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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE PORRERES

Núm. 5385
Convocatoria y bases del procedimiento selectivo para la constitución de una bolsa de trabajo de personal laboral temporal, especialidad agente de empleo y desarrollo local del Ayuntamiento de Porreres

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Texto

Por decreto de alcaldía nº 2020-80 de fecha 19/06/2020 se ha aprobado la convocatoria y las bases que regirán el proceso selectivo para la constitución de una bolsa de trabajo de personal laboral temporal, especialidad Agente de Oucpació de Desarrollo Local (AEDL) del Ayuntamiento de Porreres, las cuales se transcriben a continuación:

Bases específicas reguladoras del procedimiento selectivo para la constitución de una bolsa de trabajo de personal laboral temporal, especialidad agente de empleo y desarrollo local del Ayuntamiento de Porreres.

CARACTERÍSTICAS DE LA CONVOCATORIA:

- Denominación de la plaza: Técnico / a de proyectos de desarrollo local.

- Tipo de contrato: Personal laboral temporal por obra y servicio.

- Nivel de titulación académica: Diplomatura, Licenciatura en economía, empresariales, ciencias políticas o de la administración.

- La duración prevista del contrato de trabajo es de 36 meses.

PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA

El objeto de esta convocatoria es la selección de un / a técnico / a de proyectos de desarrollo local, para cubrir un puesto de trabajo temporal, vinculado a la Resolución del Consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, presidente del Servicio de empleo de las Islas Baleares de 29 de octubre de 2019 por la que se aprueba la convocatoria del SOIB (Servicio de empleo de las Islas Baleares) para ejecutar proyectos de desarrollo local.

SEGUNDA.- FUNCIONES

Las funciones principales a realizar por el agente de empleo y desarrollo local y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4 de la Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo y presidente del SOIB de 29 de octubre de 2019 , por la que se aprueba la convocatoria del SOIB desarrollo local para ejecutar proyectos de desarrollo local son las siguientes:

- Diseñar y ejecutar un Plan Estratégico de Empleo Local.

- Promocionar y potenciar la actividad comercial y el tejido empresarial del municipio

- Fomentar, difundir y ejecutar Políticas Activas de Empleo

- Otras funciones establecidas en el programa "Desarrollo Local en Porreres"

TERCERA.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.

a) Ser español o tener la nacionalidad de alguno de los estados miembros de la Unión Europea de acuerdo con las previsiones contenidas en el artículo 57 del TREBEP.

b) Tener cumplidos 16 años y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.

c) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los òrganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para ejercer funciones de personal laboral o funcionario, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

e) Poseer la capacidad funcional para el desarrollo de las funciones.

f) Estar en posesión de título de diplomatura, licenciatura o grado en economía, empresariales, ciencias políticas o de la administración.

En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, los aspirantes deberán estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

g) Acreditar el conocimiento de la lengua catalana de nivel B2, que se ha de acreditar formalmente mediante original o copia compulsada del correspondiente certificado expedido por el Gobierno Balear o título, diploma o certificado homologados.

h) Estar inscrito como demandante de empleo, en el Servicio de Ocupación de las Islas Baleares.

Los requisitos establecidos en los apartados anteriores deberán cumplir el último día de plazo de presentación de instancias y gozar de los mismos durante el periodo selectivo, salvo el de estar inscrito como demandante de empleo, que es suficiente sea acreditado antes del nombramiento.

Con anterioridad a la toma de posesión, el interesado deberá hacer constar que no está sometida a ningún supuesto de incompatibilidad establecidos en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas o comprometerse, en su caso, ejercer la oportuna opción en el periodo de tiempo previsto en el artículo 10 de la disposición legal anterior, y no percibir pensión de jubilación, de retiro o de orfandad.

CUARTA.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y PLAZOS

Las instancias para participar en las pruebas selectivas deberán presentarse, según el modelo oficial que consta como Anexo I en las presentes bases dirigido a la Alcaldesa de esta Corporación, en el Registro General de este Ayuntamiento o a través de la sede ELECTRÓNICA o en cualquiera de las formas previstas en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 del procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas.

En caso de utilizar la oficina de correos o el registro de cualquier otro órgano administrativo que no sea el del Ayuntamiento de Porreres, se remitirá copia de la instancia, debidamente registrada, al correo electrónico porreres@porreres.cat y dirigido al Registro de entrada del Ayuntamiento, dentro del plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de instancias será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma (BOIB).

Las posteriores publicaciones referentes al proceso de selección se harán en el tablón de anuncios municipal ubicado en la sede electrónica https://porreres.eadministracio.cat/

Para ser admitidas y prende parte en este proceso selectivo los aspirantes deberán declarar bajo su responsabilidad en sus solicitudes que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda (conforme Anexo I) y aportar con la sol solicitud:

a) Fotocopia del DNI o documento que acredito la nacionalidad

b) Fotocopia del título exigido para tomar parte en esta convocatoria

c) Fotocopia del título exigido del nivel de catalán

d) Declaración jurada de la autenticidad de los documentos presentados como requisitos

e) Documentos acreditativos de los méritos y circunstancias alegados conforme Anexo II

QUINTA.- PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantías de los derechos digitales (BOE núm. 294, de 6 de diciembre de 2018) informa a las personas aspirantes de:

a. Que el responsable del tratamiento de datos personales es el Ayuntamiento de Porreres (Plaza de la Villa, núm. 17, 07260 Porreres), el cual dispone de un fichero de datos de carácter personal denominado "Personal municipal" en el que incorporan la solicitud de admisión, documentación que se acompañe ya esta o que se genere a raíz de la convocatoria.

b. Que la finalidad del tratamiento de estos datos es, entre otros, la convocatoria, tramitación, calificación y resolución del proceso selectivo.

c. La posibilidad de ejercitar los derechos establecidos en los artículos 15 a 22 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, general de protección de datos. El ejercicio de estos derechos se efectuaran conforme a las disposiciones generales previstas en el artículo 12 de ella Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantías de los derechos digitales.

El órgano administrativo ante el que los interesados ​​pueden, en su caso, ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición y demás derechos reconocidos en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales, y garantías de los derechos Digitales, es el Servicio de atención al ciudadano del Ayuntamiento de Porreres.

En caso necesario, algunos datos personales podrán ser publicadas en el BOIB, en el tablón de edictos del Ayutamiento de Porreres y en la web de esta Corporación.

En cumplimiento del artículo 15,1 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (BO, núm 295 de 10 de diciembre de 2013) se hace constar que, en caso de que la persona interesada haya puesto en conocimiento del Ayuntamiento datos de salud, esta autoriza expresamente el tratamiento de estos datos para el cumplimiento de las finalidades anteriormente expuestas.

SEXTO.- PROCESO DE SELECCIÓN

El procedimiento de selección será de prueba selectiva por méritos y mediante entrevista personal.

A) MÉRITOS (70% DE LA PUNTUACIÓN)

La Comisión Técnica de Valoración valorará los méritos debidamente acreditados por los aspirantes en el momento de presentación de las instancias.

La valoración se realizará según el siguiente baremo de méritos:

1. Experiencia profesional (hasta 50 puntos):

• Contratado como agente de empleo y desarrollo local en administración local (1,00 puntos por mes completo).

• Contratado en ocupaciones relacionadas con la especialidad del proyecto en administración local (0,50 puntos por mes completo).

• Contratado como agente de empleo y desarrollo local en administración estatal o autonómica (0,50 puntos por mes completo).

• Contratado en ocupaciones relacionadas con la especialidad del proyecto en administración estatal o autonómica (0,30 puntos por mes completo).

• Contratado en ocupaciones relacionadas con la especialidad del proyecto en entidades de derecho privado o por cuenta propia (0,20 puntos por mes completo).

Forma de acreditación de la experiencia profesional en todos los casos mediante certificado de vida laboral expedir por la Tesorería General de la Seguridad Social, certificado por el órgano competente de funciones realizadas en el lugar de trabajo y con las siguientes especificaciones:

a)En Administración pública, empresa pública, entidades de derecho público o consorcios del sector público: mediante certificado expedido por el órgano competente de la Adminstración o sector de que se trate.

b) En empresa privada o pública no encuadrada como empresas públicas o en entidades de derecho público sometidas con carácter general al derecho privado, o en consorcios del sector público, o en fundaciones del sector público que puedan considerarse incluidas dentro del ámbito de 'aplicaciño de la Ley 70/1978 y del artículo 2.2 de la Ley 39/2015, de 1 de ocutbre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: bien mediante certificación de empresa en la que se indique la fecha de alta y baja en esta, categoría profesional, tipo de contrato y funciones desempeñadas, o bien mediante contrato de trabajo y funcios ejercidas. Excepcionalmente para el caso de extinción de la empresa donde se prestaron servicios, se aportarán los documentos originales o fotocopias que justifiquen de forma feaent los datos indicados anteriormente.

c) En el ejercicio libre de la profesión: mediante certificado de alta del IAE y, en su caso, de la baja con indicación de la clasificación de la actividad, así como certificado del colegio profesional mediante el cual se 'acredite el ejercicio efectivo de la profesión, para periodos anterior a 1.1.92, se aportará licencia fiscal y certificado del col·lgi profesional mediante el que se acredite el ejercicio efectivo de la profesión y las funciones desempeñadas.

El límite temporal para valorar la experiencia profesional será la fecha de publicación en el BOIB de la convocatoria de este procedimiento.

En todos los casos sólo se valorarán experiencias profesionales de la misma categoría profesional y / o grupo de cotización que se debe contactar y las funciones que queden reflejadas y bien definidas.

2) Méritos académicos (hasta 18 puntos)

a) Otras titulaciones universitarias:

 

- Segundas titulaciones académicas relacionadas con las funciones del puesto de trabajo: 2 puntos por licenciatura o grado, 1 punto por diplomatura.

- Estudios de postgrado en desarrollo local (máster, especialista universitario o experto universitario): 1 punto por título.

 

b) Curso específicos de desarrollo local y políticas activas de empleo:

 

- Con certificado de aprovechamiento / asistencia: 0,80 puntos por cada 10 horas de formación o parte proporcional si se trata de una duración inferior.

- Con certificado de aprovechamiento / asistencia sin especificar duración: 0,30 puntos por cada acción formativa

 

c) Cursos de competencias transversales (informática, idiomas, contratación sector público, prevención de riesgos laborales, medioambiente, igualdad de género, trabajo en equipo, elaboración / gestión de proyectos, gestión de PYMES, subvenciones)

 

- Con certificado de aprovechamiento / asistencia: 0,2 puntos por cada 10 horas de formación o parte proporcional si se trata de una duración inferior.

- Con certificado de aprovechamiento / asistencia sin especificar duración: 0,03 puntos por cada acción formativa.

En cualquier caso, se valorará una sola vez las acciones formativas relativas a una misma cuestión o un mismo programa, aunque se haya participado más de una vez.

La puntuación máxima de los cursos de competencias transversales es de 8 puntos.

La acreditación de las acciones formativas se hará mediante certificaciones o documentos oficiales extendidos por las administraciones y / o organismos competentes.

3) Conocimientos de la lengua catalana (máximo 2 puntos)

Este apartado será valorado de acuerdo con el siguiente baremo:

Certificado nivel C1 o C2 ............................................. ...................................... 1 punto

Certificado de conocimientos de lenguaje administrativo (LA / antiguo E) ........ 1 punto

En ningún caso se valorará el nivel que es requisito para acceder a la plaza.

En el supuesto que el aspirante acredite la posesión de más de un certificado, sólo será objeto de valoración el certificado que acredita un nivel de conocimiento más alto, excepto cuando se posea certificado de conocimientos de lenguaje administrativo, que será acumulativo a la otro.

Se reconocerán los certificados que se presenten incluidos en la Orden del consejero de Educación, Cultura y Universidades, de 21 de febrero de 2013, y según el régimen temporal y de equivalencias que se establece. Los certificados deberán presentarse mediante documento original o copia adverada.

B) ENTREVISTA PERSONAL (30% de la puntuación)

Se valorará:

- Competencias personales: aptitudes de los aspirantes, competencias y adecuación al trabajo.

- conocimientos relacionados con la plaza, dominio de los programas informáticos ...

- Conocimientos del municipio de Porreres

- Disponibilidad geográfica y flexibilidad horaria.

SÉPTIMO. COMISIÓN TÉCNICA DE VALORACIÓN

El tribunal, nombrado por la presidencia, estará constituido por dos miembros del personal del Ayuntamiento de Porreres y e igual número de suplentes, cualquiera de ellos podrá actuar indistintamente.

OCTAVO. INCIDENCIAS

En todo lo que estas bases no previsto se estará a lo dispuesto en la normativa de aplicación. Esta convocatoria y tos los actos administrativos que se deriven de la propia convocatoria y de la actuación de la Comisión Técnica de Valoración podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley 39/2015 de 31 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Asimismo, la Administración podrá, en su caso, revisar las resoluciones del Tribunal, confirme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Porreres, 23 de junio 2020

La alcaldesa

Francisca Mora Veny

 

ANEXO I MODELO DE SOLICITUD

Nombre y apellidos:

DNI:

dirección:

Población y CP:

teléfono:

Correo electrónico:

EXPONE:

Primero.- Que he tenido conocimiento de la convocatoria publicada por este Ayuntamiento para la creación de una bolsa de AEDL

Segundo.- Que estoy en posesión de todas y cada una de los requisitos en la base tercera de la convocatoria para las bases de selección.

Tercero.- Que adjunto copia:

a) Del DNI o documento que acredite la nacionalidad.

b) Del título exigido para tomar parte en esta convocatoria.

c) Del título exigido del nivel de catalán.

d) Documentos acreditativos de los méritos alegados para su valoración en la fase concurso.

SOLICITA:

ser admitida / ès a la convocatoria del procedimiento selectivo para la creación de una bolsa de Agente de Empleo de Desarrollo Local del Ayuntamiento de Porreres

Porreres ,a…………………… de………………………….de 2020.

firma:

 

SRA. ALCALDESA DEL AYUNTAMIENTO DE PORRERES