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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES

Núm. 88167
Acuerdo de Pleno del Consejo de Mallorca de día 10 de febrero de 2022 relativo a la aprobación del expediente administrativo 14/2021 de creación de las relaciones de puestos de trabajo del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales de la Residencia Oms/Sant Miquel y de los centros de día Ca’n Clar y Son Bru, y de la Residencia Miquel Mir

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Texto

En la sesión del Pleno de esta Corporación, celebrada el día 10 de febrero de 2022, se aprobó la propuesta de la Presidencia del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS), de creación de las relaciones de puestos de trabajo del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales de la Residencia Oms/Sant Miquel y de los centros de día Ca'n Clar y Son Bru, y de la Residencia Miquel Mir (expedient administrativo 14/2021), la cual se transcribe a continuación:

Primero.- APROBAR la creación de las relaciones de puestos de trabajo del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales de la Residencia Oms/Sant Miquel y de los centros de día Ca'n Clar y Son Bru, y de la Residencia Miquel Mir (exp. 14/2021), que constan en los anexos 1 y 2 que se adjuntan, con efectos jurídicos del día 1 de enero de 2022.

Segundo.- ORDENAR la publicación de estas relacions de puestos de trabajo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) i en la sede electrónica del Consejo de Mallorca.

Tercero. -REMETIR copia de las Relaciones de puestos de trabajo del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales de la Residencia Oms/Sant Miquel y de los centros de día Ca'n Clar y Son Bru, y de la Residencia Miquel Mir a la Administración del Estado y a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se pueden interponer, alternativamente, los recursos siguientes:

a) El recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca que corresponda, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

b) El recurso de reposición potestativo ante el Pleno del Consejo de Mallorca, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Contra la desestimación expresa del recurso de reposición, se puede interponer el recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación de la desestimación del mencionado recurso de reposición.

Si ha transcurrido un mes des de la interposición del recurso de reposición potestativo y no se ha recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y se podrá interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.

No obstante lo anterior, se podrá interponer, en su caso, cualquier otro recurso que se considere oportuno. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.”

 

Palma, documento firmado electrónicamente (18 de febrero de 2022)

La consejera ejecutiva de Derechos Sociales y presidenta del IMAS Sofía Alonso Bigler

Documentos adjuntos