Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO DE GOBIERNO
Núm. 289812
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 23 de mayo de 2022 por el que se aprueba la oferta de empleo público de estabilización correspondiente al personal funcionario y al personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en el ámbito de los servicios generales, en el marco de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público
1. La Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, regula en su artículo 2 la ampliación de los procesos de estabilización del empleo temporal autorizados en las leyes de presupuestos generales del Estado para los años 2017 y 2018.
Esta ley autoriza, como una medida complementaria inmediata para paliar la situación de temporalidad existente, un nuevo proceso de estabilización de empleo público, que afectará a las plazas de naturaleza estructural que, estén o no dentro de las relaciones de puestos de trabajo, plantillas u otra forma de organización de recursos humanos que estén contempladas en las distintas Administraciones Públicas y estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020.
Estos procesos deberán garantizar el cumplimiento de los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad. Además, podrán articularse medidas que posibiliten una coordinación entre las distintas Administraciones en el desarrollo de estos y se establece como sistema de selección el sistema de concurso-oposición.
Para evitar dilaciones en estos nuevos procesos, se exigirá que las ofertas de empleo relativas a estos procesos de estabilización se aprueben y publiquen en los respectivos diarios oficiales antes del 1 de junio de 2022, y las respectivas convocatorias antes del 31 de diciembre de 2022, debiendo finalizar los procesos antes del 31 de diciembre de 2024.
2. Se acompaña al articulado un conjunto de disposiciones imprescindibles para la correcta ejecución y comprensión de este y, entre estas, hay que hacer referencia a la disposición adicional sexta, que prevé que las Administraciones Públicas convoquen, con carácter excepcional, de acuerdo con lo previsto en los apartados 6 y 7 del artículo 61 del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, por el sistema de concurso, aquellas plazas que, reuniendo los requisitos establecidos en el artículo 2.1, hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016.
Estos procesos, que se realizarán por una sola vez, podrán ser objeto de negociación en cada uno de los ámbitos territoriales de la Administración del Estado, Comunidades Autónomas y Entidades Locales.
3. Esta disposición se complementa con la disposición adicional octava, la cual establece que, adicionalmente, los procesos de estabilización contenidos en la disposición adicional sexta incluirán en sus convocatorias las plazas vacantes de naturaleza estructural ocupadas de forma temporal por personal con una relación, de esta naturaleza, anterior al 1 de enero de 2016.
En cuanto al concurso como proceso excepcional de acceso a la función pública, hay que tener en cuenta la doctrina fijada por el Tribunal Constitucional sobre el principio de igualdad en el acceso a los cargos y empleos públicos (artículo 23.2 CE), que dice que únicamente puede ser exceptuada por razones excepcionales y objetivas. Además, este acceso se ordenará de manera igualitaria en la convocatoria mediante normas abstractas y generales para preservar la igualdad ante la ley de la ciudadanía, lo que obliga al legislador y a la Administración a elegir reglas fundadas en criterios objetivos y presididos por los cánones de mérito y capacidad que el artículo 103.3 CE dispone (SSTC 67/1989, 27/1991 y 60/1994).
Entre las condiciones que, de acuerdo con la jurisprudencia constitucional, deben darse para que no se pueda apreciar ninguna infracción del principio de igualdad de acceso a cargos y puestos de trabajo públicos del artículo 23.2 CE se encuentra, en primer lugar, que sea una situación excepcional; en segundo lugar, que solo se acuda a este tipo de procedimientos por una sola vez, puesto que de lo contrario se perdería su condición de remedio excepcional, y, en tercer lugar, que esta posibilidad esté prevista en una norma con rango legal (STC 12/1999, de 11 de febrero de 1999).
4. Con la disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, se da amparo normativo al concepto jurisprudencial de interinidad de larga duración superior a cinco años, que, por su carácter de normativa básica, es aplicable al conjunto de las Administraciones Públicas y garantiza la igualdad en todo el territorio.
La previsión contenida en esta ley de que las Administraciones Públicas puedan convocar el concurso extraordinario y excepcional para aquellas plazas ocupadas temporalmente durante cinco años o más cumple con los anteriores requisitos jurisprudenciales, que además, en todo caso, es razonable, proporcionada y no arbitraria, afectando a todas las plazas de carácter estructural que cumplen los requisitos del artículo 2.1 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, ocupadas de forma temporal e ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016 a consecuencia de las tasas de reposición cero de los ejercicios 2012 al 2015, que provocaron la imposibilidad de incorporar a las correspondientes ofertas de empleo público las plazas que en aquel momento se estaban ocupando en régimen de interinidad.
5. El artículo 70.1 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre) dispone que: «Las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de la oferta de empleo público, o a través de otro instrumento similar de gestión de la provisión de las necesidades de personal […]».
Por otro lado, la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en su artículo 47.1, determina que «constituye la oferta de empleo público anual el conjunto de plazas vacantes de personal funcionario y de personal laboral, con dotación presupuestaria, cuya cobertura resulta necesaria […]».
6. El artículo 18.2 de la Ley 5/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2022, dispone que:
Artículo 18
Oferta pública de empleo
1. [....]
2. En todo caso, las ofertas públicas de empleo de personal funcionario, de personal estatutario, de personal funcionario docente y de personal laboral de la Administración de la comunidad autónoma y de los entes que integran el sector público instrumental autonómico requerirán los informes previos y favorables de la Dirección General de Función Pública y de la Dirección General de Presupuestos, que deberán pronunciarse, respectivamente, sobre los aspectos de legalidad aplicables y sobre los aspectos presupuestarios y de sostenibilidad financiera, a solicitud motivada del órgano directivo competente por razón de la materia.
7. De este modo, aplicando la citada normativa, según los datos que constan en la Dirección General de Función Pública, resulta, aplicando los criterios establecidos en la Ley 20/2021, que el total de plazas, del ámbito de los servicios generales, que cumplen los requisitos establecidos en esta ley es de 550 plazas de personal funcionario y de 181 plazas de personal laboral.
8. En las sesiones de Mesa Sectorial de Servicios Generales del día 27 de abril y del día 4 de mayo de 2022 y del Comité Intercentros del día 9 de mayo se han negociado los criterios de estas ofertas, en las cuales se ha determinado el número de plazas que deben constituir la oferta de empleo público correspondientes a los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021. Asimismo, y dado que la confección de esta oferta ha afectado a plazas todavía no convocadas incluidas en las ofertas de empleo de los años 2019, 2020 y 2021, se ha acordado la modificación de estas ofertas, respetando las tasas de reposición existentes en aquel momento y sin que las plazas de promoción interna sean objeto de reducción.
En aplicación de estos criterios, resulta que:
a) La oferta de empleo público derivada de los procesos de estabilización regulados en la Ley 20/2021 será de 550 plazas de personal funcionario y de 181 plazas de personal laboral, las cuales figuran en los anexos 1 a 4 de este acuerdo, desglosada para personal funcionario y personal laboral, para aquellas plazas en las que el sistema selectivo será el de concurso-oposición y aquellas plazas en las que el sistema selectivo será el concurso de méritos.
b) La oferta de empleo público ordinaria del año 2019, correspondiente al personal laboral y funcionario del ámbito de los servicios generales, en la cual la tasa de reposición era de 83 plazas, se ve modificada en el sentido que figura en el anexo 5 de este acuerdo, sin que suponga un incremento de la totalidad de las plazas incluidas en la oferta original y sin que se vean afectadas las plazas de promoción interna.
c) La oferta de empleo público ordinaria del año 2020, correspondiente al personal funcionario del ámbito de los servicios generales, en la cual la tasa de reposición era de 150 plazas, se ve modificada en el sentido que figura en el anexo 6 de este acuerdo, sin que suponga un incremento de la totalidad de las plazas incluidas en la oferta original y sin que se vean afectadas las plazas de promoción interna.
d) La oferta de empleo público ordinaria del año 2021, correspondiente al personal laboral y funcionario del ámbito de los servicios generales, en la cual la tasa de reposición era de 142 plazas, se ve modificada en el sentido que figura en el anexo 7 de este acuerdo, sin que suponga un incremento de la totalidad de las plazas incluidas en la oferta original y sin que se vean afectadas las plazas de promoción interna.
9. También debe tenerse en cuenta que la ley prevé una compensación económica para el personal funcionario interino o el personal laboral temporal que, estando en activo como tal, habiendo participado en los procesos selectivos de la oferta de empleo de estabilización derivados de la Ley 20/2021, viera finalizada su relación con la Administración por la no superación de los procesos selectivos de estabilización de la oferta de empleo de estabilización de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
Así pues, es necesario aprobar la oferta de empleo público de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears correspondiente al personal funcionario y al personal laboral del ámbito de los servicios generales, en el marco de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
Por todo ello, y de acuerdo con el artículo 5.2.k) de la Ley 3/2007, el Consejo de Gobierno a propuesta de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad, en la sesión del d´ía 23 de mayo de 2022 adoptó, entre otros, el Acuerdo siguiente:
Primero. Aprobar la oferta de empleo público de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears correspondiente al personal funcionario y al personal laboral del ámbito de los servicios generales, en el marco de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, que supone un total de 731 plazas, con la distribución indicada en los anexos 1 a 4, que se adjuntan, y en los términos establecidos en este acuerdo.
Segundo. Desglosar las plazas de esta oferta de la siguiente forma:
a) 223 plazas de personal funcionario cuyo sistema de selección es el de concurso-oposición (artículo 2.1 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre), las cuales se adjuntan como anexo 1.
b) 327 plazas de personal funcionario cuyo sistema de selección es el de concurso extraordinario de méritos (disposición adicional sexta y disposición adicional octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre), las cuales se adjuntan como anexo 2.
c) 24 plazas de personal laboral cuyo sistema de selección es el de concurso-oposición (artículo 2.1 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre), las cuales se adjuntan como anexo 3.
d) 157 plazas de personal laboral cuyo sistema de selección es el de concurso extraordinario de méritos (disposición adicional sexta y disposición adicional octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre), las cuales se adjuntan como anexo 4.
Tercero. Disponer que las convocatorias correspondientes a los procesos selectivos de estabilidad de estas plazas se publicarán antes del 31 de diciembre de 2022, garantizarán el cumplimiento de los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad, y serán objeto de negociación en el ámbito correspondiente. En estas convocatorias se determinarán las plazas que se reservarán para ser cubiertas por personas con discapacidad.
Cuarto . Modificar las plazas correspondientes al turno libre de las ofertas de empleo público ordinarias correspondientes a los años 2019 (BOIB n.º 171, de 21 de diciembre de 2019), 2020 (BOIB n.º 212, de 22 de diciembre de 2020) y 2021 (BOIB n.º 176, de 25 de diciembre de 2021, con corrección de errores en el BOIB n.º 13, de 25 de enero de 2022), en los términos que se indican en los anexos 5, 6 y 7 de este acuerdo, respectivamente, respetando las tasas de reposición existentes en aquel momento y sin que las plazas de promoción interna sean objeto de modificación.
Quinto. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, puede interponerse un recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
También puede interponerse un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 8.2, 10.1 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de que la persona interesada pueda interponer cualquier otro que considere procedente.
Palma, 23 de mayo de 2022
La secretaria del Consejo de Gobierno Mercedes Garrido Rodríguez
ANEXO 1 Sistema de selección por concurso-oposición (artículo 2.1 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre)
Personal funcionario: 223 plazas
Administración general: cuerpos y escalas
Cuerpo superior |
28 plazas en Mallorca y 1 en Menorca |
Cuerpo de gestión |
3 plazas en Mallorca |
Cuerpo administrativo |
3 plazas en Mallorca |
Cuerpo auxiliar |
60 plazas en Mallorca y 2 en Ibiza |
Cuerpo subalterno |
20 plazas en Mallorca, 1 en Menorca y 1 en Ibiza |
Administración especial: cuerpos y escalas
Cuerpo facultativo superior
Escala de arquitectura |
3 plazas en Mallorca |
Escala de ingeniería, especialidad ingeniero industrial |
2 plazas en Mallorca |
Escala de ingeniería, especialidad ingeniero agrónomo |
2 plazas en Mallorca |
Escala de ingeniería, especialidad piloto de marina mercante |
2 plazas en Mallorca |
Escala de tecnologías de la información y telecomunicaciones, especialidad informática |
5 plazas en Mallorca |
Escala de investigación, desarrollo e innovación, especialidad estadística |
3 plazas en Mallorca |
Escala científica, especialidad ciencias ambientales |
1 plaza en Mallorca |
Escala humanística y de ciencias sociales, especialidad ciencias de la información |
3 plazas en Mallorca |
Escala humanística y de ciencias sociales, especialidad asesoramiento lingüístico |
7 plazas en Mallorca |
Escala humanística y de ciencias sociales, especialidad psicología |
2 plazas en Mallorca |
Escala humanística y de ciencias sociales, especialidad pedagogía |
1 plaza en Mallorca |
Escala humanística y de ciencias sociales, especialidad sociología |
2 plazas en Mallorca |
Escala humanística y de ciencias sociales, especialidad formador |
1 plaza en Mallorca |
Escala humanística y de ciencias sociales, especialidad técnico en empleo y mercado de trabajo |
3 plazas en Mallorca |
Escala sanitaria, especialidad farmacia |
1 plaza en Mallorca |
Escala sanitaria, especialidad veterinaria |
4 plazas en Mallorca, 1 en Menorca y 2 en Ibiza |
Escala sanitaria, especialidad médico |
1 plaza en Mallorca |
Escala sanitaria, especialidad inspección médica |
1 plaza en Mallorca y 1 en Menorca |
Cuerpo facultativo técnico
Escala de ingeniería técnica, especialidad ingeniero técnico agrónomo |
2 plazas en Mallorca |
Escala de ingeniería técnica, especialidad ingeniero técnico de obras públicas |
1 plaza en Mallorca |
Escala de tecnologías de la información y telecomunicaciones, especialidad informática |
5 plazas en Mallorca |
Escala científico-técnica, especialidad medio ambiente |
1 plaza en Mallorca |
Escala humanística y de ciencias sociales, especialidad trabajador social |
2 plazas en Mallorca y 1 en Ibiza |
Escala humanística y de ciencias sociales, especialidad educador social |
2 plazas en Mallorca |
Escala humanística y de ciencias sociales, especialidad técnico en empleo y mercado de trabajo |
20 plazas en Mallorca |
Escala humanística y de ciencias sociales, especialidad logopedia |
1 plaza en Mallorca |
Escala de archivos, museos, bibliotecas y documentación, especialidad conservación y restauración de documentos gráficos |
1 plaza en Mallorca |
Escala de archivos, museos, bibliotecas y documentación, especialidad biblioteconomía y documentación |
1 plaza en Mallorca |
Escala de archivos, museos, bibliotecas y documentación, especialidad archivos y museos |
2 plazas en Mallorca |
Escala sanitaria, especialidad ATS |
2 plazas a Mallorca |
Escala sanitaria, especialidad fisioterapia |
3 plazas en Mallorca, 1 en Menorca y 1 en Ibiza |
Cuerpo ayudante facultativo
Escala de infraestructuras, especialidad ayudante facultativo |
1 plaza en Ibiza |
Escala de apoyo profesional especializado, especialidad ayudante de laboratorio |
1 plaza en Mallorca |
Escala de apoyo profesional especializado, especialidad delineación |
2 plazas en Mallorca |
Escala socioeducativa, especialidad educador infantil |
2 plazas en Mallorca |
Escala de agentes de medio ambiente |
2 plazas en Mallorca |
Cuerpo facultativo subalterno
Especialidad auxiliar de recepción y teléfono |
2 plazas en Mallorca |
ANEXO 2 Sistema de selección por concurso extraordinario de méritos (disposición adicional sexta y disposición adicional octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre)
Personal funcionario: 327 plazas
Administración general: cuerpos y escalas
Cuerpo superior |
46 plazas en Mallorca y 2 en Ibiza |
Cuerpo de gestión |
6 plazas en Mallorca |
Cuerpo administrativo |
14 plazas en Mallorca y 1 en Ibiza |
Cuerpo auxiliar |
57 plazas en Mallorca, 6 en Menorca, 5 en Ibiza y 1 en Formentera |
Cuerpo subalterno |
35 plazas en Mallorca, 6 en Menorca y 9 en Ibiza |
Administración especial: cuerpos y escalas
Cuerpo facultativo superior
Escala de arquitectura |
1 plaza en Mallorca |
Escala de ingeniería, especialidad ingeniero de caminos |
1 plaza en Mallorca |
Escala de ingeniería, especialidad ingeniero industrial |
2 plazas en Mallorca |
Escala de ingeniería, especialidad ingeniero agrónomo |
4 plazas en Mallorca |
Escala de tecnologías de la información y telecomunicaciones, especialidad informática |
2 plazas en Mallorca |
Escala de investigación, desarrollo e innovación, especialidad investigación y desarrollo |
1 plaza en Mallorca |
Escala de investigación, desarrollo e innovación, especialidad estadística |
1 plaza en Mallorca |
Escala científica, especialidad biología |
5 plazas en Mallorca |
Escala científica, especialidad ciencias ambientales |
1 plaza en Mallorca |
Escala científica, especialidad química |
1 plaza en Mallorca |
Escala científica, especialidad geología |
2 plazas en Mallorca |
Escala científica, especialidad ciencias del mar |
1 plaza en Mallorca |
Escala humanística y de ciencias sociales, especialidad asesoramiento lingüístico |
1 plaza en Mallorca |
Escala humanística y de ciencias sociales, especialidad psicología |
1 plaza en Mallorca |
Escala humanística y de ciencias sociales, especialidad geografía |
1 plaza en Mallorca |
Escala humanística y de ciencias sociales, especialidad técnico en empleo y mercado de trabajo |
3 plazas en Mallorca y 1 en Menorca |
Escala sanitaria, especialidad farmacia |
6 plazas en Mallorca |
Escala sanitaria, especialidad veterinaria |
8 plazas en Mallorca, 3 en Menorca, 2 en Ibiza y 1 en Formentera |
Escala sanitaria, especialidad médico |
3 plazas en Mallorca y 2 en Ibiza |
Escala sanitaria, especialidad inspección médica |
1 plaza en Mallorca y 1 en Ibiza |
Escala de prevención de riesgos laborales, especialidad higiene industrial |
1 plaza en Mallorca |
Cuerpo facultativo técnico
Escala de arquitectura técnica |
2 plazas en Mallorca |
Escala de ingeniería técnica, especialidad ingeniero técnico de minas |
1 plaza en Mallorca |
Escala de ingeniería técnica, especialidad ingeniero técnico agrónomo |
3 plazas en Mallorca |
Escala de ingeniería técnica, especialidad ingeniería técnica naval |
1 plaza en Mallorca |
Escala de ingeniería técnica, especialidad ingeniería técnica industrial |
1 plaza en Menorca |
Escala de tecnologías de la información y telecomunicaciones, especialidad informática |
3 plazas en Mallorca |
Escala científico-técnica, especialidad medio ambiente |
2 plazas en Mallorca |
Escala humanística y de ciencias sociales, especialidad trabajador social |
3 plazas en Mallorca |
Escala humanística y de ciencias sociales, especialidad educador social |
1 plaza en Mallorca, 1 en Menorca y 1 en Ibiza |
Escala humanística y de ciencias sociales, especialidad formación |
2 plazas en Mallorca |
Escala humanística y de ciencias sociales, especialidad técnico en empleo y mercado de trabajo |
29 plazas en Mallorca |
Escala de prevención de riesgos laborales, especialidad riesgos laborales |
1 plaza en Ibiza |
Escala sanitaria, especialidad ATS |
2 plazas a Mallorca y 1 en Ibiza |
Escala sanitaria, especialidad fisioterapia |
1 plaza en Mallorca y 1 en Ibiza |
Cuerpo ayudante facultativo
Escala tecnologías de la información, especialidad operador de informática |
1 plaza en Mallorca |
Escala de apoyo profesional especializado, especialidad ayudante de laboratorio |
2 plazas en Mallorca |
Escala socioeducativa, especialidad educador infantil |
1 plaza en Mallorca y 2 en Menorca |
Escala de agentes de medio ambiente |
2 plazas en Mallorca, 1 en Menorca y 1 en Ibiza |
Cuerpo auxiliar facultativo
Escala profesional de infraestructuras, especialidad auxiliar facultativo |
1 plaza en Mallorca y 1 en Ibiza |
Escala de mecánica y conducción |
11 plazas en Mallorca |
Cuerpo facultativo subalterno
Especialidad auxiliar de recepción y teléfono |
3 plazas en Mallorca |
ANEXO 3 Sistema de selección por concurso-oposición (artículo 2.1 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre)
Personal laboral: 24 plazas
Auxiliar técnico educativo |
10 plazas en Mallorca y 2 en Menorca |
Peón especialista |
2 plazas en Mallorca |
Socorrista |
1 plaza en Mallorca |
Peón |
1 plaza en Mallorca |
Limpiador |
5 plazas en Mallorca, 1 en Menorca y 2 en Ibiza |
ANEXO 4 Sistema de selección por concurso extraordinario de méritos (disposición adicional sexta y disposición adicional octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre)
Personal laboral: 157 plazas
Técnico especialista, mantenimiento |
2 plazas en Mallorca y 1 en Menorca |
Auxiliar técnico educativo |
69 plazas en Mallorca, 2 en Menorca, 12 en Ibiza y 2 en Formentera |
Cocinero de primera |
1 plaza en Menorca |
Oficial de primera de mantenimiento |
1 plaza en Mallorca |
Ayudante de cocina |
1 plaza en Menorca |
Oficial de segunda de mantenimiento |
1 plaza en Mallorca |
Vigilante de seguridad |
5 plazas en Mallorca |
Peón especialista |
3 plazas en Mallorca |
Socorrista |
1 plaza en Mallorca |
Peón |
3 plazas en Mallorca |
Mozo de apoyo |
1 plaza en Mallorca |
Limpiador |
35 plazas en Mallorca, 6 en Menorca, 9 en Ibiza y 2 en Formentera |
ANEXO 5 Modificación de la oferta de empleo público ordinaria correspondiente al año 2019
(BOIB n.º 171, de 21 de diciembre de 2019)
ANEXO 1 Oferta de empleo público ordinaria. Turno libre
Personal funcionario. Turno libre: 42 plazas
Administración general: cuerpos y escalas
Cuerpo superior |
4 plazas en Mallorca |
Cuerpo de gestión |
1 plaza en Mallorca |
Cuerpo administrativo |
8 plazas en Mallorca |
Cuerpo subalterno |
1 plaza en Mallorca y 1 en Ibiza |
Administración especial: cuerpos y escalas
Cuerpo facultativo superior
Escala de tecnologías de la información y telecomunicaciones, especialidad informática |
2 plazas en Mallorca |
Escala humanística y de ciencias sociales, especialidad ciencias de la información |
2 plazas en Mallorca |
Escala humanística y de ciencias sociales, especialidad publicidad |
1 plaza en Mallorca |
Escala humanística y de ciencias sociales, especialidad formador |
2 plazas en Mallorca |
Cuerpo facultativo técnico
Escala humanística y de ciencias sociales, especialidad trabajador social |
1 plaza en Mallorca |
Escala humanística y de ciencias sociales, especialidad educador social |
1 plaza en Menorca y 1 en Ibiza |
Escala de archivos, museos, bibliotecas y documentación, especialidad conservación y restauración de documentos gráficos |
1 plaza en Mallorca |
Escala de archivos, museos, bibliotecas y documentación, especialidad biblioteconomía y documentación |
1 plaza en Mallorca |
Escala de archivos, museos, bibliotecas y documentación, especialidad archivos y museos |
2 plazas en Mallorca |
Escala de archivos, museos, bibliotecas y documentación, especialidad conservación y restauración de arqueología |
2 plazas en Menorca |
Escala sanitaria, especialidad fisioterapia |
7 plazas en Mallorca y 1 en Menorca |
Cuerpo facultativo subalterno
Escala de apoyo instrumental, especialidad auxiliar de apoyo |
3 plazas en Mallorca |
ANEXO 3 Oferta de empleo público ordinaria. Turno libre
Personal laboral. Turno libre: 13 plazas
Patrón de embarcaciones |
1 plaza en Mallorca |
Auxiliar técnico educativo |
6 plazas en Mallorca, 2 en Menorca y 1 en Formentera |
Vigilante de seguridad |
2 plazas en Mallorca |
Peón |
1 plaza en Mallorca |
ANEXO 6 Modificación de la oferta de empleo público ordinaria correspondiente al año 2020 (BOIB n.º 212, de 22 de diciembre de 2020)
ANEXO 1 Oferta de empleo público ordinaria. Turno libre
Personal funcionario. Turno libre: 111 plazas
Administración general: cuerpos y escalas
Cuerpo superior |
11 plazas en Mallorca y 2 en Ibiza |
Cuerpo de gestión |
2 plazas en Mallorca |
Cuerpo administrativo |
6 plazas en Mallorca y 1 en Menorca |
Cuerpo auxiliar |
4 plazas en Mallorca |
Cuerpo subalterno |
30 plazas en Mallorca y 1 en Ibiza |
Administración especial: cuerpos y escalas
Cuerpo facultativo superior
Escala de tecnologías de la información y telecomunicaciones, especialidad informática |
5 plazas en Mallorca |
Escala de investigación, desarrollo e innovación, especialidad estadística |
2 plazas en Mallorca |
Escala científica, especialidad ciencias ambientales |
2 plazas en Mallorca |
Escala científica, especialidad química |
1 plaza en Mallorca |
Escala humanística y de ciencias sociales, especialidad cooperación |
1 plaza en Mallorca |
Escala de prevención de riesgos laborales, especialidad prevención de riesgos laborales |
1 plaza en Mallorca |
Cuerpo facultativo técnico
Escala ingeniería técnica, especialidad ingeniería técnica agrónoma |
4 plazas en Mallorca |
Escala ingeniería técnica, especialidad ingeniería técnica industrial |
2 plazas en Mallorca y 1 en Ibiza |
Escala de tecnologías de la información, especialidad informática |
5 plazas en Mallorca |
Escala humanística y de ciencias sociales, especialidad educador social |
2 plazas en Mallorca y 1 en Ibiza |
Escala humanística y de ciencias sociales, especialidad técnico en actividades turísticas |
1 plaza en Mallorca |
Escala humanística y de ciencias sociales, especialidad terapeuta |
1 plaza en Mallorca |
Escala sanitaria, especialidad subinspecció |
3 plazas en Mallorca |
Cuerpo ayudante facultativo
Escala de agentes de medio ambiente |
3 plazas en Mallorca, 1 en Menorca, 1 en Ibiza y 1 en Formentera |
Escala de agentes de medio ambiente, especialidad vigilante de reserva marina |
3 plazas en Mallorca y 2 en Ibiza |
Cuerpo auxiliar facultativo
Escala de mecánica y conducción |
5 plazas en Mallorca |
Cuerpo facultativo subalterno
Especialidad auxiliar de apoyo |
4 plazas en Mallorca y 1 en Ibiza |
Especialidad auxiliar de recepción y teléfono |
1 plaza en Mallorca |
ANEXO 7 Modificación de la oferta de empleo público ordinaria correspondiente al año 2021 (BOIB n.º 176, de 25 de diciembre de 2021, con corrección de errores en el BOIB n.º 13, de 25 de enero de 2022)
ANEXO 1 Oferta de empleo público ordinaria. Turno libre
Personal funcionario. Turno libre: 100 plazas
Administración general: cuerpos y escalas
Cuerpo superior |
24 plazas en Mallorca |
Cuerpo de abogacía |
2 plazas en Mallorca |
Cuerpo administrativo |
1 plaza en Mallorca |
Administración especial: cuerpos y escalas
Cuerpo facultativo superior
Escala de ingeniería, especialidad ingeniero de caminos |
2 plazas en Mallorca |
Escala de ingeniería, especialidad piloto de marina mercante |
1 plaza en Mallorca |
Escala de investigación, desarrollo e innovación, especialidad estadística |
1 plaza en Mallorca |
Escala sanitaria, especialidad inspección médica |
3 plazas en Mallorca |
Cuerpo facultativo técnico
Escala de arquitectura técnica |
1 plaza en Mallorca y 1 en Ibiza |
Escala de ingeniería técnica, especialidad ingeniería técnica agrónoma |
2 plazas en Mallorca |
Escala de ingeniería técnica, especialidad ingeniería técnica naval |
1 plaza en Menorca |
Escala de ingeniería técnica, especialidad ingeniería técnica industrial |
1 plaza en Mallorca y 2 en Menorca |
Escala de ingeniería técnica, especialidad ingeniero técnico de montes |
1 plaza en Mallorca y 1 en Ibiza |
Escala de tecnologías de la información y telecomunicaciones, especialidad informática |
5 plazas en Mallorca |
Escala humanística y de ciencias sociales, especialidad trabajador social |
4 plazas en Mallorca |
Escala humanística y de ciencias sociales, especialidad educador social |
1 plaza en Mallorca |
Escala humanística y de ciencias sociales, especialidad empleo y mercado de trabajo |
4 plazas en Mallorca, 2 en Menorca y 2 en Ibiza |
Escala humanística y de ciencias sociales, especialidad logopedia |
1 plaza en Mallorca |
Escala de archivos, museos, bibliotecas y documentación, especialidad biblioteconomía y documentación |
2 plazas en Mallorca |
Escala de archivos, museos, bibliotecas y documentación, especialidad archivos y museos |
3 plazas en Mallorca y 1 en Ibiza |
Escala sanitaria, especialidad enfermería del trabajo |
4 plazas en Mallorca y 1 en Menorca |
Cuerpo ayudante facultativo
Escala de infraestructuras, especialidad ayudante facultativo |
3 plazas en Mallorca |
Escala de tecnologías de la información, especialidad operador de informática |
1 plaza en Mallorca |
Escala de apoyo profesionalizado especializado, especialidad ayudante de laboratorio |
5 plazas en Mallorca |
Escala socioeducativa, especialidad educación infantil |
1 plaza en Mallorca, 3 en Menorca y 5 en Ibiza |
Escala de agentes de medio ambiente |
3 plazas en Mallorca, 2 en Ibiza y 2 en Formentera |
ANEXO 3 Oferta de empleo público ordinaria. Turno libre
Personal laboral. Turno libre: 42 plazas
Auxiliar técnico educativo |
1 plaza en Mallorca |
Oficial de primera de mantenimiento |
1 plaza en Mallorca |
Oficial de segunda de mantenimiento |
1 plaza en Mallorca |
Vigilante de seguridad |
2 plazas en Mallorca |
Limpiador |
28 plazas en Mallorca, 5 en Menorca y 4 en Ibiza |