Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE PALMA
Núm. 8199
Departamento de Personal. Servicio de Selección, Provisión y Gestión. Bases y convocatoria para la provisión, mediante el sistema de libre designación, de puestos de trabajo de personal con habilitación estatal del Ayuntamiento de Palma
La Concejala del Área de Función Pública y Gobierno Interior, por resolución número 15.853 de 1 de agosto de 2018, acordó lo siguiente:
PRIMERO.- Aprobar las bases y la convocatoria para la provisión definitiva, mediante el sistema de libre designación, de los puestos de trabajo de SECRETARIO/A GENERAL DEL PLENO, F10010001, VICESECRETARIO/A Y DIRECTOR/A DE LA SECRETARÍA DE LA JUNTA DE GOBIERNO, F10080001 y DIRECTOR/A FINANCIERO/A TESORERO/A, F10030001 del Ayuntamiento de Palma que figuran en el Anexo de la presente Resolución.
SEGUNDO.- Dar traslado de las mismas a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares a los efectos de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y su envío al Ministerio de Administraciones Públicas para su publicación en el Boletín Oficial del estado.
ANEXO
Bases para la provisión, mediante el sistema de libre designación de puestos de trabajo de personal con habilitación estatal del Excmo. Ayuntamiento de Palma.
Primera.- Objeto de la convocatoria
La convocatoria tiene por objeto la provisión por el sistema de libre designación de determinados puestos de habilitación estatal, las características de los cuales, según la Relación de Puestos de Trabajo y Plantilla de personal vigentes, son las siguientes:
LUGAR F10010001
Denominación: Secretario/a General del Pleno
Código: F10010001
Tipo de lugar: Singularizado
Escala: Habilitación Estatal
Subescala: Secretaria
Categoría: Superior
Nivel: 30
Complemento Específico anual: 48.045,34 euros
Sistema de provisión: Libre designación
Número de puestos: 1
LUGAR F 10080001
Denominación: Vicesecretario/a y director/a de la Secretaría de la Junta de Gobierno
Código: F10080001
Tipo de lugar: Singularizado
Escala: Habilitación Estatal
Subescala: Secretaría
Categoría: Superior
Nivel: 30
Complemento Específico anual: 48.045,34 euros
Sistema de provisión: Libre designación
Número de puestos: 1
LUGAR F10030001
Denominación: Director/a financiero/a tesorero/a
Código: F10030001
Tipo de lugar: Singularizado
Escala: Habilitación Estatal
Subescala: Intervención-Tesorería
Categoría: Entrada o Superior
Nivel: 30
Complemento Específico anual: 48.045,34 euros
Sistema de provisión: Libre designación
Número de puestos: 1
Segunda.- Requisitos para su desarrollo
Ostentar la condición de personal funcionario con habilitación de carácter estatal, perteneciente a la Subescala de Secretaría, Categoría Superior para el puesto de Secretario/a General del Pleno.
Ostentar la condición de personal funcionario con habilitación de carácter estatal, perteneciente a la Subescala de Secretaría, Categoría Superior para el puesto de Vicesecretario/a y director/a de la Secretaría de la Junta de Gobierno.
Ostentar la condición de personal funcionario con habilitación de carácter estatal, perteneciente a la Subescala de Intervención-Tesorería, Categoría Entrada o Superior para el puesto de Director/a financiero/a tesorero/a.
De acuerdo con lo esta establecido en el artículo 4 Decreto 2/2017, de 13 de enero, por el que se regula la exigencia del conocimiento de la lengua catalana en los procedimientos para proveer puestos de trabajo en las entidades locales de las Islas Baleares reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional, estar en posesión del certificado de conocimientos de catalán nivel B2 o equivalente.
Tercera.- Forma de provisión
La convocatoria para la provisión de los puestos de trabajo convocados se regirá por el sistema de libre designación, conforme a lo dispuesto en los artículos 45 a 47 del RD 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.
Cuarta.- Participación
Podrán participar en la convocatoria el personal funcionario con habilitación de carácter estatal que reúnen los requisitos para desarrollar este puesto de trabajo al que se hace referencia en la base segunda.
La convocatoria será remitida al órgano competente de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y remisión a la Dirección General de la Función Pública del Ministerio de Hacienda y Función Pública para su publicación en el Boletín oficial del Estado, de acuerdo con el artículo 46 del RD 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.
Quinta.- Solicitudes
Las instancias para participar en esta convocatoria, se dirigirán al Alcalde del Ayuntamiento de Palma y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o en las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha de publicación de la convocatoria en el BOE, acompañando curriculum vitae de la persona aspirante, en el que consten los títulos académicos, años de servicio, puestos de trabajo desarrollados en la Administración, estudios y cursos realizados y otros méritos que se estime oportuno poner de manifiesto, se valorarán los servicios prestados en municipios de gran población.
En el currículo deberán acompañarse los documentos acreditativos de los méritos alegados mediante certificaciones o fotocopias compulsadas.
Sexta.- Resolución
El Muy Honorable Sr. Presidente de la Corporación o la Concejala de Función Pública y gobierno interior por delegación, procederá, en su caso, previa constatación de la concurrencia de los requisitos exigidos en la convocatoria, a dictar la resolución correspondiente, en el plazo del mes siguiente a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, dando cuenta al Pleno de la Corporación y traslado de la misma al órgano competente de la Comunidad Autónoma para su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y envío al Ministro de Administraciones Públicas para su anotación y publicación conjunta en el Boletín Oficial del Estado.
Séptima.- Plazo posesorio
El plazo posesorio y la toma de posesión se ajustarán a lo establecido en el art. 41 del RD 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.
Octava.- Norma supletoria
Para lo no previsto en estas bases se estará a lo dispuesto en la ley 7/1982, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, conforme lo que dispone el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde el día siguiente de recibir la presente notificación. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición.
El recurso de reposición potestativo debe presentarse en el registro general de este Ayuntamiento o en las dependencias a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, antes mencionada, y se entenderá desestimado cuando no haya resuelto y notificada la resolución, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de su interposición. En este caso expedita la vía contencioso administrativa.
Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, conforme a lo establecido en el artículo citado anteriormente, y los 45 y siguientes de la ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de recibir la presente notificación. Esto sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere conveniente.
Palma, 2 de agosto de 2018
El jefe de Departamento de Personal
p.d. Decreto de alcaldía núm. 3000, de 26/02/2014 (BOIB núm. 30, de 04/03/2014)
Antoni Pol Coll