Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
Núm. 43390
Resolución del consejero de Hacienda y Función Pública que aprueba la constitución de la bolsa del procedimiento extraordinario de selección de funcionarios interinos de naturaleza simplificada para cubrir plazas vacantes de la categoría de arquitecto/a superior
Hechos
1. Por Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de fecha 11 de octubre de 2022, se aprobaron la convocatoria y las bases que tienen que regir el procedimiento extraordinario de selección de funcionarios interinos de naturaleza simplificada para cubrir plazas vacantes de la categoría de arquitecto/a superior (BOIB nº. 135, de 18 de octubre de 2022).
2. Mediante la Resolución del consejero de Hacienda y Función Pública del 21 de noviembre de 2022 se requirió a la totalidad de personas aspirantes admitidas para que, en el plazo de tres días hábiles contados desde el día siguiente de la publicación de la Resolución, presentaran la documentación acreditativa de los requisitos, de los méritos alegados y, si procede, de los criterios de desempate y se estableció que la no acreditación de los requisitos en el plazo otorgado al efecto, determinaba la imposibilidad de continuar en el procedimiento y que los aspirantes serían excluidos de lo mismo.
3. Mediante la publicación del día 19 de diciembre de 2022, se dio un plazo de tres días hábiles, a partir del día siguiente de la publicación de la mencionada resolución, para presentar las alegaciones y/o los documentos adecuados para subsanar los requisitos de la convocatoria y/o para acreditar los méritos presentados.
4. De acuerdo con lo que establece la base 8.3 de la convocatoria, el órgano de selección, reunido en fecha 11 de enero de 2023, ha comprobado la documentación presentada por las personas aspirantes y ha resuelto las alegaciones, en los términos que se establecen en el anexo I de esta Resolución, al mismo tiempo que ha aprobado las puntuaciones definitivas de las personas integrantes de la bolsa por orden de prelación, en los términos que se establecen en el anexo III de esta Resolución.
Fundamentos de derecho
1. La Ley 4/2022, de 28 de junio de Consejos Insulares.
2. La disposición adicional 5ª de la Ley 4/2021, de 17 de diciembre, de medidas extraordinarias y urgentes para ejecutar las actuaciones y los proyectos que se tienen que financiar con fondos europeos en el marco del Plan de Recuperación.
3. El acuerdo del Consejo Ejecutivo de delegación de determinadas atribuciones del Consejo Ejecutivo en el consejero ejecutivo o consejera ejecutiva de Hacienda y Función Pública, en materia de personal (BOIB nº. 128, de 1 de octubre de 2022).
4. El Decreto 30/2009, de 22 de mayo, por el cual se aprueba el procedimiento de selección del personal funcionario interino al servicio del personal de la Comunidad autónoma de las Islas Baleares.
5. La Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública que aprueba las bases que tienen que regir la convocatoria de un procedimiento extraordinario de selección de funcionarios interinos de naturaleza simplificada para cubrir plazas vacantes de la categoría de arquitecto/a superior y aprobar la convocatoria (BOIB núm.135, de 18 de octubre de 2022).
Por todo eso, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Informar de los acuerdos adoptados, por parte del órgano de selección, en lo referente a las alegaciones y los documentos presentados por las personas aspirantes, en los términos que se establecen en el anexo I de esta Resolución.
2. Excluir definitivamente a las personas aspirantes incluidas en el anexo II, dado que no han acreditado correctamente el requisito requerido.
3. Aprobar la constitución de la bolsa del procedimiento extraordinario de selección de funcionarios interinos de naturaleza simplificada para cubrir plazas vacantes de la categoría de arquitecto/a superior, en los términos que se establecen en el anexo III de esta Resolución.
4. Ordenar la publicación de esta Resolución en el BOIB y en el tabl ón de Edictos de la Sede Electrónica del Consejo de Mallorca.
Interposición de recursos
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer el recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno del Consejo Insular de Mallorca, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de recibir esta notificación.
Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.
Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no se ha recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado contencioso Administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (14 de enero de 2023)
El consejero ejecutivo del Departamento de Hacienda y Función Pública(por delegación del Consejo Ejecutivo, según acuerdo de día 28 de septiembre de 2022, BOIB nº. 128, de 1 de octubre de 2022) Josep Lluís Colom Martínez
ANEXO I Acuerdos adoptados, por parte del órgano de selección, referentes a las alegaciones y los documentos presentados por las personas aspirantes.
DNI |
Apellidos y nombre |
Acuerdos |
---|---|---|
***6823** |
ANDRADA GARCIA , VICENTE |
Presenta documento de la Generalitat Valenciana donde<A[donde|dónde]> consta la categoría y el grupo. Se modifica la puntuación que pasa de 0 puntos a 12,250 puntos. |
***3277** |
FUSTER GUASP, JOAN CARLES |
Alega que la puntuación en la experiencia no es correcta (42.793 puntos). El órgano de selección la revisa e informa que la puntuación se ha calculado con tres decimales, lo cual hace que no coincida con la que el aspirante se ha autobaremado (43 puntos). Se desestima la alegación. |
***1564** |
GONZALEZ CABANELLAS, M. JESUS |
Presenta certificado de funciones análogas a la categoría de arquitecto/a del CIM<A[CIMA|CUMBRE]>. Se modifica la puntuación y pasa de 19,758 puntos a 29,395 puntos. |
***7790** |
MANJAVACAS LINDMARK, AGNETA |
Presenta correctamente el certificado de servicios prestados al Ayuntamiento de Calvià. Se modifica la puntuación y pasa de 27,885 puntos a 42,108 puntos. |
***6123** |
MAYANS SUREDA, JAIME ONOFRE |
Presenta los contratos y las prórrogas requeridas del periodo en la CAIB. Se modifica la puntuación y pasa de 59,400 puntos a 77,500 puntos. |
***3327** |
OLIVER HERRERO, MARIA EUGENIA |
Subsana correctamente y presenta la documentación requerida del Ayuntamiento de Algaida. Se modifica la puntuación que pasa de 40,500 puntos a 40,750 puntos. |
***3643** |
PIZA SEGURA, MARIA CRISTINA |
Presenta correctamente el certificado de servicios prestados en el Ayuntamiento de Pollença. Se modifica la puntuación que pasa de 27,500 puntos a 28,218 puntos. |
***9094** |
REINA FERRAGUT, ANTONI SIMON |
Presenta correctamente el certificado de servicios prestados en el IBAVI. Se modifica la puntuación que pasa de 15 puntos a 66,750 puntos. |
***9580** |
SALMERON DIAZ, FRANCISCO JOSE |
Presenta correctamente el certificado deservicios prestados en el Ayuntamiento de Ibiza. Se modifica la puntuación que pasa de 15 puntos a 57,750 puntos. |
***2021** |
SALOM GAYA, FRANCISCA DE LOS A. |
Presenta correctamente el certificado deservicios prestados en el Ayuntamiento de Gerona y el Ayuntamiento de Figueres. Se modifica la puntuación que pasa de 22,500 puntos a 68,375 puntos. |
***0924** |
SALVA CABRER, JUANA ANA |
Únicamente acredita la solicitud realizada a laCAIB, relativa a su certificado de servicios prestados. Dado que no se han podido comprobar dichos servicios prestados, no se modifica la puntuación relativa a la experiencia profesional. |
ANEXO II Lista de personas aspirantes excluidas definitivamente.
Apellidos y nombre | Motivo exclusión |
---|---|
CHINER NATEU, MARINA ROSELLA |
Vuelve a presentar el mismo certificado, el cual no tiene equivalencia, de acuerdo con la Orden del consejero de Educación, Cultura y Universidades de 21 de febrero de 2013. (BOIB nº. 34, de 12 de marzo de 2013). |
GUAL MONTEJO MARTIN |
Falta acreditar el justificante expedido por la Universidad en el que conste el nombre del título y el pago de las tasas. |
MOLLAR BORT, MARIA ESTHER |
Vuelve a presentar el mismo certificado, el cual no tiene equivalencia, de acuerdo con la Orden del consejero de Educación, Cultura y Universidades de 21 de febrero de 2013. (BOIB nº. 34, de 12 de marzo de 2013). |
SEGURA PONS, ESTANISLAO LUIS |
La documentación para acreditar el nivel de catalán está presentada fuera de plazo. El plazo establecido era desde el día 22 al 24 de noviembre de 2022. |