base 12.2, en el que no ha habido ninguna reclamación .
5. Corresponde a la presidencia del IMAS la aprobación y resolución de las convocatorias de provisión y establecer sus bases, de acuerdo con lo dispuesto en el subapartado 16) del apartado segundo del artículo 7 del Texto Consolidado de los Estatutos del IMAS, aprobados por el Pleno del Consejo de Mallorca en sesión celebrada el día 11 de abril de 2019 (BOIB núm. 67, de 18 de mayo de 2019).
También de acuerdo a la base 12.5 de la Resolución de 10 de junio, una vez elevada a definitiva la propuesta de adjudicación, la presidencia del IMAS debe dictar la resolución que debe publicarse en el Boletín Oficial de las Illes Balears y, si es necesario, en el Boletín Oficial del Estado, así como debe publicarse en el tablón de anuncios electrónico del IMAS y en el Portal de Selección.
6. La base 5.6 de la Resolución de 10 de junio especifica que con el vencimiento del plazo para presentar las solicitudes caduca el plazo para renunciar a participar en el concurso, para desistir o alterar la preferencia expresada. Una vez transcurrido este período, las solicitudes formuladas son vinculantes para la persona solicitante, siendo los destinos irrenunciables, salvo que, antes de la toma de posesión, se haya obtenido otro destino mediante una convocatoria pública.
7. De acuerdo a la base 13.1 de la Resolución de 10 de junio, el plazo para tomar posesión del puesto de trabajo obtenido es de tres días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario o funcionaria, o de un mes si supone cambio de residencia o el reingreso en el servicio activo. Asimismo, la base 13.3 determina que el plazo para tomar posesión comienza a contar a partir del día siguiente de haber cesado en el puesto de trabajo, que debe realizarse en los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
La base 13.4 de la citada Resolución establece que el titular del órgano donde presta servicios el funcionario o funcionaria que debe cesar en el puesto de trabajo, puede proponer a la presidencia del IMAS que se aplace por necesidades del servicio hasta a un máximo de 20 días hábiles. El consejero o consejera mencionado debe resolver, teniendo en cuenta la propuesta. En este sentido la base 13.5 dispone que la presidencia del IMAS puede excepcionalmente, acordar lo siguiente:
a) Aplazar la fecha del cese del funcionario o de la funcionaria por el plazo máximo de un mes, completada la prórroga prevista en el apartado anterior, por exigencias del normal funcionamiento de los servicios. En este caso, si el funcionario o la funcionaria lo solicita, se le respetarán las retribuciones del nuevo puesto de trabajo. b) Prorrogar, por un plazo de hasta veinte días hábiles, la incorporación del funcionario o de la funcionaria al nuevo destino si implica cambio de localidad y se alegan y acreditan razones que justifiquen la prórroga solicitada.
8. La base 14.1 de la Resolución de 10 de junio, establece que la cobertura de los puestos de trabajo objeto de esta convocatoria determina el cese del personal que hasta entonces los ha ocupado, ya sea de forma interina, funcional, en comisión de servicios o con carácter de provisionalidad.
9. La base 15 de la citada Resolución de 10 de junio, de período mínimo de permanencia en el puesto de trabajo adjudicado, especifica que los funcionarios y funcionarias que obtengan como titulares un puesto de trabajo en una convocatoria de ejecución de estas bases tendrán que permanecer un mínimo de dos años.
Por todo ello,
Resuelvo
Primero – Aprobar la adjudicación, por el sistema de libre designación, de los siguientes puestos de trabajo vacantes de personal funcionario:
Código puesto / expansión |
Puesto de trabajo |
Unidad administrativa / Organismo |
Persona adjudicataria |
DNI |
F00320001/1 |
Secretario/a de presidencia |
Órganos de Gobierno |
Herrezuelo Pons, Maria |
***3608** |
F00520002/1 |
Jefe/a de servicio |
Servicio de Autorizaciones, Acreditación, Registro y Inspección de Servicios Sociales / Gerencia |
Comas Mas, Isabel |
***0973** |
F00520005/1 |
Jefe/a de servicio de Gestión de Personal |
Servicio de Gestión de Personal / Gerencia |
Ramis Ferrer, Francesc |
***0423** |
F00730001/1 |
Director/a |
Llar dels Ancians / Área de Atención Sociosanitaria |
Binimelis Bonnin, Apolonia Maria |
***4082** |
F00730002/1 |
Director/a Residencia Felanitx |
Residencia Felanitx / Área de Atención Sociosanitaria |
Vanrell Pons, Apolonia |
***1341** |
F00730003/1 |
Director/a |
Residencia Huialfàs / Área de Atención Sociosanitaria |
Ramis Matas, Santiago |
***5126** |
F00730008/1 |
Director/a LTE Llucmajor |
Llar de Gent Gran Llucmajor / Área de Atención Comunitaria y Proyectos Estratégicos |
Muñoz Rico, Antonio José |
***8133** |
F00730007/1 |
Director/a acogimientos residenciales |
Coordinación de Acogimientos Residenciales / Área de Infancia y Familia |
Martí Llorca, Maria Luisa |
***4297** |
F00520014/1 |
Jefe/a de servicio |
Servicio de Personas con Discapacidad y Innovación Social / Área de Personas con Discapacidad y Innovación Social |
García Roca, Mercedes |
***3681** |
F00520017/1 |
Jefe/a de servicio |
Servicio de Inclusión Social / Área de Inclusión Social |
Cerdà Campomar, Sebastià |
***0111** |
F00520013/1 |
Jefe/a de servicio |
Servicio de Prevención Comunitaria y Apoyo Territorial / Área de Apoyo Territorial |
Sastre Ramis, Tòfol |
***3220** |
Segundo – Declarar los puestos de trabajo de la convocatoria por el procedimiento de libre designación que han quedado desiertos siguientes:
Código puesto / expansión |
Puesto de trabajo |
Unidad administrativa / Organismo |
F00570001/1 |
Jefe/a de departamento de recursos humanos |
Departamento de Recursos Humanos / Gerencia |
F00520019/1 |
Jefe/a de servicio de prevención |
Servicio de Prevención / Gerencia |
F0068017Q/1 |
Coordinador/a de oficina de protección a la persona mayor |
Servicio de Atención Sociosanitaria / Área de Atención Sociosanitaria |
F00320012/1 |
Secretario/a director/a |
Servicio de Atención Sociosanitaria / Área de Atención Sociosanitaria |
Tercero – Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en el tablón de anuncios electrónico del IMAS y en el Portal de Selección del IMAS.
Cuarto – Establecer el plazo de tres días hábiles para tomar posesión que comienza a contar a partir del día siguiente al del cese en el puesto de trabajo, que deberá producirse en los tres días hábiles siguientes a la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución que no agota la vía administrativa se puede interponer un recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su notificación o publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas, y el artículo 28 del Texto consolidado de los Estatutos del IMAS, aprobado por el Pleno del Consejo de Mallorca el día 11 de abril de 2019 (BOIB núm. 67, de 18 de mayo de 2019).
Contra la desestimación expresa del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, en cualquier momento a partir del día siguiente a la desestimación presunta (tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución).
No obstante lo anterior, se puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las administraciones públicas.
Palma, en la fecha de la firma electrónica de esta Resolución: (17 de febrero de 2023)
La presidenta del IMAS Sofía Alonso Bigler