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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 3667
Acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca de fecha 11 de mayo de 2020, relativo a la convocatoria para la cobertura, mediante el sistema de comisión de servicios, de seis puestos de trabajo de bombero del Consell Insular de Menorca

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Texto

El Consell Insular de Menorca en 2009 creó una bolsa de bomberos, la cual ha quedado agotada.

En fecha 25 de febrero de 2019 el Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca aprobó una nueva convocatoria del procedimiento de selección de personal funcionario interino para cubrir plazas de bombero al Consell Insular de Menorca, la cual aún no está resuelta.

Día 14 de marzo de 2020 se declaró el estado de alarma en toda España (Real Decreto 463/2020, BOE núm. 67 de 14 de marzo) debido a la crisis sanitaria provocada por la Covid-19, declarada pandemia por la OMS día 11 de marzo.

El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, recoge una serie de medidas extraordinarias de efecto inmediato en todo el Estado, entre las que cabe destacar la restricción de la libertad de circulación y la suspensión de todos los términos y plazos administrativos.

Esta circunstancia provocó la suspensión de los plazos administrativos, con la consiguiente paralización por cuanto que la resolución de la convocatoria del procedimiento de selección de personal funcionario interino para cubrir plazas de bomberos, que no estará resuelta antes de comenzar la temporada de verano.

No obstante lo anterior, y dado que la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, modificada por la RD 465/2020, de 17 de marzo, en su punto 4 prevé que, a pesar de la suspensión general de términos y plazos aprobada desde la entrada en vigor de la declaración del estado de alarma, las entidades del sector público pueden acordar motivadamente la continuación de los procedimientos administrativos referidos a situaciones estrechamente vinculadas a los hechos justificativos del estado de alarma, o bien que sean indispensables para la protección del interés general o para el funcionamiento básico de los servicios.

Debido a las jubilaciones que tuvieron lugar el año pasado el Servicio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento, se hace necesario cubrir estas vacantes y es recomendable convocar dichos puestos por el procedimiento de comisión de servicios.

Visto que se considera que se dan unas circunstancias de necesidad y excepcionalidad y que es necesario cubrir las vacantes por jubilación de forma temporal, sobre todo ante la proximidad de la temporada de verano, circunstancias que aconsejan avanzar en la tramitación del expediente de aprobación del procedimiento de comisión de servicios;

Visto el informe justificativo del Servicio de Gestión de Personas de la necesidad de tramitar este procedimiento de comisión de servicios;

Visto el informe justificativo del Servicio de Extinción, Prevención de Incendios y Salvamentos de la necesidad de contratar bomberos;

Visto que, de acuerdo con estos informes, se considera que, en estos momentos excepcionales, se dan unas circunstancias de necesidad y excepcionalidad que perjudican en especial la plantilla de bomberos y en general la isla de Menorca, sobre todo durante la temporada de verano en el que se prevé que pueda haber mas intervenciones y con consecuencias más graves, así como la posibilidad de que el personal de la plantilla de los bomberos que se exponga a bajas por la Covid-19;

Visto que todas estas circunstancias aconsejan avanzar en la tramitación del expediente de aprobación del procedimiento de comisión de servicios para el buen funcionamiento de este servicio público y por el interés general que supone para la población de Menorca que este organismo, destinado a la prevención y extinción de incendios y salvamento y actuaciones en materia de emergencias que puedan surgir, esté en disposición de volver a funcionar a pleno rendimiento tanto durante el estado de alarma como una vez hayan desaparecido las condiciones especiales provocadas por la Covid-19;

De acuerdo con lo previsto en el artículo 82 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, modificado por el Decreto ley 2/2013, de 14 de junio, que regula la comisión de servicios ordinaria voluntaria, la jefa del Servicio de Gestión de Personas emitió el informe núm. 2020/43, de fecha 27 de abril de 2020.

Vista la propuesta de la consejero ejecutivo del Departamento de Servicios Generales, el Consejo Ejecutivo, adopta el siguiente acuerdo:

Aprobar la convocatoria y las bases que constan como anexo para la cobertura, mediante el sistema de comisión de servicios, de seis puestos de trabajo de bombero del Consell Insular de Menorca.

 

ANEXO BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA COBERTURA, MEDIANTE EL SISTEMA DE COMISIÓN DE SERVICIOS, DE SEIS PUESTOS DE TRABAJO DE BOMBERO DEL CONSELL INSULAR DE MENORCA

1. Objeto

Contratación de seis bomberos mediante comisión de servicios.

Características de los puestos de trabajo

Núm

Código

Denomin.

del puesto

Tipos

Grupo

Puntos

c.

espec.

Adscripción

Local puesto

Sistema

provisión

Plazas de

plantilla que

pueden

ocupar s/catálogo

Requisitos del puesto

Municipio

 

3

 

AGR0204

 

Bombero

 

F

 

C2

 

 

1130

 

 

Departamento Ocupación, Vivienda y Cooperación Local

Servicio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento

 

C

 

-Funcionarios:

Grupo C2

 

-Escala:

Adm. Especial

 

-Subescala:

Servicios especiales

 

- Titulación:

Graduado, ESO o equivalente

- Nivel de catalán B1

- Carnet de conducir camión C

- Haber superado el curso bombero (*)

- Requerimientos específicos del puesto: plena disponibilidad para el desarrollo de las funciones del puesto, fuera del horario de trabajo

 

Ciudadela

 

Núm

Código

Denomin.

del puesto

Tipos

Grupo

Puntos

c.

espec.

Adscripción

Local puesto

Sistema

provisión

Plazas de

plantilla que

pueden

ocupar s/catálogo

Requisitos del puesto

Municipio

 

3

 

AGR0205

 

Bombero

 

F

 

C2

 

 

1130

 

 

Departamento Ocupación, Vivienda y Cooperación Local

Servicio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento

 

C

 

-Funcionarios:

Grupo C2

 

-Escala:

Adm. Especial

 

-Subescala:

Servicios especiales

 

- Titulación:

Graduado, ESO o equivalente

- Nivel de catalán B1

- Carnet de conducir camión C

- Haber superado el curso bombero (*)

- Requerimientos específicos del puesto: plena disponibilidad para el desarrollo de las funciones del puesto, fuera del horario de trabajo

 

Mahón

(*) Haber superado un curso bomberos oficial de cualquier comunidad autónoma o homologado por ésta.

2. Duración

La duración máxima de esta comisión de servicios será de cinco meses, de junio a octubre.

3. Publicidad

Esta convocatoria se publicará en el tablón de anuncios del Consell Insular de Menorca, en la página web http://oposicions.cime.es y en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

4. Requisitos de los aspirantes

 Se podrán presentar todos los funcionarios de carrera de cualquier administración pública que cumplan los requisitos que establece la relación de puestos de trabajo, excepto aquellos a los que en el plazo del último año se haya autorizado una comisión de servicios y hayan cesado por renuncia voluntaria.  

Tener o establecer la residencia en Menorca durante todo el periodo de la comisión de servicios.

5. Solicitudes, documentación y plazo de presentación de solicitudes

Las solicitudes para tomar parte en esta convocatoria deben presentarse electrónicamente a través de la página web del CIM http://oposicions.cime.es.

 El plazo de presentación de solicitudes es de 15 días hábiles contados desde el día siguiente de haberse publicado la convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Las solicitudes sólo se pueden presentar telemáticamente, según el artículo 14.2 y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, mediante DNI electrónico, un certificado digital válido o PIN ciudadano. La solicitud quedará registrada directamente. 

Las solicitudes se presentarán acompañadas de los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos exigidos en esta convocatoria.

Los requisitos de conocimiento de la lengua catalana correspondiente al nivel exigida para el puesto de trabajo establecido se acreditará mediante la presentación de algunos de los títulos, certificados o diplomas reconocidos como equivalentes u homologados por el órgano competente del Govern de les Illess Balears: http: //www.caib.es/govern/sac/fitxa.do?%20lang=ca&codi=2064704&coduo=2390443

La fecha de referencia para el cumplimiento de los requisitos exigidos y la posesión de los méritos alegados es el día en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

Los aspirantes que, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, no cumplan los requisitos exigidos en estas bases serán excluidos de participar en este concurso.

Al día siguiente del cumplimiento del plazo se publicará en la página web del CIM http://oposicions.cime.es la lista de admitidos y excluidos.

6. Entrevista

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se citará a los candidatos a una entrevista personal que versará sobre sus capacidades para el desarrollo del puesto de trabajo que constituye el objeto de la convocatoria.

La entrevista la realizará la comisión de valoración, asistida por los asesores que considere adecuados como apoyo a la toma de decisión sobre la propuesta de los candidatos más idóneos.

La composición de la comisión de valoración se detallará en el edicto de candidatos admitidos y excluidos.

7. Resolución y publicación

Una vez finalizado el proceso, la comisión de valoración elevará la propuesta de nombramiento al consejero de Servicios Generales en el plazo de diez días hábiles, el cual dictará resolución.

Esta resolución se publicará en el tablón de anuncios del Consell Insular de Menorca y en la página web del CIM http://oposicions.cime.es.

El consejero ejecutivo de Servicios Generales formulará la propuesta de nombramiento a favor de los funcionarios o el personal laboral que hayan resultado primeros. Si estos renuncian, se propondrá los siguientes y así sucesivamente.

8. Incorporación

La incorporación tendrá efectos día 1 de junio.

9. Recursos

Contra la convocatoria y bases se puede interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente de su publicación, o bien, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y disposiciones concordantes, se puede interponer recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día de su publicación, ante la jurisdicción contencioso administrativa.

 

Maó,  11 de mayo de 2020

EL SECRETARIO DEL CONSEJO EJECUTIVO

Octavi Pons Castejón