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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 11200
Departamento de Personal. Decreto de prestación de servicios en modalidad de teletrabajo

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Texto

 El regidor de Hacienda, Innovación y Función Pública mediante Decreto  202015228, de 2 de octubre de 2020, acordó:

 

ANTECEDENTES

1. El Acuerdo de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Palma de 10 de junio de 2020 que aprueba el Acuerdo de prestación de servicios en modalidad de teletrabajo publicado en el BOIB núm. 110 de 18 de junio de 2020 contempla la posibilidad de realizar ajustes y nuevas adhesiones al programa a lo largo del tiempo.

2. El 28 de septiembre de 2020 el Equipo Coordinador de Teletrabajo se reunió para  supervisar, comprobar y validar las nuevas propuestas de teletrabajo presentadas por las diferentes Áreas.

3. Es por esto y de acuerdo con la propuesta definitiva presentada es necesario dictar una nueva resolución en los términos que acordó el Equipo Coordinador de Teletrabajo en la sesión celebrada el 28 de septiembre de 2020.

 

NORMATIVA APLICABLE

1. Decreto ley 8/2020, de 13 de mayo, de medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la actividad económica y la simplificación administrativa en el ámbito de las administraciones públicas de las Islas Baleares para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19- publicado en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de 15 de mayo de 2020.

2. Resolución del Secretario del Estado de Política Territorial y Función Pública del Ministerio de Política Territorial y Función Pública de 4 de mayo, de medidas a adoptar en los Centros de trabajo con motivo de la aprobación del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.

3. El artículo 69 del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, que dispone que la Administración tenderá a contribuir la consecución de la eficacia en la prestación de los servicios y de la eficiencia en la utilización de los recursos económicos disponibles mediante la dimensión adecuada de sus efectivos, la mejor distribución, formación, promoción profesional y movilidad.

4. Acuerdo sindical de día 8 de junio de 2020.

5. Acuerdo de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Palma de 10 de junio de 2020 que aprueba la reincorporación gradual y asimétrica de les empleadas y empleados públicos y el Acuerdo de prestación de servicios en modalidad de teletrabajo publicado en el BOIB núm. 110 de 18 de junio de 2020 (Fascículo 95 - Sec. III. - Pág. 18.958).

6. Por todo esto, y teniendo en cuenta el Decreto de Alcaldía 13.051, de 5 de julio de 2017, relativo a la organización de los servicios administrativos del Ayuntamiento de Palma, así como el Acuerdo de delegación de competencias de la Junta de Gobierno de Palma en los titulares de las Áreas y Áreas delegadas acordado en fecha 28 de octubre de 2015, la jefa de Sección que subscribe propone al regidor de la Área de Haciendo, Innovación y Función Pública que emita el siguiente:

 

DECRETO

1. Aprobar la relación de personal del Ayuntamiento de Palma que, conforme a los informes emitidos por los o las responsables de las diferentes áreas y la propuesta definitiva del Equipo Coordinador de Teletrabajo reunido en sesión de 28 de septiembre de 2020, queden autorizados para prestar servicios en la modalidad de teletrabajo a partir del 1 de octubre de acuerdo a los días recogidos de acuerdo a la siguiente lista:

Relación de personas autorizadas a prestar sus servicios en régimen de teletrabajo

 

DNI

Núm. días teletrabajo

Días teletrabajo

1

12368427Q

1

J

2

15391333D

3

L, J, V

3

20785774F

2

L, M

4

34069945E

3

L, X, V

5

42966388L

3

L, M, X

6

42974874H

1

J

7

43000537J

2

L, M

8

43001780Z

1

L

9

43002863Q

1

V

10

43020672T

1

M

11

43028582K

3

M, J, V

12

43030990Z

2

M, J

13

43034616Y

2

L, M

14

43040969B

1

L

15

43045284W

2

L, J

16

43045920V

1

M

17

43072871N

1

V

18

43075953N

2

L, J

19

43091016X

1

X

20

43095139Q

2

L, V

21

43116152F

2

M, J

22

43121299W

3

L, M, X

23

43122343B

1

X

24

43128371J

1

J

25

43169019C

1

V

26

43193924Q

1

L

27

46691708Y

3

X, J, V

28

49484262S

2

X, V

29

78209577D

1

V

Establecer que, tal y como consta en el Acuerdo de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Palma de 10 de junio de 2020 que aprueba la reincorporación gradual y asimétrica de las empleadas y empleados públicos y el Acuerdo de prestación de servicios en modalidad teletrabajo (BOIB núm. 110 de 18/06/2020), esta autorización tiene una vigencia de 6 meses prorrogables desde su fecha de inicio. Esto sin perjuicio que pueda ser revisada y modificada en cualquier momento de su ejecución bien por el titular del Área en la que se presten los servicios o bien por el Área de Función Pública.

2. Aprobar los cambios de días propuestos mediante los informes emitidos por los o las responsables de las diferentes áreas y la propuesta definitiva del Equipo Coordinador de Teletrabajo reunido en sesión de 28 de septiembre de 2020, a partir del 1 de octubre de 2020, los cuales se recogen en la siguiente lista:

 

DNI

Núm. días teletrabajo

Días teletrabajo

1

03881067R

3

M, X, J

2

26205047C

1

J

3

34069909D

1

L

4

42966220N

1

V

5

43008763M

2

L, X

6

43013112F

4

L, X, J, V

7

43015235Z

2

X, V

8

43016481H

1

J

9

43017199T

1

V

10

43017414P

1

L

11

43018246N

1

J

12

43026695C

3

M, X, J

13

43045734S

2

J, V

14

43064611D

3

M, X, J

15

43072963N

4

L, X, J, V

16

43073003Y

1

V

17

43075776L

3

L, X, V

18

43079995H

2

L, M

19

43093381Y

3

L, X, V

20

43096497V

3

X, J, V

21

43113117P

1

L

22

43114316B

2

L, J

23

43115228A

2

X, V

24

43129169Y

3

L, J, V

25

43153648J

1

L

26

43158876C

1

V

27

43162114S

1

V

28

44326478G

2

L, J

29

44327641V

4

M, X, J, V

30

71126868N

1

V

31

78200172B

2

L, M

3. Aprobar el aumento de días propuestos mediante los informes emitidos por los o las responsables de las diferentes áreas y la propuesta definitiva del Equipo Coordinador de Teletrabajo reunido en sesión de 28 de septiembre de 2020, a partir del 1 de octubre de 2020, los cuales se recogen en la siguiente lista:

 

DNI

Núm. días teletrabajo

Días teletrabajo

1

34066611T

3

L, J, V

2

41741009B

3

L, J, V

3

43022247B

3

M, J, V

4

43042718N

2

J, V

5

43044843K

3

L, X, J

6

43061614W

2

L, X

7

43064904A

3

L, J, V

8

43090715P

4

L, M, J, V

9

43116439H

3

L, M, J

10

43127040Q

2

L, J

11

43150508R

3

L, X, V

12

43164407P

3

L, X, J

13

43180055Q

3

M, J, V

14

43192745X

3

M, J, V

15

78194503T

4

L, M, J, V

16

78198614V

4

L, X, J, V

 4. Denegar las solicitudes de cambio de días ya que los informes emitidos por los o las responsables de las diferentes áreas informan negativamente al cambio, y la ratificación de los mismos informes por parte del Equipo Coordinador de Teletrabajo reunido en sesión de 28 de septiembre de 2020, los cuales se recogen a la siguiente lista:

 

DNI

1

37338306Z

2

41503211X

3

43081723D

4

43094925D

5

43113253Y

6

43126355K

7

43152682J

 5. Aceptar la renuncia presentada e informada favorablemente por los jefes o las jefas  siguientes y ratificada por parte del Equipo Coordinador de Teletrabajo reunido en sesión de 28 de septiembre de 2020 al personal siguiente, a partir del 1 de octubre de 2020:

 

DNI

1

13085172N

2

42988708Y

 6. Ratificar la pérdida de efectos de la autorización para prestar servicios en modalidad de teletrabajo al personal siguiente debido a un cambio de sitio de trabajo, a partir del día del cambio de sitio:

 

DNI

1

22977840N

2

37340171Q

 7. Ratificar la pérdida de efectos de la autorización para prestar servicios en modalidad de teletrabajo al personal siguiente por motivos del servicio, propuestos mediante los informes emitidos por los o las responsables de las diferentes áreas y la propuesta definitiva del Equipo Coordinador de Teletrabajo reunido en sesión de 28 de septiembre de 2020, a partir del 1 de octubre de 2020:

 

DNI

1

43041309Y

2

43099254Z

 8. Denegar la solicitud de acceso a la prestación de los servicios en modalidad de teletrabajo ya que el informe emitido por la responsable del área informa desfavorablemente, y la ratificación del mismo por parte del Equipo Coordinador de Teletrabajo reunido en sesión de 28 de septiembre de 2020, al siguiente trabajador:

 

DNI

1

42985174Z

 9. Publicar esta resolución en el Portal del Personal, en la Intranet Municipal y en el Boletín Oficial de les Islas Baleares.

 10. Establecer que contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede presentar recurso de reposición delante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde el día siguiente de la publicación de este Decreto. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que no se haya resuelto el de reposición.

El recurso de reposición potestativo se tendrá que presentar en el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, antes mencionada, y se entenderá desestimada cuando no se haya resuelto y notificada la resolución, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de su interposición, y en este caso quedará expedita la vía contenciosa administrativa.

 

Palma, 13 de noviembre de 2020

El Jefe de Departamento de Personal

(Decreto de Alcaldía núm. 3000, de 26 de febrero de 2014,

Publicado en el  BOIB núm. 30, de 4 de marzo de 2014)

Antoni Pol Coll