Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FUNDACIÓN BANCO DE SANGRE Y TEJIDOS DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 12519
Resolución por la que se convoca, por el procedimiento de concurso, la provisión del puesto de Director Técnico del Banco de Sangre de la Fundación Banco de Sangre y Tejidos de las Islas Baleares
De conformidad con el art. 23 de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, y con el informe previo de la consejería competente en materia de función pública y presupuestos, dicto lo siguiente:
Resolución
1. Aprobar la convocatoria para la provisión del puesto de Director Técnico del Banco de Sangre de la Fundació Banc de Sang i Teixits de les Illes Balears (en adelante FBSTIB), por el procedimiento concurso, regido por las bases reguladoras que figuran en el anexo de esta resolución.
2. Publicar esta resolución en la web de la Fundació.
Interposición de recursos
El orden jurisdiccional social es el competente para resolver las controversias derivadas de esta resolución, sin que se pueda interponer ningún tipo de recurso en vía administrativa ni ninguna reclamación previa a la vía judicial social.
Esto sin menoscabo de que se puede presentar una reclamación ante el órgano de contratación.
29 de noviembre de 2018
(por delegación del Patronato de fecha 26/06/2017) smael Gutiérrez Fernández
ANEXO. Bases de convocatoria
El puesto de trabajo de Director Técnico del Banco de Sangre de la fundación FBSTIB desempeña las funciones previstas en el Capítulo VIII. Sección 1 de los Estatutos de la misma, entre las que se encuentran:
El desempeño del puesto está sometido a las restricciones de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, y normativa de desarrollo.
Las candidaturas al puesto referenciado deberán cumplir los siguientes requisitos antes de que finalice el plazo de presentarse las solicitudes:
2. Los aspirantes que quieran tomar parte en esta convocatoria deben adjuntar a la solicitud un currículum en la que han de constar:
Documento de identidad (DNI, NIE o pasaporte)
Títulación exigida
Resolución de clasificación del trabajador de acuerdo a la DA 15 de la Ley 15/2012
Puestos de trabajo que hayan ocupado
Experiencia profesional y de gestión sanitaria
Autovaloración de méritos, de acuerdo con el modelo del Anexo 2
3. Los aspirantes deben adjuntar la documentación original (o fotocopias compulsadas) que justifique los méritos alegados. También pueden adjuntar publicaciones, informes y cualquier otro documento que consideren oportuno.
4. Las solicitudes para participar en el proceso selectivo deben presentarse en el plazo de 15 días naturales a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución en el BOIB. Deben ir dirigidas a la gerencia de la FBSTIB, indicando en la misma “PROCESO SELECCIÓN DIRECTOR TÉCNICO BANCO DE SANGRE” formalizarse en el Registro General de la FBSTIB o por medio de alguna de las vías que se establece en el art. 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
5. Para la valoración de las candidaturas se atenderá a los principios de mérito y capacidad, y a criterios de idoneidad y adecuación del perfil profesional de la persona candidata, en relación con el puesto de trabajo a desempeñar.
6. Desarrollo del proceso selectivo
Este se desarrollará según el artículo 25 del Convenio Laboral.
6.1. El proceso selectivo según el artículo 23 del Convenio Laboral. Constará de 2 fases: Prueba de aptitud y Concurso de méritos.
6.2. Una vez finalizada la valoración de méritos, se publicará en la web de la FBSTIB la lista provisional de las personas admitidas para formar parte de la bolsa de trabajo, con el orden de prelación, y las personas excluidas, abriendo un plazo de 10 días hábiles para posibles reclamaciones.
6.3. En caso de que no se presenten reclamaciones en este plazo, o una vez resueltas las reclamaciones que se hayan podido producir, se publicará la lista definitiva de las personas admitidas para realizar la prueba de aptitud.
6.4. La prueba de aptitud consistirá en una entrevista personal con el Director Gerente.
6.5. El orden de prelación obtenido quedará determinado por la suma de la puntuación obtenida en la fase del concurso de méritos (titulación, formación, experiencia y lenguas) y superación de la prueba de aptitud.
6.6. Toda contratación se ofrecerá a la persona candidata con mayor puntuación. En caso de que varias personas candidatas tengan la misma puntuación en la lista definitiva, se aplicaran los criterios de desempate siguientes:
a. Con carácter general, tendrán prioridad las mujeres en caso de que esté Infra representado el sexo femenino en la categoría y especialidad de conformidad con el art. 37 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres.
b. A continuación, quien acredite en la lista más servicios prestados en la categoría dentro de la FBSTIB y subsidiariamente al sistema nacional de salud.
c. Si persiste el empate, la contratación se ofrecerá en primer lugar a quien acredite mayor puntuación en el apartado relativo a la experiencia profesional.
d. Si aún así el empate continua, tendrá prioridad quien tenga mayor puntuación en el apartado de formación continuada.
e. Finalmente, si las personas siguen empatadas, el desempate se dirimirá según la escala siguiente: primero, ser candidatos mayores de 45 años; después, tener mayores cargas familiares; a continuación, ser víctima de violencia de género; y, por último, quien tenga más edad.
6.7. En caso de que no se presenten reclamaciones dentro de este plazo, o una vez subsanadas las reclamaciones que se hayan podido producir, se dictará resolución por la que se publicará la lista definitiva de personas para formar parte de la bolsa de trabajo, con el orden de prelación.
7. Esta convocatoria se resolverá por medio de una resolución del Director Gerente de la FBSTIB, que se publicará en la web www.fbstib.org.
8. De conformidad con lo que dispone el articulo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos Personales, se informa a las personas aspirantes que sus datos personales contenidos en su solicitud de admisión, la documentación que se acompañe o la que se genere a resultas de esta convocatoria, se incorporarán en un fichero de datos de carácter personal denominado "Candidatos", del que será responsable la Fundación Banc de Sang i Teixits de les Illes Balears. La finalidad será únicamente a efectos de convocatoria, tramitación, cualificación y resolución de referida convocatoria.
Máximo |
Puntuación |
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1. TITULACIONES ACADEMICAS: Puntuación máxima 7 puntos. |
7 |
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- Título de Doctor: 5 puntos (+2 si se ha obtenido con calificación "cum laude") |
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TOTAL RESULTADO 1 |
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2. FORMACIÓN CERTIFICADA Y ACREDITADA: Puntuación máxima 33 puntos |
33 |
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Incluye la valoración de la formación postgrado, la formación especializada y otros méritos. |
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2.1. Aportaciones científicas: |
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2.1.1. Publicaciones en libros científicos, relacionados directamente con el contenido de la categoría a la que se opta y que tengan ISBN y depósito legal: |
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Libro completo: primer autor 3 puntos; 2º-3º 1 punto |
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Cada capítulo ( máximo 3 capítulos /libro): primer autor 1 punto; 2º-3º 0,5 puntos |
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2.1.2. Publicaciones en revistas científicas recomendadas en "índex medicus", relacionadas directamente con el contenido de la categoría a la que se opta: |
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Internacionales: primer autor 2 puntos por artículo; 2º-2º-4º-5º autor 1 punto por artículo |
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Nacionales: primer autor 1 punto por artículo; 2º-2º-4º-5º autor 0,5 puntos por artículo |
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2.1.3. Ponente/Comunicación oral/póster en Congresos o reuniones científicas relacionadas directamente con el contenido de la categoría a la que se opta: |
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Internacionales: ponente 1 punto; comunicación o póster (primer autor): 0,25 puntos |
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Nacionales: ponente 0,5 puntos; comunicación o póster (primer autor): 0,15 puntos |
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Autonómicos: ponente 0,3 puntos; comunicación o póster (primer autor): 0,08 puntos |
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Sesiones clinicas relacionadas directamente con el contenido de la categoría a la que se opta, debidamente acreditadas y de duración superior a 1 hora: 0,06 puntos por sesión clínica |
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2.1.4. Docencia en Ciencias de la Salud e Investigación |
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Docencia: |
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- tutorizar prácticas o impartir docencia acreditada: 0,005 puntos por cada 10 horas |
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Investigación: |
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Premios de Investigación otorgados por sociedades científicas u organismos oficiales de investigación: 1 punto en el ámbito internacional; 0,6 puntos en el ámbito nacional y 0,3 puntos en el ámbito autonómico |
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Por cada participación en proyectos de investigación finanzadas por organismos públicos: Investigador principal : 1 punto; Investigador colaborador: 0,5 puntos. |
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2.2. Formación posgraduada: si los cursos o máster estan acreditados, se contabilizará para la puntuación los créditos en lugar de las horas o cualquier otro concepto. Se considerarán los cursos o másters avalados por certificados oficiales relacionados con: |
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2.2.1. Especialidad de Hematología y Hemoterapia |
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-Con acreditación CFC-Comisión de Formación continua o sistema de implantación de créditos europeos de la Ley de Reforma Universitaria (LRU): 0,25 puntos el crédito/10 horas lectivas: |
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-Con acreditación ECTS- Sistema Europeo de Transferencia y Acumulación de Créditos: 0,75 puntos el crédito/25 horas lectivas: |
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2.2.2. En otras especialidades de Ciencias de la Salud |
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-Con acreditación CFC-Comisión de Formación continua o sistema de implantación de créditos europeos de la Ley de Reforma Universitaria (LRU): 0,125 puntos el crédito/10 horas lectivas: |
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-Con acreditación ECTS- Sistema Europeo de Transferencia y Acumulación de Créditos: 0,36 puntos el crédito/25 horas lectivas: |
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2.2.3. En otras especialidaddes no versadas en ciencias de la Salud pero relacionadas indirectamente con el puesto al que se opta: prevención de riesgos laborales, aseguramiento de la calidad,… |
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-Con acreditación CFC-Comisión de Formación continua o sistema de implantación de créditos europeos de la Ley de Reforma Universitaria (LRU): 0,10 puntos el crédito/10 horas lectivas |
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-Con acreditación ECTS- Sistema Europeo de Transferencia y Acumulación de Créditos: 0,30 puntos el crédito/25 horas lectivas: |
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2.2.4. Por otros títulos sanitarios de superior o inferior categoría a la categoría a la que se opta: 1 punto/título |
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TOTAL RESULTADO 2 |
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3. EXPERIENCIA PROFESIONAL: Puntuación máxima 50 puntos. Se valorarán la experiencia al puesto de trabajo de categoría igual o similar en contenidos técnicos. |
50 |
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3.1. En centros de transfusión en el ámbito de la Unión Europea: 0,20 puntos por mes completo trabajado. |
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3.2. En bancos de sangre hospitalarios (experiencia en hemoterápia) en el ámbito de la Unión Europea: 0,15 puntos por mes completo trabajado. |
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3.3. En otros centros hospitalarios o sanitarios (exceptuando experiencia en hemoterápia): 0,10 puntos por mes completo trabajado. |
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3.4. En otros Centros de Transfusión en el ámbito de la Unión Europea, en una categoria diferente a aquella en la que se opta y para la que se exige tener título de la categoría: 0,10 puntos por mes completo trabajado. |
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TOTAL RESULTADO 3 |
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4. CATALÁN /otro idioma: Puntuación máxima 10 puntos. |
10 |
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4.1. Catalán: se estará a lo que determine la DG de Política Lingüística (BOIB num 53 de 09/04/2011, o el vigente en cada momento). Si se tiene más de un Nivel, sólo se valorará el de nivel más alto. |
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- Nivel C1 o equivalente: 3 puntos |
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- Nivel C2 o equivalente: 6 puntos |
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- Certificado de conocimiento lenguaje administrativo LA: se le sumará 1 punto al Nivel que se presente |
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4.2. Otro idioma: todos los certificados han de ser expedidos por la Escuela Oficial de Idiomas o un certificado oficial reconocido por el Ministerio competente en materia de educación. Del mismo idioma tan solo se valorará el nivel más alto. |
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- Nivel B1 o equivalente: 0,75 puntos |
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- Nivel B1+ o equivalente: 1 punto |
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- Nivel B2 o equivalente: 1,5 puntos |
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- Nivel B2+ o equivalente: 2 puntos |
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- Nivel C1 o equivalente: 2,5 puntos |
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- Nivel C2 o equivalente: 3 puntos |
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TOTAL RESULTADO 4 |
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TOTAL |
100 |
0 |