Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE BÚGER

Núm. 443872
Aprobación bases para la selección de personal laboral temporal para la brigada municipal de obras y servicios y formación de una bolsa de trabajo

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

“Para hacer constar que por Junta de Gobierno de fecha 23 de septiembre de 2021, se aprobaron las bases para la selección de personal laboral temporal para la brigada municipal de obras y servicios y formación de una bolsa de trabajo; acuerdo que a la letra dice:

“Bases para la selección de personal laboral temporal para la brigada municipal de obras y servicios y formación de una bolsa de trabajo

1. NATURALEZA Y CARACTERÍSTICAS DE LA PLAZA:

a. Tipos de personal: Personal laboral Temporal.

b. Nombre: Peón, limpiador u operador de la brigada de obras y servicios del grupo AP.

c. Tipo de contrato: por obra y servicio. Temporal. 

d. Características de la plaza:

Realizar trabajos propios de obras y albañilería que se indiquen.

Efectuar la limpieza de calles, parques y jardines.

Realizar trabajos de pintura de vados y mantenimiento y señalización vial.

Realizar montajes de instalaciones necesarias para eventos públicos y fiestas.

Realizar labores de fontanero y electricista al alcance de sus conocimientos.

Realizar el mantenimiento de jardines públicos y cuidar las plantas y elementos decorativos que puedan existir.

Llevar a cabo cualquier otra tarea de su propia categoría que le sea encomendada por sus superiores. 

e. Disponibilidad horaria

2. REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES:

Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a. Tener nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

b. Haber cumplido los 16 años y no superar, en su caso, la edad máxima de jubilación forzosa.

c. Estar en posesión del certificado escolar o equivalente.

d. No haber sido separado por procedimientos disciplinarios del servicio de ninguna de las administraciones públicas u órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni estar en inhabilitación absoluta o especial para el ejercicio de funciones públicas por resolución judicial, por acceso al órgano o escala de funcionarios, o para desempeñar funciones análogas a las desempeñadas en el caso del personal laboral, en el que había sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no estar incapacitado o en situación equivalente o haber sido objeto de sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado, en los mismos términos, el acceso al servicio público. 

e. No padecer ninguna enfermedad o defecto físico o mental que impida el normal ejercicio de la función.

f. No estar sujeto a ninguna causa de discapacidad contenida en la legislación local. 

g. Estar en posesión de la licencia de conducir clase "B".

h.  Nivel A de conocimiento de la lengua catalana: Acreditar los conocimientos de catalán correspondientes al nivel de certificado A2, aportando el certificado o documento entregado por la EBAP o la Dirección General de Política Lingüística del Gobierno de las Illes Balears o cualquiera de los certificados o documentos considerados equivalentes por la Administración de acuerdo con la normativa vigente. 

Antes de firmar el contrato, el interesado deberá declarar que no realiza ninguna otra actividad en ningún lugar del sector público delimitado por el art.1 de la Ley 53/84  y que no percibe ninguna pensión de jubilación, retiro u orfandad. En el caso de realizar alguna actividad privada debe declararla en el plazo de diez días desde la firma del contrato, para que la corporación local pueda adoptar el acuerdo de compatibilidad o incompatibilidad.

 

3. SISTEMA SELECTIVO:

La selección se realizará mediante:

a. La evaluación de los méritos aportados por los candidatos.

b. Entrevista personal. 

a. Valoración de los méritos aportados:

1. Experiencia profesional:

-Experiencia en la realización de trabajos de albañilería, limpieza, jardinería, fontanería, electricista y otros relacionados con el objeto de la convocatoria, en la administración pública: 0,2 puntos por mes completo y trabajos continuos hasta un máximo de 10 puntos.

- Experiencia en la realización de trabajos de albañilería, limpieza, jardinería, fontanería, electricista y otras relacionadas con el objeto de la convocatoria, en empresa privada: 0,1 puntos por mes completo y trabajo continuo hasta un máximo de 10 puntos. 

Los méritos se acreditarán mediante los certificados originales oportunos o fotocopia compulsada, junto con un informe de vida laboral emitido por la Seguridad Social especificando la fecha de alta y terminación de la afiliación en la actividad correspondiente.

2. Cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con la plaza ofertada, méritos en instituciones públicas u oficiales (acreditados por certificado, título o diploma del organismo correspondiente). Máximo 5 puntos. 

Los cursos se evaluarán de la siguiente manera:

 - Cursos de menos de 15 horas o aquellos en los que la duración no figure en el diploma correspondiente: 0,10 puntos por curso.

- Cursos de 0 a 20 horas: 0,2 puntos por curso.

 - Cursos de 21 a 40 horas: 0,3 puntos por curso.

- Cursos de 41 a 60 horas: 0,4 puntos por curso.

 - Cursos de más de 60 horas: 0,5 puntos por curso.

No se valorarán los méritos que no se documenten mediante la presentación de los documentos especificados en los párrafos anteriores (originales o fotocopias compulsadas). Estos documentos deberán presentarse dentro del plazo de presentación de solicitudes, sin que se valore si se presentan fuera de plazo. 

El Tribunal podrá solicitar al interesado aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que estime oportuna, con la única finalidad de comprobar la veracidad de los méritos aportados con la solicitud para participar en este proceso selectivo.

b. Entrevista personal:

Se tratará la práctica de las funciones a desarrollar y puntuará de 0 a 15 puntos.  

La puntuación final del proceso de selección vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas de acuerdo con la expresada anteriormente, seleccionando al candidato que haya obtenido la puntuación más alta.  

4. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y ADMISIÓN DE SOLICITANTES. 

a. Las instancias para participar en esta convocatoria, se presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento en horario de oficina o en cualquiera de los formularios previstos en la Ley 39/2015 en el plazo de diez días hábiles desde la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB). En este último caso, se deberá enviar al Ayuntamiento la constancia de la presentación de la solicitud antes de la fecha límite de presentación de solicitudes. Si el último día de este período es domingo o festivo, se extenderá hasta el primer día hábil siguiente.

b. Las instancias deberán presentarse según el modelo oficial que figura como Anexo I.

c.  Para ser admitidos y participar en este proceso selectivo, los solicitantes deberán declarar bajo su responsabilidad en la solicitud que cumplen todas y cada una de las condiciones exigidas en el punto 2 de las presentes bases, y aportar la documentación acreditativa correspondiente.

d. La acreditación de los diferentes méritos que deben ser valorados deberá ser presentada por aquellos solicitantes al presentar la solicitud. En ningún caso se tendrán en cuenta los méritos obtenidos fuera del plazo de presentación de solicitudes.

e. Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Alcalde-Presidente emitirá una resolución en un plazo máximo de 5 días naturales, aprobando la relación de admitidos y excluidos, explicando el motivo de su exclusión. La citada Resolución se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, dando, en su caso, un plazo de 2 días para corregir estos defectos. En caso de no producirse reclamaciones a la lista provisional, se entenderá esta elevada a definitiva, sin necesidad de nuevo acuerdo ni publicación.

f.  Elevada a definitiva la lista provisional de admitidos y excluidos, el Alcalde determinará la fecha, lugar y hora de la sesión del Tribunal Calificador para la valoración de méritos y entrevista personal, debiéndose presentar a los aspirantes el día indicado provistos del   D.N.I. Esta Resolución será publicada en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. 

5. TRIBUNAL DE SELECCIÓN.

El tribunal se constituirá de la siguiente manera:

Presidente y Suplente; tres miembros y sus respectivos suplentes; un secretario y un suplente. 

El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse e intervenir cuando las circunstancias establecidas en el artículo 23 de la Ley 40/2015 lo notifiquen a la autoridad competente.

6. FIN DEL PROCESO DE SELECCIÓN:

a. Una vez realizado este proceso selectivo, se realizará una propuesta de nombramiento a favor de la persona que haya obtenido la máxima puntuación.

b. La puntuación global de este proceso selectivo se publicará en el tablón de edictos de la Corporación Local y los solicitantes deberán presentar dentro de los 2 días siguientes a esta publicación, los documentos justificativos de que se cumplen con los requisitos establecidos en la Base Dos.

7. BOLSA DE TRABAJO:

a. Se creará una bolsa de trabajo con el resto de solicitantes declarados elegibles, ocupando los puestos de esta bolsa por orden de mayor puntuación, con el fin de cubrir temporalmente bajas por enfermedad, vacaciones o renuncias.

b. El orden de la oferta de incorporación seguirá estrictamente el de la puntuación obtenida en la selección realizada.

c.  En el caso de que se comunique a un miembro de esta bolsa la existencia de la vacante y éste manifieste su voluntad de no ocupar el cargo, pasará al último lugar de la bolsa y ocupará su lugar siguiente en la lista.

d.  En este caso, la existencia de esta bolsa de trabajo no enerva la potestad del Ayuntamiento para convocar un nuevo proceso selectivo para cubrir la posible vacante.

e. Esta bolsa de trabajo cancelará las bolsas de trabajo que hayan existido anteriormente.

8. RECURSOS:

Contra el acuerdo de aprobación de estas bases puede interponerse:

a. Directamente, el recurso contencioso-administrativo, regulado en el art. 45 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio de 1998, podrá interponerse directamente ante el Juzgado competente, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación.

b. Potestativamente, el recurso de reposición, regulado en los arts. 123 y 124 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común, ante la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación del presente acuerdo. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá durante el transcurso de un mes desde su presentación sin que haya sido expresamente resuelto o notificado, podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo.

No obstante lo anterior, podrá ejercerse, en su caso, cualquier otro recurso que se considere pertinente”.

Lo que se hace público a los efectos oportunos, en Búger, 27 de septiembre de 2021

  

Buger, en el día de la firma electrónica (27 de septiembre de 2021)

El alcalde

Pere Torrens Escalas  

 

ANEXO I (modelo de instancia)

Nombre ..........................................  Primer apellido: .......................................... Segundo apellido ............................................

DNI ......................................  Y domicilio en la calle ..................................................................... de  .......................................

Teléfono nº                            i correo electrónico

EXPONE:

PRIMERO

Que Visto el anuncio del Ayuntamiento de Búger, publicado en el BOIB nº______ de fecha _________ en relación con la convocatoria para constituir una bolsa de trabajo para ña contratación laboral temporal de personal de brigada de obras y servicios del ayuntamiento de Búger, conforme a las bases publicadas

SEGUNDO. Que reúne todas las condiciones exigidas en las bases referidas a la fecha de vencimiento del plazo de presentación de la solicitud.

TERCERO. Que declara conocer las bases generales de la convocatoria.

 CUARTO. Se adjunta la siguiente documentación:

-Fotocopia del DNI certificado.

-Fotocopia del permiso de conducir certificado.

-Fotocopia del título de graduado escolar o equivalente certificado.

-Fotocopia de las calificaciones de los cursos y certificados de empresa o contratos de trabajo y vida laboral para acreditar los méritos certificados.

-Fotocopia compulsada del título de catalán exigido. 

Por todo ello

 SOLICITA:

Que esta solicitud sea aceptada para la convocatoria referenciada. 

 En_________________,___________de _______________de 2021