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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 792553
Bases específicas que regirán las pruebas selectivas para la selección y provisión definitiva de una plaza de ingeniero/a técnico/a agrícola, correspondiente a la oferta de ocupación pública del año 2019, por turno libre, mediante el sistema de concurso oposición

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Texto

En reunión ordinaria del Consell Executiu del Consell Insular d'Eivissa, de fecha 23 de diciembre de 2022, se acordó:

Primero. Aprobar las Bases específicas reguladoras de la convocatoria para la selección y la provisión definitiva de una plaza de ingeniero/a técnico/a agrícola correspondiente a la oferta de ocupación pública del año 2019, por turno libre, mediante el sistema de concurso oposición.

Segundo. Convocar las pruebas selectivas para la provisión de las plazas vacantes que se detallan en las bases anteriormente citadas.

Tercero. Publicar el texto íntegro de las bases específicas y la convocatoria de las pruebas selectivas en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE), y ambas en la Sede electrónica del Consell d'Eivissa (seu.conselldeivissa.es) en el catálogo de trámites Convocatorias y bolsa de ocupación. La fecha de publicación en el BOE servirá para el cómputo del plazo de presentación de solicitudes.

BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA SELECCIÓN Y PROVISIÓN DEFINITIVA DE UNA PLAZA DE INGENIERO/A TÉCNICO/A AGRÍCOLA, CORRESPONDIENTE A LA OFERTA DE OCUPACIÓN PÚBLICA DEL AÑO 2019, POR TURNO LIBRE, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO OPOSICIÓN

1. Objeto y normas generales

1.1. El objeto de esta convocatoria es cubrir, por turno libre y mediante concurso oposición, una plaza de ingeniero/a técnico/a agrícola vacante en la plantilla de personal funcionario, perteneciente a la escala de Administración Especial, subescala técnica, clase media, grupo A, subgrupo A2, y dotada presupuestariamente, correspondiente a la Oferta de Ocupación Pública del año 2019 (Boletín Oficial de las Islas Baleares –BOIB- nº 4, de 9 de enero de 2020).

1.2. El sistema de selección de las personas aspirantes será el de concurso-oposición, y constará de una fase de oposición y de una fase de concurso, con el temario general y específico y con la valoración de méritos que constan en el anexo I y II de las bases específicas.

1.3. La fecha, el día, la hora de inicio y el lugar de celebración de la primera prueba se publicará en el BOIB y en la sede electrónica del Consell Insular d'Eivissa.

2. Normativa de aplicación

Esta convocatoria se rige por las bases generales que regulan los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario del Consell Insular d'Eivissa, publicadas en el BOIB núm. 173 en fecha 18 de diciembre de 2021.

3. Transparencia y protección de datos personales

3.1. A lo largo del proceso selectivo, se publicarán en la sede electrónica del Consell Insular d'Eivissa, seu.conselldeivissa.es, toda la información relacionada con los diferentes aspectos del desarrollo del proceso selectivo.

3.2. Las personas que, por motivo de violencia de género, necesiten proteger su identidad pública, deberán indicarlo en la solicitud en que deseen ocultar sus datos, por lo que han de presentar, en el momento de hacer la inscripción, la documentación que establece el artículo 23 de la Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género, modificada por Real decreto ley 9/2018, de 3 de agosto, de medidas urgentes por el despliegue del Pacto de Estado contra la violencia de género.

3.3. La participación de las personas interesadas en los procesos selectivos, implica la autorización para tratar los datos de carácter personal recogidos en la solicitud y en la tramitación del proceso, así como publicar en boletines oficiales, tablones de anuncios, sede electrónica y, en general, en cualquier medio que se utilice para comunicar los resultados parciales o definitivos del proceso selectivo, conforme a lo establecido en el articulo 8 y en la disposición adicional séptima de la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, teniendo en cuenta que los procesos selectivos estan regidos por el principio de publicidad.

4. Requisitos de las personas aspirantes

Para ser admitidos en el proceso selectivo, las personas aspirantes tienen que cumplir, además de lo que se prevé en las bases generales, los siguientes requisitos:

a) Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha en que finalice el término de presentación de solicitudes, el título universitario de ingeniería técnica agrícola o equivalente.

En el supuesto de presentar título equivalente al exigido, deberá acompañarse de un certificado expedido por la autoridad competente en materia educativa que acredite su equivalencia.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá acreditar que se está en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que acredite la homologación del título.

b) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna administración pública, o de órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse inhabilitado de forma absoluta o especial para ocupar cargo público por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, en el caso de haber sido separado o inhabilitado. En el caso de nacionales de otro estado, no encontrarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber estado sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su país y en los mismos términos, el acceso a una ocupación pública.

c) Tener las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para ejercer las funciones de la plaza ofertada.

d) Acreditar el requisito de conocimientos de lengua catalana correspondiente al nivel B2 (nivel avanzado) o superior, de conformidad con el Decreto 11/2017, de 24 de marzo, de exigencia de conocimientos de la lengua catalana en los procesos selectivos de acceso a la función pública para ocupar puestos de trabajo en la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Los conocimientos de lengua catalana deberán acreditarse mediante la aportación del certificado correspondiente al nivel igual o superior al que exige el Decreto 11/2017, expedido o reconocido como el equivalente u homologado por la  Dirección General de Política Lingüística, o bien el expedido por l'Escola Balear d'Administració Pública. Los estudios en lengua catalana de la ESO o Bachillerato se podrán homologar con los certificados oficiales de conocimientos de la lengua catalana A2, B1, B2 i C1 de la Dirección General de Política Lingüística del Govern de les Illes Balears.

Se aceptará la homologación de certificados de catalán siempre que se hayan realizado antes de finalizar el término de presentación de las solicitudes.

Los certificados obtenidos en Cataluña o en la Comunidad Valenciana y los estudios de la ESO o Bachillerato realizados en dichas comunidades autónomas, no son directamente válidos y se tendrá que solicitar la homologación correspondiente en la Dirección General de Política Lingüística del Govern de les Illes Balears.

e) Acompañar junto a la solicitud de participación en el proceso selectivo, el justificante de haber satisfecho el pago de las tasas de derecho a examen de 24,04€, para participar en el proceso de selección.

De acuerdo con el artículo 8 de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa de expedición de documentos administrativos del Consell Insular d'Eivissa, publicada en el BOIB núm. 106, de 11 de agosto de 2022, las bonificaciones aplicables a las tarifas de participación en procesos de selección, son las siguientes:

- Personas con discapacidad reconocida igual o superior al 33%, un 50%

- Personas que figuren como demandantes de trabajo, un 50%

- Miembros de familia numerosa general, un 50%

- Miembros de familia numerosa especial, un 75%

Junto a la solicitud de participación, deberá presentarse la documentación que lo acredite.

f) Estar en posesión del carnet de conducir de clase B.

Los requisitos exigidos en las bases generales y en las bases específicas deberán estar al día a la finalización del término de presentación de las solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo.

En el caso de falsedad o manipulación de algún documento, decaerá el derecho a participar en el proceso selectivo.

5. Solicitudes

Las personas aspirantes que quieran formar parte del proceso selectivo deberán inscribirse telemáticamente en la sede electrónica del Consell Insular d'Eivissa (seu.conselldeivissa.es/Convocatòries i borses d'ocupació) en el término de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE), y se han de dirigir a la Presidencia del Consell Insular d'Eivissa. Si el último día de presentación cayese en sábado o festivo, el término se extenderá hasta el siguiente día hábil

También se pueden presentar por los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Las personas interesadas deberán adjuntar con la inscripción telemática o con la solicitud (anexo IV) los méritos a valorar en la fase de concurso clasificado por el orden establecido en el anexo III de las bases específicas. Los méritos se valorarán con referencia a la fecha de finalización del término de presentación de las solicitudes.

Únicamente  las personas aspirantes que se presenten en la forma prevista en el artículo 16.4.d) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, tendrán que presentar el anexo IV (solicitud) y el anexo V (autobaremación) de las bases específicas, y presentar la solicitud en la Oficina de Atención en Materia de Registro de entrada del Consell Insular d'Eivissa solicitando cita previa (https://citaprevia.conselldeivissa.es).

En el caso de precisar medidas de adaptación para la realización de las pruebas, deberán indicarlo en la solicitud y adjuntar informe de necesidad de adaptación de la Direcció General d'Atenció a la Dependència de la Conselleria de Serveis Socials i Esports o bien el documento de haber sido solicitado. En todo caso, deberá presentarse un mínimo de 15 días antes de la fecha de pruebas.

6. Tribunal calificador

Antes del inicio del proceso selectivo y cumpliendo lo que establecen los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, se publicará en el BOIB y en la sede electrónica del CIE la designación de las personas titulares y suplentes que conformarán el tribunal calificador.

7. Período de prácticas

7.1 Finalizado el proceso selectivo y agotado el período de presentación de documentos y en el plazo máximo de un mes, el conseller/a que tenga atribuidas las competencias de Recursos Humanos nombrará funcionarios/as en prácticas a las personas aspirantes propuestas por el tribunal calificador. Dichos nombramientos se notificarán a las personas interesadas.

El período de prácticas será de seis meses.

El personal funcionario en prácticas ocupará un lugar de trabajo vacante en la plantilla del Consell Insular d'Eivissa y recibirá las retribuciones correspondientes del lugar de trabajo que desempeña.

No obstante, serán nombrados directamente funcionarios/as de carrera las personas candidatas que acrediten haber prestado servicios en el Consell Insular d'Eivissa durante un período igual o superior a seis meses, siempre que lo hayan realizado en el mismo subgrupo o grupo, en el caso de que no exista subgrupo y categoría y la valoración sea adecuada. Si los servicios han sido prestados por tiempo inferior, el nombramiento en prácticas se alargará hasta completar el período establecido de seis meses.

7.2. La persona aspirante que injustificadamente no se incorpore al servicio de la Corporación, perderá todos los derechos derivados del proceso selectivo y del nombramiento subsiguiente como funcionario de carrera. Es necesario cumplir al 100% el período de prácticas para completar la fase de nombramiento.

8. Recursos

Contra la resolución de aprobación de la convocatoria y sus bases, que no ponga fin a la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso de alzada ante el Consell Executiu del Consell Insular d'Eivissa, dentro del término de un mes, a contar desde el día siguiente de su publicación en el al Butlletí Oficial de les Illes Balears,  de acuerdo con el artículo 66 de la ley 4/2022, de 28 de junio, de Consells Insulars.

Eivissa, 28 de diciembre de 2022

El jefe de Servicio de Recursos Humanos Agustín Goerlich López

Documentos adjuntos