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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE SANTA EULÀRIA DES RIU

Núm. 300642
Aprobación definitiva del Estudio de Detalle para la ordenación de volúmenes en la parcela sita en la C/ Torre de Can Negre, núm. 20, Ses Torres, Jesús

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Texto

Por la presente, a los efectos de lo establecido en el artículo 65 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de Urbanismo de les Illes Balears, se comunica que el Pleno del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de abril de 2022, ha aprobado definitivamente el Estudio de Detalle promovido por Gecko Mediterránea SL para la ordenación de volúmenes en la parcela sita en la C/ Torre de Can Negre, núm. 20, Ses Torres, Jesús, siendo los acuerdos adoptados los siguientes:

“PRIMERO.- Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle promovido por GECKO MEDITERRÁNEA SL de ORDENACIÓN DE VOLUMENES en la parcela sita en c/ Torre de Can Negre nº 20, Ses Torres, Jesús, según documentación técnica redactada por el arquitecto Javier Mompó Sempere con RGE202199900007651 de 14.05.2021.

SEGUNDO.- Publicar el presente acuerdo junto con el contenido del Estudio de Detalle en el Boletín Oficial de les Illes Balears, a los efectos de su general conocimiento.

TERCERO.- Notificar el presente acuerdo a los propietarios y demás interesados directamente afectados por el Estudio de Detalle, así como a quienes hubieran formulado alegaciones al mismo.

CUARTO.- Remitir un ejemplar diligenciado del Estudio de Detalle al Archivo de Urbanismo de las Islas Baleares y al Consell Insular d'Eivissa, para su constancia y registro.”

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears con sede en Palma de Mallorca, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la presente publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

Santa Eulària des Riu, firmado digitalmente (25 de mayo de 2022)

La alcaldesa Mª Carmen Ferrer Torres

 

ESTUDIO DE DETALLE AUMENTO OCUPACIÓN EN C/ TORRE DE CAN NEGRE 20

ÍNDICE

1. DATOS DEL ESTUDIO DE DETALLE

1.1. Identificación del estudio de detalle

1.1.1. Antecedentes

1.1.2. Objeto

1.1.3. Contenido documental

1.2. Datos generales

1.2.1. Agentes intervinientes

1.3. Información catastral

 

2. INFORMACIÓN URBANÍSTICA

2.1. Estado actual del solar

2.2. Normativa aplicable según planeamiento vigente

3. MEMORIA JUSTIFICATIVA

3.1. Adecuación de la nueva ordenación a directrices superiores

3.2. Conclusiones

1. MEMORIA

1. Datos del estudio de detalle

1.1 Identificación del estudio de detalle

El presente estudio de detalle se redacta sobre la zona E-U4, en la parcela localizada en la calle Torre de Can Negre nº 20, referencia catastral 6397069CD6069N, correspondiente al sector “Ses Torres”.

1.1.1 Antecedentes

La vivienda se encuentra parcialmente construida, situada en las proximidades de la Torre de Ca n'Espatleta. La licencia fue otorgada por error al no tenerse en cuenta una limitación de altura de la vivienda para no ocultar la torre. El ayuntamiento estableció que la vivienda debía modificar su volumen eliminando la planta primera, ya construida en fase estructura, tabiquería y cerramientos.

1.1.2. Objeto

El presente documento tiene por objeto la formalización de una propuesta compensatoria por parte del Ayuntamiento de Santa Eulalia del Río, en el que la limitación de altura no suponga un perjuicio excesivo para la propiedad. Consistiría en acogerse a la situación descrita en el Artículo 5.1.03, apartado 4-e de las Normas Subsidiarias:

Los terrenos señalados en los planos de ordenación con pendiente superior a un 40 % serán inedificables y en aquellos señalados con pendiente superior a un 20 % sólo se podrá edificar una planta (B) de cuatro (4) metros de altura máxima, pudiéndose en ambos casos definir con mayor precisión los ámbitos afectados mediante el oportuno topográfico de detalle. A los efectos de lo señalado en el apartado 4.c anterior el desnivel en dicha planta podrá ser de hasta un metro y cincuenta centímetros (1,50), la altura deberá cumplir el apartado 2 del artículo 6.2.02 y la ocupación señalada en las condiciones particulares de las zonas podrá incrementarse hasta agotar la edificabilidad permitida en la zona hasta un máximo del 40 %.

La parcela objeto del presente estudio de detalle tiene una pendiente aproximada del 16%, por lo que no optaría a la solución de una planta y el incremento de ocupación hasta el 40%, por lo que es necesario este documento.

1.1.3. Contenido documental

El proyecto de demolición se compone de la siguiente documentación:

- MEMORIA.

- PLANOS.

1.2. Datos generales

1.2.1. Agentes intervinientes

PROMOTOR

Gecko Mediterranea S.L.

 

SOCIEDAD

Nakatomi Architectural Illustrations S.L.P.

CIF

***6687**

CIF

***9164**

 

DIRECCIÓN

Av. País Valenciano 6

 

DIRECCIÓN

Calle Ador 1, 1º Derecha

46970 Alaquas (Valencia)

46702 Gandía, Valencia

TELÉFONO

-

ARQUITECTO

Javier Mompó Sempere

 

COLEGIADO

952620 (Sociedad 952630)

TELÉFONO

960 118 437

1.3. Información catastral

2. Información urbanística

2.1. Estado actual del solar

Se trata de un solar ubicado en una zona residencial extensiva, el cual linda al oeste con la calle Torre de Can Negre, al norte y sur con parcelas lindantes y al este con la parcela que contiene la Torre de Ca n'Espatleta.

La parcela está parcialmente edificada con la obra del proyecto previo que fue paralizado.

2.2. Normativa aplicable según planeamiento vigente

Los parámetros urbanísticos aplicables a nuestro solar están recogidos en las Normas Subsidiarias de Santa Eulària, con Aprobación Definitiva por el Consell Insular el 23 de noviembre de 2.001, siendo los siguientes:

- Superficie y dimensiones mínimas de la parcela

- Parcela mínima (m2): 800

- Fachada/fondo mínimo (m): 20/20

- Parámetros de la edificación

- Ocupación máxima (%): 30

- Edificabilidad máxima (m2/m2): 0,5

- Volumen máximo por edificio (m3): 1.500

- Altura máxima (m): 7

- Altura total (m): 3 sobre la altura máxima

- Número máximo de plantas: B+1P

- Separación mínima a vías y ELP (m): 5

- Separación mínima a linderos (m): 3

- Separación mínima entre edificios (m): 6

- Número de aparcamientos privados: Según artículo 5.8.03

- Índice de intensidad de uso residencial (viviendas/m2 solar según el artículo 5.1.07): 1/800 y 1/parcela. Se admite, con un Estudio de detalle previo de volúmenes y justificativo de la implantación en el terreno, disponer varias viviendas en una única parcela cumpliendo, además del índice de intensidad de uso de 1/800 la totalidad del resto de parámetros de la calificación.

3. Memoria justificativa

3.1. Adecuación de la nueva ordenación a directrices superiores

El Estudio de Detalle queda regulado por:

- Texto refundido de la Ley del Suelo (R.D. 1.346).

- Normas Subsidiarias de Santa Eulalia del Río, aprobadas definitivamente por el Consell Insular de Ibiza y Formentera el 23 de noviembre de 2011.

- Reglamento de Planeamiento (R.D. 2.159).

3.2. Conclusiones

El presente estudio de detalle realiza una propuesta para la modificación del proyecto original que se adecúa a los parámetros del Artículo 5.1.03, apartado 4-e de las Normas Subsidiarias, pese a no situarse en una parcela con más del 20% de pendiente, pero para asegurarse el cumplimiento de la limitación de altura para la preservación de las vistas a la Torre de Ca n'Espatleta.

Ver anexos planos

Documentos adjuntos