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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 2034
Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 21 de febrero de 2019 por la que se desiste de la convocatoria para proveer, por el sistema de concurso, el puesto de trabajo de jefe/jefa de sección de Recursos Humanos - Nóminas de la plantilla orgánica autorizada del Hospital Universitario Son Llàtzer

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Texto

Hechos y fundamentos de derecho

  1. Por medio de la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 15 de noviembre de 2018 (BOIB n.º 143/2018, de 15 de noviembre) se aprobó la convocatoria para proveer, por el sistema de concurso, el puesto de trabajo de jefe/jefa de la Sección de Recursos Humanos - Nóminas de la plantilla orgánica autorizada del Hospital Universitario Son Llàtzer.

  1. El 24 de enero de 2019 se publicó en el web del Servicio de Salud el acuerdo de la Comisión de Selección de 21 de enero de 2019 por el que se aprueban las listas de personas admitidas y excluidas del procedimiento de provisión y las puntuaciones provisionales de las personas candidatas. Asimismo, se otorgó un plazo de 15 días naturales para presentar alegaciones contra dicho acuerdo.

  1. El 11 de febrero de 2019, la Comisión de Selección se reunió para revisar las alegaciones presentadas. Asimismo, tras revisar la documentación que figura en el expediente se observaron diferencias entre las versiones en catalán y en castellano de la Resolución de convocatoria. En particular, la diferencia está en el punto 2.b, que establece el baremo de méritos en relación a “los puestos de trabajo en relación al que se opta”.

En la versión en castellano dice lo siguiente:

b)   Puestos de trabajo en relación al que se opta (máximo 60 puntos):

-     Puestos de jefatura (máximo 40 puntos):

  • Haber ocupado puestos de jefatura con un complemento de destino superior al nivel 24, 0,20 puntos por cada mes completo.

  • Haber ocupado puestos de jefatura con un complemento de destino del nivel 24, 0,15 puntos por cada mes completo.

  • Haber ocupado puestos de jefatura con un complemento de destino inferior al nivel 24, 0,10 puntos por cada mes completo

Pero la versión en catalana lo expresa así:

b)   Llocs de treball en relació amb el que s’opta (màxim 60 punts):

-     Llocs de direcció (màxim 40 punts):

  • Haver ocupat llocs de direcció amb un complement de destinació superior al nivell 24, 0,20 punts per cada mes complet.

  • Haver ocupat llocs de direcció amb un complement de destinació del nivell 24, 0,15 punts per cada mes complet.

  • Haver ocupat llocs de direcció amb un complement de destinació inferior al nivell 24, 0,10 punts per cada mes complet.

  1. Una vez revisadas ambas versiones, la Comisión de Selección entiende que el error —toda vez que establece distintos criterios de puntuación— influye directamente en la valoración de los méritos de las personas candidatas, dado que la valoración varía según si se opta por una versión o por la otra. Así pues, la Comisión de Selección entiende que el error detectado no admite subsanación ni interpretación ya que no es posible decantarse por una u otra versión sin atentar contra los principios que deben regir todo proceso de selección y provisión.

  1. El artículo 93 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, prevé la posibilidad de que la Administración desista motivadamente de los procedimientos iniciados de oficio.

Por todo ello dicto la siguiente

 

Resolución

  1. Desistir de la convocatoria para proveer, por el sistema de concurso, el puesto de trabajo de jefe/jefa de la Sección de Recursos Humanos - Nóminas de la plantilla orgánica autorizada del Hospital Universitario Son Llàtzer aprobada por la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 15 de noviembre de 2018 por los motivos expuestos más arriba y, en consecuencia, declarar terminado dicho procedimiento administrativo.

  1. Notificar esta resolución a cuantas personas hayan participado en el proceso de provisión.

  1. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en el web del Servicio de Salud.

Interposición de recursos

Contra esta resolución —que pone fin a la vía administrativa— puede interponerse un recurso de reposición ante el órgano que la dicta en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su fecha de publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en relación con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También puede interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa de Palma en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución, de acuerdo con los artículos 8.2.a y 46.1 de la ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, 21 de febrero de 2018

El director general

Julio Miguel Fuster Culebras