Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Núm. 297871
Resolución del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 25 de mayo de 2022 por la cual se aprueban las instrucciones para que los centros privados concertados soliciten la reducción horaria a partir del Acuerdo de reducción a 23 horas para el profesorado de ESO, FP y Bachillerato a jornada completa para el curso 2022-2023
Hechos
1. El 10 de febrero de 2016, la Consejería de Educación y Universidad y las organizaciones sindicales, las cooperativas de enseñanza y las entidades patronales que forman parte de la Mesa de la Enseñanza Privada Concertada de las Islas Baleares firmaron el acuerdo de 2016 de reprogramación del acuerdo de 2008 y otras mejoras sociolaborales del profesorado de la enseñanza privada concertada de las Islas Baleares, modificado el 19 de mayo de 2016 y ratificado por medio de un acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de mayo de 2016 (BOIB núm. 67, de 28 de mayo).
2. El 25 de abril de 2018, la Consejería de Educación y Universidad y las organizaciones sindicales, las cooperativas de enseñanza y las entidades patronales que forman parte de la Mesa de la Enseñanza Privada Concertada de las Islas Baleares firmaron el Acuerdo para dar cumplimiento al apartado undécimo del Acuerdo de 2016 mencionado en el punto anterior.
3. El 13 de julio de 2018, el Consejo de Gobierno aprobó el Acuerdo de la Mesa de la Enseñanza Privada Concertada de 25 de abril de 2018 en cuanto al compromiso de gasto en el ejercicio de 2018 y siguientes asociado a la reducción de la jornada lectiva semanal de los profesores de más de 50 años con la jornada completa de la enseñanza privada concertada a 23 horas lectivas semanales (BOIB núm. 87, de 14 de julio).
4. El Acuerdo del 25 de abril de 2018 establece para el curso 2019-2020 la financiación de la aplicación de la reducción de una hora lectiva semanal o la equiparación económica a jornada completa de todo el profesorado con jornadas completas de veinticuatro horas lectivas que impartan docencia exclusivamente en los niveles concertados de ESO, FP y bachillerato. También establece que el profesorado que imparta docencia exclusivamente en los niveles de ESO, FP y bachillerato con jornadas de veintitrés horas lectivas en uno o más centros, y que mantengan esta jornada desde el curso 2017-2018, se considerarán a jornada completa.
El Acuerdo señala que la sustitución de una hora lectiva semanal con alumnos por una hora de actividad complementaria se hará a petición del interesado.
5. El Acuerdo determina que, durante el curso 2019-2020, la Consejería de Educación y Universidad financiará los centros concertados con un número de horas adicionales equivalente a las horas de reducción solicitadas por los profesores que cumplan los requisitos, previa comprobación de estos. Asimismo, el Acuerdo establece que sólo se financiarán las horas que sean efectivamente aplicadas a la reducción de la jornada lectiva semanal con alumnos. A tal efecto, la Consejería de Educación y Universidad verificará que consta en el horario semanal del profesor introducido en el GestIB la sustitución de una hora lectiva con alumnos por una hora de actividad complementaria, antes de efectuarse la financiación mencionada.
6. El 20 de mayo de 2019, la Dirección General de Presupuestos y Financiación emitió un informe en sentido favorable al compromiso de gasto asociado a la implementación de la segunda etapa del Acuerdo del 25 de abril de 2018 el curso escolar 2019- 2020.
7. El mismo informe de 20 de mayo de 2019 era desfavorable a la aplicación de la tercera etapa y a fecha de hoy no se ha modificado. Por este motivo, en el curso 2022-23 se continúa con la segunda etapa. Para el curso 2022-2023 el profesorado que imparta docencia exclusivamente en los niveles de ESO, FP y bachillerato con jornadas de veintitrés horas lectivas en uno o más centros, se considerarán a jornada completa si mantienen esta jornada desde el curso 2020-2021.
8. Por todo ello, es necesario dictar unas instrucciones para que los centros privados concertados soliciten la reducción horaria a 23 horas para el profesorado de ESO, FP y Bachillerato a jornada completa para el curso 2022-2023 y aprobar un modelo de solicitud
9.El director general de Planificación, Ordenación y Centros es competente para dictar la presente Resolución de acuerdo con la habilitación prevista en el artículo 31.a) de la Ley 5/2021, de 28 de diciembre; así como de acuerdo con el Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, modificado por el Decreto 25/2021, de 8 de marzo, de la presidenta de las Islas Baleares.
Fundamentos de derecho
1.La ley 5/2021, de 28 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2022 (BOIB mún.180, de 30 de diciembre).
2.El Decreto 3/2017, de 13 de enero, por el que se establecen los preceptos que deben regir las convocatorias para el establecimiento y la renovación de los conciertos educativos a partir del curso académico 2017-2018 (BOIB núm. 6, de 14 de enero).
3.Decreto 11/2021 de 15 de febrero, de la presidenta de las Islas Baleares, por la cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Islas Baleares (BOIB núm. 21, de 15 de febrero), modificado por el Decreto 25/2021, de 8 de marzo, de la presidenta de las Islas Baleares (BOIB núm. 33, de 9 de marzo)
4.El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 18 de julio de 2008 por el que se aprueba el Acuerdo para la mejora de la enseñanza privada concertada de las Islas Baleares (BOIB núm. 105, de 29 de julio).
5. El Acuerdo de 2016 de reprogramación del Acuerdo de 2008 y otras mejoras sociolaborales del profesorado de la enseñanza privada concertada de las Islas Baleares, modificado el 19 de mayo de 2016 y ratificado por medio de un acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de mayo de 2016 (BOIB núm. 67, de 28 de mayo).
6. El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de julio de 2018 por el que se aprueba el Acuerdo para dar cumplimiento al apartado undécimo del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de mayo de 2016 de aprobación del Acuerdo de reprogramación del Acuerdo de 2008 y otras mejoras sociolaborales del profesorado de la enseñanza privada concertada de las Islas Baleares en lo que se refiere a la reducción a 23 horas lectivas semanales del profesorado mayor de 50 años con jornada completa (BOIB núm. 87, de 14 de julio).
7. El Acuerdo de Consejo de Gobierno de 26 de abril de 2021 por el cual se aprueba la adenda al Acuerdo de 13 de julio de 2018 para dar cumplimiento al apartado undécimo del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de mayo de 2016 de aprobación del Acuerdo de reprogramación del Acuerdo de 2008 y otras mejoras sociolaborales del profesorado de la enseñanza privada concertada de las Islas Baleares (BOIB núm. 55, de 27 de abril de 2021) y rectificado mediante el Acuerdo de Consejo de Gobierno de 24 de mayo de 2021 (corrección erradas BOIB núm. 68, de 25 de mayo de 2021).
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Aprobar las instrucciones para que los centros privados concertados soliciten la reducción horaria a partir del Acuerdo de reducción a 23 horas para el profesorado de ESO, FP y Bachillerato a jornada completa para el curso 2022-2023, que figura en el anexo 1.
2. Aprobar el modelo de solicitud de reducción horaria para el profesorado de ESO, FP y Bachillerato, con contrato a jornada completa, en los centros concertados, para el curso 2022-2023, que figura en el anexo 2.
3. Aprobar el manual de instrucciones para solicitar la reducción horaria para el profesorado de ESO, FP y Bachillerato, con contrato a jornada completa, en los centros concertados, para el curso 2022-2023, que figura en el anexo 3.
4. Publicar esta resolución en la página web de la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros de la Consejería de Educación y Formación Profesional y en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el Consejero de Educación y Formación Profesional en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (25 de mayo de 2022)
El director general de Planificación, Ordenación y Centros
Antonio Morante Milla
Anexo 1 Instrucciones dirigidas a los centros concertados para solicitar la reducción horaria a partir del Acuerdo de reducción a 23 horas para el profesorado de ESO, FP y Bachillerato a jornada completa en los centros concertados para el curso 2022-2023
1.Únicamente se financiaran las reducciones horarias de 24 a 23 horas para el curso 2022-2023 de aquellos profesores que cumplan los requisitos de los apartados a), b) o c) del punto 7 de estas instrucciones, y respecto de los cuales los centros concertados hayan introducido los datos en el GestIB dentro del plazo establecido en el punto 3 de estas instrucciones.
2.Únicamente se financiaran las horas que sean efectivamente aplicadas a la reducción de la jornada lectiva semanal del profesorado con alumnos. Por lo tanto, no se financia la reducción de una hora al profesorado con jornadas de 24 o 23 horas de coordinación pedagógica, orientación o dirección.
3.El plazo para introducir los datos en el GESTIB finaliza el 12 de junio de 2022.
4.Los centros pueden renunciar o modificar la solicitud inicial hasta el 31 de julio de 2022 mediante escrito debidamente registrado dirigido a la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros que indique los términos de la modificación y los motivos que la justifican.
5.No se podrá modificar la petición durante el mismo curso escolar.
6.En caso de que una reducción horaria corresponda a un profesor en situación de baja de IT, el centro deberá registrar en el Gestib únicamente los datos del titular y no los del sustituto. En este caso, el sustituto será contratado por 24 horas y la hora correspondiente a la reducción horaria se dedicará a refuerzo o desdoblamiento.
7.Tienen derecho a disfrutar de la reducción de 24 a 23 horas para el curso 2022-2023 los profesores que cumplan los siguientes requisitos:
a)Haber disfrutado de dicha reducción durante el curso 2021-2022 y haber mantenido la jornada completa durante todo el curso 2021-2022, en uno o más centros y con docencia exclusivamente en los niveles concertados de ESO, FP y Bachillerato.
b)Haber estado a jornada completa de veinticuatro horas lectivas durante todo el curso 2021-2022, en uno o más centros y con docencia exclusivamente en los niveles concertados de ESO, FP y Bachillerato.
c)Haber estado a jornada completa de veintitrés horas lectivas y haber mantenido esta jornada desde el curso 2020-2021 y todo el curso 2021-2022, en uno o más centros y con docencia exclusivamente en los niveles concertados de ESO, FP y Bachillerato.
8.El disfrute de la reducción horaria es incompatible con el disfrute de jubilación parcial.
9.Se entiende que los profesores a que se refiere el punto 7 de este anexo, que hayan disfrutado de una reducción de jornada o de una excedencia, ambas por cuidado de hijo o familiar en el curso 2021-2022, cumplen con el requisito de haber mantenido la jornada completa durante dicho curso. (Acuerdo de Consejo de Gobierno de 26 de abril de 2021, BOIB núm. 55, corrección erradas BOIB núm. 68, de 25 de mayo de 2021).
10.El profesorado que quiera disfrutar por primera vez de la reducción de 24 a 23 horas debe solicitarlo al centro concertado utilizando el modelo del anexo 2 de esta instrucción. Aquel profesorado que complete su jornada en más de un centro, deberá presentar la solicitud únicamente en el centro en el que quiere que se aplique la reducción.
11. Si durante el curso 2022-2023 un profesor que tiene concedida la reducción horaria, por circunstancias sobrevenidas tiene que solicitar una reducción de jornada o excedencia por cura de hijo o familiar, se dejará de aplicar la reducción durante el tiempo que el profesor esté en reducción de jornada o excedencia. Si durante el curso 2022-2023 el profesor volviera a la jornada completa, disfrutaría otra vez de la hora de reducción.