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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIOS DE MEJORA AGRARIA Y PESQUERA (SEMILLA)

Núm. 10019
Resolución de la Directora gerente de Serveis de Millora Agrària i Pesquera por la que se aprueban las bases específicas de la convocatoria de Serveis de Millora Agrària i Pesquera para crear un bolsín de trabajo de técnico superior del área técnica agraria (Mallorca) y de la delegación de Menorca

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Texto

1. Objeto de la convocatoria.

El objeto de la convocatoria es crear un bolsín de trabajo para dar cobertura a posibles vacantes, bajas, vacaciones, permisos, licencias con y sin retribución y excedencias, que se puedan producir en cualquier lugar de trabajo de la Relación de Puestos de Trabajo ( RPT) de SEMILLA que, como requisito, exijan una de las siguientes titulaciones: ingeniería agrónoma, grado en veterinaria, en farmacia, en biología, en bioquímica, química o en tecnología de los alimentos.

Los participantes en el proceso de selección podrán optar por ser seleccionados según la ubicación del puesto de trabajo (Mallorca, Menorca, o en ambas islas) y por áreas de trabajo preferente (campo, tareas técnicas administrativas, laboratorio).

2. Ámbito de trabajo y funcional

- Sanidad e identificación animal en el ámbito ganadero

- Producción ganadera

- Producción agraria y tareas de certificación de sistemas de producción agraria

- Sanidad vegetal

- Laboratorio de lactologia, de sanidad animal, de bromatología y de sanidad vegetal y análogos.

- Sistema de calidad de los laboratorios (Norma UNE-EN ISO / IEC 17025 o equivalente).

3. Requisitos.

1. Tener la nacionalidad española o de alguna otra que, de conformidad con el artículo 57 del EBEP, permita el acceso al empleo público como personal laboral.

2. Tener 16 años cumplidos y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.

3. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

4. Estar en posesión de una de las siguientes titulaciones: ingeniería agrónoma, grado en Veterinaria, Farmacia, Biología, Bioquímica, Química o Ciencia y tecnología de los alimentos.

5. Estar en posesión del título B2 de Catalán.

4. Comisión de selección.

Estará integrada por:

• Presidente: Jose Manuel Fernández Zapata (Técnico Recursos Humanos).

Suplente del Presidente: Jaume Roca Jaume (Jefe de Administración).

• Secretario: Catalina Borràs Pastor (Técnico promoción).

Suplente del Secretario: Jose Carlos Sabater Roca (Administrativo de contabilidad).

• Vocal: Martí Ques Jordà (Veterinario-Responsable área Lactología).

Suplente del Vocal: Bartolomé Martí Álvarez (Veterinario-Responsable laboratorio Sanidad Animal).

Podrá asistir a las reuniones de la Comisión de selección un representante del Comité de empresa, con voz y sin voto.

5. Presentación de solicitudes y documentación.

1. La solicitud para participar en este proceso selectivo se ajustará al modelo anexo, donde se hará constar necesariamente el correo electrónico y teléfono de contacto.

2. Los interesados ​​deben hacer constar su intención de formar parte del bolsín de trabajo para puestos ubicados en la isla de Mallorca, Menorca, o en ambas.

3. Todas las solicitudes deben presentarse en el Registro de SEMILLA o según cualquier otra de las formas que establece el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

4. El plazo de presentación de la solicitud es de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al que la convocatoria se haya publicado en el BOIB. Si el último día de presentación de la solicitud fuese sábado, el plazo se entenderá ampliado hasta el día hábil siguiente.

5. Documentación mínima obligatoria a adjuntar con la solicitud cumplimentada adecuadamente:

a. Fotocopia del DNI o documento identificativo en vigor.

b. Copia del título universitario especificado en el punto 3.4 de las bases.

c. Copia del certificado de catalán B2. expedido u homologado por la Conselleria competente en política lingüística, o los reconocidos según la orden del Consejero de Educación, Cultura y Universidades de 21 de febrero de 2013, por la que se determinan los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de lengua catalana de la Direcció General de Cultura i Juventut.

d. Currículum vitae actualizado, en el que debe constar la formación (titulaciones académicas, estudios, cursos) y la experiencia profesional, con descripción de entidades, funciones desarrolladas y duración.

6. Para la valoración de los méritos establecidos en el punto 7, hay que presentar la documentación acreditativa que en cada caso se pide. En caso contrario, no se valorarán los méritos alegados.

6. Listas de admitidos y excluidos

Una vez finalizado el plazo para presentar las solicitudes, la comisión de selección hará pública en la web www.semilla.caib.es una lista provisional de admitidos y excluidos y se concederá un plazo de tres días hábiles para presentar enmiendas.

Una vez superado este plazo se publicará en la misma web el listado definitivo de admitidos y excluidos

7. Méritos a valorar.

La puntuación máxima que se puede conseguir es de 100 puntos, distribuidos de la seguiente manera:

7.1 Experiencia profesional

  50 puntos

7.2 Méritos académicos

  40 puntos

7.2.1

Formación académica

  20 puntos

7.2.2

Formación complementaria

  10 puntos

7.2.3

Docencia

    5 puntos

7.2.4

Publicaciones

    5 puntos

7.3 Conocimientos de lengua catalana

  10 puntos

TOTAL

100 puntos

7.1. Experiencia profesional (valoración máxima de 50 puntos).

- Experiencia profesional como ingeniero agrónomo, veterinario, farmacéutico, biólogo, bioquímico, químico o tecnólogo de los alimentos en la administración pública o entidad del sector público instrumental en el ámbito funcional descrito en el punto 2 de estas bases: 0.60 puntos por cada mes trabajado.

- Experiencia profesional como ingeniero agrónomo, veterinario, farmacéutico, biólogo, bioquímico, químico o tecnólogo de los alimentos en la administración pública o entidad del sector público instrumental en un ámbito funcional diferente al descrito en el punto 2 de estas bases: 0.30 puntos por cada mes trabajado.

- Experiencia profesional como ingeniero agrónomo, veterinario, farmacéutico, biólogo, bioquímico, químico o tecnólogo de los alimentos en el ámbito privado en el ámbito funcional descrito en el punto 2 de estas bases: 0.30 puntos por mes trabajado.

- Experiencia profesional como ingeniero agrónomo, veterinario, farmacéutico, biólogo, bioquímico, químico o tecnólogo de los alimentos en el ámbito privado en un ámbito funcional diferente al descrito en el punto 2 de estas bases: 0.20 puntos por mes trabajado.

Se computará un mes como 30 días naturales y las fracciones se acumularán.

La experiencia profesional se acredita mediante el Informe de Vida Laboral y los contratos de trabajo. La documentación aportada deberá especificar las funciones llevadas a cabo, que también se podrá justificar mediante un certificado de la entidad contratante.

La experiencia en el ámbito de la Administración Pública se podrá acreditar mediante Certificado emitido por el Secretario / a u Órgano competente de la Administración en que se hayan prestado los servicios.

En la experiencia profesional por cuenta propia (régimen de autónomos), el cómputo de tiempo queda condicionado al cumplimiento de los tres criterios siguientes:

- Que en el Informe de vida laboral la persona esté dada de alta en el régimen de autónomos.

- Que se acredite mediante la declaración del IRPF que en el / los periodo /s certificado /s en el Informe de vida laboral ha habido actividad profesional efectiva.

- Que durante el tiempo acreditado, la actividad profesional o empresarial en la que la persona aspirante se ha dado de alta y que aparezca en el Certificado de la Agencia Tributaria presentado, tenga relación con uno de los ámbitos profesionales detallados en el punto 2º.

Para obtener el cómputo de los meses efectivos de trabajo,  siempre y cuando se den las circunstancias anteriores, se tendrán en cuenta dos elementos:

a) tiempo acreditado como autónomo en el certificado de vida laboral y,

b) ingresos acreditados en el mismo período en la declaración del IRPF correspondiente. Se estipula como ingreso mínimo acreditativo de un año natural entero (año fiscal) la cantidad de 10.800 euros. Si la cantidad declarada es inferior a 10.800 euros, se hará el cálculo proporcional por meses. A estos efectos, un mes (30 días) de trabajo equivaldrá a 900 euros. El importe de la declaración anual del IRPF que supere los 10.800 euros no se acumulará el cómputo de años siguientes.

7.2. Méritos académicos (valoración máxima de 40 puntos).

7.2.1 Formación académica (valoración máxima 20 puntos)

Se valoran las titulaciones académicas (incluidos los cursos de postgrado) oficiales o la equivalencia de las que haya reconocido el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, así como los títulos propios de grado y los títulos propios de postgrado de las universidades españolas relacionados directamente con el ámbito de trabajo del punto 2 de las bases, y en cualquier caso siempre que no se hayan aportado como requisito.

a) Por cada titulación académica oficial de grado, segundo ciclo universitario, licenciatura, ingeniería o equivalente: 5 puntos

b) Por cada titulación académica oficial de diplomatura universitaria, primer ciclo universitario o ingeniería técnica o equivalente: 3 puntos.

c) Por cada título de doctor: 8 puntos.

d) Por cada título de máster: 3 puntos.

e) Por cada título de postgrado (especialista universitario, experto universitario, curso de actualización universitaria, etc): 1 punto.

7.2.2 Formación complementaria (valoración máxima 10 puntos)

Se valoran los cursos y acciones formativas oficiales con certificado de aprovechamiento, relacionados directamente con el ámbito de trabajo del punto 2 de las bases y también de las siguientes materias:

- Conocimientos en informática a nivel de usuario

- Conocimientos en materia del procedimiento administrativo común.

Se otorgará la puntuación de 0,1 puntos por cada 10 horas de formación con certificado de aprovechamiento, hasta 10 puntos.

En todo caso se valorarán una sola vez las acciones formativas relativas a un mismo contenido o en un mismo programa.

7.2.3. Docencia (valoración máxima 5 puntos)

Se valora la docencia impartida en materias relacionadas directamente con el ámbito de trabajo del punto 2 de las bases, de acuerdo con el siguiente criterio:

- Cursos: 0,5 puntos por cada crédito CFC o LRU (crédito equivalente a 10 horas de duración) y 0,6 puntos por cada crédito ECTS (crédito equivalente a 25 horas de duración). Si no se especifican los créditos o la duración, se valorará con 0,08 puntos.

- Conferencias, jornadas, seminarios y congresos: 0,25 puntos por cada 10 horas, y proporcionalmente en caso de duración inferior. Si no se especifican los créditos o la duración, se valorará con 0,07 puntos.

7.2.4 Publicaciones (valoración máxima 5 puntos)

Se valoran las publicaciones sobre estudios o trabajos en medios especializados, científicos, técnicos o profesionales sobre materias directamente relacionadas con el ámbito de trabajo del punto 2 de las bases, de acuerdo con el siguiente criterio:

- Artículos en revistas y publicaciones periódicas: 0,5 puntos.

- Colaboraciones: 0,3 puntos

7.3 Conocimientos de lengua catalana (valoración máxima 10 puntos)

- Certificado C1 o equivalente: 4 puntos

- Certificado C2 o equivalente: 6 puntos

- Certificado LA (antes E) o equivalente: 4 puntos.

Sólo se puntuará el certificado del nivel más alto acreditado, salvo el certificado de conocimientos de lenguaje administrativo, que se puede acumular a uno de los otros certificados.

8. Propuesta de la comisión de selección y constitución del bolsín de trabajo.

Finalizada la valoración de méritos, la comisión determinará el orden de clasificación de los aspirantes, y publicará en la web www.semilla.caib.es el listado provisional de la valoración de los candidatos con indicación de las puntuaciones obtenidas por orden de mayor a menor puntuación.

Los aspirantes se clasificarán de forma separada por islas (Mallorca y Menorca), de acuerdo con lo que hayan indicado en la solicitud de participación, según el orden de la puntuación obtenida.

En caso de empate, se dará prioridad a quien haya obtenido mayor puntuación en el apartado de experiencia profesional (punto 7.1 de las bases) y si se mantuviera el empate, se resolverá por sorteo.

Los candidatos dispondrán de tres días hábiles, desde el día siguiente a la publicación de este listado, para formular alegaciones.

Una vez revisadas y resueltas las alegaciones, la comisión elevará la lista definitiva de valoración, por orden de puntuación, a la Directora Gerente de SEMILLA para su aprobación, que se publicará en la página web www.semilla.caib.es  y constituirá la bolsa de trabajo.

Cuando se dé alguno de los supuestos que motive hacer uso de este bolsín, se debe ofrecer la cobertura del puesto de trabajo a una de las personas incluidas en la bolsa que estén en situación de disponible, respetando el orden de prelación y siempre que cumpla con los requisitos exigidos en la relación de puestos de trabajo respecto del puesto de trabajo ofrecido.

9. Funcionamiento del bolsín de trabajo

Las personas que forman parte de esta bolsa de trabajo habrán elegido la ubicación (Mallorca / Menorca) y el ámbito de trabajo (Campo / Laboratorio / Tareas técnicas administrativas) de los puestos de trabajo a los que quieren optar. Las diferentes opciones no son excluyentes entre sí.

Cuando se produzca una necesidad de contratación, se llamará por orden de prelación a la primera persona de la bolsa que haya marcado la opción correspondiente al puesto de trabajo que se pretenda cubrir.

La elección del ámbito de trabajo preferente no supone la realización en exclusiva de este tipo de tareas. La persona que se contrate a través de este bolsín tendrá que hacer las funciones que correspondan de acuerdo con el puesto de trabajo que ocupe.

A efectos de ofrecerles un puesto de trabajo, las personas de la bolsa de trabajo están en situación de disponible o no disponible.

Están en situación de no disponible cuando concurran alguna de las causas siguientes:

a. Estar en período de descanso por maternidad, paternidad, adopción o acogimiento permanente o preadoptivo.

b. Por enfermedad o incapacidad temporal.

Mientras la persona aspirante esté en situación de no disponible en la bolsa, no se la llamará para ofrecerle un puesto de trabajo.

Están en situación de disponible el resto de aspirantes de la bolsa de trabajo, que deben ser llamados para ofrecerles un puesto de trabajo de acuerdo con su posición en la bolsa y en función de sus preferencias de ubicación y ámbito de trabajo. En este caso, se les enviará correo electrónico para comunicar el puesto de trabajo a cubrir y el plazo de incorporación, que puede llegar, a petición de la persona llamada, hasta dos días hábiles, a contar desde la comunicación.

Dentro del plazo de un día hábil, a contar desde la comunicación, o de dos días si la comunicación se hace en viernes, la persona integrante de la bolsa debe manifestar su conformidad con el nombramiento y, en caso contrario, pasará al último lugar de la bolsa de trabajo y se avisará al siguiente de la lista.

Las personas aspirantes que renuncien de forma expresa o tácita, o no hayan aceptado el puesto de trabajo ofrecido, pasarán al último lugar de la bolsa de trabajo, salvo que aleguen dentro del plazo de diez días hábiles, la concurrencia de alguna de las siguientes circunstancias, a justificar fehacientemente:

a) Prestar servicios laborales en cualquier lugar de trabajo de SEMILLA.

b) Estar en periodo de gestación, maternidad o de paternidad, de adopción o acogimiento permanente o preadoptivo.

c) Por enfermedad o Incapacidad temporal.

Cuando la persona seleccionada mediante este sistema de bolsa cese en el puesto de trabajo, a menos que sea por renuncia voluntaria, se reincorporará nuevamente a la bolsa de trabajo con el mismo orden de prelación que tenía.

El incumplimiento de la incorporación al puesto de trabajo previamente aceptado, supone la exclusión de la bolsa de trabajo, excepto en el caso de una situación sobrevenida con posterioridad a la aceptación que imposibilite, por voluntad ajena al convocado, su incorporación.

10. Vigencia de la bolsa de trabajo.

Esta bolsa de trabajo estará vigente hasta que se convoque una nueva bolsa de trabajo que afecte a todas las titulaciones contempladas en el punto 3.4 de los requisitos de estas bases.

En el caso de convocar una nueva bolsa de trabajo que afectara a una o varias de las titulaciones relacionadas en el punto 3.4 de los requisitos de estas bases, esta bolsa seguiría vigente respecto de las titulaciones no afectadas por las bases de la nueva bolsa de trabajo.

11. Régimen de recursos.

El orden jurisdiccional social es el competente para resolver las controversias derivadas de estas bases, de acuerdo con la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.

Palma, 27 de septiembre de 2018

La directora gerente de SEMILLA Immaculada Munar Pascual

 

 

ANEXO 1 MODELO DE SOLICITUD

 .................................................. ..................................., con DNI número ........... .......................... y domicilio a efectos de notificaciones en ................. ............................................ ...... .............................., teléfono .................. ................... y dirección electrónica ............................ ...........

EXPONE:

1. Que he tenido conocimiento de la convocatoria del proceso selectivo para dar cobertura a los diferentes puestos de trabajo de la Relación de Puestos de Trabajo de Serveis de Millora Agrària i Pesquera (SEMILLA), tanto de Mallorca como de Menorca, que requieran cualquiera de las siguientes titulaciones: grado en veterinaria, en farmacia, en biología, en bioquímica, química o en tecnología de los alimentos.

2. Que declaro estar en posesión de todos y cada una de las condiciones o requisitos exigidos en el apartado 2 de la convocatoria.

3. Que adjunto la siguiente documentación:

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-

 SOLICITO: Ser admitido y poder participar en el procedimiento selectivo indicado en el punto 1 de los siguientes puestos de trabajo:

UBICACIÓN DEL PUESTO DE TRABAJO (OPCIONES NO EXCLUYENTES):

MALLORCA.

MENORCA

ÁMBITO PREFERENTE DE LUGAR DE TRABAJO (OPCIONES NO EXCLUYENTES):

TAREAS DE CAMPO

LABORATORIO

TAREAS TÉCNICAS ADMINISTRATIVAS

.......................... , ........... de ................................ de 2018

En caso de presentar la solicitud y la documentación requerida en un registro diferente al de SEMILLA, de acuerdo al artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se ruega den constancia enviando un email comunicando este hecho al siguiente correo electrónico: rrhh@semilla-caib.es

Conforme a lo previsto en la normativa de protección de datos de carácter personal, esta entidad le informa que los datos obtenidos a través de este formulario o curriculum vitae, quedarán incorporados y serán tratados en un fichero mixto denominado Recursos Humanos, inscrito en la AGPD titularidad de SERVEIS DE MILLORA AGRÀRIA I PESQUERA con nº CIF Q0700676J, con domicilio en C / EUSEBIO ESTADA, 145 07009 PALMA, con el fin de mantenerle informado sobre gestión y selección del personal y recursos humanos.

Le informamos de la posibilidad de ejercer, en cualquier momento, los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de sus datos de carácter personal mediante correo dirigido a SERVEIS DE MILLORA AGRÀRIA I PESQUERA con nº CIF Q0700676J, con domicilio en C/ d'EUSEBI ESTADA, 145. 07009 PALMA

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