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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE SÓLLER

Núm. 2792
Bases reguladoras de la convocatoria para la creación de una bolsa de trabajo para la contratación temporal de operarios de recogida de basura y limpieza viaria

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Texto

EXPEDIENTE: 03/2018

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA CREACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO PARA LA CONTRATACIÓN TEMPORAL DE OPERARIOS DEL SERVICIO DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS Y LIMPIEZA VIARIA, A FIN DE CUBRIR EVENTUALES NECESIDADES DE OCUPACIÓN URGENTE O BAJAS DE PERSONAL.

1. OBJETO.

El objeto de la presente convocatoria es la creación de una bolsa de trabajo, después de una selección previa, para realizar contrataciones temporales de operarios del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos y limpieza viaria.

La contratación se realizará a tiempo completo (37,5 horas semanales), en régimen de personal laboral de la Entidad Pública Empresarial “Sóller 2010”.

Los operarios estarán asimilados a la categoría A.P. de la E.P.E. Sóller 2010.

La jornada laboral será de lunes a domingo, en turnos de mañana o tarde, según necesidades del servicio, y con dos días seguidos de descanso.

2. REQUISITOS PARA PARTICIPAR A LA SELECCIÓN.

Para ser admitido, y en su caso, tomar parte en esta convocatoria, los aspirantes tendrán que reunir con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de instancias, los siguientes requisitos:

1.- Ser ciudadano español o bien, de acuerdo con las leyes vigentes, tener la nacionalidad de cualquiea de los estados miembros de la Unión Europea o de aquellos estados no miembros en que, en virtud de tratados celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores; ser cónyuge de españoles o nacionales de otros miembros de la U.E, siempre que no estén separados de derecho, o ser sus descendentes o los de su cónyuge y menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan de ellos de conformidad con la ley 17/1993.

2.- Para el acceso a los puestos de trabajo reservados al personal laboral, podrán acceder, además de los anteriores, los extranjeros residentes en España, de acuerdo con los principios de igualdad, mérito y capacidad y publicidad (arte.3, Ley Orgánica 8/2000, Sobre los Derechos y Libertades del Extranjeros en España y su Integración Social).

3.- Tener cumplidos los 18 años de edad y no haber llegado a la edad de jubilación forzosa.

4.- No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de ninguna de las Administracions Públicas, ni encontrarse inhabillitado para el ejercicio profesional en la realización de las funciones públicas.

5.- No sufrir enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el ejercicio de las funciones a realizar.

3. REQUISITOS ESPECÍFICOS.

Los requisitos específicos para formar parte de esta convocatoria pública son:

1.- Estar en posesión del nivel de titulación correspondiente, según el art. 28 de la Ley 2/1989, de la Función Pública de la CAIB, es decir título de Graduado Escolar, ESO, Formación Profesional de Primer Grado, o equivalente.

2.- Acreditar el requisito de conocimientos de lengua catalana, nivel A2 (antiguo A). Los conocimientos tienen que ser acreditados mediante la aportación del certificado oficial correspondiente, expedido por la Escuela Balear de Administración Pública o expedido u homologado por el órgano competente de la Consejería de Educación y Cultura.

Las persones aspirantes que no acrediten el nivel requerido pueden participar en la prueba previa del nivel correspondiente de conocimiento de la lengua catalana.

4. SISTEMA DE SELECCIÓN.

El sistema de selección será el de concurso-oposición, según las siguientes pautas:

1.-Las persones aspirantes que no puedan acreditar documentalmente el requisito de conocimiento de la lengua catalana del nivel A2 (antiguo A) tendrán que realizar una prueba específica de lengua catalana. El resultado de esta prueba se calificará de apto o no apto. Esta prueba se eliminatoria.

2.-Valoración de méritos y aptitud para el puesto de trabajo, mediante la valoración de la documentación presentada (Anexo I) y una entrevista personal, por parte del Tribunal Calificador, para valorar la aptitud para el puesto de trabajo del candidato.

La valoración máxima de los méritos es de 2 puntos y la valoración máxima de la aptitud, mediante entrevista personal es de 4 puntos.

3.-Prueba práctica, donde se valorará, por parte del tribunal, la capacitación del candidato para las diferentes tareas que realiza la brigada de RRSU y limpieza viaria.

La valoración máxima de esta prueba es de 9 puntos.

Por lo tanto la valoración máxima total será de 15 puntos y para poder formar parte del borsín, se tienen que obtener un mínimo de 8 puntos.

5. INSCRIPCIÓN A LA BOLSA DE TRABAJO.

1.- Los interesados formularán una solicitud de acuerdo con los requisitos generales y los específicos, adjuntando la documentación correspondiente; solicitud que será facilitada, gratuitamente, por la Oficina de “Sóller 2010” situada en la Calle Hospicio,2 , de lunes a viernes (de 9 a 14 horas).

También se podrán presentar solicitudes,por medios, electrónicos, informáticos, telemáticos o por correo certificado.

No se cobrará ninguna tasa por la participación a las pruebas de selección.

2.- El plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales, a partir del siguiente a la publicación de las bases al Perfil del Contratante de Sóller 2010 al que se tendrá acceso mediante la página web siguiente: www.a-soller.es.

3,-La lista provisional de admitidos se publicará en el Tablón de anuncios de Sóller 2010, en el Perfil del Contratante y habrá un periodo de tres días para posibles reclamaciones.

Pasado este periodo se publicará la lista definitiva de admitidos.

4.- La fecha de realización de las pruebas se anunciará, con suficiente antelación, en el tablón de anuncios de Sóller 2010 y en el Perfil del Contratante al que se tendrá acceso mediante la página web siguiente: www.a-soller.es.

6. DOCUMENTACIÓN A APORTAR JUNTO CON LA SOLICITUD.

No se admitirá documentación a efectos de baremo de méritos que no haya sido aportada en el plazo fijado de presentación de solicitudes.

Tan sólo se admitirá documentación fuera de plazo a efectos de baremación a aquella que, antes de la finalización del plazo de solicitudes, haya sido solicitada al organismo correspondiente.

Junto con la solicitud debidamente cumplimentada, los aspirantes tendrán que adjuntar:

- Fotocopia compulsada del DNI,pasaporte o documento acreditativo de la personalidad.

- Fotocopia compulsada del carnet de conducir, en caso de tenerlo.

- Fotocopia compulsada del Certificado de Escolaridad o Declaración Jurada de tenerlo, en caso de no poderlo presentar por motivos justificados.

- Fotocòpia compulsada del certificado de conocimiento de la lengua catalana.

- Currículum vitae, con soportr documental documental del mismo

-Documentación para valorar los méritos (Anexo I)

7. TRIBUNAL CALIFICADOR.

La composición del Tribunal Calificador será:

Presidente: Sr. Tomàs Guerrero Cano (EMAYA)

Vocal 1: Sr. Sebastián Company Campins

Vocal 2: Sr. José Cifre Deya

Vocal 3: Sr. Àngel Boyero Aragón

Secretaria de el Tribunal:Dª. Isabel Morell Gonzàlez.

El Tribunal contará con el asesoramiento lingüístico del Sr. Guillem Puig Mascaro.

8. COMPOSICIÓN DEFINITIVA DE LA BOLSA DE TRABAJO.

Finalizado el proceso selectivo, y a la vista de la propuesta realizada por el Tribunal Calificador, se publicará, en el Perfil del Contratante y en el tablón de anuncios de Sóller 2010 la composición provisional de la bolsa.

Habrá un periodo tres días hábiles para posibles reclamaciones.

Sóller 2010 se pondrá en contacto telefónico o por cualquiera otro medio que permita tener constancia de la comunicación, con los aspirantes a medida que es produzcan vacantes y respetando, inicialmente, la orden de puntuación establecido.

La no incorporación al puesto de trabajo adjudicado, sin causa justificada, o la renuncia o rechazo (inicial o sobrevenido) al puesto de trabajo ofrecido, implicará que la persona afectada salga de la lista del borsí.

Los aspirantes no perderán el lugar de la lista en los supuestos siguientes:

- En caso de que la presidencia no se haya podido poner en contacto con ellos.

- En caso de baja médica por enfermedad o maternidad, u otras causas, en todo caso la persona interesada tendrá que acreditar documentalmente estas circunstancias.

- En caso de que, en el momento de la comunicación, esté trabajando en régimen de contratación temporal.

Si el cese se produce por culpa del trabajador, por las causas tipificadas tanto en la normativa laboral cono en la normativa de función pública, este saldrá de la lista del borsín.

Esta bolsa de trabajo tendrà una vigencia de dos años desde la fecha de su constitución y anula las anteriores.

El personal que se contrate tendrá un periodo de prueba de, como máximo dos meses, y en caso de no superar la prueba se le eliminará de la lista del borsín, para futuras contrataciones.

 

ANEXO I

MERITOS

PUNTUACIÓN

DOCUMENTACIÓN PARA

VALORAR

1.EXPERIENCIA

PROFESSIONAL

Servicios prestados  a empresa privada o pública con funciones de la categoria a que se presenta

0,0025 por dia trebajado, hasta un máxim de 0,50 puntos

Certificado de empresa donde se refluye las funciones desempeñadas

2.DESOCUPACIÓN

Estar inscrita como demandante de empleo en el  momento de la solicitud

0,05 puntos per mes completo en los ultimos dos años hast a un máximo de 0,50 punts

Informe actualitzado emitido por el SOIB de los dos añoss anteriores

3.CARGAS

FAMILIARES

Tener 2 o mas hijos menores de 18 años

0,50 puntos

Llibro de familia

4.CARNET DE CONDUCIR

Tener carnet de conducir tipo BB o superior

0,50 puntos

Fotocopia compulsada del carné